ACUERDO de la Junta de Gobierno celebrada el 21 de diciembre de 1998, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la contratación de personal con cargo a proyectos de I+D.


A propuesta del Vicerrector de Investigación, la Junta de Gobierno aprobó por asentimiento el Reglamento de Procedimiento para la contratación de Personal con cargo a Proyectos para el fomento de la I+D y la innovación en las regiones de Objetivo 1.

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL CON CARGO A PROYECTOS PARA EL FOMENTO DE LA I+D Y LA INNOVACIÓN EN LAS REGIONES DE OBJETIVO 1 Y PROYECTOS DE I+D CON FINANCIACIÓN EXTERNA.

1. ANTECEDENTES.

Los Planes Nacionales de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico para el período 1996-1999, tienen como uno de sus objetivos de interés general el progreso del conocimiento y el avance de la innovación y el desarrollo tecnológico.

Así, uno de los objetivos principales del III Plan Nacional de I+D es, el fortalecimiento de las interacciones científico-técnicas con diversos sectores empresariales, mediante la realización de proyectos de I+D y de innovación que sean de interés para las empresas e impliquen, bien la transferencia de conocimientos, resultados o tecnología, o bien, el logro de objetivos innovadores a nivel de proceso, productos o servicios.

Por su parte el Programa Operativo de Fomento de la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación para el período 1997-1999 prevé la aplicación de fondos estructurales del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para acciones de I+D e innovación en las zonas clasificadas como objetivo 1, entre las que se encuentra la Comunidad de Castilla-La Mancha. La cofinanciación nacional requerida en dicho Programa Operativo correrá a cargo de los créditos de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología (CICYT) y la gestión del mismo se coordinará a través del Consejo General de la Ciencia y la Tecnología.

Entre las ayudas previstas para la financiación de proyectos con cargo a fondos FEDER, figuran las correspondientes a cubrir gastos de personal debidos a la imputación de costes de personal contratado o en régimen de formación, ajenos a la plantilla de los organismos participantes. Entre dicho personal se encuentran: doctores, titulados superiores, titulados medios y personal de apoyo a la investigación (formación profesional).

Las ayudas concedidas, no obstante, contemplan partidas muy limitadas para costes de personal, por entender que las figuras contractuales que se apliquen a estos proyectos deben recoger un importante componente de formación del investigador y por tanto, costes salariales moderados. Se hace necesario, por ello, establecer unos modelos de contrato específicos para estos proyectos, adaptados a tales circunstancias.

A efectos de articular y facilitar el proceso de contratación del personal anteriormente citado, se ha elaborado el presente «Reglamento de Procedimiento para la contratación de personal con cargo a proyectos para el fomento de la I+D y la innovación en las regiones de Objetivo 1 y proyectos de I+D con financiación externa».

2. PROCEDIMIENTO.

1.- Los investigadores principales o los directores de Proyectos de Investigación tanto los financiados con cargo a fondos FEDER ( según la Resolución de 30 de julio de 1997, BOE de 07/08/97), así como aquellos con financiación externa, que tengan prevista la contratación de personal con cargo a dicho proyecto deberán solicitarlo en escrito dirigido al Vicerrector de Investigación, detallando las características del contrato según el anexo I. Esta solicitud deberá presentarse al menos un mes antes de la fecha que se propone para inicio del contrato. Quedan exceptuados de este plazo los proyectos ya aprobados en el año 1998 con cargo a fondos FEDER, dada la urgencia en la contratación del personal correspondiente.

Junto a la solicitud deberá acompañarse en todos los casos una copia del proyecto concedido que sustenta la petición, o hacer referencia al mismo, si ya existe copia en el Vicerrectorado de Investigación. En dicho proyecto deberá constar expresamente la autorización para gastos de personal, con dotación suficiente para cubrir la totalidad del contrato. Deberán adjuntar igualmente la autorización del Director del Departamento/Centro donde deba integrarse el contratado, según anexo II, para que éste ocupe las instalaciones.

2.- Desde el Vicerrectorado de Investigación se procederá a la comprobación de la existencia de crédito en el proyecto que debe financiar el contrato. Se estudiará la propuesta y si procede, se realizará la convocatoria de las correspondientes pruebas de selección y nombramiento de los miembros de la Comisión encargados de realizar las mismas.

3.- Si no procede el contrato, el Vicerrector de Investigación comunicará al solicitante la imposibilidad de la convocatoria, concediéndole un plazo de diez días para subsanar errores. En caso de no obtenerse respuesta, la petición se archivará sin más trámite.

4.- Las Comisiones de Selección estarán formadas en todo caso por los siguientes miembros:

En representación de la UCLM: Presidente: El Vicerrector de Investigación o persona en quien delegue. Un miembro de la Comisión de Investigación, designado por el Vicerrector de Investigación. El Investigador Principal

En representación del Personal Laboral: Dos miembros a designar por la Junta de PDI.

Secretario: Un miembro del P.A.S., con voz pero sin voto.

5.- Por delegación del Rector, el Vicerrector de Investigación emitirá Resolución mediante la que nombrará la Comisión de Selección y explicitará el procedimiento, características del contrato y demás requisitos, así como el lugar y hora de examen (véase Anexo III). Este Vicerrectorado dará traslado de dicha Resolución a la Gerencia del Área Administrativa General y de Recursos Humanos y a las diferentes Gerencias de Campus, para su exposición en los tablones de anuncios.

El tipo de contrato será el que figura como Anexo IV. La dotación económica de estos contratos será la establecida en el Anexo V, en función de la titulación mínima requerida para el puesto.

La duración de estos contratos será la establecida en la convocatoria, que como máximo se igualará a la del proyecto.

6.- Las solicitudes de los candidatos se dirigirán al Ilmo. Sr. Vicerrector de Investigación y se presentarán en el Registro General del Vicerrectorado de Albacete o por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.- La Comisión de Selección nombrada al efecto realizará las pruebas en el día y hora establecidas en la convocatoria, y trasladará al Vicerrectorado de Investigación la propuesta del candidato más idóneo para la plaza.

8.- El Vicerrectorado de Investigación dará traslado de la selección efectuada al Gerente, al Investigador Principal, al director del Departamento/Centro y al candidato seleccionado, quedando asimismo expuesta en los tablones de anuncios donde se publicitó la convocatoria. Asimismo se dará traslado a la Unidad de Gestión Administrativa del Campus correspondiente para la formalización del contrato de trabajo al candidato propuesto y su posterior inclusión en nómina, y a la Unidad de Gestión Económica, Contabilidad y Presupuestos para la emisión del documento contable AD por la totalidad del importe del contrato.

Anexo I

SOLICITUD DE INICIO DE PROCESO DE CONTRATACIÓN CON CARGO A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

Dado que el proyecto de investigación que acompaña esta solicitud incluye la participación de personal contratado con cargo al mismo, y existiendo dotación económica suficiente para todos los compromisos económicos que se derivan de dicha actuación, le ruego ordene iniciar los trámites oportunos para llevar a cabo la contratación según se detalla.

Título del proyecto de Investigación:

Centro o Departamento donde se ubica el proyecto:

Número de plazas:

Categoría Laboral: (Según el anexo V del Procedimiento)

Dedicación o N horas/mes:

Titulación exigible a los candidatos:

Otros requisitos o méritos a valorar:

Fecha de inicio y fin del contrato:

Lugar de trabajo:

Miembros que se proponen para la Comisión de Selección:


_________________, a ___ de ______________ de ____.

El Investigador Principal,


ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN DE ALBACETE.

Anexo II

AUTORIZACIÓN DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO/CENTRO


D/Dña. ___________________________________ como Director del Departamento/Centro ____________________


INFORMA:


Que no hay ningún inconveniente para que el investigador pueda incorporarse con cargo al proyecto de investigación denominado ____________________________________

______________________________________________________________________

utilice las instalaciones de este Departamento/Centro para el desarrollo de su actividad.


Y para que así conste, firmo la presente en __________ a ___ de _____________ de ____ .



Anexo III


Estando prevista la correspondiente dotación económica en el presupuesto del Proyecto ________________________, y siendo necesaria la contratación de personal financiado con cargo a dicho programa,


HE RESUELTO:


1. Convocar para contratación laboral temporal del puesto cuyas características se especifican en el anexo.

2. El procedimiento de selección será el que se especifica en el anexo, conforme a lo dispuesto en el Procedimiento que regula este tipo de Contratos.

3. La solicitud, de la que no existe modelo oficial, se presentará en el Registro General hasta las 14,00 horas del día ________________, acompañando currículum vitae.

4. La Comisión de Valoración será la que se especifique en el anexo.

5. La presente convocatoria se hará pública en los tablones de anuncios de Rectorado, Vicerrectorados de Campus y Centros de la Universidad de Castilla-La Mancha.


Albacete, __ de _________ de ______.
EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN,


Fdo. Miguel Olmeda Fernández.


Anexo

Proyecto:

N de Plazas:

Categoría Laboral:

Titulación mínima requerida:

Otros requisitos:

La prueba consistirá en:


COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN

En representación de la Universidad:

- Presidente:

-

-

En representación de la Junta de PDI:

-

Secretario:


LUGAR, FECHA Y HORA DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS (Lo que proceda).

Anexo IV

MODELO DE CONTRATO DE PERSONAL CON CARGO A PROYECTOS PARA EL FOMENTO DE LA I+D Y LA INNOVACIÓN EN LAS REGIONES OBJETIVO 1, Y PROYECTOS DE I+D CON FINANCIACIÓN EXTERNA.


En, ____________________ a ___ de ___________ de mil novecientos noventa y ____


REUNIDOS


De una parte, D. _________________________________

Que actúa en representación de la Universidad de Castilla-La Mancha con domicilio en _________________________

______________________________________________ y


De otra parte, D.__________________________________

Que actúa en su propio nombre, con domicilio en _________

_________________________________________________ y D.N.I. número ____________, en adelante (investigador o personal de apoyo a la investigación, según proceda).


MANIFIESTAN,


1.- Que la Universidad de Castilla-La Mancha, lleva a cabo un proyecto de investigación denominado _____________ _______________________________________________. Para ello tanto la Entidad como la institución que lo financia aportan, en virtud de la colaboración que a tales efectos tienen suscrita, los elementos necesarios para hacer posible la realización del mismo.


2.- Que para la realización de dicho proyecto de investigación debe llevar a cabo la contratación de investigadores/personal de apoyo a la investigación que se encuentren en posesión de la titulación de ______________ _________________________________________________ _______________________________________________


3.- Que D./Dña. __________________________________ está interesado en prestar servicios en el citado proyecto de investigación y acredita encontrarse en posesión de la titulación requerida para ello.

Que, a tales efectos, ambas partes libre y voluntariamente vienen a otorgar el presente contrato para la realización de obra o servicio determinados, al amparo de lo que establece el art 15,1 a) del Estatuto de los Trabajadores, en concordancia con el Real Decreto 2546/1994, de 29 de Diciembre, y demás normas concordantes, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS


Primera.- OBJETO:


El objeto del presente contrato será la realización de los trabajos que a continuación se describen necesarios para llevar a cabo el proyecto de investigación desarrollo e innovación denominado:____________________________

(Resumen descriptivo de las principales tareas a realizar por el investigador/personal de apoyo a la investigación).


Segunda.- OBLIGACIONES DEL INVESTIGADOR/PERSONAL DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN:


1.- El investigador/personal de apoyo a la investigación quedará integrado en el equipo de investigación que tiene a su cargo la realización del proyecto, objeto del presente contrato, con la categoría ___________________ de las establecidas por la UCLM para este tipo de contratos en el anexo V del Reglamento de Procedimiento para la contratación de personal con cargo a proyectos para el fomento de la I+D y la innovación en las regiones de Objetivo 1 (Resolución de 30-07-97; BOE 7-8-97) y proyectos de I+D con financiación externa.

2.- Estará a las órdenes del Director del proyecto o investigador principal, que tiene a su cargo la coordinación y control del desarrollo del programa de investigación.

3.- El investigador/personal de apoyo a la investigación llevará a cabo las funciones que le sean encomendadas, propias de su titulación, siguiendo las directrices del Director del proyecto de investigación, desarrollo e innovación, en cuanto a la orientación del desarrollo del proyecto y la forma de realizar la prestación de servicios.

El investigador/personal de apoyo a la investigación vendrá también obligado a asistir a conferencias, congresos, cursillos y cualesquiera actos, docentes o no docentes, que estén vinculados con el proyecto de investigación para el que presta servicios, quedando estas actividades incorporadas a la obra determinada, objeto del presente contrato.

Queda excluida expresamente la realización por parte del investigador/personal de apoyo a la investigación de otra prestación de servicios que no esté vinculada directamente al objeto de este contrato. En el supuesto de que la realizase sería por iniciativa propia del investigador/personal de apoyo a la investigación y por considerar que las mismas son útiles y necesarias para su prestación de servicios en el proyecto de investigación, desarrollo e innovación, sin que como consecuencia de ellas pueda quedar modificada la naturaleza del contrato por obra determinada, que tiene la relación contractual existente entre las partes.

4.- La jornada de trabajo será de ____ horas mensuales y será realizada habitualmente de lunes a viernes con los descansos que establece la Ley.

No obstante, el horario de trabajo podrá sufrir las modificaciones que, por exigencias derivadas de los trabajos de investigación en curso que no admitan interrupción que incida gravemente en el desarrollo del proyecto, puedan ser establecidas por el director del mismo, pudiendo compensarse los excesos de horas, debidamente acreditados, con días libres.

Teniendo en cuenta estas circunstancias, ambas partes acuerdan que las mismas queden reguladas de conformidad con lo que establece el Real Decreto 1561/1995 de 21 de Septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, de tal modo que el cómputo de la determinación de las jornadas normales de trabajo realizadas se lleve a cabo teniendo en cuenta esas circunstancias que imposibiliten, en algún período de tiempo concreto, la interrupción de la prestación de servicios. El cómputo en cuanto a las horas efectivamente trabajadas de las jornadas normales de trabajo se llevará a cabo, además de con arreglo a las normas del Real Decreto citado, teniendo en cuenta lo que establecen el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores .

5.- El investigador/personal de apoyo a la investigación
tendrá como centro de trabajo habitual el sito en ________

______________________________________.


No obstante, si como consecuencia del desarrollo de la prestación de servicios para el proyecto de investigación, desarrollo e innovación tuviera que llevar a cabo su actividad en otro lugar distinto, bien de la propia universidad o bien de otra entidad que pueda poner a disposición los medios materiales para realizar el proyecto, vendrá obligado a trasladarse a realizar los trabajos que le son propios en aquel lugar, sin que con ello se desvirtúe la naturaleza del presente contrato, ya que dichos trabajos serán necesarios e imprescindibles para el proyecto de investigación, desarrollo e innovación.

Tercera.- OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD:

1.- La Universidad incluye al investigador/personal de apoyo a la investigación dentro de su ámbito organizativo y directivo únicamente en lo que se refiere a su prestación de servicios para el proyecto de investigación, desarrollo e innovación objeto del presente contrato. Al presente contrato no le será de aplicación ningún Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades que en conjunto o individualmente consideradas puedan existir.

2.- La retribución salarial a percibir por el investigador/personal de apoyo a la investigación, de acuerdo con la categoría en la que es contratado, será de pesetas mensuales brutas, que quedará distribuida en los siguientes conceptos:

Salario base _____________

Complemento de flexibilidad horaria ___________


El investigador/personal de apoyo a la investigación tendrá derecho a dos pagas extraordinarias que se abonarán en los meses de Junio y Diciembre o la parte que proporcionalmente corresponda si el periodo trabajado es inferior al año.


De las anteriores cantidades se efectuarán las retenciones y descuentos que sean pertinentes de acuerdo con lo establecido en las normas laborales y fiscales de aplicación general.


El pago de la retribución se efectuará con cargo a la partida presupuestaria correspondiente al proyecto de investigación, desarrollo e innovación. (Programa y Orgánica)


Cuarta.- DURACION DEL CONTRATO:


El presente contrato tendrá una vigencia de __________ hasta ____________ , ó en el momento en el que concluya el proyecto de investigación, desarrollo e innovación objeto del mismo, o en su caso, en el momento que finalicen los trabajos concretos que el investigador/personal de apoyo a la investigación deba llevar a cabo en dicho proyecto. (incluir fecha explícitamente)

Quinta.- PERIODO DE PRUEBA:

El presente contrato estará sometido a un período de prueba, tal y como queda configurado en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, que tendrá una duración de seis meses.

Sexta.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL:

Corresponde a la Universidad de Castilla-La Mancha, la integridad de los derechos de propiedad intelectual e industrial que resulten del trabajo realizado de conformidad con el presente contrato.

Séptima.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO:

La interrupción o suspensión del contrato por las causas legalmente establecidas en el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores no supondrá la extensión de la duración del período contractual estipulado.

Octava.- INCOMPATIBILIDADES:

El investigador/personal de apoyo a la investigación prestará sus servicios en régimen de dedicación exclusiva en la Universidad de Castilla-La Mancha, comprometiéndose a no celebrar otros contratos o prestaciones para otras empresas, entidades o Administraciones Públicas, aplicándose el régimen establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre y Real Decreto 598/85, de 30 de abril.

Novena.- De conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda, apartado 3 anterior, de la prestación de servicios que se lleve a cabo como consecuencia del presente contrato no puede derivarse que el mismo devenga en duración indefinida, por cuanto que queda excluida la realización por el investigador/personal de apoyo a la investigación de cualquier actividad que no esté directamente relacionada con el objeto del contrato y por cuanto que el acceso a puestos de trabajo de la Administración, que tengan el carácter de indefinidos, sólo puede conseguirse mediante el sometimiento a las pruebas públicas que a tal efecto puedan convocarse, de conformidad con lo que establece la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Décima.- AMBITO JURISDICCIONAL:

Para cuantas cuestiones puedan suscitarse respecto de la interpretación del presente contrato, ambas partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de Ciudad Real.

Undécima.- ENTRADA EN VIGOR:

El presente contrato tendrá efectos a partir de la fecha de su firma.

Y para que conste, en prueba de aceptación y de conformidad, con el fin de que surta los efectos oportunos, lo firman ambas partes, por duplicado en el lugar y fecha que han quedado expresados al inicio.

Fdo.: EL INVESTIGADOR Fdo.: LA UNIVERSIDAD

 

Anexo V

COSTES SALARIALES SEGÚN TITULACIÓN MÍNIMA REQUERIDA.

Categoría

Retribuciones Mes a TC

Retribución Mes

Retribución Anual

Importe Extras

Total Retribuciones

Coste Patronal

Total
Coste

80.000

80.000

960.000

160.000

1.120.000

367.136

1.487.136

90.000

90.000

1.080.000

180.000

1.260.000

413.028

1.673.028

100.000

100.000

1.200.000

200.000

1.400.000

458.920

1.858.920

2ª A

110.000

110.000

1.320.000

220.000

1.540.000

504.812

2.044.812

2ª B

130.000

130.000

1.560.000

260.000

1.820.000

596.596

2.416.596

200.000 200.000 2.400.000 400.000 2.800.000 917.840 3.717.840
EPÍGRAFE 119
CUOTA PATRONAL % 32.78

 

CATEGORÍA TITULACIÓN MÍNIMA REQUERIDA

Primera Doctor
Segunda A Licenciado sin experiencia previa
Segunda B Licenciado con experiencia previa
Tercera Diplomado
Cuarta FP II
Quinta FP I

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Modificado: jueves 04 de febrero de 1999