ACUERDO de la Junta de Gobierno celebrada el 20 de julio de 1999, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la participación de Becarios en Proyectos de I+D de la Universidad de Castilla-La Mancha.


A propuesta del Ilmo. Sr. Vicerrector de Investigación, la Junta de Gobierno en sesión celebrada el 20 de julio de 1999, aprobó por asentimiento el siguiente Reglamento.

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO PARA LA PARTICIPACIÓN DE BECARIOS EN PROYECTOS DE I+D DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

I. ANTECEDENTES

La investigación en la Universidad de Castilla-La Mancha ha adquirido un volumen considerable, lo que implica numerosos proyectos en los que participan ya un alto número de diplomados/ingenieros técnicos y licenciados/ingenieros en calidad de becarios. Esta participación de becarios es deseable, por cuanto contribuye a formar investigadores que se incorporarán, en breve, al incipiente tejido de I+D de Castilla-La Mancha.

Por otra parte, aunque el Vicerrectorado de Alumnos ha regulado la participación de alumnos en diversas tareas de apoyo a servicios de la comunidad universitaria, no existe una normativa interna que contemple la participación puntual de alumnos en tareas de corta duración en diferentes proyectos de I+D. Entendiendo que dicha participación es deseable para completar la formación académica del alumno y a su vez que en dichos proyectos es frecuentemente necesario atender tareas esporádicas perfectamente asumibles por los alumnos, que tienen, además relación con la formación de que son objeto, parece recomendable incluir en este Reglamento un apartado que contemple tal posibilidad.

Con objeto de regular la participación de becarios en los diferentes proyectos de investigación de la Universidad se ha elaborado el presente "Reglamento de Procedimiento para la Participación de Becarios en Proyectos de I+D de la Universidad de Castilla-La Mancha".

II. BECARIOS DE INVESTIGACIÓN. GENERALIDADES.

Artículo 1.
Se entiende por beca asociada a Convenios, Contratos o Proyectos de I+D (en adelante, Beca) a toda aquella ayuda económica concedida por la Universidad de Castilla-La Mancha (en adelante, UCLM) a personas que participan en sus actividades de I+D o afines, con cargo a los fondos obtenidos de esos Convenios, Contratos o Proyectos, con objeto de:
- Completar su formación universitaria con trabajos de carácter práctico.
- Contribuir a su formación como investigador.
- Ampliar su experiencia investigadora en temas específicos de interés para la Región.
Así mismo, se entenderán por tales aquellas acogidas a acciones o convocatorias de Entidades externas a la UCLM, como es el caso de las recientes Convocatorias de Ayudas para la Formación en el ámbito de la Innovación y el Desarrollo de la Dirección General de Formación y Empleo de la Consejería de Industria y Trabajo de las JJ CC. Se entiende que en este tipo de convocatorias deberán cumplirse las condiciones y limitaciones establecidas en las mismas (y a las que libremente concurren los investigadores).

Artículo 2.
1. Se considera Becario/a de investigación de la UCLM a todo titulado universitario que disfruta de una Beca según la definición del artículo anterior.
2. La condición de Becario/a se obtendrá mediante nombramiento del Vicerrector de Investigación a propuesta del Tribunal de Selección correspondiente, extendiendo la UCLM la oportuna credencial, y expirará con la finalización o rescisión de la beca.
3. No obstante, el Vicerrectorado de Investigación podrá convocar también "Becas de Colaboración" para alumnos de la UCLM con cargo a proyectos de investigación, según se regula en el apartado 4 del presente Reglamento.

Artículo 3.
1. La Beca no supondrá en ningún caso relación laboral entre la UCLM y el Becario, y tendrá una duración limitada.
2. El Becario tendrá derecho al uso y disfrute de los servicios e instalaciones de la UCLM en las mismas condiciones que cualquier otro miembro de la Comunidad Universitaria.

Artículo 4.
Se establece una dotación económica (en pesetas/mes) mínima y máxima para las becas, en función de la titulación requerida y la dedicación, que se recoge en la siguiente tabla:

TITULACIÓN

TIEMPO COMPLETO

TIEMPO PARCIAL

Mínimo

Máximo

Mínimo

Máximo

Diplomado o Ingeniero Técnico

80.000

100.000

40.000

50.000

Licenciado o Ingeniero

100.000

120.000

50.000

60.000

Doctor

130.000

150.000

65.000

75.000


1. Se considerarán becas a tiempo parcial las de dedicación horaria de media jornada, y dotación económica del 50% de la correspondiente a tiempo completo.

Artículo 5.
1. La duración de las becas será la establecida en la convocatoria, que como máximo se igualará a la del proyecto.
2. Solo en casos debidamente justificados, a petición del investigador principal y a criterio del Vicerrector de Investigación, podrá prorrogarse una beca para finalizar el proyecto, y nunca por un período mayor al 50% del que fue inicialmente estipulado. La petición de prórroga deberá ser elevada al Vicerrector de Investigación al menos un mes antes de la finalización de la beca.

Artículo 6.
Salvo excepciones debidamente justificadas, un becario de investigación no podrá participar simultáneamente más que en un solo proyecto de investigación, y su relación con la UCLM finalizará indefectiblemente cuando finalice dicho proyecto.

Artículo 7.
1. El Investigador principal se compromete a remitir un informe al Vicerrectorado de Investigación, antes del día 25 de cada mes, en el caso de que el becario no haya realizado correctamente las tareas encomendadas durante dicho mes, con objeto de que no se ordene el pago mensual. De no recibirse tal informe, se entenderá que la prestación ha sido satisfactoria, y se procederá a ordenar el pago correspondiente.
2. En caso de inasistencia, renuncia o abandono de la beca, el investigador responsable deberá comunicar tal eventualidad al Vicerrectorado de Investigación, con objeto de que se ordene a la Gerencia la suspensión cautelar del pago de la beca.
3. Si por inobservancia del apartado anterior, la UCLM llegara a pagar mensualidades a becarios que no reembolsaran las cantidades indebidamente percibidas, éstas serán imputadas al proyecto de investigación originario, o en su defecto, a otros fondos de investigación del responsable del proyecto.

III. BECARIOS DE INVESTIGACIÓN. PROCEDIMIENTO.

Artículo 8.
1. Los investigadores principales o los directores de Proyectos/Contratos/Convenios (en adelante Proyectos) de Investigación que tengan prevista la incorporación de becarios de investigación con cargo a dichos proyectos, deberán solicitarlo en escrito dirigido al Vicerrector de Investigación, detallando las características de la beca según el anexo I.
2. Junto a la solicitud deberá acompañarse en todos los casos una copia del proyecto que sustenta la petición, o hacer referencia al mismo, si ya existe copia en el Vicerrectorado de Investigación. En dicho proyecto deberá constar expresamente la autorización por parte de la entidad financiadora para gastos de personal, con dotación suficiente para cubrir la totalidad de la beca, así como los correspondientes seguros de accidentes y responsabilidad civil. Deberán adjuntar igualmente la autorización del Director del Departamento, Centro de Investigación, Empresa o Institución externa a la UCLM donde se desarrollarán en su totalidad o en parte las actividades del becario, según anexo II, para que dicho becario ocupe las instalaciones.

Artículo 9.
1. Desde el Vicerrectorado de Investigación se procederá a la comprobación de la existencia de crédito en el proyecto que debe financiar la beca. Se estudiará la propuesta y si procede, se convocará la beca, según el modelo que figura como anexo III, ordenando su publicación en los tablones de anuncios de los centros de la UCLM. La convocatoria se comunicará al investigador responsable del proyecto y al Director del Departamento correspondiente o Centro de Investigación.
2. Si no procede la convocatoria de la beca, el Vicerrector de Investigación comunicará al solicitante la imposibilidad de la misma, concediéndole un plazo de 10 días para subsanar errores. En caso de no obtenerse respuesta, la solicitud se archivará sin más trámite.

Artículo 10.
Las solicitudes de los candidatos a becarios, según modelo del Anexo IV, se dirigirán al Vicerrector de Investigación de la UCLM y se presentarán en el Registro General de la UCLM, a través de cualquiera de sus puntos descentralizados, dentro de los plazos establecidos en la convocatoria.

Artículo 11.
A los efectos de periodificar las convocatorias de estas becas y racionalizar con ello los procesos administrativos, se establecen seis fechas anuales para la resolución de dichas convocatorias: los días 10 a 15 de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre. Solo en casos excepcionales, debidamente justificados y a criterio del Vicerrector de Investigación, se realizarán convocatorias fuera de las fechas establecidas.

Artículo 12.
1. Una vez terminado el plazo de admisión de solicitudes, el Vicerrector de Investigación convocará a la Comisión encargada de la resolución de la beca. Dicha Comisión estará formada por los siguientes miembros:
- Presidente: El Vicerrector de Investigación o persona en quien delegue.
- Dos miembros de la Comisión de Investigación.
- El Director del Departamento o Centro de Investigación donde se integrará el becario, o persona en quien delegue.
- El Investigador Principal del proyecto.
- Secretario: Un miembro del P.A.S. con voz pero sin voto.
- Para que la Comisión pueda constituirse deberán estar presentes, al menos, cuatro de sus miembros.
2. Para cada una de las seis convocatorias anuales de resolución, existirá una única Comisión y en función del proyecto de que se trate, sólo se modificará alternativamente la presencia del Investigador Principal y del Director de Departamento/Centro correspondiente.

Artículo 13.
1. Una vez que la Comisión haya resuelto y adjudicado la beca, se emitirá resolución del Vicerrector de Investigación (Anexo V) nombrando becario al candidato seleccionado y se dará traslado de dicha resolución a:
- Investigador Principal.
- Gerente del Campus donde se integrará el candidato seleccionado.
- Director del Departamento/Centro de Investigación donde se integrará el candidato seleccionado.
- Al candidato seleccionado.
- A la Unidad de Gestión económica del Campus (UGEC).
En todo caso, y dada la estructura multicampus de la UCLM, también se informará al Director del Centro donde se integrará el becario seleccionado.
2. Asimismo, la resolución será expuesta en los tablones de anuncios donde se publicitó la convocatoria.

Artículo 14.
1. El Vicerrectorado de Investigación se encargará de la inclusión del becario en una póliza colectiva de seguro de accidentes, que a tal efecto se ha contratado por la UCLM, corriendo a cargo del proyecto el importe de la misma.
2. Si la naturaleza de la beca así lo exigiera, el Vicerrector de Investigación podrá acordar la inclusión del becario en una póliza de responsabilidad civil, con cargo al proyecto de investigación.

Artículo 15.
Una vez que el candidato seleccionado haya firmado el correspondiente Compromiso de Aceptación (Anexo VI) se comunicará a la UGEC desde donde deba pagarse la beca, para que se proceda a transferir al presupuesto del Vicerrectorado de Investigación, con cargo al proyecto de investigación, el importe de la póliza de seguro de accidentes y responsabilidad civil (en su caso) y a emitir documento contable AD por la totalidad del importe de la misma, emitiéndose mes a mes los OP parciales correspondientes.

Artículo 16.
Finalizado el periodo de disfrute de la beca, desde el Vicerrectorado de Investigación se emitirá, a instancia del interesado, certificado de disfrute de la misma, con descripción de las tareas o servicios prestados, y se procederá a su baja en la póliza de seguro colectivo.

IV. BECAS DE COLABORACIÓN EN TAREAS DE INVESTIGACIÓN (ALUMNOS)

Artículo 17.
Sólo podrán ser objeto de este tipo de becas los trabajos puntuales, de corta duración, que sean necesarios dentro de Proyectos de Investigación reconocidos en la UCLM. Dichas tareas deben cumplir, además, los siguientes requisitos:
- Deberán tener algún interés formativo para el alumno.
- Serán compatibles en el horario con las obligaciones docentes del alumno.
- El proyecto debe incluir la dotación presupuestaria para hacer frente a las becas.

Artículo 18.
Para solicitar este tipo de becas-colaboración en proyectos de investigación el alumno deberá estar matriculado durante el curso correspondiente en enseñanza oficial en la Universidad de Castilla-La Mancha, en los estudios y en los niveles educativos que sean recogidos como requisito en las convocatorias específicas. Los alumnos sólo podrán pertenecer a 1º y 2º ciclo universitario (Diplomaturas, Ingenierías Técnicas, Licenciaturas e Ingeniería Superior), y queda por tanto excluida la posibilidad de incluir en estas becas a los alumnos de Tercer Ciclo.

Artículo 19.
1. Los responsables de proyectos de investigación, que juzguen conveniente convocar "becas de colaboración" para alumnos con cargo a créditos de dichos proyectos, cursarán la solicitud de convocatoria de becas al Vicerrector de Investigación, según modelo que se adjunta como Anexo VII.
2. El Vicerrector de Investigación ordenará la publicación de la convocatoria de becas en los tablones de anuncios de los Centros donde cursen estudios los alumnos potencialmente beneficiarios. La exposición pública nunca será inferior a siete días naturales.

Artículo 20.
1. Las solicitudes, según modelo del Anexo VIII, deberán presentarse en el Registro General de la UCLM, a través de cualquiera de sus puntos descentralizados, dirigidos al Decano o Director de Centro al que esté adscrito el Investigador Principal del proyecto y dentro del plazo que se especifique en la Convocatoria. Dicho plazo nunca será inferior a siete días naturales.
2. En dicha solicitud deberá hacerse constar la convocatoria de beca a la que se presenta y los datos personales del alumno, así como su currículum vitae (acompañando, como mínimo, un certificado de estudios).

Artículo 21.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Decano/Director del Centro convocará a la Comisión encargada de la valoración de las becas, que procederá a emitir propuesta de resolución al Vicerrector de Investigación. De la resolución del Vicerrector de Investigación se dará traslado al Investigador Principal.
2. La Comisión estará formada por los siguientes miembros:
- Presidente: El Director o Decano del Centro
- Un Subdirector o Vicedecano del Centro, designado por el Director
- El investigador principal del proyecto
- Secretario: Un miembro del PAS del Centro, con voz pero sin voto.

Artículo 22.
1. La renuncia a las becas concedidas, sin causa que lo justifique a juicio del Vicerrector de Investigación, supondrá la imposibilidad de poder volver a solicitar una ayuda de éstas características en el futuro.
2. Será causa de revocación de la beca el hecho de perder la condición de alumno en los estudios y asignaturas que motivaron la concesión de la beca.
3. Los posibles casos de incumplimiento serán inmediatamente comunicados al Vicerrectorado de Investigación por el Investigador Principal, a efectos de la apertura de expediente y revocación, en su caso, de la beca concedida.
4. El beneficiario que renuncie justificadamente a la beca podrá solicitar, en el mismo escrito de renuncia, ser incluido al final de la lista de suplentes.
5. Cuando una beca quede vacante se concederá al primer suplente. En caso de que un suplente renuncie injustificadamente a la beca, será eliminado de la lista de suplentes.

Artículo 23.
En ningún caso el disfrute de la beca colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el becario y la Universidad de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación laboral o administrativa con la Universidad, viniendo obligados los beneficiarios a suscribir la oportuna declaración al respecto, antes del inicio del disfrute de la beca.


Disposición Adicional.

En el caso de becas de investigación convocadas con cargo a proyectos de investigación de la UCLM que estén gestionados externamente (Fundaciones Universidad-Empresa, Fundación General de la UCLM u otros supuestos legales recogidos en la normativa de la UCLM) el pago a los becarios se efectuará a través de la empresa gestora, y no a través del mecanismo interno reflejado en el artículo 15 del presente Reglamento.

Disposición Final Primera.

Se faculta al Vicerrector de Investigación para modificar el apartado 3 (Becas de Investigación. Procedimiento) y el apartado 4 (Becas de Colaboración en tareas de investigación) de este Reglamento, así como a dictar cuantas normas complementarias o aclaratorias sean necesarias para el correcto desarrollo del mismo.

Disposición Final Segunda.

En caso de lagunas normativas o discrepancias entre lo establecido en este Reglamento y las normas establecidas o no clarificadas en la Convocatoria de la Institución externa, se autoriza al Vicerrector de Investigación a dictar las necesarias Resoluciones aclaratorias al respecto.

Anexo I

SOLICITUD DE INICIO DE CONVOCATORIA DE BECA DE INVESTIGACIÓN CON CARGO A PROYECTOS DE I+D

Dado que le proyecto que acompaña esta solicitud incluye la participación de personal becario con cargo al mismo, y existiendo dotación económica suficiente para todos los compromisos económicos que se derivan de la beca que pueda cubrirse, le ruego ordene iniciar los trámites oportunos para llevar a cabo la Convocatoria de Becas de Investigación según se detalla.

- Proyecto de I+D:

- Entidad Financiadora:

- Objeto de la beca:

- Número de becas:

- Duración:

- Dotación:

- Dedicación:

- Lugar de trabajo:

- Candidatos:

- Perfil:

- Instancias:

 

 

_________________, ___ de __________ de 199_

 

EL INVESTIGADOR PRINCIPAL

 

  

 

Fdo.

ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN. UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.


Anexo II

AUTORIZACIÓN DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO/CENTRO DE INVESTIGACIÓN 

 

D./Dña. ________________________________________, como director del Departamento o Centro de Investigación denominado _____________________________________________________________________

 

INFORMA:

 

Que no hay ningún inconveniente para que el becario que pueda incorporarse con cargo al proyecto de investigación denominado _____________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________

utilice las instalaciones de este Departamento/Centro para el desarrollo de su actividad.

 

Y para que así conste, firmo la presente en ________________ a ___ de ___ de _____

 

 

 

  

ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN. UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA


 

Anexo III

CONVOCATORIA DE BECA DE INVESTIGACIÓN

Ref.:

El Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Castilla-La Mancha, convoca una beca con cargo al proyecto abajo reseñado, con arreglo a las siguientes bases:

- Proyecto:

- Entidad Financiadora:

- Objeto de la beca: Realización de tareas de colaboración en el proyecto, según el plan establecido por el investigador principal.

- Número de becas:

- Duración: desde ________ hasta ________

- Dotación: _______ ptas./mensuales brutas.

- Dedicación: Parcial o Completa

- Lugar de trabajo:

- Candidatos:

- Perfil:

- Instancias: Dirigidas al Ilmo. Vicerrector de Investigación, Pabellón de Gobierno, Plaza de la Universidad nº 2, 02071-Albacete, y se acompañará el curriculum vitae del solicitante y aquellos documentos justificativos de los méritos que se aleguen.

- Plazo de solicitud: hasta el ________

- Comisión de Selección:

 

La concesión y disfrute de la beca no supone relación contractual o estatutaria alguna del becario con la Universidad de Castilla-La Mancha.

 

Albacete, __ de ______________ de ______

EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN

Fdo. Miguel Olmeda Fernández


 

 Anexo IV

MODELO PARA SOLICITUD DE BECA DE INVESTIGACIÓN (PARA TITULADOS UNIVERSITARIOS)

 

D. ___________________________________________________________, con D.N.I. __________, y domicilio en _________________________________________________________________, en posesión del Título de __________________________________________________________________________________________

 

EXPONE:

______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ por lo que

 

SOLICITA

____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

 

Albacete, a ___ de ______________ de ____

 

 

Documentación que acompaña:

  1. Currículum
  2. Copia del Título
  3. Certificación Académica
  4.  
  5.  
  6.  

 

  

 

ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN. 


 

Anexo V 

 

D. Miguel Olmeda Fernández, Vicerrector de Investigación de la U.C.L.M., en uso de las competencias que le fueron delegadas por el Excmo. y Magfco. Sr. Rector de la UCLM por Resolución de 25/05/98 (B.O.E. 01/08/98; D.O.C.M. 18/09/98) en materia de Investigación, ha dictado la siguiente

 

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE BECA DE INVESTIGACIÓN Ref: ________

 

ANTECEDENTES: D. ____________________________________, investigador principal del proyecto titulado "_______________________________________", solicitaba el _____________ al Vicerrector de Investigación la convocatoria de una beca de investigación con cargo al citado proyecto, para colaborar en las tareas del mismo.

Con fecha _________________ y una vez estudiada y examinada la documentación correspondiente, se procedía a la convocatoria pública de la beca de investigación solicitada (Ref._______).

 

FUNDAMENTOS: Vista la propuesta de la Comisión encargada de resolver la beca que en su reunión del ____________________ y tras analizar y valorar la documentación presentada por los candidatos, deciden proponer como titular de la beca a ____________________, quedando como suplentes ________________.

 

Por todo ello este Vicerrector tiene a bien dictar la siguiente

 

RESOLUCIÓN: Por la que se concede la beca a ____________________________, DNI: __________ con una duración de ________________, a contar desde el día _____________hasta el _____________ y por un importe de ________________ptas./mes brutas, con dedicación _____________________ y con las demás condiciones establecidas en la convocatoria.

 

Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación de esta Resolución. No obstante, el interesado podrá interponer con carácter potestativo, recurso de reposición, ante este Vicerrectorado de Investigación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente Resolución.

 

Albacete, a __ de ____________ de ____

 

EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN

 

  

 Fdo.: Miguel Olmeda Fernández


 

Anexo VI

COMPROMISO DE ACEPTACIÓN DE LA BECA 

 

D. _________________________________________________________, con D.N.I.: ______________

DECLARA:

Que habiéndole concedido la Universidad de Castilla-La Mancha la beca de investigación de Ref: _____________ con cargo al proyecto de investigación de título "_____________________________________", cuyo investigador principal es _______________________________________________, ACEPTA la citada beca y se compromete a cumplir con las normas establecidas en la convocatoria.

Y lo firma en _________________, a ___ de ________________ de ____

 

Fdo. __________________________

 

  

 

ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN DE LA U.C.L.M. VICERRECTORADO DE INVESTIGACION

Plaza de la Universidad, 2. 02071 ALBACETE


  

Anexo VII

SOLICITUD DE CONVOCATORIA DE BECAS DE COLABORACIÓN PARA ALUMNOS CON CARGO A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN.

 

 Denominación del Proyecto: __________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________________

Número de becas de colaboración a convocar: ____________________________________________________

Alumnos a los que va dirigida la convocatoria (indíquese la titulación y curso) ____________________________

__________________________________________________________________________________________

Descripción de las tareas objeto de la beca, así como duración y dotación económica de las mismas: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

En ningún caso el disfrute de la beca colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el becario y la Universidad de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación laboral o administrativa con la Universidad, viniendo obligados los beneficiarios a suscribir la oportuna declaración al respecto, antes del inicio del disfrute de la beca.

 

Ruego ordene la publicación de la presente Convocatoria en los Tablones de Anuncios Oficiales. Como investigador principal del proyecto CERTIFICO que existen créditos autorizados y suficientes en el mismo para hacer frente a los pagos.

(Fecha y Firma).

 

 

Nota Importante: Las becas-colaboración sólo pueden convocarse para alumnos de la UCLM de 1º y 2º ciclo (quedan excluidos los alumnos de 3º ciclo)

 

 

 

ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN.


 

 

ANEXO VIII

MODELO PARA SOLICITUD DE BECA DE COLABORACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN (SOLO PARA ALUMNOS DE LA UCLM DE PRIMER O SEGUNDO CICLO)

 

D. ____________________________________________________________, con D.N.I. __________, y domicilio en ________________________________________________________________________________ (indicar además domicilio durante le curso) _______________________________________________________ teléfono _________, matriculado en ___ curso de __________________________________________________

 

EXPONE:

_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ por lo que

 

SOLICITA:

____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

 

Albacete, a ___ de ______________ de _____

 

Documentación que acompaña:

  1. Currículum
  2. Certificación Académica
  3.  
  4.  
  5.  

 

ILMO. SR. DECANO/DIRECTOR DEL CENTRO.

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Modificado: lunes 20 de septiembre de 1999