AYUDAS de la Dirección General de Enseñanza
Superior e Investigación Científica, para favorecer la movilidad del profesorado en
programas de Doctorado de las Universidades públicas, con objeto de potenciar la calidad
de la información del alumnado del tercer ciclo y de los grupos de investigación y
docencia. (*) (Publicado íntegramente en B.O.E. de 27-5-98)
OBJETIVOS: Mejorar la calidad de los programas de Doctorado, dirigidos por los
departamentos de las Universidades publicas, mediante la concesión, en régimen de
concurrencia competitiva, de ayudas para el desarrollo de aquellos programas que
promuevan, con carácter general la calidad y la excelencia y, en particular, los
siguientes objetivos:
- Formación de doctores que puedan ser en el futuro investigadores y docentes
universitarios de calidad.
- La movilidad interuniversitaria del profesorado, mediante la participación de
profesores de prestigio reconocido en la formación de doctores en Universidades o centros
de investigación.
- Promoción de la movilidad Interuniversitaria del alumnado de tercer ciclo.
- Colaboración entre diferentes Universidades y centros de investigación españoles o
extranjeros.
SOLICITANTES: Podrán presentar solicitudes las Universidades públicas. Las solicitudes
de las Universidades, con las propuestas de los responsables académicos de los programas
de Doctorado, deberán referirse específicamente a uno o varios de dichos programas
correspondientes al curso académico 1998-99. Con contenido adecuado a lo establecido en
el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios
universitarios, la obtención y expedición del título de doctor y otros estudios de
postgrado. Que vayan dirigidos a grupos de, como mínimo, diez alumnos, con dedicación
académica exclusiva.
NATURALEZA DE LAS AYUDAS: Las ayudas concedidas se destinaran a la remuneración de los
gastos de desplazamiento y dietas de los profesores e investigadores de otras
universidades o centros de investigación, españoles o extranjeros, que impartan,
al menos, un crédito en el programa de Doctorado durante el curso académico 1998-1999.
Las ayudas podrán financiar hasta un 30 por 100 de los créditos del programa de
Doctorado. El importe de la dieta será de 60.000 pesetas por semana. El periodo de la
estancia será de dos semanas como mínimo y doce semanas como máximo. El importe máximo
de reembolso de gastos de desplazamiento será: dentro de España 40.000 pesetas, desde
países de la Unión Europea 70.000 pesetas, desde el resto de Europa, USA y Canadá,
120.000 pesetas, desde el resto del mundo 200.000 pesetas. Las ayudas concedidas no se
podrán utilizar para remunerar al profesorado del programa que pertenezca a la
Universidad responsable del mismo.
FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES: Se podrán obtener en este Vicerrectorado (Ext. 2046) una
vez que salgan de la imprenta y nos sean facilitadas por el Ministerio. Asimismo se
podrán rescatar de la pagina Web de la Secretaria de Estado de Universidades,
Investigación y Desarrollo, cuya dirección es: www.seui.mec.es dentro del capítulo de
«Novedades». Una vez cumplimentadas, deberán ser firmadas por el Excmo. y Magfco. Sr.
Rector y dirigirse al Ilmo. Sr. Director General de Enseñanza Superior e Investigación
Científica. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de julio de 1998.