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El procedimiento establecido por la UCLM para la elaboración, tribunal, defensa y evaluación de la tesis doctoral es el siguiente:
La Tesis Doctoral consistirá en un trabajo original de investigación sobre una materia relacionada con el campo científico, técnico o artístico propio del programa de doctorado realizado por el estudiante.
1. Presentación.
- Solicitud de admisión a trámite de la tesis doctoral
Firmada por doctorando, Director/es de tesis y Director de Departamento- Una copia de la Tesis en soporte digital y, al menos, un ejemplar impreso.
- Resguardo de haber abonado los derechos de examen de Tesis Doctoral (118,88 € para el curso 2010/11 ó 59,44 en caso de acreditar ser Familia Numerosa 1ª categoría). La carta de pago se facilitará en las Unidades de Gestión Académica de Campus(*).
- Copia del Proyecto de Tesis, del Diploma de Estudios Avanzados o, en su caso, del Máster Universitario con el que accedió a la fase de investigación del Doctorado.
- Resguardo de haber abonado la tutela del año en curso.
- Además, el Doctorando deberá entregar en el Departamento u órgano responsable las copias de la Tesis (en papel y formato digital) necesarias para su consulta (depósito) en el propio Departamento y Centro/s correspondientes en los que se cursen estudios relacionados con el objeto de la Tesis.
- El Departamento responsable del Programa, junto a la documentación anterior, remitirá una propuesta de expertos (10) (impreso propuesta tribunal) que podrían formar parte del Tribunal de Evaluación de la Tesis, acompañado de un informe razonado sobre la idoneidad de todos los miembros propuestos y un curriculum abreviado (modelo en castellano, Word – modelo en inglés, pág.1, pág. 2) de cada uno de ellos.
El Departamento u órgano responsable del Programa de Doctorado deberá remitir a la Comisión de Doctorado la documentación anterior en el plazo máximo de tres días hábiles desde la autorización de la admisión a trámite.
El Departamento será responsable de que la documentación esté completa antes de iniciar la fase de información pública.
(*) Las Unidades de Gestión Académica de Campus no emitirán la carta de pago por “Examen de Tesis Doctoral” mientras que el doctorando tenga pendientes de abono “tutelas académicas” de años anteriores.
Especificidades para obtener el Doctorado Internacional:
Los estudiantes que deseen obtener la mención de “Doctor Internacional”, además de los documentos anteriores deberán adjuntar los siguientes:
2. Exposición Pública.
La UOA comunicará a todos los Departamentos u órganos responsables de Programas de Doctorado (por correo electrónico) que la correspondiente Tesis ha iniciado el proceso de depósito, con el objeto de que se le dé la oportuna difusión entre los doctores de la UCLM. La Tesis deberá exponerse públicamente durante un plazo de 30 días naturales para que pueda ser examinada por cualquier doctor y, en su caso, remitir a la Comisión de Doctorado (a la atención de la Unidad de la UOA) las consideraciones que estime oportuno formular.
La Tesis quedará expuesta en: Secretaría General, Departamento responsable, Centro o Centros que tengan relación directa con los estudios objeto de la Tesis y, siendo posible por la naturaleza de la Tesis, en el repositorio que a tal efecto establezca la Universidad.
Los 30 días se computarán a partir del día siguiente a la fecha en la que el Departamento u órgano responsable del programa de Doctorado ha autorizado la admisión a trámite, siempre que la documentación esté completa. En caso contrario, el inicio de la fase de exposición pública se realizará cuando el doctorando hay aportado la totalidad de la documentación requerida.
3. Admisión a trámite y Tribunal de Evaluación.
Finalizado el plazo de depósito de la Tesis Doctoral, la Comisión de Doctorado a la vista de las observaciones formuladas y, previa consulta al Departamento y a los especialistas que estime oportuno, decidirá si autoriza o no su defensa y lo comunicará al Departamento u órgano responsable del Programa de Doctorado. Si no es autorizada deberá comunicar las razones de su decisión al Doctorando, Director/es de Tesis y Órgano Responsable del Programa de Doctorado.
Asimismo, la Comisión de Doctorado, a la vista de la propuesta de Tribunal formulada por el Departamento u órgano responsable, resolverá sobre la composición definitiva del mismo que estará compuesto por 5 miembros titulares y 2 suplentes.
La UOA notificará al Departamento u órgano responsable del Programa de Doctorado, al propio Doctorando y al Presidente del Tribunal, la composición definitiva del mismo. Asimismo, la UOA comunicará (por correo electrónico) el nombramiento a cada uno de los titulares y suplentes designados, remitiendo al Secretario del Tribunal los nombramientos correspondientes para su entrega en el acto de lectura.
Una vez acordada la fecha y lugar para la celebración de la defensa pública de la Tesis Doctoral, el Secretario del Tribunal deberá comunicarlo, a los efectos oportunos, a la Comisión de Doctorado (a la atención de la UOA en el impreso correspondiente), a los miembros del Tribunal, al Departamento u órgano responsable del Programa de Doctorado y al propio Doctorando (modelo de comunicación en PDF, modelo de comunicación en Word). Entre la fecha de finalización del depósito, siempre que haya sido aprobado el Tribunal, y la defensa de la Tesis deberá transcurrir un mínimo de 7 días naturales.
Una vez designado el Tribunal por la Comisión de Doctorado, los servicios administrativos del Departamento u órgano responsable del Programa de Doctorado deberán, de conformidad con lo establecido en la resolución de 25 de enero de 2010 del Vicerrectorado de Doctorado y Títulos Propios, sobre el procedimiento de autorización de ayudas de tesis doctorales, comunicar al Administrador del Centro en el que tenga lugar la defensa pública de la Tesis Doctoral los datos solicitados mediante anexo en la citada resolución, de forma que pueda iniciar el trámite de solicitud de las ayuda (anexo de solicitud).
4. Defensa de la Tesis Doctoral.
Una vez designado y constituido el Tribunal, el Doctorando enviará a los miembros titulares y suplentes del Tribunal, en el plazo de una semana, un ejemplar de la Tesis acompañada de su curriculum vitae.
Una vez autorizada por la Comisión de Doctorado el acto de defensa de la Tesis Doctoral, tendrá lugar en sesión pública durante el periodo lectivo del calendario académico y se anunciará por el Departamento, con una antelación mínima de 7 días, en el tablón de anuncios del Centro en el que vaya a celebrarse la lectura de la Tesis.
Finalizada la defensa, los miembros del Tribunal formularán por escrito las actas de calificación de tesis doctoral y concesión, en su caso, de la mención "Cum Laude". En el siguiente enlace se puede consultar el modelo de certificación de mención internacional. También se puede consultar en el siguiente enlace la resolución sobre la modificación de calificación de tesis doctorales según el Real Decreto 99/2011.
Además, todos los miembros del Tribunal firmarán el Acta de Grado de Doctor de la Tesis Doctoral y, en su caso, el informe confidencial para Premio Extraordinario.
Finalizado el acto de defensa pública y una vez calificada, el Secretario del Tribunal deberá remitir a la Comisión de Doctorado (a la atención de la UOA) la siguiente documentación;
El Departamento u órgano responsable, finalizado el acto de defensa, en el plazo de 10 días naturales deberán mecanizar en la aplicación TESEO los datos correspondientes a esa tesis, notificándolo, una vez mecanizados, a la UOA para su validación y publicación definitiva en el Ministerio.
5. Solicitud y expedición del título de doctor.
Una vez defendida y aprobada la Tesis Doctoral, el doctorando tramitará el Título de Doctor en las Unidades de Gestión de Alumnos de Campus, presentando la siguiente documentación (ORDEN ECI/2514/2007, de 13 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales de Máster y Doctor).:
NOTA: A los efectos del cómputo de plazo y actuaciones relativas a la tramitación y lectura de la Tesis Doctoral no se tendrán en cuenta los días inhábiles, los correspondientes al mes de agosto, ni los periodos vacacionales de Navidad y Semana Santa que venga establecidos en el calendario académico que haya aprobado la Universidad para ese curso.
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