ACUERDO de la Junta de Gobierno celebrada el 21 de diciembre de 1998, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la contratación de personal con cargo a proyectos de I+D.
A propuesta del Vicerrector de Investigación, la Junta de
Gobierno aprobó por asentimiento el Reglamento de Procedimiento para la contratación de
Personal con cargo a Proyectos para el fomento de la I+D y la innovación en las regiones
de Objetivo 1.
REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL CON CARGO A PROYECTOS PARA
EL FOMENTO DE LA I+D Y LA INNOVACIÓN EN LAS REGIONES DE OBJETIVO 1 Y PROYECTOS DE I+D CON
FINANCIACIÓN EXTERNA.
1. ANTECEDENTES.
Los Planes Nacionales de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico para el
período 1996-1999, tienen como uno de sus objetivos de interés general el progreso del
conocimiento y el avance de la innovación y el desarrollo tecnológico.
Así, uno de los objetivos principales del III Plan Nacional de I+D es, el fortalecimiento
de las interacciones científico-técnicas con diversos sectores empresariales, mediante
la realización de proyectos de I+D y de innovación que sean de interés para las
empresas e impliquen, bien la transferencia de conocimientos, resultados o tecnología, o
bien, el logro de objetivos innovadores a nivel de proceso, productos o servicios.
Por su parte el Programa Operativo de Fomento de la Investigación, Desarrollo
Tecnológico e Innovación para el período 1997-1999 prevé la aplicación de fondos
estructurales del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para acciones de I+D e
innovación en las zonas clasificadas como objetivo 1, entre las que se encuentra la
Comunidad de Castilla-La Mancha. La cofinanciación nacional requerida en dicho Programa
Operativo correrá a cargo de los créditos de la Comisión Interministerial de Ciencia y
Tecnología (CICYT) y la gestión del mismo se coordinará a través del Consejo General
de la Ciencia y la Tecnología.
Entre las ayudas previstas para la financiación de proyectos con cargo a fondos FEDER,
figuran las correspondientes a cubrir gastos de personal debidos a la imputación de
costes de personal contratado o en régimen de formación, ajenos a la plantilla de los
organismos participantes. Entre dicho personal se encuentran: doctores, titulados
superiores, titulados medios y personal de apoyo a la investigación (formación
profesional).
Las ayudas concedidas, no obstante, contemplan partidas muy limitadas para costes de
personal, por entender que las figuras contractuales que se apliquen a estos proyectos
deben recoger un importante componente de formación del investigador y por tanto, costes
salariales moderados. Se hace necesario, por ello, establecer unos modelos de contrato
específicos para estos proyectos, adaptados a tales circunstancias.
A efectos de articular y facilitar el proceso de contratación del personal anteriormente
citado, se ha elaborado el presente «Reglamento de Procedimiento para la contratación de
personal con cargo a proyectos para el fomento de la I+D y la innovación en las regiones
de Objetivo 1 y proyectos de I+D con financiación externa».
2. PROCEDIMIENTO.
1.- Los investigadores principales o los directores de Proyectos de Investigación tanto
los financiados con cargo a fondos FEDER ( según la Resolución de 30 de julio de 1997,
BOE de 07/08/97), así como aquellos con financiación externa, que tengan prevista la
contratación de personal con cargo a dicho proyecto deberán solicitarlo en escrito
dirigido al Vicerrector de Investigación, detallando las características del contrato
según el anexo I. Esta solicitud deberá presentarse al menos un mes antes de la fecha
que se propone para inicio del contrato. Quedan exceptuados de este plazo los proyectos ya
aprobados en el año 1998 con cargo a fondos FEDER, dada la urgencia en la contratación
del personal correspondiente.
Junto a la solicitud deberá acompañarse en todos los casos una copia del proyecto
concedido que sustenta la petición, o hacer referencia al mismo, si ya existe copia en el
Vicerrectorado de Investigación. En dicho proyecto deberá constar expresamente la
autorización para gastos de personal, con dotación suficiente para cubrir la totalidad
del contrato. Deberán adjuntar igualmente la autorización del Director del
Departamento/Centro donde deba integrarse el contratado, según anexo II, para que éste
ocupe las instalaciones.
2.- Desde el Vicerrectorado de Investigación se procederá a la comprobación de la
existencia de crédito en el proyecto que debe financiar el contrato. Se estudiará la
propuesta y si procede, se realizará la convocatoria de las correspondientes pruebas de
selección y nombramiento de los miembros de la Comisión encargados de realizar las
mismas.
3.- Si no procede el contrato, el Vicerrector de Investigación comunicará al solicitante
la imposibilidad de la convocatoria, concediéndole un plazo de diez días para subsanar
errores. En caso de no obtenerse respuesta, la petición se archivará sin más trámite.
4.- Las Comisiones de Selección estarán formadas en todo caso por los siguientes
miembros:
En representación de la UCLM: Presidente: El Vicerrector de Investigación o persona en
quien delegue. Un miembro de la Comisión de Investigación, designado por el Vicerrector
de Investigación. El Investigador Principal
En representación del Personal Laboral: Dos miembros a designar por la Junta de PDI.
Secretario: Un miembro del P.A.S., con voz pero sin voto.
5.- Por delegación del Rector, el Vicerrector de Investigación emitirá Resolución
mediante la que nombrará la Comisión de Selección y explicitará el procedimiento,
características del contrato y demás requisitos, así como el lugar y hora de examen
(véase Anexo III). Este Vicerrectorado dará traslado de dicha Resolución a la Gerencia
del Área Administrativa General y de Recursos Humanos y a las diferentes Gerencias de
Campus, para su exposición en los tablones de anuncios.
El tipo de contrato será el que figura como Anexo IV. La dotación económica de estos
contratos será la establecida en el Anexo V, en función de la titulación mínima
requerida para el puesto.
La duración de estos contratos será la establecida en la convocatoria, que como máximo
se igualará a la del proyecto.
6.- Las solicitudes de los candidatos se dirigirán al Ilmo. Sr. Vicerrector de
Investigación y se presentarán en el Registro General del Vicerrectorado de Albacete o
por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley de Régimen Jurídico de la
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
7.- La Comisión de Selección nombrada al efecto realizará las pruebas en el día y hora
establecidas en la convocatoria, y trasladará al Vicerrectorado de Investigación la
propuesta del candidato más idóneo para la plaza.
8.- El Vicerrectorado de Investigación dará traslado de la selección efectuada al
Gerente, al Investigador Principal, al director del Departamento/Centro y al candidato
seleccionado, quedando asimismo expuesta en los tablones de anuncios donde se publicitó
la convocatoria. Asimismo se dará traslado a la Unidad de Gestión Administrativa del
Campus correspondiente para la formalización del contrato de trabajo al candidato
propuesto y su posterior inclusión en nómina, y a la Unidad de Gestión Económica,
Contabilidad y Presupuestos para la emisión del documento contable AD por la totalidad
del importe del contrato.
Anexo I
SOLICITUD DE INICIO DE PROCESO DE CONTRATACIÓN CON CARGO A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN
Dado que el proyecto de investigación que acompaña esta solicitud incluye la
participación de personal contratado con cargo al mismo, y existiendo dotación
económica suficiente para todos los compromisos económicos que se derivan de dicha
actuación, le ruego ordene iniciar los trámites oportunos para llevar a cabo la
contratación según se detalla.
Título del proyecto de Investigación:
Centro o Departamento donde se ubica el proyecto:
Número de plazas:
Categoría Laboral: (Según el anexo V del Procedimiento)
Dedicación o N horas/mes:
Titulación exigible a los candidatos:
Otros requisitos o méritos a valorar:
Fecha de inicio y fin del contrato:
Lugar de trabajo:
Miembros que se proponen para la Comisión de Selección:
_________________, a ___ de ______________ de ____.
El Investigador Principal,
ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN DE ALBACETE.
Anexo II
AUTORIZACIÓN DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO/CENTRO
D/Dña. ___________________________________ como Director del Departamento/Centro
____________________
INFORMA:
Que no hay ningún inconveniente para que el investigador pueda incorporarse con cargo al
proyecto de investigación denominado ____________________________________
______________________________________________________________________
utilice las instalaciones de este Departamento/Centro para el desarrollo de su actividad.
Y para que así conste, firmo la presente en __________ a ___ de _____________ de ____ .
Anexo III
Estando prevista la correspondiente dotación económica en el presupuesto del Proyecto
________________________, y siendo necesaria la contratación de personal financiado con
cargo a dicho programa,
HE RESUELTO:
1. Convocar para contratación laboral temporal del puesto cuyas características se
especifican en el anexo.
2. El procedimiento de selección será el que se especifica en el anexo, conforme a lo
dispuesto en el Procedimiento que regula este tipo de Contratos.
3. La solicitud, de la que no existe modelo oficial, se presentará en el Registro General
hasta las 14,00 horas del día ________________, acompañando currículum vitae.
4. La Comisión de Valoración será la que se especifique en el anexo.
5. La presente convocatoria se hará pública en los tablones de anuncios de Rectorado,
Vicerrectorados de Campus y Centros de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Albacete, __ de _________ de ______.
EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN,
Fdo. Miguel Olmeda Fernández.
Anexo
Proyecto:
N de Plazas:
Categoría Laboral:
Titulación mínima requerida:
Otros requisitos:
La prueba consistirá en:
COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN
En representación de la Universidad:
- Presidente:
-
-
En representación de la Junta de PDI:
-
Secretario:
LUGAR, FECHA Y HORA DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS (Lo que proceda).
Anexo IV
MODELO DE CONTRATO DE PERSONAL CON CARGO A PROYECTOS PARA EL FOMENTO DE LA I+D Y LA
INNOVACIÓN EN LAS REGIONES OBJETIVO 1, Y PROYECTOS DE I+D CON FINANCIACIÓN EXTERNA.
En, ____________________ a ___ de ___________ de mil novecientos noventa y ____
REUNIDOS
De una parte, D. _________________________________
Que actúa en representación de la Universidad de Castilla-La Mancha con domicilio en
_________________________
______________________________________________ y
De otra parte, D.__________________________________
Que actúa en su propio nombre, con domicilio en _________
_________________________________________________ y D.N.I. número ____________, en
adelante (investigador o personal de apoyo a la investigación, según proceda).
MANIFIESTAN,
1.- Que la Universidad de Castilla-La Mancha, lleva a cabo un proyecto de investigación
denominado _____________ _______________________________________________. Para ello tanto
la Entidad como la institución que lo financia aportan, en virtud de la colaboración que
a tales efectos tienen suscrita, los elementos necesarios para hacer posible la
realización del mismo.
2.- Que para la realización de dicho proyecto de investigación debe llevar a cabo la
contratación de investigadores/personal de apoyo a la investigación que se encuentren en
posesión de la titulación de ______________
_________________________________________________
_______________________________________________
3.- Que D./Dña. __________________________________ está interesado en prestar servicios
en el citado proyecto de investigación y acredita encontrarse en posesión de la
titulación requerida para ello.
Que, a tales efectos, ambas partes libre y voluntariamente vienen a otorgar el presente
contrato para la realización de obra o servicio determinados, al amparo de lo que
establece el art 15,1 a) del Estatuto de los Trabajadores, en concordancia con el Real
Decreto 2546/1994, de 29 de Diciembre, y demás normas concordantes, con arreglo a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- OBJETO:
El objeto del presente contrato será la realización de los trabajos que a continuación
se describen necesarios para llevar a cabo el proyecto de investigación desarrollo e
innovación denominado:____________________________
(Resumen descriptivo de las principales tareas a realizar por el investigador/personal de
apoyo a la investigación).
Segunda.- OBLIGACIONES DEL INVESTIGADOR/PERSONAL DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN:
1.- El investigador/personal de apoyo a la investigación quedará integrado en el equipo
de investigación que tiene a su cargo la realización del proyecto, objeto del presente
contrato, con la categoría ___________________ de las establecidas por la UCLM para este
tipo de contratos en el anexo V del Reglamento de Procedimiento para la contratación de
personal con cargo a proyectos para el fomento de la I+D y la innovación en las regiones
de Objetivo 1 (Resolución de 30-07-97; BOE 7-8-97) y proyectos de I+D con financiación
externa.
2.- Estará a las órdenes del Director del proyecto o investigador principal, que tiene a
su cargo la coordinación y control del desarrollo del programa de investigación.
3.- El investigador/personal de apoyo a la investigación llevará a cabo las funciones
que le sean encomendadas, propias de su titulación, siguiendo las directrices del
Director del proyecto de investigación, desarrollo e innovación, en cuanto a la
orientación del desarrollo del proyecto y la forma de realizar la prestación de
servicios.
El investigador/personal de apoyo a la investigación vendrá también obligado a asistir
a conferencias, congresos, cursillos y cualesquiera actos, docentes o no docentes, que
estén vinculados con el proyecto de investigación para el que presta servicios, quedando
estas actividades incorporadas a la obra determinada, objeto del presente contrato.
Queda excluida expresamente la realización por parte del investigador/personal de apoyo a
la investigación de otra prestación de servicios que no esté vinculada directamente al
objeto de este contrato. En el supuesto de que la realizase sería por iniciativa propia
del investigador/personal de apoyo a la investigación y por considerar que las mismas son
útiles y necesarias para su prestación de servicios en el proyecto de investigación,
desarrollo e innovación, sin que como consecuencia de ellas pueda quedar modificada la
naturaleza del contrato por obra determinada, que tiene la relación contractual existente
entre las partes.
4.- La jornada de trabajo será de ____ horas mensuales y será realizada habitualmente de
lunes a viernes con los descansos que establece la Ley.
No obstante, el horario de trabajo podrá sufrir las modificaciones que, por exigencias
derivadas de los trabajos de investigación en curso que no admitan interrupción que
incida gravemente en el desarrollo del proyecto, puedan ser establecidas por el director
del mismo, pudiendo compensarse los excesos de horas, debidamente acreditados, con días
libres.
Teniendo en cuenta estas circunstancias, ambas partes acuerdan que las mismas queden
reguladas de conformidad con lo que establece el Real Decreto 1561/1995 de 21 de
Septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, de tal modo que el cómputo de la
determinación de las jornadas normales de trabajo realizadas se lleve a cabo teniendo en
cuenta esas circunstancias que imposibiliten, en algún período de tiempo concreto, la
interrupción de la prestación de servicios. El cómputo en cuanto a las horas
efectivamente trabajadas de las jornadas normales de trabajo se llevará a cabo, además
de con arreglo a las normas del Real Decreto citado, teniendo en cuenta lo que establecen
el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores .
5.- El investigador/personal de apoyo a la investigación
tendrá como centro de trabajo habitual el sito en ________
______________________________________.
No obstante, si como consecuencia del desarrollo de la prestación de servicios para el
proyecto de investigación, desarrollo e innovación tuviera que llevar a cabo su
actividad en otro lugar distinto, bien de la propia universidad o bien de otra entidad que
pueda poner a disposición los medios materiales para realizar el proyecto, vendrá
obligado a trasladarse a realizar los trabajos que le son propios en aquel lugar, sin que
con ello se desvirtúe la naturaleza del presente contrato, ya que dichos trabajos serán
necesarios e imprescindibles para el proyecto de investigación, desarrollo e innovación.
Tercera.- OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD:
1.- La Universidad incluye al investigador/personal de apoyo a la investigación dentro de
su ámbito organizativo y directivo únicamente en lo que se refiere a su prestación de
servicios para el proyecto de investigación, desarrollo e innovación objeto del presente
contrato. Al presente contrato no le será de aplicación ningún Convenio Colectivo del
personal laboral de las Universidades que en conjunto o individualmente consideradas
puedan existir.
2.- La retribución salarial a percibir por el investigador/personal de apoyo a la
investigación, de acuerdo con la categoría en la que es contratado, será de pesetas
mensuales brutas, que quedará distribuida en los siguientes conceptos:
Salario base _____________
Complemento de flexibilidad horaria ___________
El investigador/personal de apoyo a la investigación tendrá derecho a dos pagas
extraordinarias que se abonarán en los meses de Junio y Diciembre o la parte que
proporcionalmente corresponda si el periodo trabajado es inferior al año.
De las anteriores cantidades se efectuarán las retenciones y descuentos que sean
pertinentes de acuerdo con lo establecido en las normas laborales y fiscales de
aplicación general.
El pago de la retribución se efectuará con cargo a la partida presupuestaria
correspondiente al proyecto de investigación, desarrollo e innovación. (Programa y
Orgánica)
Cuarta.- DURACION DEL CONTRATO:
El presente contrato tendrá una vigencia de __________ hasta ____________ , ó en el
momento en el que concluya el proyecto de investigación, desarrollo e innovación objeto
del mismo, o en su caso, en el momento que finalicen los trabajos concretos que el
investigador/personal de apoyo a la investigación deba llevar a cabo en dicho proyecto.
(incluir fecha explícitamente)
Quinta.- PERIODO DE PRUEBA:
El presente contrato estará sometido a un período de prueba, tal y como queda
configurado en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, que tendrá una duración
de seis meses.
Sexta.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL:
Corresponde a la Universidad de Castilla-La Mancha, la integridad de los derechos de
propiedad intelectual e industrial que resulten del trabajo realizado de conformidad con
el presente contrato.
Séptima.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO:
La interrupción o suspensión del contrato por las causas legalmente establecidas en el
artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores no supondrá la extensión de la duración
del período contractual estipulado.
Octava.- INCOMPATIBILIDADES:
El investigador/personal de apoyo a la investigación prestará sus servicios en régimen
de dedicación exclusiva en la Universidad de Castilla-La Mancha, comprometiéndose a no
celebrar otros contratos o prestaciones para otras empresas, entidades o Administraciones
Públicas, aplicándose el régimen establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre y
Real Decreto 598/85, de 30 de abril.
Novena.- De conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda, apartado 3 anterior,
de la prestación de servicios que se lleve a cabo como consecuencia del presente contrato
no puede derivarse que el mismo devenga en duración indefinida, por cuanto que queda
excluida la realización por el investigador/personal de apoyo a la investigación de
cualquier actividad que no esté directamente relacionada con el objeto del contrato y por
cuanto que el acceso a puestos de trabajo de la Administración, que tengan el carácter
de indefinidos, sólo puede conseguirse mediante el sometimiento a las pruebas públicas
que a tal efecto puedan convocarse, de conformidad con lo que establece la Ley de Medidas
para la Reforma de la Función Pública.
Décima.- AMBITO JURISDICCIONAL:
Para cuantas cuestiones puedan suscitarse respecto de la interpretación del presente
contrato, ambas partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de Ciudad Real.
Undécima.- ENTRADA EN VIGOR:
El presente contrato tendrá efectos a partir de la fecha de su firma.
Y para que conste, en prueba de aceptación y de conformidad, con el fin de que surta los
efectos oportunos, lo firman ambas partes, por duplicado en el lugar y fecha que han
quedado expresados al inicio.
Fdo.: EL INVESTIGADOR Fdo.: LA UNIVERSIDAD
Anexo V
COSTES SALARIALES SEGÚN TITULACIÓN MÍNIMA REQUERIDA. |
|||||||
Categoría |
Retribuciones Mes a TC |
Retribución Mes |
Retribución Anual |
Importe Extras |
Total Retribuciones |
Coste Patronal |
Total |
5ª |
80.000 |
80.000 |
960.000 |
160.000 |
1.120.000 |
367.136 |
1.487.136 |
4ª |
90.000 |
90.000 |
1.080.000 |
180.000 |
1.260.000 |
413.028 |
1.673.028 |
3ª |
100.000 |
100.000 |
1.200.000 |
200.000 |
1.400.000 |
458.920 |
1.858.920 |
2ª A |
110.000 |
110.000 |
1.320.000 |
220.000 |
1.540.000 |
504.812 |
2.044.812 |
2ª B |
130.000 |
130.000 |
1.560.000 |
260.000 |
1.820.000 |
596.596 |
2.416.596 |
| 1ª | 200.000 | 200.000 | 2.400.000 | 400.000 | 2.800.000 | 917.840 | 3.717.840 |
| EPÍGRAFE 119 | |||||||
| CUOTA PATRONAL % 32.78 | |||||||
CATEGORÍA TITULACIÓN MÍNIMA REQUERIDA |
|
| Primera | Doctor |
| Segunda A | Licenciado sin experiencia previa |
| Segunda B | Licenciado con experiencia previa |
| Tercera | Diplomado |
| Cuarta | FP II |
| Quinta | FP I |
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Modificado: jueves 04 de febrero de 1999