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Según García Figueroa "no es posible argumentar jurídicamente sin argumentar moralmente en el estado constitucional"

Un profesor de la UCLM publica una monografía sobre las relaciones entre el Derecho y la moral

06/11/2009
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Un profesor de la UCLM publica una monografía sobre las relaciones entre el Derecho y la moral

06/11/2009

El profesor de Filosofía del Derecho en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de Toledo Alfonso García Figeroa ha presentado su última publicación, titulada "Criaturas de la moralidad. Una aproximación neoconstitucionalista del Derecho a través de los derechos", que analiza los derechos humanos y las relaciones entre Derecho y moral.

Según explica García Figeroa el constitucionalismo (o neoconstitucionalismo) es la doctrina que describe y prescribe la transformación experimentada por los ordenamientos jurídicos en su tránsito desde el Estado liberal clásico al Estado constitucional actual. "Actualmente se halla muy extendida la intuición de que el clásico problema de las relaciones entre Derecho y moral no puede ser indiferente a la profunda transformación que han experimentado los sistemas jurídicos y cuya seña de identidad más profunda consiste precisamente en que ciertos ideales morales han entrado a formar parte esencial de su sistema de fuentes bajo la forma de derechos constitucionales", afirma.
Con el fin de justificar la intuición de que la constitucionalización del Derecho dificulta una concepción positivista del mismo, el autor analiza en esta obra dos aspectos relevantes de los derechos fundamentales. "Bajo el aspecto de los contenidos, parece evidente que ciertos ideales morales han sido incorporados al sistema jurídico dificultando una división clara entre Derecho y moral. Bajo el aspecto puramente formal, los derechos fundamentales impulsan un razonamiento jurídico que va más allá de los planteamientos legalistas y formalistas, porque la única manera de hacer inteligibles conceptos constitucionales como igualdad, libertad o dignidad consiste en inscribirlos en una argumentación moral que rebasa las fronteras del Derecho estrictamente positivo", explica.
A juicio del profesor, no es posible argumentar jurídicamente sin argumentar moralmente en el estado constitucional.

Toledo, 6 de noviembre de 2009

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