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Legislación Aplicable
Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado
Artículo 15. Mención Internacional en el título de Doctor.
1. El título de Doctor o Doctora podrá incluir en su anverso la mención «Doctor internacional», siempre que concurran las siguientes circunstancias:
2. La defensa de la tesis ha de ser efectuada en la propia universidad española en la que el doctorando estuviera inscrito, o, en el caso de programas de doctorado conjuntos, en cualquiera de las universidades participantes o en los términos que identifiquen los convenios de colaboración.
Procedimiento para obtener la Mención de Doctorado Internacional
Los estudiantes que deseen obtener la mención de “Doctor Internacional”, además de los documentos generales para la lectura de tesis, deberán adjuntar los siguientes:
Solicitud de acreditación de Doctorado Internacional
Informe (modelo en castellano – modelo en inglés) de dos doctores de Universidades o Centros de Investigación no españoles.
Certificado de estancia (acreditar al menos 3 meses de estancia en una Universidad o Centro de Investigación no español).
En los Tribunales de Evaluación de la Tesis Doctoral tendrán que formar parte, al menos, un doctor experto perteneciente a una institución de educación superior o centro de investigación no español, distinto del responsable de la estancia realizada fuera de España.
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