ACUERDO de la Junta de Gobierno celebrada el 27 de
mayo de 1998, por el que se aprueba el Calendario Académico para el Curso 1998/1999.
FECHAS PRINCIPALES DEL CALENDARIO ACADÉMICO:
Inauguración Curso Académico:
Comienzo de Actividades Lectivas: 5 de octubre.
Finalización de Actividades lectivas: 28 de mayo.
En aquellos Centros donde las asignaturas de sus planes de Estudio fueran Semestrales o
Cuatrimestrales, las actividades lectivas del Primer Semestre/Cuatrimestre irán del 5 de
octubre al 22 de enero, y las del Segundo Semestre /Cuatrimestre del 8 de febrero
al 28 de mayo.
PERÍODOS NO LECTIVOS:
Vacaciones de Navidad: 23 de diciembre a 8 de enero.
Vacaciones de Semana Santa: desde Jueves Santo hasta el Domingo siguiente al Domingo de
Resurrección (en función de las vacaciones escolares).
PERÍODO DE EXÁMENES:
A. Planes de Estudio Anuales:
- Exámenes ordinarios: 1 de junio a 10 de julio.
- Exámenes extraordinarios: 1 al 19 de septiembre.
B. Planes de Estudios Semestrales/Cuatrimestrales:
- Exámenes ordinarios Primer Semestre/Cuatrimestre: 23 de enero al 6 de febrero.
- Exámenes extraordinarios Primer Semestre/Cuatrimestre y ordinarios Segundo
Semestre/Cuatrimestre: 1 de junio al 10 de julio.
- Exámenes extraordinarios Segundo Semestre/Cuatrimestre: 1 al 18 de septiembre.
C. Convocatoria extraordinaria de Diciembre: 1 al 19 de diciembre.
PERÍODO PARA SOLICITUDES DE LA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE:
En los días que establezca cada Centro, dentro de la 2 quincena de noviembre.
MECANIZACIÓN DE ACTAS:
Exámenes de febrero: Fecha límite 26 de marzo.
Exámenes de junio: Fecha límite 26 de julio.
Exámenes de septiembre: Fecha límite 24 de septiembre.
Exámenes de diciembre: Fecha límite 29 de enero.
FIESTA ESPECÍFICA DE LA UNIVERSIDAD:
28 de enero. Santo Tomás de Aquino Patrono de la Universidad.
Con objeto de no perjudicar el calendario de exámenes de febrero, se traslada la
conmemoración de dicha festividad al 12 de febrero viernes.
FIESTA DE SERVICIOS GENERALES:
Será propuesta por el Vicerrectorado de cada Campus.
FESTIVIDADES DE CARÁCTER GENERAL:
Se estará conforme a lo dispuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en
cuanto a las fiestas nacionales y Día de la Región, las cuales se publicarán en el
Diario Oficial de la comunidad. Las fiestas locales serán aquellas señaladas como tales
por los Boletines Oficiales de las respectivas provincias.