ACUERDO de 7 de mayo de 1998, del Consejo de
Universidades, por el que se fija la determinación del número de plazas a las que se
aplicará el distrito compartido para el curso 1997-1998.
El Consejo de Universidades, en sesión de su Comisión Académica y de su Comisión de
Coordinación y Planificación de 7 de mayo de 1998 y en relación con la determinación
del número de plazas a las que se aplicará el distrito compartido para el curso
1998-1999, ha acordado:
Primero. El Porcentaje deplazas a aplicar en distrito compartido en el curso 1998-1999
será un 5 por 100 de las ofertadas en cada uno de los estudios de las distintas
Universidades con un límite de 10 unidades.
Segundo. En todo caso, las Universidades, previo acuerdo con la correspondiente
Administración pública de la que dependan, podrá establecer un porcentaje o un número
de plazas superior.
Madrid, 7 de mayo de 1998. EL SECRETARIO GENERAL, Rafael Anes Álvarez.