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Con un accésit en los Premios Nacionales para Tesis Doctorales 2009

Una profesora de la UCLM ha sido galardonada por El Consejo Económico y Social Nacional

14/07/2010
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Una profesora de la UCLM ha sido galardonada por El Consejo Económico y Social Nacional

14/07/2010

La profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) Mª Encarnación Gil Pérez ha sido galardonada recientemente por El Consejo Económico y Social (CES) Nacional por el trabajo titulado "La Solución Autónoma de Conflictos Laborales", que se centra en demostrar la necesidad de reflexionar sobre los conflictos existentes en las relaciones de trabajo actuales y su gestión a través de los instrumentos de solución que ofrece el ordenamiento y la regulación convenida, como: la conciliación, la mediación y el arbitraje. El CES convoca anualmente los ‘Premios Nacionales para Tesis Doctorales’ con el fin de promover y divulgar la investigación en materias relacionadas con sus funciones.

La profesora de la UCLM pone de manifiesto en este estudio la pluralidad de conflictos existentes en las relaciones laborales y la necesidad de tratarlos de manera desigual, "puesto que la variedad de los mismos así lo requiere. No se puede resolver de la misma forma un conflicto colectivo que otro individual, ni tampoco un conflicto jurídico que otro de intereses",-indica.
Para ello, según se extrae del trabajo, se ha de partir de la situación actual del ordenamiento, de cómo aborda las diferentes clases de conflictos colectivos e individuales para su solución. "Es necesario acudir también a las normas convenidas, puesto que el ordenamiento remite a la negociación colectiva el establecimiento de procedimientos de solución extrajudicial",-afirma la premiada.
En este análisis de los instrumentos de solución se ha estudiado los procedimientos extrajudiciales autonómicos que se han desarrollado en las distintas comunidades autónomas para demostrar el interés de los agentes sociales de examinar y utilizar medios de solución distintos a los judiciales, "no por ser sustitutivos de éstos, sino por conformarse como el cauce adecuado para determinados conflictos que no se pueden o deben resolver en dicha sede",-señala Encarnación Gil.

Gabinete Comunicación UCLM. Albacete, 14 de julio de 2010

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