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Competencias

S

egún la Resolución de 23/12/2020, de la Universidad de Castilla-La Mancha, sobre delegación de competencias del Rector en diferentes materias y órganos, le corresponden al Vicerrectorado de Internacionalización:

  1. Las competencias que correspondan al Rector en materia de internacionalización, en especial las relacionadas con la proyección internacional de la Universidad.
  2. La celebración de convenios con universidades extranjeras, en coordinación con el Vicerrectorado de Estudios, Calidad y Acreditación, relacionados con los títulos de Grado y Máster Universitario y con las enseñanzas conjuntas conducentes a la obtención de títulos de Grado y Máster Universitario.
  3. Las competencias que correspondan al Rector en materia de gestión, promoción y perfeccionamiento de los programas de movilidad de estudiantes y de atracción de estudiantes extranjeros, tanto a nivel europeo como internacional, y la celebración de los convenios necesarios para ello.
  4. En el ámbito de los programas internacionales de movilidad de estudiantes, las competencias en materia de reconocimiento y transferencia de créditos, así como en materia de convalidación o adaptación de asignaturas o créditos, y las relativas a la resolución de cuantos recursos interpongan los estudiantes contra las decisiones o
    resultados de dichos actos, excepto cuando dichas decisiones o actos hayan sido adoptados por el o la titular del Vicerrectorado de Internacionalización.
  5. En coordinación con los vicerrectorados y órganos competentes, las competencias relacionadas con el fomento de la movilidad, en el ámbito europeo e internacional, del profesorado, el personal investigador y el personal de administración y servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha, y la celebración de los convenios necesarios
    para ello.
  6. Las competencias relacionadas con la formación en lenguas extranjeras y la enseñanza del español como lengua extranjera, así como la celebración de convenios de colaboración en materia de acreditación de niveles de lenguas.
  7. Las competencias relacionadas con la participación en grandes proyectos de internacionalización (Universidades Europeas), así como la promoción de nuevas relaciones internacionales.
  8. Cuantas facultades y competencias vengan atribuidas al Rector en materia de representación oficial de la Universidad ante los poderes públicos y ante toda clase de personas o entidades públicas o privadas del Campus de Toledo, y la firma de convenios, en su caso, siempre que, por razón de la materia, la competencia delegada para la firma de dichos convenios no corresponda específicamente a otro órgano de la Universidad. Ello no obstante, en éste último caso, el Vicerrector o Vicerrectora de Internacionalización podrá suscribir dichos convenios siempre que se cuente con el informe favorable del órgano competente por razón de la materia.
  9. Las competencias, en coordinación con la Gerencia, de la gestión de las instalaciones de uso común del Campus de Toledo.
  10. En general, cuantas funciones vengan atribuidas al Rector en el ámbito de la Internacionalización por la legislación vigente, los Estatutos de la Universidad y demás disposiciones que resulten de aplicación.