ACUERDO de la Junta de Gobierno celebrada el 20 de
julio de 1999, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la participación
de Becarios en Proyectos de I+D de la Universidad de Castilla-La Mancha.
A propuesta del Ilmo. Sr. Vicerrector de Investigación, la Junta de Gobierno en sesión
celebrada el 20 de julio de 1999, aprobó por asentimiento el siguiente Reglamento.
REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO PARA LA PARTICIPACIÓN DE BECARIOS EN PROYECTOS DE I+D
DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.
I. ANTECEDENTES
La investigación en la Universidad de Castilla-La Mancha ha adquirido un volumen
considerable, lo que implica numerosos proyectos en los que participan ya un alto número
de diplomados/ingenieros técnicos y licenciados/ingenieros en calidad de becarios. Esta
participación de becarios es deseable, por cuanto contribuye a formar investigadores que
se incorporarán, en breve, al incipiente tejido de I+D de Castilla-La Mancha.
Por otra parte, aunque el Vicerrectorado de Alumnos ha regulado la participación de
alumnos en diversas tareas de apoyo a servicios de la comunidad universitaria, no existe
una normativa interna que contemple la participación puntual de alumnos en tareas de
corta duración en diferentes proyectos de I+D. Entendiendo que dicha participación es
deseable para completar la formación académica del alumno y a su vez que en dichos
proyectos es frecuentemente necesario atender tareas esporádicas perfectamente asumibles
por los alumnos, que tienen, además relación con la formación de que son objeto, parece
recomendable incluir en este Reglamento un apartado que contemple tal posibilidad.
Con objeto de regular la participación de becarios en los diferentes proyectos de
investigación de la Universidad se ha elaborado el presente "Reglamento de
Procedimiento para la Participación de Becarios en Proyectos de I+D de la Universidad de
Castilla-La Mancha".
II. BECARIOS DE INVESTIGACIÓN. GENERALIDADES.
Artículo 1.
Se entiende por beca asociada a Convenios, Contratos o Proyectos de I+D (en adelante,
Beca) a toda aquella ayuda económica concedida por la Universidad de Castilla-La Mancha
(en adelante, UCLM) a personas que participan en sus actividades de I+D o afines, con
cargo a los fondos obtenidos de esos Convenios, Contratos o Proyectos, con objeto de:
- Completar su formación universitaria con trabajos de carácter práctico.
- Contribuir a su formación como investigador.
- Ampliar su experiencia investigadora en temas específicos de interés para la Región.
Así mismo, se entenderán por tales aquellas acogidas a acciones o convocatorias de
Entidades externas a la UCLM, como es el caso de las recientes Convocatorias de Ayudas
para la Formación en el ámbito de la Innovación y el Desarrollo de la Dirección
General de Formación y Empleo de la Consejería de Industria y Trabajo de las JJ CC. Se
entiende que en este tipo de convocatorias deberán cumplirse las condiciones y
limitaciones establecidas en las mismas (y a las que libremente concurren los
investigadores).
Artículo 2.
1. Se considera Becario/a de investigación de la UCLM a todo titulado universitario que
disfruta de una Beca según la definición del artículo anterior.
2. La condición de Becario/a se obtendrá mediante nombramiento del Vicerrector de
Investigación a propuesta del Tribunal de Selección correspondiente, extendiendo la UCLM
la oportuna credencial, y expirará con la finalización o rescisión de la beca.
3. No obstante, el Vicerrectorado de Investigación podrá convocar también "Becas
de Colaboración" para alumnos de la UCLM con cargo a proyectos de investigación,
según se regula en el apartado 4 del presente Reglamento.
Artículo 3.
1. La Beca no supondrá en ningún caso relación laboral entre la UCLM y el Becario, y
tendrá una duración limitada.
2. El Becario tendrá derecho al uso y disfrute de los servicios e instalaciones de la
UCLM en las mismas condiciones que cualquier otro miembro de la Comunidad Universitaria.
Artículo 4.
Se establece una dotación económica (en pesetas/mes) mínima y máxima para las becas,
en función de la titulación requerida y la dedicación, que se recoge en la siguiente
tabla:
TITULACIÓN |
TIEMPO COMPLETO |
TIEMPO PARCIAL |
||
Mínimo |
Máximo |
Mínimo |
Máximo |
|
Diplomado o Ingeniero Técnico |
80.000 |
100.000 |
40.000 |
50.000 |
Licenciado o Ingeniero |
100.000 |
120.000 |
50.000 |
60.000 |
Doctor |
130.000 |
150.000 |
65.000 |
75.000 |
1. Se considerarán becas a tiempo parcial las de dedicación horaria de media jornada, y
dotación económica del 50% de la correspondiente a tiempo completo.
Artículo 5.
1. La duración de las becas será la establecida en la convocatoria, que como máximo se
igualará a la del proyecto.
2. Solo en casos debidamente justificados, a petición del investigador principal y a
criterio del Vicerrector de Investigación, podrá prorrogarse una beca para finalizar el
proyecto, y nunca por un período mayor al 50% del que fue inicialmente estipulado. La
petición de prórroga deberá ser elevada al Vicerrector de Investigación al menos un
mes antes de la finalización de la beca.
Artículo 6.
Salvo excepciones debidamente justificadas, un becario de investigación no podrá
participar simultáneamente más que en un solo proyecto de investigación, y su relación
con la UCLM finalizará indefectiblemente cuando finalice dicho proyecto.
Artículo 7.
1. El Investigador principal se compromete a remitir un informe al Vicerrectorado de
Investigación, antes del día 25 de cada mes, en el caso de que el becario no haya
realizado correctamente las tareas encomendadas durante dicho mes, con objeto de que no se
ordene el pago mensual. De no recibirse tal informe, se entenderá que la prestación ha
sido satisfactoria, y se procederá a ordenar el pago correspondiente.
2. En caso de inasistencia, renuncia o abandono de la beca, el investigador responsable
deberá comunicar tal eventualidad al Vicerrectorado de Investigación, con objeto de que
se ordene a la Gerencia la suspensión cautelar del pago de la beca.
3. Si por inobservancia del apartado anterior, la UCLM llegara a pagar mensualidades a
becarios que no reembolsaran las cantidades indebidamente percibidas, éstas serán
imputadas al proyecto de investigación originario, o en su defecto, a otros fondos de
investigación del responsable del proyecto.
III. BECARIOS DE INVESTIGACIÓN. PROCEDIMIENTO.
Artículo 8.
1. Los investigadores principales o los directores de Proyectos/Contratos/Convenios (en
adelante Proyectos) de Investigación que tengan prevista la incorporación de becarios de
investigación con cargo a dichos proyectos, deberán solicitarlo en escrito dirigido al
Vicerrector de Investigación, detallando las características de la beca según el anexo
I.
2. Junto a la solicitud deberá acompañarse en todos los casos una copia del proyecto que
sustenta la petición, o hacer referencia al mismo, si ya existe copia en el
Vicerrectorado de Investigación. En dicho proyecto deberá constar expresamente la
autorización por parte de la entidad financiadora para gastos de personal, con dotación
suficiente para cubrir la totalidad de la beca, así como los correspondientes seguros de
accidentes y responsabilidad civil. Deberán adjuntar igualmente la autorización del
Director del Departamento, Centro de Investigación, Empresa o Institución externa a la
UCLM donde se desarrollarán en su totalidad o en parte las actividades del becario,
según anexo II, para que dicho becario ocupe las instalaciones.
Artículo 9.
1. Desde el Vicerrectorado de Investigación se procederá a la comprobación de la
existencia de crédito en el proyecto que debe financiar la beca. Se estudiará la
propuesta y si procede, se convocará la beca, según el modelo que figura como anexo III,
ordenando su publicación en los tablones de anuncios de los centros de la UCLM. La
convocatoria se comunicará al investigador responsable del proyecto y al Director del
Departamento correspondiente o Centro de Investigación.
2. Si no procede la convocatoria de la beca, el Vicerrector de Investigación comunicará
al solicitante la imposibilidad de la misma, concediéndole un plazo de 10 días para
subsanar errores. En caso de no obtenerse respuesta, la solicitud se archivará sin más
trámite.
Artículo 10.
Las solicitudes de los candidatos a becarios, según modelo del Anexo IV, se dirigirán al
Vicerrector de Investigación de la UCLM y se presentarán en el Registro General de la
UCLM, a través de cualquiera de sus puntos descentralizados, dentro de los plazos
establecidos en la convocatoria.
Artículo 11.
A los efectos de periodificar las convocatorias de estas becas y racionalizar con ello los
procesos administrativos, se establecen seis fechas anuales para la resolución de dichas
convocatorias: los días 10 a 15 de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y
noviembre. Solo en casos excepcionales, debidamente justificados y a criterio del
Vicerrector de Investigación, se realizarán convocatorias fuera de las fechas
establecidas.
Artículo 12.
1. Una vez terminado el plazo de admisión de solicitudes, el Vicerrector de
Investigación convocará a la Comisión encargada de la resolución de la beca. Dicha
Comisión estará formada por los siguientes miembros:
- Presidente: El Vicerrector de Investigación o persona en quien delegue.
- Dos miembros de la Comisión de Investigación.
- El Director del Departamento o Centro de Investigación donde se integrará el becario,
o persona en quien delegue.
- El Investigador Principal del proyecto.
- Secretario: Un miembro del P.A.S. con voz pero sin voto.
- Para que la Comisión pueda constituirse deberán estar presentes, al menos, cuatro de
sus miembros.
2. Para cada una de las seis convocatorias anuales de resolución, existirá una única
Comisión y en función del proyecto de que se trate, sólo se modificará
alternativamente la presencia del Investigador Principal y del Director de
Departamento/Centro correspondiente.
Artículo 13.
1. Una vez que la Comisión haya resuelto y adjudicado la beca, se emitirá resolución
del Vicerrector de Investigación (Anexo V) nombrando becario al candidato seleccionado y
se dará traslado de dicha resolución a:
- Investigador Principal.
- Gerente del Campus donde se integrará el candidato seleccionado.
- Director del Departamento/Centro de Investigación donde se integrará el candidato
seleccionado.
- Al candidato seleccionado.
- A la Unidad de Gestión económica del Campus (UGEC).
En todo caso, y dada la estructura multicampus de la UCLM, también se informará al
Director del Centro donde se integrará el becario seleccionado.
2. Asimismo, la resolución será expuesta en los tablones de anuncios donde se publicitó
la convocatoria.
Artículo 14.
1. El Vicerrectorado de Investigación se encargará de la inclusión del becario en una
póliza colectiva de seguro de accidentes, que a tal efecto se ha contratado por la UCLM,
corriendo a cargo del proyecto el importe de la misma.
2. Si la naturaleza de la beca así lo exigiera, el Vicerrector de Investigación podrá
acordar la inclusión del becario en una póliza de responsabilidad civil, con cargo al
proyecto de investigación.
Artículo 15.
Una vez que el candidato seleccionado haya firmado el correspondiente Compromiso de
Aceptación (Anexo VI) se comunicará a la UGEC desde donde deba pagarse la beca, para que
se proceda a transferir al presupuesto del Vicerrectorado de Investigación, con cargo al
proyecto de investigación, el importe de la póliza de seguro de accidentes y
responsabilidad civil (en su caso) y a emitir documento contable AD por la totalidad del
importe de la misma, emitiéndose mes a mes los OP parciales correspondientes.
Artículo 16.
Finalizado el periodo de disfrute de la beca, desde el Vicerrectorado de Investigación se
emitirá, a instancia del interesado, certificado de disfrute de la misma, con
descripción de las tareas o servicios prestados, y se procederá a su baja en la póliza
de seguro colectivo.
IV. BECAS DE COLABORACIÓN EN TAREAS DE INVESTIGACIÓN (ALUMNOS)
Artículo 17.
Sólo podrán ser objeto de este tipo de becas los trabajos puntuales, de corta duración,
que sean necesarios dentro de Proyectos de Investigación reconocidos en la UCLM. Dichas
tareas deben cumplir, además, los siguientes requisitos:
- Deberán tener algún interés formativo para el alumno.
- Serán compatibles en el horario con las obligaciones docentes del alumno.
- El proyecto debe incluir la dotación presupuestaria para hacer frente a las becas.
Artículo 18.
Para solicitar este tipo de becas-colaboración en proyectos de investigación el alumno
deberá estar matriculado durante el curso correspondiente en enseñanza oficial en la
Universidad de Castilla-La Mancha, en los estudios y en los niveles educativos que sean
recogidos como requisito en las convocatorias específicas. Los alumnos sólo podrán
pertenecer a 1º y 2º ciclo universitario (Diplomaturas, Ingenierías Técnicas,
Licenciaturas e Ingeniería Superior), y queda por tanto excluida la posibilidad de
incluir en estas becas a los alumnos de Tercer Ciclo.
Artículo 19.
1. Los responsables de proyectos de investigación, que juzguen conveniente convocar
"becas de colaboración" para alumnos con cargo a créditos de dichos proyectos,
cursarán la solicitud de convocatoria de becas al Vicerrector de Investigación, según
modelo que se adjunta como Anexo VII.
2. El Vicerrector de Investigación ordenará la publicación de la convocatoria de becas
en los tablones de anuncios de los Centros donde cursen estudios los alumnos
potencialmente beneficiarios. La exposición pública nunca será inferior a siete días
naturales.
Artículo 20.
1. Las solicitudes, según modelo del Anexo VIII, deberán presentarse en el Registro
General de la UCLM, a través de cualquiera de sus puntos descentralizados, dirigidos al
Decano o Director de Centro al que esté adscrito el Investigador Principal del proyecto y
dentro del plazo que se especifique en la Convocatoria. Dicho plazo nunca será inferior a
siete días naturales.
2. En dicha solicitud deberá hacerse constar la convocatoria de beca a la que se presenta
y los datos personales del alumno, así como su currículum vitae (acompañando, como
mínimo, un certificado de estudios).
Artículo 21.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Decano/Director del Centro
convocará a la Comisión encargada de la valoración de las becas, que procederá a
emitir propuesta de resolución al Vicerrector de Investigación. De la resolución del
Vicerrector de Investigación se dará traslado al Investigador Principal.
2. La Comisión estará formada por los siguientes miembros:
- Presidente: El Director o Decano del Centro
- Un Subdirector o Vicedecano del Centro, designado por el Director
- El investigador principal del proyecto
- Secretario: Un miembro del PAS del Centro, con voz pero sin voto.
Artículo 22.
1. La renuncia a las becas concedidas, sin causa que lo justifique a juicio del
Vicerrector de Investigación, supondrá la imposibilidad de poder volver a solicitar una
ayuda de éstas características en el futuro.
2. Será causa de revocación de la beca el hecho de perder la condición de alumno en los
estudios y asignaturas que motivaron la concesión de la beca.
3. Los posibles casos de incumplimiento serán inmediatamente comunicados al
Vicerrectorado de Investigación por el Investigador Principal, a efectos de la apertura
de expediente y revocación, en su caso, de la beca concedida.
4. El beneficiario que renuncie justificadamente a la beca podrá solicitar, en el mismo
escrito de renuncia, ser incluido al final de la lista de suplentes.
5. Cuando una beca quede vacante se concederá al primer suplente. En caso de que un
suplente renuncie injustificadamente a la beca, será eliminado de la lista de suplentes.
Artículo 23.
En ningún caso el disfrute de la beca colaboración tendrá efectos jurídico-laborales
entre el becario y la Universidad de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, su concesión
no implicará ningún tipo de relación laboral o administrativa con la Universidad,
viniendo obligados los beneficiarios a suscribir la oportuna declaración al respecto,
antes del inicio del disfrute de la beca.
Disposición Adicional.
En el caso de becas de investigación convocadas con cargo a proyectos de investigación
de la UCLM que estén gestionados externamente (Fundaciones Universidad-Empresa,
Fundación General de la UCLM u otros supuestos legales recogidos en la normativa de la
UCLM) el pago a los becarios se efectuará a través de la empresa gestora, y no a través
del mecanismo interno reflejado en el artículo 15 del presente Reglamento.
Disposición Final Primera.
Se faculta al Vicerrector de Investigación para modificar el apartado 3 (Becas de
Investigación. Procedimiento) y el apartado 4 (Becas de Colaboración en tareas de
investigación) de este Reglamento, así como a dictar cuantas normas complementarias o
aclaratorias sean necesarias para el correcto desarrollo del mismo.
Disposición Final Segunda.
En caso de lagunas normativas o discrepancias entre lo establecido en este Reglamento y
las normas establecidas o no clarificadas en la Convocatoria de la Institución externa,
se autoriza al Vicerrector de Investigación a dictar las necesarias Resoluciones
aclaratorias al respecto.
Anexo I
SOLICITUD DE INICIO DE CONVOCATORIA DE BECA DE INVESTIGACIÓN CON CARGO A PROYECTOS DE I+D
Dado que le proyecto que acompaña esta solicitud incluye la participación de personal becario con cargo al mismo, y existiendo dotación económica suficiente para todos los compromisos económicos que se derivan de la beca que pueda cubrirse, le ruego ordene iniciar los trámites oportunos para llevar a cabo la Convocatoria de Becas de Investigación según se detalla.
- Proyecto de I+D:
- Entidad Financiadora:
- Objeto de la beca:
- Número de becas:
- Duración:
- Dotación:
- Dedicación:
- Lugar de trabajo:
- Candidatos:
- Perfil:
- Instancias:
_________________, ___ de __________ de 199_
EL INVESTIGADOR PRINCIPAL
Fdo.
ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN. UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.
Anexo II
AUTORIZACIÓN DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO/CENTRO DE INVESTIGACIÓN
D./Dña. ________________________________________, como director del Departamento o Centro de Investigación denominado _____________________________________________________________________
INFORMA:
Que no hay ningún inconveniente para que el becario que pueda incorporarse con cargo al proyecto de investigación denominado _____________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________________
utilice las instalaciones de este Departamento/Centro para el desarrollo de su actividad.
Y para que así conste, firmo la presente en ________________ a ___ de ___ de _____
ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN. UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
Anexo III
CONVOCATORIA DE BECA DE INVESTIGACIÓN
Ref.:
El Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Castilla-La Mancha, convoca una beca con cargo al proyecto abajo reseñado, con arreglo a las siguientes bases:
- Proyecto:
- Entidad Financiadora:
- Objeto de la beca: Realización de tareas de colaboración en el proyecto, según el plan establecido por el investigador principal.
- Número de becas:
- Duración: desde ________ hasta ________
- Dotación: _______ ptas./mensuales brutas.
- Dedicación: Parcial o Completa
- Lugar de trabajo:
- Candidatos:
- Perfil:
- Instancias: Dirigidas al Ilmo. Vicerrector de Investigación, Pabellón de Gobierno, Plaza de la Universidad nº 2, 02071-Albacete, y se acompañará el curriculum vitae del solicitante y aquellos documentos justificativos de los méritos que se aleguen.
- Plazo de solicitud: hasta el ________
- Comisión de Selección:
La concesión y disfrute de la beca no supone relación contractual o estatutaria alguna del becario con la Universidad de Castilla-La Mancha.
Albacete, __ de ______________ de ______
EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN
Fdo. Miguel Olmeda Fernández
Anexo IV
MODELO PARA SOLICITUD DE BECA DE INVESTIGACIÓN (PARA TITULADOS UNIVERSITARIOS)
D. ___________________________________________________________, con D.N.I. __________, y domicilio en _________________________________________________________________, en posesión del Título de __________________________________________________________________________________________
EXPONE:
______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ por lo que
SOLICITA
____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Albacete, a ___ de ______________ de ____
Documentación que acompaña:
ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN.
Anexo V
D. Miguel Olmeda Fernández, Vicerrector de Investigación de la U.C.L.M., en uso de las competencias que le fueron delegadas por el Excmo. y Magfco. Sr. Rector de la UCLM por Resolución de 25/05/98 (B.O.E. 01/08/98; D.O.C.M. 18/09/98) en materia de Investigación, ha dictado la siguiente
RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE BECA DE INVESTIGACIÓN Ref: ________
ANTECEDENTES: D. ____________________________________, investigador principal del proyecto titulado "_______________________________________", solicitaba el _____________ al Vicerrector de Investigación la convocatoria de una beca de investigación con cargo al citado proyecto, para colaborar en las tareas del mismo.
Con fecha _________________ y una vez estudiada y examinada la documentación correspondiente, se procedía a la convocatoria pública de la beca de investigación solicitada (Ref._______).
FUNDAMENTOS: Vista la propuesta de la Comisión encargada de resolver la beca que en su reunión del ____________________ y tras analizar y valorar la documentación presentada por los candidatos, deciden proponer como titular de la beca a ____________________, quedando como suplentes ________________.
Por todo ello este Vicerrector tiene a bien dictar la siguiente
RESOLUCIÓN: Por la que se concede la beca a ____________________________, DNI: __________ con una duración de ________________, a contar desde el día _____________hasta el _____________ y por un importe de ________________ptas./mes brutas, con dedicación _____________________ y con las demás condiciones establecidas en la convocatoria.
Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación de esta Resolución. No obstante, el interesado podrá interponer con carácter potestativo, recurso de reposición, ante este Vicerrectorado de Investigación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente Resolución.
Albacete, a __ de ____________ de ____
EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN
Fdo.: Miguel Olmeda Fernández
Anexo VI
COMPROMISO DE ACEPTACIÓN DE LA BECA
D. _________________________________________________________, con D.N.I.: ______________
DECLARA:
Que habiéndole concedido la Universidad de Castilla-La Mancha la beca de investigación de Ref: _____________ con cargo al proyecto de investigación de título "_____________________________________", cuyo investigador principal es _______________________________________________, ACEPTA la citada beca y se compromete a cumplir con las normas establecidas en la convocatoria.
Y lo firma en _________________, a ___ de ________________ de ____
Fdo. __________________________
ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN DE LA U.C.L.M. VICERRECTORADO DE INVESTIGACION
Plaza de la Universidad, 2. 02071 ALBACETE
Anexo VII
SOLICITUD DE CONVOCATORIA DE BECAS DE COLABORACIÓN PARA ALUMNOS CON CARGO A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN.
Denominación del Proyecto: __________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________________
Número de becas de colaboración a convocar: ____________________________________________________
Alumnos a los que va dirigida la convocatoria (indíquese la titulación y curso) ____________________________
__________________________________________________________________________________________
Descripción de las tareas objeto de la beca, así como duración y dotación económica de las mismas: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
En ningún caso el disfrute de la beca colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el becario y la Universidad de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación laboral o administrativa con la Universidad, viniendo obligados los beneficiarios a suscribir la oportuna declaración al respecto, antes del inicio del disfrute de la beca.
Ruego ordene la publicación de la presente Convocatoria en los Tablones de Anuncios Oficiales. Como investigador principal del proyecto CERTIFICO que existen créditos autorizados y suficientes en el mismo para hacer frente a los pagos.
(Fecha y Firma).
Nota Importante: Las becas-colaboración sólo pueden convocarse para alumnos de la UCLM de 1º y 2º ciclo (quedan excluidos los alumnos de 3º ciclo)
ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN.
ANEXO VIII
MODELO PARA SOLICITUD DE BECA DE COLABORACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN (SOLO PARA ALUMNOS DE LA UCLM DE PRIMER O SEGUNDO CICLO)
D. ____________________________________________________________, con D.N.I. __________, y domicilio en ________________________________________________________________________________ (indicar además domicilio durante le curso) _______________________________________________________ teléfono _________, matriculado en ___ curso de __________________________________________________
EXPONE:
_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ por lo que
SOLICITA:
____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Albacete, a ___ de ______________ de _____
Documentación que acompaña:
ILMO. SR. DECANO/DIRECTOR DEL CENTRO.
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Modificado: lunes 20 de septiembre de 1999