Tratamiento: Gestión de recursos humanos
Finalidad del Tratamiento: La finalidad del tratamiento es la gestión de los recursos humanos en la Universidad. El uso que se da a los datos es el derivado de la gestión del personal adscrito a la Universidad
Base jurídica del tratamiento: Los datos personales son tratados en el marco de la relación laboral y las obligaciones legales reguladas en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (6. 1. b y c y 9. 2. b RGPD)
Descripción de interesados: Personal funcionario y laboral destinado en la Universidad
Procedencia de los datos: El propio interesado o su representante
Descripción de datos personales:
- Datos de categoría especial: afiliación sindical
- Datos de infracciones: infracciones administrativas
- Datos de carácter identificativo: NIF, Nº. S.S./mutua, nombre y apellidos y dirección postal/electrónica, teléfono y Número de Registro Personal
- Datos de características personales: datos de estado civil, datos de familia, fecha y lugar de nacimiento, edad, sexo y nacionalidad
- Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones y experiencia profesional
- Datos de detalles del empleo: cuerpo/escala, categoría/grado, puesto de trabajo, datos no económicos de nómina e historial del trabajador
- Datos económico-financieros: datos bancarios, datos económicos de nómina y datos de deducciones impositivas/impuestos
Cesiones o comunicaciones de datos: Agencia Estatal de Administración Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social, MUFACE, Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha (Consejerías de Educación, Hacienda, Función Pública), Tribunal de Cuentas, Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Política Territorial y Función Pública, Secretaría General de Universidades, Ministerio de Educación, bancos y cajas de ahorros, los datos necesarios para el abono de los haberes líquidos, y entidades aseguradoras y mutuas de accidente de trabajo
Transferencias internacionales: No se prevén
Plazo previsto de conservación de los datos: Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que fueron recabados y con las obligaciones legales que se pudieran derivar de su tratamiento. También serán de aplicación las normas de conservación de archivos y documentos
Medidas de seguridad técnicas y organizativas: Se aplicarán las medidas de seguridad de índole organizativa, operacional y de protección previstas en el Anexo II del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica