AYUDAS convocadas por el Vicerrectorado de
Profesorado de la Universidad de Castilla-La Mancha, para estancias en otras Universidades
o Centros de Investigación correspondientes al año 1998.
El Vicerrectorado de Profesorado de la Universidad de Castilla-La Mancha, hace pública la
convocatoria de ayudas para estancias en otras Universidades o Centros de Investigación
correspondiente al año 1998, que se ajusta a las siguientes bases:
Requisitos de los solicitantes.
Para optar a una de estas ayudas es necesario cumplir el requisito de ser Profesor de la
Universidad de Castilla-La Mancha, Ayudante o Becario, adscrito a uno de los Centros de la
U.C.L.M.
Condiciones de la convocatoria.
La estancia mínima solicitada debe ser de 1 mes y la máxima de seis meses, debiendo
realizarse al menos la mitad de la estancia durante 1998, concluyendo el periodo máximo
de disfrute en el primer trimestre de 1999. El disfrute de estas ayudas es incompatible,
en el periodo de tiempo solicitado, con cualquier otra beca o ayuda para estancias en el
extranjero recibida del M.E.C. o cualquier otro Organismo Público. No se concederán
nuevas ayudas sin haber sido debidamente justificadas las del año anterior. Se
anticipará un 80% del total del importe de la ayuda, después de notificada su
concesión, comprometiéndose el solicitante al reintegro de las cantidades anticipadas en
caso de incumplimiento de los requisitos de la convocatoria. Sobre este asunto se
remitirá información adicional en el momento de notificarse la concesión de la ayuda.
El 20% restante se liquidará a la finalización de la estancia, tras la correspondiente
justificación, mediante la presentación de certificado de estancia del Centro de
destino, y del impreso de liquidación. En la adjudicación de las Ayudas se tendrán en
cuenta las recibidas en los años anteriores, a fin de priorizar las solicitudes que se
realicen por primera o segunda vez. En la solicitud deberá definirse el lugar y objeto de
la estancia, y vendrá acompañada por carta de aceptación del Centro Receptor. Una vez
finalizada la estancia, en el plazo no superior a 10 días, deberá remitirse Informe
acreditativo del Centro Receptor sobre la labor realizada por el beneficiario de la ayuda,
y donde conste explícitamente el período de tiempo de permanencia en el Centro (se
adjuntara el impreso oficial de liquidación de dietas, según se menciona en el párrafo
anterior).
Formalización de solicitudes.
Las solicitudes, que deberán presentarse en el Vicerrectorado de Profesorado de la
Universidad de Castilla-La Mancha, se articularán temporalmente en dos convocatorias. La
primera convocatoria, que finalizará el día 31 de marzo de 1998, atenderá las
solicitudes presentadas hasta esa fecha y se asignará a la misma el 90% del total del
presupuesto destinado a este programa. La segunda convocatoria, que concluirá el 30 de
septiembre de 1998, atenderá exclusivamente las instancias presentadas con posterioridad
a la fecha de finalización de la primera convocatoria, y se reservará para la misma el
10% del presupuesto. Los impresos de solicitud estarán a disposición de los interesados
en las Secretarías de los Centros y Departamentos de la U.C.L.M. Las solicitudes, una
copia de las cuales habrá de quedar depositada en el Departamento, serán remitidas
obligatoriamente por un Departamento de la Universidad, con el visto bueno del
Decano/Director del Centro al que esté adscrito el solicitante, y acompañadas por un
informe del Director del Departamento, sobre el interés científico/académico de la
estancia, y en donde se acredite que la ausencia del solicitante no afecta al normal
desarrollo de la docencia. La propuesta de concesión de solicitudes, deberá venir
necesariamente priorizada por la Dirección del Departamento correspondiente. No serán
atendidas aquellas solicitudes que no vayan remitidas y priorizadas por el Departamento y
debidamente cumplimentadas.