Desde la publicación en 2011, de los Principios Rectores de las Naciones Unidas, en materia de empresas y DDHH, se han ido adaptando los mismos en el contexto internacional y regional destacando, en 2013, la celebración del I Foro Regional sobre Empresas y Derechos Humanos, para América Latina y Caribe. Estas bases han servido para ir materializando instrumentos concretos, a través de los denominados Planes Nacionales de Empresas y Derechos Humanos (PAN). No obstante, su implantación aún es insuficiente en el continente latinoamericano, y por tanto, este es un objetivo estratégico a desarrollar en los próximos años.
Por otro lado, las empresas, tienen dificultad para la aplicación efectiva de los Principios Rectores en sus estrategias operativas, dada la multiplicidad, de estándares existentes, especialmente en el ámbito de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE).
Aspectos como el medioambiente, los derechos laborales, las políticas de igualdad, los sistemas de transparencia, y los impactos generados en estos ámbitos por la actuación de las mismas, obliga a desarrollar actuaciones preventivas para minimizar los riesgos y generar mecanismos de restitución de los impactos que las mismas generen.
El respeto a los derechos humanos debe ser uno de los ejes centrales en la sostenibilidad de las empresas. La Agenda 2030, está estrechamente ligada a los derechos humanos, por lo que evitar impactos en la cadena de valor, y con los grupos de interés, puede ser sinónimo de importantes contribuciones a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente en los ámbitos de los derechos laborales, la infancia, la igualdad, o el medio ambiente, entre otros.
El marco de los Principios Rectores de Empresas y Derechos Humanos ratifica el deber de los Estados de proteger y reparar los impactos empresariales cometidos en su territorio, y establecer la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos. Esta responsabilidad, si bien, no es vinculante legalmente, comporta una norma de conducta mundial aplicable a todas las empresas, con independencia del lugar en el que operen, adicional al cumplimiento de las leyes nacionales.