ÿþ<!DOCTYPE HTML PUBLIC "-//IETF//DTD HTML//EN"> <html> <head> <meta http-equiv="Content-Type" content="text/html; charset=iso-8859-1"> <meta name="GENERATOR" content="Microsoft FrontPage 4.0"> <title>RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2000, por la que se amplía en 3 meses el plazo máximo de resolución y notificación de los procedimientos de evaluación de la actividad docente, realizada cada cinco años por el profesorado universitario de la Universidad de Castilla-La Mancha. </title> <Link rel="StyleSheet" Type="text/css" Href="/General_NAV4Layer.css"> <!-- CSS styles and positioning for IE 4 browsers.--> <NOLAYER> <LINK REL="StyleSheet" Type="text/css" href="/General_IE4.css"> </NOLAYER> </head> <body link="#C5503A" vlink="#660000" alink="#660000" topmargin="15" leftmargin="15"> <b> <p align="justify"><i>RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2000, por la que se amplía en 3 meses el plazo máximo de resolución y notificación de los procedimientos de evaluación de la actividad docente, realizada cada cinco años por el profesorado universitario de la Universidad de Castilla-La Mancha.</i></b> </p> <p align="justify">&nbsp;</p> <p align="justify">El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario dispone en su art. 2.3.c) que el profesorado universitario podrá someter la actividad docente realizada cada cinco años en régimen de dedicación a tiempo completo a una evaluación ante la Universidad en la que preste sus servicios, estableciéndose en el apartado 5.6 del mencionado art. 2 que las evaluaciones por cada Universidad se realizarán una sola vez al año, previa solicitud que formularán los interesados antes del 31 de diciembre del año en que se cumpla el pertinente período a evaluar. <br> <br> <br> Considerando que, de conformidad con lo establecido en el art. 42.3 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada a la misma, por la Ley 4/1999, de 13 de enero, al no establecerse por la norma reguladora del procedimiento el plazo máximo de notificación de la resolución expresa, éste será de tres meses, el cual deberá contarse desde el 1 de enero del año siguiente a aquél en que se presenten las solicitudes de evaluación, lo que supone que en dicho procedimiento debe recaer resolución expresa y proceder a la notificación de la misma antes del 31 de marzo. <br> <br> <br> Considerando que la publicación en el B.O.E. con fecha 22 de enero de 2000 del Real Decreto 74/2000, de 21 de enero, supone la modificación parcial del Real Decreto 1086/89, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, y que dichas modificaciones afectan de forma especial al procedimiento de evaluación de la actividad docente del profesorado universitario, lo que hace suponer el incumplimiento del plazo máximo de resolución establecido, teniendo en cuenta el número de solicitudes formuladas y la problemática planteada por la entrada en vigor del Real Decreto 74/2000, antes citado. <br> <br> <br> Considerando que el art. 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, según la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero, prevé la posibilidad de acordar la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, sin que dicha ampliación pueda ser superior al plazo establecido para la tramitación del procedimiento. <br> <br> <br> Considerando que resulta imposible habilitar otros medios personales y materiales que los actualmente disponibles para cumplir con el despacho adecuado y en plazo de los referidos procedimientos de evaluación. <br> <br> <br> En su virtud, este Rectorado ha resuelto ampliar en tres meses el plazo máximo de resolución y notificación de los procedimientos de evaluación de la actividad docente realizada cada cinco años por el profesorado universitario, a que se refiere el art. 2.3.c) del Real Decreto 1086/19899, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario. <br> <br> <br> Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, no cabe recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el art. 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero. <br> <br> <br> Ciudad Real, 14 de marzo de 2000. EL RECTOR, Luis Arroyo Zapatero. <br> <br> </p> <p><a href="index.htm" target="_self"><strong><font face="Arial">Índice</font></strong></a></p> <hr color="#660000"> <p><font face="Arial" size="1">Web mantenido y actualizado por el <a href="mailto:webmaster@uclm.es">Servicio de Informática</a><br> Modificado: <!--webbot bot="Timestamp" s-type="EDITED" s-format="%A %d de %B de %Y" startspan -->viernes 27 de abril de 2001<!--webbot bot="Timestamp" endspan i-checksum="55204" --></font></p> </body> </html>