El personal docente e investigador de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) puede realizar trabajos de carácter científico, técnico o artístico para empresas, instituciones u otras entidades externas.
Estos trabajos se regulan de acuerdo con el Artículo 60 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), que establece los criterios para la realización, gestión y protección de este tipo de actividades.
La OTC acompaña al investigador en todas las fases del contrato, desde la negociación hasta la firma y la gestión posterior, garantizando el cumplimiento de la normativa y la protección de la propiedad intelectual y la autoría. La realización de estos trabajos debe ser compatible con las obligaciones docentes e investigadoras del personal universitario.
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Contratos científicos y de investigación
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Proyectos de investigación aplicada, estudios científicos, desarrollos tecnológicos
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Contratos de carácter artístico
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Creación, producción o asesoramiento artístico; obras o intervenciones creativas
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| Contratos de formación |
Actividades docentes o formativas solicitadas por empresas, instituciones u otras entidades externas. Incluyen cursos, talleres, seminarios y programas de perfeccionamiento profesional.
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| Actividades de apoyo tecnológico y servicios |
Estatutos o dictámenes científicos y tecnológicos, asesoría técnica, proyectos técnicos y peritajes, contratos de asistencia o servicios, formación o perfeccionamiento, análisis técnicos, económicos y jurídicos. |
— Aquellos contratos de TC acogidos al articulo 60 de la LOSU que no sean de contenido complejo, que no contengan ningún resultado susceptible de ser protegido y cuya cuantía económica total, IVA excluido, sea igual o inferior a 15.000 euros, podrán tramitarse a través de un modelo de contrato simplificado.