ÿþ<!DOCTYPE HTML PUBLIC "-//IETF//DTD HTML//EN"> <html> <head> <meta http-equiv="Content-Type" content="text/html; charset=iso-8859-1"> <meta name="GENERATOR" content="Microsoft FrontPage 4.0"> <title>ACUERDO de la Junta de Gobierno celebrada el 7 de marzo de 2000, por el que se aprueba el Pacto sobre Derechos Sindicales de la Universidad de Castilla-La Mancha. </title> <Link rel="StyleSheet" Type="text/css" Href="/General_NAV4Layer.css"> <!-- CSS styles and positioning for IE 4 browsers.--> <NOLAYER> <LINK REL="StyleSheet" Type="text/css" href="/General_IE4.css"> </NOLAYER> </head> <body link="#C5503A" vlink="#660000" alink="#660000" topmargin="15" leftmargin="15"> <p><em><strong>ACUERDO de la Junta de Gobierno celebrada el 7 de marzo de 2000, por el que se aprueba el Pacto sobre Derechos Sindicales de la Universidad de Castilla-La Mancha. <br> </strong></em><br> <br> Como anexo al Proyecto de Presupuestos de la Universidad para el año 2000 presentado por el Ilmo. Sr. Gerente, la Junta de Gobierno aprobó por asentimiento el Pacto Sobre Derechos Sindicales de la Universidad de Castilla-La Mancha. <br> <br> <br> PACTO SOBRE DERECHOS SINDICALES DE LA UCLM <br> <br> <br> La Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, modificada por la Ley 18/1994, de 30 de junio y el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, reconoce determinadas garantías y derechos a los representantes legales de los funcionarios y personal laboral de la Universidad de Castilla-La mancha, para el ejercicio de su función representativa. <br> <br> <br> En el marco del proceso de diálogo que la Universidad de Castilla-La Mancha mantiene con los representantes de las organizaciones sindicales, CC.OO., CSI-CSIF y FETE-UGT sobre derechos sindicales, ante la necesidad de seguir avanzando en las políticas de mejora, apostando decididamente por el diálogo social como medio más adecuado para fomentar la participación, cuyos procesos negociadores, estrictamente en su ámbito competencial, se inspirarán en los principios de primacía, complementariedad, competencia y disponibilidad presupuestaria, y se basarán en la buena fe y cooperación entre las partes, en el seno de la Mesa Sindical de la Universidad de Castilla-La Mancha, se ha alcanzado el siguiente <br> <br> <br> PACTO SOBRE DERECHOS SINDICALES <br> <br> <br> 1.- Permisos Sindicales para ejercer la actividad Sindical (Crédito Horario). <br> <br> Se acumularán en una única bolsa los créditos horarios que pudieran corresponder por miembro representante del Personal Docente e Investigador y del Personal de Administración y Servicios, reservando en todo caso 7 horas mensuales a cada uno de dichos miembros para la asistencia a reuniones. El Personal Docente e Investigador únicamente podrá hacer uso de la mitad de estas horas correspondientes a docencia. Estas 7 horas no se acumularán en el supuesto de no consumirlas. En casos excepcionales, la Gerencia podrá autorizar su acumulación en los términos que ésta estime conveniente. <br> <br> Por aplicación de dicho criterio, y considerando que se otorga una liberación de aproximadamente 143 horas, se concederán las siguientes liberaciones para el ejercicio de la actividad sindical, en función de los resultados obtenidos en las últimas elecciones a órganos de representación: <br> <br> CC.OO.: 5 liberados <br> <br> CSI-CSIF: 4 liberados <br> <br> FETE-UGT: 4 liberados <br> <br> <br> Además, tendrá derecho a un liberado adicional aquellas Centrales Sindicales que tengan representación en los tares sectores de personal (Docente e Investigador, PAS funcionario y PAS laboral) de la Universidad. <br> <br> <br> 2.- Locales para la actividad Sindical. <br> <br> La Universidad de Castilla-La Mancha pone a disposición de las Centrales Sindicales con representación en la Institución 5 locales con la siguiente distribución: <br> <br> - 2 Locales en el Campus de Albacete (la UCLM dispondrá de un plazo, no superior a seis meses, para ofrecer la disponibilidad de uno de los locales en dicho Campus), 1 para CC.OO. y otro para CSI-CSIF. <br> <br> - 1 Local en el Campus de Ciudad Real - 1 compartido por las organizaciones sindicales. <br> <br> - 1 Local en el Campus de Cuenca - CC.OO. excepcionalmente podrá utilizarse por el resto de organizaciones Sindicales. <br> <br> - 1 Local en el Campus de Toledo - FETE-UGT. <br> <br> Cada organización Sindical con representación en la Universidad de Castilla-La Mancha deberá elegir un local en un Campus, y aquellos que no fueran solicitados por ninguna, podrán ser compartidos por todas. <br> <br> La distribución de los locales se efectuará por consenso de las Organizaciones Sindicales y deberá comunicarse a la Gerencia de la Universidad. <br> <br> <br> 3.- Financiación de la actividad sindical. <br> <br> Se establece una financiación para el ejercicio de la actividad sindical de 100.000 ptas. por cada miembro electo en las últimas elecciones a órganos de representación del personal funcionario y laboral en la Universidad de Castilla-La Mancha. Como consecuencia de la aplicación de este criterio se fijarán las subvenciones que correspondan anualmente a cada organización sindical, sin perjuicio de su revisión de conformidad con el IPC del año inmediatamente anterior. <br> <br> La Universidad de Castilla-La Mancha asumirá los gastos derivados de la celebración de reuniones de Mesa Sindical y Juntas de Personal, cuando éstas se convoquen por la propia Universidad o, aún no convocándolas, asista a las mismas. <br> <br> Únicamente se abonarían, en tal caso, los gastos generados por los representantes que ostenten la condición de trabajadores de la Universidad de Castilla-La Mancha. <br> <br> Para apoyar el funcionamiento de las Juntas de Personal se establece una financiación adicional de 250.000 ptas. por cada Presidente y Secretario de las Juntas de Personal (PDI y PAS). <br> <br> 4.- Articulación de las negociaciones. <br> <br> En la Universidad de Castilla-La Mancha los procesos negociadores, en aquellas materias de su estricta competencia, se llevarán a efecto a través de los siguientes órganos de representación del personal: <br> <br> Mesa Sindical <br> <br> Mesas Sectoriales <br> <br> - PDI <br> <br> - PAS </p> <p>Las Mesas podrán designar las comisiones técnicas que durante el proceso negociador resultaran convenientes para el desarrollo y avance de las mismas. <br> <br> Dichos órganos de representación se reunirán previa convocatoria efectuada por la Universidad de Castilla-La Mancha, a petición de cualquiera de las partes, debiendo, en este caso, incluir en dicha petición las materias a negociar y la propuesta de calendario. <br> <br> <br> 5.- Período de vigencia y efectos. <br> <br> El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por la Junta de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha, y mantendrá su vigencia hasta que sea denunciado por ambas partes, o si transcurrido un quinquenio desde su entrada en vigor, existe denuncia de alguna de las partes. <br> <br> El contenido del presente pacto sobre derechos sindicales, para el desarrollo de la actividad sindical previsto en los puntos 1, 2 y 3, será de aplicación exclusiva a los firmantes del mismo. </p> <p><a href="index.htm" target="_self"><strong><font face="Arial">Índice</font></strong></a></p> <hr color="#660000"> <p><font face="Arial" size="1">Web mantenido y actualizado por el <a href="mailto:webmaster@uclm.es">Servicio de Informática</a><br> Modificado: <!--webbot bot="Timestamp" s-type="EDITED" s-format="%A %d de %B de %Y" startspan -->viernes 27 de abril de 2001<!--webbot bot="Timestamp" endspan i-checksum="55204" --></font></p> </body> </html>