ACUERDO de la Junta de Gobierno celebrada el 10 de noviembre de 1998, por el que se aprueba el Reglamento para la movilidad de alumnos y profesores de la UCLM, y extranjeros en la Universidad de Castilla-La Mancha.


A propuesta del Ilmo. Sr. Vicerrector del Campus de Ciudad Real y de Cooperación Internacional, la Junta de Gobierno aprobó por asentimiento el siguiente acuerdo:

REGLAMENTO PARA LA MOVILIDAD DE ALUMNOS Y PROFESORES DE LA UCLM Y EXTRANJEROS EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA

Programa Sócrates

Desarrollo de las acciones del capítulo del Programa SÓCRATES, dedicado a la enseñanza superior. Movilidad de estudiantes y profesores.

Proceso de solicitud.

La propuesta puede provenir de un Profesor, de un Centro o Facultad, de un Departamento de la UCLM o de una Universidad europea.

La Oficina de Cooperación Internacional (OCI) facilitará a principio de curso la ficha de solicitud (Ficha A) para desarrollar cada una de las acciones SÓCRATES, a través de los Coordinadores de Campus de Cooperación Internacional, a los Coordinadores de Centro de Cooperación Internacional, a los Directores y Decanos de Centros y Facultades y a los Directores de Departamento.

En estas se indicará el tipo de acción SÓCRATES que se solicita, del catálogo correspondiente.

Una vez seleccionadas las acciones propuestas por la Comisión de Cooperación Internacional, se informará a los Centros y Facultades implicados, y se procederá establecer los contactos con las Universidades europeas con las que se quieran llevar a cabo los programas de movilidad, que culminará con la firma de los correspondientes Contratos (Ficha B).

Con los contratos establecidos con cada Universidad europea se firmará la renovación del Contrato Internacional de la Universidad con la Comisión Europea (Acción 1 del SÓCRATES).

Movilidad de alumnos de la UCLM.

En relación con la movilidad de estudiantes (Acción 2 de Erasmus), en febrero se convocarán las ayudas de movilidad para alumnos de la UCLM a Universidades europeas, según modelo de convocatoria general, y las correspondientes a estudiantes con minusvalías o necesidades excepcionales.

La Comisión de Cooperación Internacional efectuará la propuesta de adjudicación. Para ello considerará el informe conjuntamente por el Coordinador del Centro y el Profesor responsable de la movilidad (en el caso que lo hubiere). Los diferentes informes serán centralizados por el Coordinador del Campus correspondiente.

Realizada la adjudicación de las ayudas por la Comisión de Cooperación Internacional, la OCI la trasladará a los Centros y Facultades, dejando un plazo de 10 días para reclamaciones, según se especificará en la convocatoria. Igualmente, hará firmar a los estudiantes adjudicatarios el contrato de beneficiario, según modelo facilitado por la Agencia Nacional del Programa SÓCRATES.

En el caso de renuncia por parte del estudiantes, ya sea antes de su salida, como una vez desplazado a la Universidad de destino, el renunciante perderá su condición de adjudicatario de una ayuda Erasmus y deberá devolver la cantidad ingresada por la Universidad a partir de la fecha de su vuelta. Asimismo, el renunciante no podrá solicitar a la UCLM ningún tipo de compensación económica.

Una vez aceptada la ayuda, el alumno deberá ponerse en contacto con el Profesor responsable del programa de movilidad, que actuará de tutor académico, para establecer con él y el Coordinador del Centro su programa de estudios en el contrato de estudios según el formulario de candidatura (ficha n 2), ficha de alumnado (ficha n 1) y acta de equivalencia (ficha n 3), comprobando que en el acta de equivalencia figuren las asignaturas que el estudiante quiere cursar en el extranjero y cuya matrícula debe formalizar en el Centro o Facultad correspondiente de la UCLM. En el acta de equivalencia se recogerá la conformidad del Centro o Facultad correspondiente de la UCLM. Esta documentación, a través del Coordinador del Campus será enviada a la OCI. La OCI remitirá posteriormente una copia firmada por el responsable institucional del Programa SÓCRATES) de la UCLM a cada alumno.

Los Coordinadores de Centro serán los responsables de comprobar junto al estudiante que se realice correctamente la matrícula de las asignaturas establecidas en el contrato de estudios en las Secretarías de sus Centros y Facultades, y deberá informar a cada uno de los Profesores que imparten las asignaturas matriculadas en los Centros y Facultades de la UCLM.

La Matrícula de las asignaturas establecidas en el contrato de estudios aparecerá en actas separadas, según establece el sistema SIGMA. Sin embargo, una vez que el alumno se haya trasladado a la Universidad receptora podrá realizar el cambio de algunas asignaturas del programa, modificaciones que deberán ser aceptadas por el Coordinador del Centro, previa consulta con el Profesor responsable de la movilidad, en un plazo de un mes. Este deberá firmar la aceptación en el apartado "alteraciones del contrato de estudios" que figura en el formulario de candidatura. Asimismo, las alteraciones serán aceptadas por los Coordinadores Institucionales de ambas Universidades. El Coordinador de Centro en la UCLM firmará las alteraciones y se hará responsable de notificar en la Secretaría del Centro o Facultad estas modificaciones a efecto de revisar la matrícula y las actas.

Las modificaciones en la matrícula del contrato de estudios se podrán realizar fuera de plazo, previa presentación de la credencial de ser beneficiario de una ayuda de movilidad y ateniéndose a las instrucciones de la Unidad de Gestión Académica. En los Centros, se podrá proceder a la reapertura del programa informático de matrícula a través del sistema de "pantalla de incidencias".

Cuando la UCLM se integre plenamente en el sistema de reconocimiento de créditos ECTS, este reconocimiento será automático una vez que se haya aprobado y firmado por los responsables (Profesor responsable de la movilidad, Coordinador de Centro y Coordinador Institucional de Cooperación Internacional) el contrato de estudios que figura en el formulario de candidatura.

La OCI remitirá a todas las Universidades europeas de destino de los alumnos de la UCLM un listado con los datos personales de cada estudiantes, la titulación que cursa, número de meses de ayuda adjudicados y datos de los Profesores responsable del programa de movilidad y del Coordinador de Centro que les corresponda. Igualmente, la OCI recordará a cada Universidad europea su compromiso de acreditar por medio de certificación académica los estudios realizados por cada estudiante de la UCLM, así como un certificado que confirme la ejecución del programa establecido en el formulario de candidatura. Recibida en la UCLM la certificación académica de los estudios realizados, esta será revisada por el Coordinador del Centro y el Profesor responsable de la movilidad, y gestionarán el proceso de reconocimiento de los créditos correspondientes. En aquellos casos en que sea preciso, el reconocimiento de los créditos será ejecutado por el Rector de la Universidad.

El Coordinador de Campus de Cooperación Internacional se ocupará de facilitar al estudiantes la información relativa al alojamiento en su Universidad de destino y de verificar las reservas correspondientes. Para ello, la OCI facilitará a cada Coordinador de Campus de Cooperación Internacional la información de todas las Oficinas de Relaciones Internacionales de las Universidades europeas con las que la UCLM mantenga programas de movilidad, y les facilitará el desarrollo de esta tarea.

Movilidad de alumnos de la UCLM
por Convenio bilateral.

Los alumnos de la UCLM cuyo programa de movilidad se realice a través de Convenio bilateral serán atendidos por el Coordinador de Centro y se les aplicará el mismo proceso de matriculación y seguimiento académico que a los adjudicatarios de una ayuda Erasmus.

Su tutor académico será el Profesor responsable de la movilidad que figure en el programa específico anual de cada Convenio.

Movilidad de alumnos extranjeros en la UCLM.

Una vez recibidas las adjudicaciones de ayudas Erasmus remitidas por cada Universidad europea, la OCI enviará a los Coordinadores de Campus y a los Coordinadores de Centro de Cooperación Internacional el correspondiente listado. Asimismo, informará de los alumnos extranjeros que reciba el Centro o Facultad por Convenio Bilateral u otros Programas de Movilidad, para los que se debe aplicar la misma Normativa.

A la llegada de los alumnos extranjeros, los Coordinadores de Campus les facilitarán el formulario de candidatura y la ficha de alumnado. Posteriormente les pondrá con contacto con el Coordinador del Centro de Cooperación Internacional al que pertenezca el programa de movilidad por el que han venido a la UCLM. En los Centros o Facultades, se podrá proceder a la reapertura del programa informático de matrícula a través del sistema de "pantalla de incidencias". En cada Campus habrá un responsable de la Unidad de Gestión Académica de La UCLM encargado de realizar las inscripciones de los alumnos extranjeros.

Los Coordinadores de Campus gestionarán el alojamiento de los estudiantes extranjeros que cursarán sus estudios en la UCLM.

El Coordinador de Cooperación Internacional de cada Centro supervisará la certificación académica de los estudiantes extranjeros en su Centro o Facultad a la finalización de sus estudios en la UCLM y los remitirá a la OCI para que esta oficina los envíe a las Universidades de procedencia.

Movilidad de alumnos extranjeros
por convenio bilateral.

Los alumnos extranjeros en la UCLM cuyo programa de movilidad se realice a través de Convenio bilateral serán atendidos por el Coordinador de Centro y se les aplicará el mismo proceso de matrícula y seguimiento académico que a los adjudicatarios de una ayuda Erasmus.

Su tutor académico será el Profesor responsable de la movilidad que figure en el programa específico anual de cada Convenio.

Movilidad de Profesores.

Los interesados en participar en la acción de movilidad de Profesores del Programa SÓCRATES deberán presentar en el plazo indicado para ello por la OCI la siguiente documentación: el plan de trabajo, el título del curso y las fechas de la misión docente e invitación formal de la Universidad de destino.

En el caso de no contar con suficiente financiación de la Comisión Europea para desarrollar todas las misiones docentes solicitadas, la Comisión de Cooperación Internacional seleccionará las que se realizarán.

Una vez finalizada la misión docente, el Profesor deberá remitir a la OCI en el plazo de 15 días los justificantes de gastos realizados, ateniéndose a los criterios que figuran en el Contrato Institucional firmado con la comisión Europea.

En los Convenios bilaterales que prevean movilidad de Profesores, las condiciones de movilidad quedarán establecidas en el programa específico anual que se presentará a la firma del Convenio.

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Modificado: martes 22 de diciembre de 1998