RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 1998, por la que se asimila a efectos retributivos el cargo de Subdirector de Departamento al de Secretario de Departamento.


Luis Arroyo Zapatero, Rector Magnífico de la Universidad de Castilla-La Mancha, en virtud de las atribuciones que me confieren los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobados por R.D. 1.291/1991 de 2 de agosto (B.O.E. de 10 de agosto), he acordado la siguiente Resolución:


El art. 50 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha prevé que el Director de Departamento pueda designar, además de a un Secretario, a un Subdirector que lo sustituya en caso de ausencia o enfermedad y que ejercerá las competencias que le sean delegadas. De otra parte, el art. 5 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Interno de los Departamentos de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobado por la Junta de Gobierno con fecha 31 de enero de 1989, regula la figura del Subdirector de Departamento.


El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario prevé como cargos retribuidos los de Director y Secretario de

Departamento. Asimismo, el citado Real Decreto establece en su art. 2.3.b), in fine, la posibilidad de retribuir cargos distintos de los relacionados expresamente en dicho artículo. En consecuencia, de conformidad con dicho precepto, los cargos específicos que las Universidades hayan establecido en sus Estatutos deberán ser asimilados por éstas, a efectos retributivos, a alguno de los cargos que se recogen en el apartado b) del citado art. 2.3 del Real Decreto 1086/1989, anteriormente citado.


Los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha han establecido la posibilidad de que se puedan designar Subdirectores de Departamento, sin que se hayan fijado hasta la fecha las retribuciones que han de percibir dichos cargos, y que el art. 2.3.b) del Real Decreto 1086/1989, anteriormente citado, asimila, a efectos retributivos a los Vicedecanos, Subdirectores y Secretarios de Centros Universitarios, parece lógico asimilar, asimismo, a los Subdirectores y Secretarios de Departamento.


En virtud de lo expuesto, he resuelto asimilar, a efectos retributivos a partir del 1 de enero de 1999, el cargo de Subdirector de Departamento al de Secretario de Departamento.


Ciudad Real, 9 de diciembre de 1998. EL RECTOR, Luis Arroyo Zapatero.

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Modificado: martes 02 de febrero de 1999