RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 1998, por la que se
modifican aspectos procedimentales del «Reglamento de Procedimiento para la contratación
de personal con cargo a proyectos para el fomento de la I+D y la innovación en las
regiones de Objetivo 1 y proyectos de I+D con financiación externa».
ANTECEDENTES:
A propuesta de este Vicerrectorado de Investigación la Junta de Gobierno aprobó, en su
reunión de fecha 21 de diciembre de 1998, el «Reglamento de Procedimiento para la
contratación de personal con cargo a proyectos para el fomento de la I+D y la innovación
en las regiones de Objetivo 1 y proyectos de I+D con financiación externa». En el punto
9 de dicho Reglamento se facultaba a este Vicerrectorado para dictar cuantas normas
complementarias o aclaratorias fuesen necesarias para el correcto desarrollo del
procedimiento.
Las primeras semanas de aplicación del mismo aconsejan modificar algunos aspectos de
procedimiento, de tal modo que se clarifiquen las responsabilidades de los diferentes
órganos administrativos que intervienen en el proceso.
En tal sentido, este Vicerrectorado dicta la siguiente
RESOLUCIÓN:
1. En el párrafo 2 del apartado «Procedimiento» se incluye: [...] «se ordenará a la
Unidad de Gestión Económica del Campus correspondiente la retención del crédito que
proceda» [...].
2. Se sustituye el Anexo III que acompañaba al «Reglamento de Procedimiento para la
contratación de personal con cargo a proyectos para el fomento de la I+D y la innovación
en las regiones de objetivo 1 y proyectos de I+D con Financiación externa» por el Anexo
III que acompaña la presente Resolución.
3. La duración del período de prueba que figura en el Anexo IV del Reglamento será
adaptable, en función de la legalidad vigente, según la categoría del contrato que se
efectúe. La Unidad de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos del Campos donde se
vaya a efectuar la contratación adaptará este extremo del contrato, así como cualquier
otro que pudiera tener lugar, según la modalidad de contratación.
4, Una vez efectuada la selección el Vicerrector de Investigación dará traslado de la
selección efectuada al Gerente del Campus donde se vaya a efectuar el contrato, al
Investigador Principal, al director del Departamento y al director del Centro, quedando
asimismo expuesta en los tablones de anuncios donde se publicitó la convocatoria. El
Gerente del Campus dará traslado a la Unidad de Gestión Administrativa del Campus
correspondiente para la formalización del contrato de trabajo al candidato propuesto y su
posterior inclusión en nómina, y a la Unidad de Gestión Económica, Contabilidad y
Presupuestos para la emisión del documento contable AD por la totalidad del importe del
contrato. La UGAD, finalmente, comunicará la contratación a la Unidad de Recursos
Humanos del Rectorado, para que proceda a su inclusión en nómina.
5. Con objeto de evitar el uso de versiones anteriores del Reglamento, se publica de nuevo
el mismo, incluyendo las modificaciones que incluye la presente Resolución. (texto
íntegro disponible en la pagina web de la UCLM, (http://www.uclm.es/normativa/) apartado
X·Investigación)
6. Con objeto de facilitar el desarrollo de los procesos selectivos correspondientes se
publica el «Procedimiento para la selección de personal con cargo a proyectos de
investigación». Las Comisiones de Selección podrán no obstante utilizar otros modelos
de documentos oficiales, si así lo estiman oportuno, siempre que se adapten a la
legalidad vigente.
Albacete, 5 de marzo de 1999. EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, Miguel Olmeda Fernández.
Web mantenido y actualizado por el Servicio de Informática
Modificado: miércoles 21 de abril de 1999