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POLÍTICA PREVENTIVA DE LA UCLM
En el Boletín Oficial de la UCLM nº 104, de junio de 2007 se publica el ACUERDO del Consejo de Gobierno, celebrado
el 28 de mayo de 2007, por el que a propuesta
de la Sra. Vicerrectora de Convergencia Europea
y Ordenación Académica se aprueba la
propuesta de adhesión de la UCLM al
Documento de Política Preventiva aprobado por
la CRUE el 3 de abril de 2007 (Pág.13).
CULTURA PREVENTIVA
Documento aprobado por la Asamblea General de la CRUE celebrada en Madrid el 3 de abril de 2006.
Grupo de Trabajo de Calidad Ambiental y Desarrollo Sostenible de la CRUE
La UNIVERSIDAD, a la que corresponde realizar
el servicio público de la educación superior
mediante la investigación, la docencia y el estudio, es consciente de la importancia de:
- Garantizar en su seno un elevado nivel de
protección frente a los riesgos derivados de sus
actividades y de mejorar las condiciones de seguridad y salud de todos los miembros de la comunidad universitaria,
- Propiciar una política preventiva coherente,
coordinada, eficaz e incardinada en todos los
niveles jerárquicos de las distintas estructuras
organizativas que conforman esta institución
académica.
- Incorporar la seguridad y salud en el trabajo
como un factor sinérgico en sus procedimientos,
sistemas y organización, contribuyendo al logro
de sus fines y a la mejora del funcionamiento de
la Universidad como servicio público de la
educación superior.
- Establecer un marco en el que se recojan
las líneas maestras de cuantas actuaciones deban
acometerse en esta materia.
Como consecuencia de ello e
independientemente que cada Universidad adapte
la política a su propia idiosincrasia, cree oportuno
adoptar los acuerdos siguientes:
- Que todas las Universidades, conscientes
de que la accidentabilidad no es una
consecuencia del ejercicio de la propia actividad
si no de una inadecuada política de prevención,
se comprometan a integrar la seguridad y la salud
en la actividad que desarrollan sus trabajadores,
sus estudiantes, y el personal de los servicios
externos como un elemento esencial de la misma.
- Que el Rector y todos los órganos de
gobierno sean los primeros en asumir este
compromiso como un objetivo de su mandato y
para ello adopten y fomenten las acciones
necesarias para mantener las condiciones de
trabajo y estudio de todos los integrantes de la
comunidad universitaria en un entorno seguro y
saludable como un elemento más del ciclo de
mejora continua.
Para lograrlo, habrían de promover la
obligatoria integración de la prevención en todas
y cada una de las actividades de la universidad
(docencia en aulas y laboratorios, investigación,
salidas de campo y resto de actividades
profesionales) al objeto de tener una mayor
calidad docente e investigadora y formar
profesionales con una mayor preparación y
sensibilización en materia preventiva.
- Que los responsables de todas y cada una
de las diferentes actividades universitarias
apliquen el liderazgo necesario para lograr el
objetivo de que dicha actividad cumpla las
normas establecidas en materia preventiva e
integre la seguridad como un elemento
imprescindible en todos los procedimientos y
actuaciones.
- Que se pida a todos los miembros de la
comunidad universitaria que asuman este
compromiso de prevenir los riesgos y lo proyecten
hacia su actividad de trabajo y aprendizaje para
que la buena práctica preventiva beneficie a la sociedad.
Este compromiso habría de hacerse presente
en todos los ámbitos de actividad de las
universidades, mediante la expresión del decálogo siguiente:
- La prevención de los riesgos laborales es
una exigencia ética, legal y social que ha de ser
integrada, como un elemento más de modernización y mejora de la organización, en
cada una de las actividades que se llevan a
cabo en la Universidad y en la actuación de
todos sus niveles jerárquicos.
- La implicación en la prevención de riesgos
afecta a todos los integrantes de la comunidad
universitaria.
- Al Rector, máximo responsable de la
Institución, corresponde la dirección de la política
preventiva y la asunción del liderazgo necesario
para la integración y fomento de la prevención
en la Universidad.
- La Universidad dispondrá los recursos
humanos y materiales necesarios para desarrollar
las actividades preventivas.
- Los responsables y promotores de cada
una de las actividades universitarias ejercerán
el liderazgo requerido para que estas se
desarrollen en condiciones adecuadas de
seguridad, salud y protección del medioambiente.
- La actividad preventiva ha de ser objeto
de planificación mediante un Plan Preventivo
elaborado por cada universidad que se realizará
desde una perspectiva de seguridad integrada
en la actividad universitaria.
- La Universidad garantizara la formación e
información en materia preventiva y la
participación de toda la comunidad universitaria
en todos los aspectos relativos a la seguridad
que puedan afectarles.
- Todas las actividades universitarias que
puedan comportar un riesgo, establecerán en
su diseño y desarrollo, mecanismos de control
preventivo.
- La política preventiva deberá ser acorde e
integrada con la política de calidad, medio
ambiente y de recursos humanos de la institución.
Se realizarán auditorias u otros medios de control
que permitan comprobar la implantación de la
política preventiva en los distintos niveles de
gestión de la Universidad.
- Será obligación de todos los miembros de
la comunidad universitaria cumplir los principios
de la política preventiva y la difusión de los
mismos.
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