El Consejo de Universidades ha nombrado vocal profesor universitario de disciplina Jurídica de la comisión evaluadora única de la prueba de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de abogado para el año 2014, en su condición de suplente, al catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Castilla-La Mancha Nicolás García Rivas.
El catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) Nicolás García Rivas figura entre los miembros que integran la comisión evaluadora única de la prueba de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de abogado para el año 2014, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El profesor Nicolás García, director del Departamento de Derecho Público y de la Empresa y codirector del Centro de Investigación en Criminología de la UCLM, ha sido designado suplente por el Consejo de Universidades como vocal profesor universitario de disciplina Jurídica de la comisión evaluadora de la citada prueba, convocada por el Ministerio de la Presidencia y obligatoria para aquellos titulados en Derecho que deseen ejercer como abogados. El titular de esta vocalía es el catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Murcia Fausto Cavas Martínez.
Conforman la comisión evaluadora un representante de los ministerios de Justicia y de Educación, Cultura y Deporte, de la Administración Autonómica, un abogado con más de cinco años de ejercicio profesional propuesto por el Consejo General de la Abogacía, un profesor universitario propuesto por el Consejo de Universidades, y un representante del Consejo General del Poder Judicial.
El examen va dirigido a comprobar “la formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales y en particular la adquisición de las competencias previstas en los cursos de formación impartidos por universidades o Escuelas de Práctica Jurídica debidamente acreditadas”.
Los aspirantes deberán estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho u otro título universitario equivalente, haber superado los cursos de formación acreditados, ser mayores de edad, no estar inhabilitados para el ejercicio de la profesión de abogado y no estar colegiados como abogado en ningún Colegio de Abogados de España ni haberlo estado durante un año antes de la fecha de entrada en vigor de la Ley 34/2006.
Gabinete de Comunicación UCLM. Ciudad Real, 20 de mayo de 2014