.

UCLM Anterior Siguiente Buscar Su Opinión Este WEB Institucional

ACUERDOS de la Sesión del Claustro Universitario celebrada en Ciudad Real el 7 de julio de 1998.

El Claustro Universitario de la Universidad de Castilla-La Mancha, en sesión celebrada en Ciudad Real el 7 de julio de 1998, adoptó los siguientes acuerdos:

COBERTURA DE VACANTES PRODUCIDAS EN LA COMISIÓN ELECTORAL.

- Sector Profesorado: En sustitución de D. José Escobar Jiménez, quién había dimitido, se acordó que pasase a integrar la Comisión D Purificación Hervás Burgos, que estaba designada como primer suplente, quedando como único suplente D. Carmelo Blanco Mayor.

- Sector Ayudantes: Se propuso como suplente a D Paula Sánchez Paredes, al haber dejado de pertenecer a la Universidad de Castilla-La Mancha D. Manuel Barbero Richart.

- Sector Alumnos: Se propuso como suplente a D. David Alonso Crespo.

PROPUESTAS DE REFORMA DE LOS ESTATUTOS DE LA UNIVERSIDAD. (Las modificaciones aparecen en letra cursiva).

Propuesta de reforma de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha presentada al Claustro Universitario por la Comisión de Conflictos y Estatutos y sometidos a votación, con el resultado que se indica en cada una de ellas:

· PROPUESTA 1. Aprobada por el Claustro.

Art. 30.1 c):

« - Doce representantes de los estudiantes de los diversos ciclos, garantizando la presencia de estudiantes de cada Campus.

- Un becario de investigación.

- Seis representantes del personal de administración y servicios. »

· PROPUESTA 2. Aprobada por el Claustro.

Añadir un inciso en los artículos 34, 35 y 36:

« - 34.4. Al cesar tras ejercer el cargo durante al menos dos años, se podrá optar por un período de hasta un año sin asumir tareas docentes.»

« - 35.4. Al cesar tras ejercer el cargo durante al menos dos años, se podrá optar por un período de hasta seis meses sin asumir tareas docentes.»

« - 36.5. Al cesar tras ejercer el cargo durante al menos dos años, se podrá optar por un período de hasta seis meses sin asumir tareas docentes.»

· PROPUESTA 3. Aprobada por el Claustro.

Art. 94.1 Añadir:

« Si el primer día del ejercicio económico correspondiente no estuviese aprobado el presupuesto, se considerará automáticamente prorrogado el del ejercicio anterior hasta la aprobación del nuevo presupuesto.»

· PROPUESTA 4. Aprobada por el Claustro.

Art. 40.1. c):

« Una representación de los estudiantes de los ciclos en que imparta docencia troncal el Departamento igual al cincuenta por ciento de los integrantes del apartado a); los estudiantes de los ciclos en los que el Departamento imparta docencia no troncal tendrán un sistema de participación en el Departamento para la resolución de las cuestiones que les afecten. En el caso ...»

· PROPUESTA 5. Aprobada por el Claustro.

Art. 47:

« La condición de miembro de Juntas o Consejos sólo se perderá por renuncia, sentencia judicial firme, fallecimiento, extinción de mandato, que será de cuatro años, salvo para los estudiantes que será de dos años, o por dejar de pertenecer al sector que lo eligió en el respectivo Departamento, Centro o Instituto Universitario.»

· PROPUESTA 6. Aprobada por el Claustro.

Art. 80 :

« - Art. 80. 1. Del Consejo de Representantes.

1. El Consejo de Representantes es el órgano que coordina y canaliza la representación de los estudiantes en el marco de la Universidad de Castilla-La Mancha.

2. El Consejo de Representantes estará formado por:

a) Todos los representantes de los alumnos en la Junta de Gobierno, siendo estos los únicos miembros con derecho a voto.

b) Los delegados o coordinadores de Campus o conjunto de Centros de una misma localidad.

c) El Secretario y el Tesorero del Consejo de Representantes.

Podrá asistir, mediante convocatoria expresa, cualquier otro representante de alumnos cuya presencia sea especialmente aconsejable, con voz pero sin voto. »

« - Art. 80. 2. Son competencias del Consejo de Representantes:

a) Elegir y revocar al Delegado de Alumnos de la Universidad. Dicho cargo llevará implícita su propuesta como candidato de los alumnos a formar parte del Consejo Social.

b) Elegir y revocar al Secretario y Tesorero del Consejo de Representantes a propuesta del Delegado de Alumnos.

c) Promover la formación de cuantas comisiones estime oportuna.

d) Elaborar y aprobar su propio Reglamento de Régimen Interno.

e) Aprobar las líneas generales de actuación de la Representación Estudiantil.

f) Aprobar la distribución de fondos asignados a la Representación Estudiantil.

g) Cualesquiera otras competencias o funciones que les sean atribuidas por la Ley, los Estatutos de la Universidad y los reglamentos que los desarrollen. »

« - Art. 80. 3. De las Delegaciones Centrales de Campus y las Delegaciones de Centros.

Las Delegaciones Centrales de Campus y las Delegaciones de Centros son los órganos de coordinación y dirección de la representación de los estudiantes en cada uno de los Campus y Centros de la UCLM.

Forman parte de las Delegaciones de Centro los representantes de los estudiantes del Centro en el Claustro, en la Junta de Centro y en los Departamentos, así como los Delegados y Subdelegados de curso.

Forman parte de la Delegación Central de Campus los representantes claustrales y una representación de cada uno de los Centros. »

« - Art. 80. 4. Son competencias de las Delegaciones Centrales de Campus y de las Delegaciones de Centros:

a) Elegir y revocar al Delegado de Alumnos de Campus y de Centro respectivamente.

b) Elegir y revocar al Subdelegado, al Secretario y al Tesorero de las Delegaciones Centrales de Campus y de Centro, respectivamente.

c) Elaborar y aprobar su propio Reglamento de Régimen Interno.

d) Aprobar la distribución de fondos asignados a la Delegación Central de Campus y a las Delegaciones de Centro.

e) Cualesquiera otras competencias o funciones que les sean atribuidas por la Ley, los Estatutos de la Universidad y los reglamentos que los desarrollen. »

« - Art. 80. 5. De los Delegados de Alumnos.

El Delegado de Alumnos de la UCLM ostenta la Representación de los estudiantes de la Universidad y la coordinación y dirección del Consejo de Representantes, siendo sus competencias y funciones las que les sean atribuidas por la Ley, los Estatutos de la Universidad, el Reglamento de Orden Interno del Consejo de Representantes y las disposiciones que los desarrollen.

En cada Campus y Centro habrá un Delegado de Alumnos con iguales competencias en su propio ámbito; serán elegidos por las Delegaciones Centrales de Campus y por las Delegaciones de Centro respectivamente. »

· PROPUESTA 7. Aprobada por el Claustro.

Art. 98.5:

« Las aportaciones económicas procedentes de estos contratos se asignarán:

a) Hasta un 10 % a la Universidad, de acuerdo con los criterios que establezca la Junta de Gobierno.

b) El resto se dedicará a los gastos necesarios para la formalización y ejecución del trabajo, incluyendo las retribuciones a los profesores o investigadores que los hayan realizado y los gastos que pudieran ocasionarse en los Centros. »

· PROPUESTA 8. Aprobada por el Claustro.

Art. 26.2:

« El Claustro designará una Comisión de Estatutos ... »

· PROPUESTA 9. Aprobada por el Claustro.

Art. 85.2:

« La Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios podrá prever además otras Escalas de Administración General o Especial. »

Art. 85.3:

El actual art. 85.2 pasa a ser el nuevo art. 85.3.

Añadir una Disposición Adicional 4 a los Estatutos:

« Disposición Adicional Cuarta. Los Cuerpos, Escalas y Categorías previstas en el art. 85.1 se actualizarán de acuerdo a lo previsto en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios aprobada por la Junta de Gobierno. »

· PROPUESTA 10. Aprobada por el Claustro.

Art. 24:

Incremento entre 14 y 20 del número de miembros del Claustro, sin alterar la proporción entre los distintos sectores del Claustro.

· PROPUESTA 11. No asumida por la Comisión, planteada al Claustro su debate y votación, fue rechazada por 62 votos, 15 a favor y 8 abstenciones.

« Limitar el número de mandatos de los cargos unipersonales a desempeñar por una misma persona de forma consecutiva. »

El Claustro Universitario autorizó al Secretario General a revisar la redacción de las reformas aprobadas y su armonización con el texto de los Estatutos de la Universidad.

UCLM Anterior Siguiente Principio de la Página

Copyright (c) 1997 Grupo de Tecnología de la Información - GTI - (UCLM)
Web mantenido y actualizado por el Servicio de Informática
Modificado: viernes 18 de septiembre de 1998