ACUERDOS adoptados en la reunión del Pleno del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha de 26 de junio de 1998.
El Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, en reunión del Pleno celebrada en Ciudad Real el 26 de junio de 1998, adoptó los siguientes acuerdos:
DISTRIBUCIÓN DE LAS 25 BECAS-COLABORACIÓN DEL MEC ENTRE LOS DISTINTOS DEPARTAMENTOS.
El Director General de Formación Profesional y Promoción Educativa, se ha dirigido al Consejo Social anunciándole que le corresponden a la Universidad de Castilla-La Mancha veinticinco becas-colaboración, cinco más que el año pasado. El Ilmo. Sr. Vicerrector de Ordenación Académica propuso que se distribuyan de manera que ocho becas correspondan a Ciencia Jurídica y Economía y Empresa y las 17 becas restantes entre los demás Departamentos. Se aceptó la propuesta por unanimidad.
REGULACIÓN DE LAS COMISIONES PERMANENTES DEL CONSEJO SOCIAL.
De acuerdo con el artículo 29 del Reglamento de Organización y Funcionamiento interno del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, el Consejo en sesión Plenaria, acuerda crear las siguientes Comisiones Permanentes:
- Comisión Financiera y de Presupuestos
- Comisión de Impulso y Seguimiento de I+D
- Comisión de ámbito Docente y Cultural.
Las Comisiones elevarán al Pleno del Consejo los informes que estimen necesarios y todas las propuestas distintas que se efectúen sobre un mismo tema, cuya aprobación será competencia del Pleno. Estas Comisiones tendrán vigencia hasta que el Pleno decida su supresión o modificación. Se reunirán al menos dos veces al año, cuando lo estime el Presidente de la comisión, o lo soliciten al menos tres miembros de la misma. El Presidente del Consejo, el Rector, los representantes de las Cortes de Castilla-La Mancha y el Secretario del Consejo formarán parte de todas las comisiones. El Secretario del Consejo actuará de Secretario de cada Comisión. Los restantes Vocales del Consejo formarán parte, cada uno, de una comisión como Miembros Responsables de la misma, comprometiéndose a asistir a sus reuniones. En caso de que un Miembro Responsable no pueda asistir, solicitará a otro Vocal de su grupo de procedencia que asista en su lugar. El Presidente del Consejo podrá delegar la Presidencia en un miembro de la Comisión que actuará como Presidente de la misma, mientras siga siendo miembro del Consejo o hasta que le sea retirada la delegación. Si el Presidente del Consejo asiste a la reunión, será él quien la presida. Las Comisiones serán convocadas por el Secretario siguiendo instrucciones del Presidente de la Comisión. Las reuniones de las Comisiones serán comunicadas a todos los Vocales del Consejo, los cuales podrán asistir y participar en la misma, aunque no sean Miembros Responsables de ella.
La Comisión Financiera y de Presupuestos elevará al Pleno informes y propuestas relativas a las siguientes competencias del Consejo Social:
1. La aprobación del presupuesto y de la programación anual de la Universidad, a propuesta de la Junta de gobierno.
2. Supervisar las actividades de carácter económico de la Universidad y el rendimiento de sus servicios.
3. Acordar las transferencias de gastos corrientes a gastos de capital y, previa autorización de la Comunidad Autónoma, la de gastos de capital a cualquier otro capítulo.
4. Autorizar a la Universidad para que ésta pueda adquirir, por contratación directa, los bienes de equipo necesarios para el desarrollo de sus programas de investigación.
5. Acordar, previa propuesta de la Junta de Gobierno, la desafectación de los bienes de dominio público, así como la enajenación permuta, cesión y gravamen de bienes patrimoniales cuyo valor, según tasación, exceda del 5 por ciento del Presupuesto anual de la Universidad.
6. Aprobar la Memoria económica anual, que será elaborada por la Junta de Gobierno, sobre resultados del ejercicio económico.
7. Fijar las tasas académicas y demás derechos correspondientes a los estudios que no impliquen la expedición de títulos oficiales.
La Comisión de Impulso y Seguimiento de I+D elevará al Pleno informes y propuestas relativas a las siguientes competencias del Consejo Social:
1. Acordar, a propuesta de la Junta de Gobierno, la asignación con carácter individual de conceptos retributivos adicionales a los establecidos con carácter general para el personal universitario, en atención a exigencias docentes e investigadoras, o a méritos relevantes.
2. Determinar las necesidades y aspiraciones sociales que considere deben ser satisfechas por la Universidad en aspectos de I+D.
3. Promover la ayuda económica de la sociedad a la Universidad a la Universidad y el establecimiento de convenios con empresas y otras instituciones públicas o privadas que contribuyan a perfeccionar y completar los planes de I+D.
La Comisión de ámbito Decente y Cultural elevará al Pleno informes y propuestas relativas a las siguientes competencias del Consejo Social:
1. Señalar las normas, previo informe del Consejo de Universidades, que regulen la permanencia en la Universidad del alumnado que no supere las pruebas correspondientes en los plazos que se determinen, de acuerdo con las características de los respectivos estudios.
2. Determinar las necesidades y aspiraciones sociales que considere deben ser satisfechas por la Universidad y que puedan incidir en los planes de estudio.
3. Promover el establecimiento de convenios con empresas u otras instituciones públicas o privadas que contribuyan a perfeccionar y completar la formación del alumnado y faciliten a su vez su empleo y ocupación profesional.
4. Fomentar ay apoyar la expresión y desarrollo de las distintas manifestaciones culturales e iniciativas que se produzcan en el seno de la comunidad universitaria, así como su extensión y relaciones con el entorno social.
Para las competencias del Consejo Social de la Universidad recogidas en el artículo 2 de Reglamento del Consejo en los epígrafes c,d,e,f, y g no se crea comisión específica siendo el conjunto del Pleno el que analizará, efectuará propuestas y tomará acuerdos sobre ellos. Además de estas Comisiones Permanentes podrán crearse otras temporales cuando se estime que un tema así lo requiere.
Quedan sin efecto los acuerdos plenarios anteriores relativos a Comisiones en el seno del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Con posterioridad el Presidente del Consejo Social dio lectura de la composición de las Comisiones Permanentes del Consejo quedando del siguiente modo:
FORMAN PARTE DE TODAS LAS COMISIONES:
- D. Francisco Luzón López
- D. Luis Arroyo Zapatero
- D. Lorenzo Selas Céspedes
- D. Lucrecio Serrano Pedroche
COMISIÓN FINANCIERA Y DE PRESUPUESTOS:
- D. José Luis González Quejigo
- D. Arturo Calvo González
- D. Manuel Pulgar Alonso
- D. Fernando Campos Rosa
- D. Humberto Carrasco González
- D. José Antonio Almendros Peinado. Secretario
COMISIÓN DE IMPULSO Y SEGUIMIENTO DE I+D:
- D. José Víctor Guarnizo García
- D. Francisco Montero Riquelme
- D. Paula Sánchez Paredes
- D. Francisco Gil-Ortega Rincón
- D. Ulpiano Sevilla Moreno
- D. Jesús Bárcenas López
- D. José Antonio Almendros Peinado. Secretario
COMISIÓN DOCENTE Y CULTURAL:
- D. Eduardo Espín Templado
- D. Ana Aguilar Sánchez
- D. Manuel Pérez Castell
- D. Jesús Mora Gutiérrez
- D. Justo Roldán Muñoz
- D. José Antonio Almendros Peinado. Secretario
MEMORIA DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA DEL AÑO 1997.
El Secretario del Consejo Social elevó al Pleno la Memoria correspondiente al año 1997. Esta memoria contiene además de los temas obligados tales como las tomas de posesión y ceses de los Vocales del Consejo, las intervenciones del Presidente y del Rector, o de los invitados a las sesiones del Consejo, acuerdos tan importantes como los que tuvieron lugar en marzo del año pasado sobre el Plan de Consolidación y Ampliación de la Universidad de Castilla-La Mancha 1997-2005. Así como otros acuerdos que, sin ser tan relevantes, han conformado la actividad del Consejo Social durante el año 1997. La Memoria fue aprobada por unanimidad.