PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR
Resolución de 28 de julio de 1997, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convocan a concurso y concurso de méritos las siguientes plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.
Una plaza de Catedrático de Universidad (CU 6/97). Area de conocimiento "Producción Vegetal". Departamento: Producción Vegetal y Tecnología Agraria. Actividad docente y destino: Docencia en Botánica Forestal, Geobotánica, Ecología, Recursos Fitogenéticos en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos de Albacete. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Catedrático de Universidad (CU 7/97). Area de conocimiento "Comercialización e investigación de mercados". Departamento: Economía y Empresa. Actividad docente y destino: Docencia en Fundamentos de Marketing y Dirección comercial en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de Albacete. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Universidad (TU 12/97). Area de conocimiento: "Filología Inglesa". Departamento: Filología Moderna. Actividad docente y destino: Docencia en el Léxico-Semántica Inglesa en la Facultad de Letras de Ciudad Real. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Universidad (TU 13/97). Area de conocimiento: "Bioquímica y Biología Molecular". Departamento: Química Inorgánica, Orgánica y Bioquímica. Actividad docente y destino: Docencia en Bioquímica en la Facultad de Químicas de Ciudad Real. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Universidad (TU 14/97). Area de conocimiento: "Química Inorgánica". Departamento Química Inorgánica, Orgánica y Bioquímica. Actividad docente y destino: Docencia en Química Inorgánica en la Facultad de Químicas de Ciudad Real. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Universidad (TU 15/97). Area de conocimiento: "Química Orgánica". Departamento Química Inorgánica, Orgánica y Bioquímica. Actividad docente y destino: Docencia en Química Orgánica en la Facultad de Químicas de Ciudad Real. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Universidad (TU 16/97). Area de conocimiento: "Ingeniería Química". Departamento Ingeniería Química. Actividad docente y destino: Docencia en Operaciones Básicas de Flujo de Fluidos y Transmisión de Calor en la Facultad de Químicas de Ciudad Real. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Universidad (TU 17/97). Area de conocimiento: "Matemática Aplicada". Departamento: Matemáticas. Actividad docente y destino: Docencia en Métodos Numéricos y Cálculo Numérico en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales en Ciudad Real. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Universidad (TU 18/97). Area de conocimiento: "Matemática Aplicada". Departamento: Matemáticas. Actividad docente y destino: Docencia en Matemáticas I y II en la Facultad de Químicas de Ciudad Real. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Universidad (TU 19/97). Area de conocimiento: "Producción Animal". Departamento: Ciencia y Tecnología Agroforestal. Actividad docente y destino: Docencia en Producciones Animales I y II. Producción de Rumiantes. Bases de la Producción Ovina en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos de Albacete. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Universidad (TU 20/97). Area de conocimiento: "Química-Física". Departamento Química-Física. Actividad docente y destino: Docencia en Química-Física en la Facultad de Ciencias Químicas, Sección Toledo. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Escuela Universitaria (TEU 9/97). Area de conocimiento "Música". Departamento: Didáctica de la Expresión Musical, Plástica y Corporal. Actividad docente y destino: Docencia en Formación Instrumental en la Escuela Universitaria de Profesorado de E.G.B. de Toledo. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Escuela Universitaria (TEU 10/97). Area de conocimiento: "Producción vegetal". Departamento: Producción Vegetal y Tecnología Agraria. Actividad docente y destino: Docencia en Tecnología del medio Ambiente en la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Agrícola de Ciudad Real. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Escuela Universitaria (TEU 11/97). Area de conocimiento: "Química Física". Departamento Química-Física. Actividad docente y destino: Docencia en Química Física en la Escuela Universitaria Politécnica de Almadén. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Escuela Universitaria (TEU 12/97). Area de conocimiento: Ingeniería de Sistemas y Automática. Actividad docente y destino: Docencia en Arquitectura de Computadores, Automática y Robótica en la Escuela Universitaria de Informática de Ciudad Real. Clase de convocatoria: Concurso.
Una plaza de Titular de Escuela Universitaria (TEU 13/97). Area de conocimiento: Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Departamento: Ciencia Jurídica. Actividad docente y destino: Docencia en Derecho del Trabajo en la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales de Albacete. Clase de convocatoria: Concurso.
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V · PUBLICADO EN OTROS BOLETINES OFICIALES
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADODisposiciones y Resoluciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 3 de septiembre de 1997, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se corrige error en la Resolución de 26 de diciembre de 1995, por la que se publica el plan de estudios homologado por el Consejo de Universidades para la obtención del título oficial de Maestro, especialidad en Educación Primaria.
B.O.E. de 23-09-97. Pag. 27939
Resolución de 23 de julio de 1997, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se acuerda hacer público el presupuesto de esta Universidad para 1997.
B.O.E. de 12-09-97. Pag. 27144
Resolución de 3 de julio de 1997, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para lectores de español en universidades de Namibia, Nepal, Pakistán, Sudáfrica y Zimbaue, curso académico 1998. (Referencia publicada en éste nº del BO-UCLM pag.23).
B.O.E. de 27-09-97. Pag. 28358
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Resolución de 2 de septiembre de 1997, de la Dirección General de Investigación y Desarrollo, Secretaría General del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, por la que se hace pública la relación nominativa de los beneficiarios de las ayudas concedidas para la realización de proyectos de I+D, en el marco de los Programas Nacionales del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, convocadas por Resolución de 25 de octubre de 1996.
B.O.E. de 23-09-97. Pag. 27866.
Real Decreto 1313/1997, de 1 de agosto, por el que se establece la composición y funciones de la Comisión Nacional Antidopaje.
B.O.E. de 04-09-97. Pag. 26318
Orden de 10 de septiembre de 1997 por la que la Comisión del Circo, pasa a denominarse Consejo del Circo y se modifica la composición de dicho órgano de asesoramiento del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
B.O.E. de 18-09-97. Pag. 27522
Real Decreto 1468/1997, de 19 de septiembre, por el que se modifica el calendario de aplicación, en materia de enseñanzas artísticas, de la nueva ordenación del sistema educativo y el de homologación de otras enseñanzas.
B.O.E. de 20-09-97. Pag. 27718
Orden de 22 de septiembre de 1997 sobre composición de la Junta Superior de Archivos.
B.O.E. de 26-09-97. Pag. 28243
MINISTERIO DE
ADMINISTRACIONES PÚBLICASResolución de 1 de septiembre de 1997, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se hace pública la relación de las oficinas de registro propias o concertadas con la Administración General del Estado y sus organismos públicos y se establecen los días y horarios de apertura.
B.O.E. de 04-09-97. Pag. 26321
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UNIVERSIDADES
Real Decreto 1403/1997, de 5 de septiembre, por el que se nombra Secretario General del Consejo de Universidades a D. Rafael Anes y Alvarez de Castrillón.
B.O.E. de 06-09-97. Pag. 26692
Real Decreto 1342/1997, de 1 de agosto, por el que se nombra miembro del Consejo de Universidades a D. Tomás García-Cuenca Ariati.
B.O.E. de 02-08-97. Pag. 23732
Real Decreto 1341/1997, de 1 de agosto, por el que se nombra Director General de Enseñanza Superior a D. Tomás García-Cuenca Ariati.
B.O.E. de 02-08-97. Pag. 23732
Resolución de 25 de julio de 1997, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se nombra a don Ángel Manuel Faerna García-Bermejo Profesor titular de Universidad del área de conocimiento de «Filosofía», adscrita al Departamento de Filosofía.
B.O.E. de 17-09-97. Pag. 27439
Resolución de 28 de julio de 1997, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se nombra a don José Antonio Moreno Molina Profesor titular de Universidad del área de conocimiento de «Derecho Administrativo», adscrita al departamento de Ciencia Jurídica.
B.O.E. de 17-09-97. Pag. 27439
Resolución de 10 de septiembre de 1997, de la Secretaría General del Consejo de Universidades, por la que se notifican números de Registro de Personal de diversos profesores pertenecientes a Cuerpos Docentes Universitarios.
B.O.E. de 19-09-97. Pag. 27644
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UNIVERSIDADES
Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha por la que se hace pública la adjudicación del contrato de suministro, entrega e instalación de un robot industrial, con destino a la E. T. S. de Ingenieros Industriales de Ciudad Real.
B.O.E. de 02-09-97. Pag. 15797
Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha por la que se anuncia concurso público, procedimiento abierto, para la contratación del suministro, entrega e instalación de un cromatógrafo de gases con detector de espectrometría de masas y sistema de tratamiento de datos, con destino al departamento de Química Analítica y Tecnología de los Alimentos.
B.O.E. de 25-09-97. Pag. 17107
Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha por la que se hace pública la adjudicación del contrato de suministro, entrega e instalación de mobiliario diverso con destino al edificio interdepartamental de Humanidades del Campus de Ciudad Real.
B.O.E. de 26-09-97. Pag. 17173
Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha por la que se hace pública la adjudicación del contrato de suministro, entrega e instalación de material, equipos y mobiliario diverso con destino a la Escuela Politécnica de Albacete.
B.O.E. de 26-09-97. Pag. 17173
Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha por la que se hace pública la adjudicación del contrato para la realización de las obras de construcción de kiosco-bar en el Campus de Ciudad Real.
B.O.E. de 29-09-97. Pag. 17256
Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha por la que se hace pública la adjudicación del contrato de suministro, entrega e instalación de mobiliario con destino a la Facultad de Bellas Artes de Cuenca.
B.O.E. de 29-09-97. Pag. 17256
Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha por la que se hace pública la adjudicación del contrato para la realización de las obras de adecuación de laboratorios en la Escuela Universitaria Politécnica de Almadén.
B.O.E. de 29-09-97. Pag. 17257
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DIARIO OFICIAL DE CASTILLA-LA MANCHA
Disposiciones y Resoluciones
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA Y TRABAJO
Decreto 136/1997, de 17 de septiembre, por el que se fija el Calendario Laboral para 1998. (Texto íntegro publicado en éste número del BO-UCLM pag. 21)
D.O.C.M. de 19-09-97. Pag. 5687
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UNIVERSIDADES
Resolución de 11 de septiembre de 1997, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se procede al cese de D. Santiago Moreno González como vocal del Consejo Social de dicha Universidad, en representación de las Cortes Regionales. (Texto íntegro publicado en éste número del BO-UCLM pag. 12)
D.O.C.M. de 26-09-97. Pag. 5877
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Resolución de 12 de septiembre de 1997 de la Secretaría General Técnica, por la que se hace público el resultado del concurso para la adjudicación de la obra de redacción de proyecto y ejecución de obras en el edificio "San Rafael" para Residencia Universitaria en Ronda de la Mata c/v calle Concejo en Ciudad Real.
D.O.C.M. de 26-09-97. Pag. 5882
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VI · INFORMACIÓN DE INTERÉS ACADÉMICO
ORDENES, RESOLUCIONES Y ACUERDOS
ORDEN de 17 de julio de 1997, por la que se establecen los precios públicos que regirán en Castilla-La Mancha para los estudios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica durante el curso 1997/1998.
La Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, establece que las tasas académicas por estudios conducentes a títulos oficiales serán fijadas por la Comunidad Autónoma competente, dentro de los límites señalados por el Consejo de Universidades en tanto que los correspondientes a los restantes estudios serán de la competencia del Consejo Social de la Universidad. La Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos del Estado otorgó a las referidas tasas, en su disposición adicional quinta, la consideración de precios públicos.
El artículo 30.2 de la Ley 3/1990, de 18 de mayo, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha, dispone que una vez determinados los servicios y actividades retribuibles mediante precios públicos, procede la fijación o revisión de las cuantías por las Consejerías que los gestionen.
Como cuestión previa la Comisión de Coordinación y Planificación del Consejo de Universidades, en su reunión de 3 de Junio de 1997, ha establecido los límites de aumentos de los precios académicos y demás derechos por estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales durante el curso 1997-98, fijándose como límite máximo de aumento el correspondiente al experimentado por el Índice de Precios al Consumo Nacional desde el 1 de junio de 1996 a 31 de mayo de 1997 y como limite máximo tres puntos por encima de dicho incremento.
Por todo lo anterior, procede revisar los precios para el curso académico 1997-98 por la prestación del servicio público de la enseñanza universitaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, dentro de los márgenes establecidos por el Consejo de Universidades y a partir de los siguientes tres criterios básicos:
1º) En la revisión se ha tenido en consideración las previsiones de incremento para el año 1997 del Índice de Precios al Consumo, cifradas en un 2,2 % entre diciembre de 1997 y el mismo mes del año anterior y en un 1,9 % de la media anual de 1997 respecto a la de 1996; no se han tenido en cuenta otros factores como los costes presupuestarios que repercutirían sin duda en unos precios públicos más elevados.
2º) Atendiendo a la demanda del alumnado, a través de sus órganos de representación, se mantienen los precios públicos de las segundas, terceras y sucesivas matrículas, en los niveles establecidos para el curso anterior.
En consecuencia, con la presente Orden, se revisan los precios por la prestación de servicios académicos para el curso 1997/98, mediante un aumento del 2 % de los precios establecidos en el curso anterior para las primeras matrículas, manteniéndose inalterados los precios de las segundas, terceras y sucesivas. Esta elevación moderada se aproxima al límite inferior establecido por el Consejo de Universidades.
En su virtud, al amparo de la habilitación contenida por el articulo 37 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha, esta Consejería ha resuelto:
DISPOSICIÓN GENERAL
Primero.- Alcance y ámbito de aplicación
1.- Los precios a satisfacer por la prestación del servicio público de la educación superior en las Universidades Públicas presentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el curso 1997-98, en las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales, serán abonados de acuerdo con las normas que se establecen en la presente Orden.
2.- El importe de los precios por estudios conducentes a títulos o diplomas que no tengan carácter oficial serán fijados por el Consejo Social de las Universidades.
PRECIOS PÚBLICOS
Segundo.- Enseñanzas renovadas.
1.- En el caso de estudios conducentes a la obtención de títulos establecidos por el Gobierno con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, cuyos planes de estudios hayan sido aprobados por las Universidades y homologados por el Consejo de Universidades, con arreglo a las directrices generales propias, igualmente aprobadas por el Gobierno, el importe de las materias, asignaturas o disciplinas se calculará de conformidad con el número de créditos asignados a cada materia, asignatura o disciplina, dentro del grado de experimentalidad en que se encuentren las enseñanzas conducentes al título oficial que se pretende obtener y según se trate de primera, segunda o tercera y sucesivas matrículas, de acuerdo con las tarifas de los Anexos I y II y demás normas contenidas en la presente Orden. En el caso de programas de doctorado el valor del crédito será el que figura en el Anexo II.
2.- Sin perjuicio de lo establecido en .los párrafos uno y dos del apartado quinto de la presente Orden, los alumnos podrán matricularse bien por curso completo, cuando el plan de estudios especifique la carga lectiva que corresponde a cada curso, o bien del número de materias, asignaturas o disciplinas o, en su caso, de créditos sueltos, que estimen conveniente. En este último supuesto, el importe total del precio a abonar en el curso no será inferior a 31.824 pesetas. No obstante tales cuantías no se aplicarán si el .alumno tiene pendientes para finalizar sus estudios un número de asignaturas o de créditos cuyo precio total no supere las respectivas cantidades mínimas.
3.- Los créditos correspondientes a materias de libre elección por el estudiante, en orden a la flexible configuración de su currículum, serán abonados con arreglo a la tarifa establecida para la titulación que se pretende obtener con independencia del Departamento en donde se cursen dichos créditos.
Tercero.- Enseñanzas no renovadas.
1.- En el caso de enseñanzas no incluidas en el apartado primero de la disposición anterior o que, estando incluidas en dicho apartado, sus planes de estudio no hayan sido aprobados por la Universidades y homologados por el Consejo de Universidades con arreglo a las correspondientes directrices generales propias, el importe del curso completo y de las asignaturas sueltas se calculará, dentro del grado de experimentalidad en que se encuentren las enseñanzas, según, se trate de primera, segunda o tercera y sucesivas matriculas, de acuerdo con las tarifas de los Anexos I y lll y demás normas contenidas en la presente Orden.
2.- Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos primero y segundo del apartado quinto de la presente Orden, Ios alumnos podrán matricularse por cursos completos o por asignaturas sueltas, con independencia del curso a que estas correspondan. En este último supuesto, el importe total del precio a abonar en el curso no será inferior a 31.824 pesetas. No obstante tales cuantías no se aplicarán si el alumno tiene pendientes para finalizar sus estudios un número de asignaturas cuyo precio total no supere las respectivas cantidades mínimas.
Cuarto.- Límites y Modalidades de matriculación.
1.- En todo caso, el derecho a exámen y evaluación correspondiente de las materias, asignaturas, disciplinas o, en su caso, créditos matriculados quedará limitado por las incompatibilidades académicas derivadas de los planes de estudios. A estos solos efectos, las Universidades, mediante el procedimiento que determinen las respectivas Juntas de Gobierno, podrán fijar un régimen de incompatibilidad académica para aquellos planes de estudio en los que no estuviera previamente establecido.
El ejercicio del derecho de matrícula establecido en el párrafo anterior no obligará a la modificación del régimen de horarios generales determinados en cada Centro, de acuerdo con las necesidades de sus planes de estudios.
2.- En el caso de matrícula por materias, asignaturas o disciplinas, se diferenciará únicamente tres modalidades de ellas: Anual, cuatrimestral y trimestral según la clasificación establecida por cada Universidad en función del número de horas lectivas que figuren en los respectivos planes de estudios. A estos efectos, una materia, asignatura, o disciplina anual equivaldrá a dos asignaturas cuatrimestrales o tres trimestrales. El importe del precio a aplicar para las cuatrimestrales será la mitad del establecido para las anuales y para las trimestrales la tercera parte.
Quinto.- Condiciones y precios de la primera y sucesivas matrículas.
1,- No obstante lo establecido en las disposiciones anteriores, los alumnos que inicien unos estudios deberán matricularse
a) De al menos 60 créditos cuando vayan a cursar enseñanzas renovadas o, en su caso, de la carga lectiva completa de primer curso, si ésta fuera inferior al citado número de créditos.
b) Del primer curso completo cuando vayan a recibir enseñanzas no renovadas.
2.- Las asignaturas de primer curso que sean convalidadas computarán a los efectos de los requisitos exigidos en el punto anterior.
3.- Los precios a satisfacer por primeras, segundas o terceras y sucesivas matrículas, se determinarán según las tarifas que se fijan en los Anexos a la presente Orden.
4.- a) En relación con las primeras matrículas, el precio que abonaran los alumnos que vayan a cursar enseñanzas renovadas por el total de créditos de que se matriculen, en ningún caso superará al de las primeras matrículas de los respectivos cursos completos de las enseñanzas no renovadas, del grado de experimentalidad correspondiente.
b) La limitación a que se refiere el punto a), sólo se aplicará cuando el alumno se matricule de un número de créditos no superior a la carga lectiva asignada al curso correspondiente por el respectivo plan de estudios, o cuando el referido número de créditos no supere al resultante de dividir la totalidad de los créditos asignados al ciclo correspondiente, entre los años de duración de éste. En otro caso, el alumno deberá pagar el precio de los créditos que excedan de los citados máximos.
5.- En el caso de segundas y sucesivas matrículas de enseñanzas renovadas, el precio a pagar por una materia, asignatura o disciplina resultante de multiplicar el número de créditos asignados a cada una de ellas por el valor del crédito señalado en las tarifas recogidas en el anexo lI, no podrá sobrepasar el precio correspondiente a las que tengan asignadas 13 créditos del correspondiente grado de experimentalidad. En el caso de asignaturas cuatrimestrales y trimestrales, el límite será, respectivamente, de siete y cuatro créditos.
6.- En el caso de que el alumno opte por matricularse de materias, asignaturas o disciplinas sueltas, el precio a abonar será el que corresponda a cada una de ellas según se trate de primera, segunda o tercera y sucesivas matrículas, aunque las materias asignaturas o disciplinas matriculadas sean todas las que componen un curso completo.
Sexto.- Otros precios.
En evaluaciones, pruebas, expedición de títulos y derechos de Secretaría se tendrán en cuenta las tarifas señaladas en el anexo IV.
Séptimo.- Forma de pago.
1.- Los alumnos tendrán derecho a elegir la forma de efectuar el pago de los precios establecidos para los diversos estudios universitarios, bien haciéndolo efectivo en un sólo pago a principios de curso, o bien de forma fraccionada en tres plazos que serán ingresados en las fechas y en la cuantía siguientes: el primero, del 50 % del importe total, al formalizar la matrícula; el segundo, del 25 % del total, entre los días 1 y 20 del mes de diciembre, y el tercero, del 25 % restante, entre los días 21 de enero y 10 de febrero.
2.- En el caso de enseñanzas estructuradas en cuatrimestres o trimestres, no será de aplicación el fraccionamiento del pago a que se refiere el apartado anterior. La formalización de la matrícula correspondiente y su pago se efectuarán al principio de curso; sin embargo, las Universidades podrán autorizar la formalización correspondiente al segundo cuatrimestre o al segundo y tercer trimestres y sus respectivos pagos al comienzo de cada uno de ellos.
Octavo.- Falta de pago.
La falta de pago del importe total del precio en el caso de opción por el pago total o del correspondiente cuatrimestre o trimestre, en su caso, motivará la denegación de la matrícula. El impago parcial de la misma, caso de haber optado por el pago fraccionado de acuerdo con lo señalado en la disposición anterior, dará origen a la anulación de la matrícula en los términos previstos en la legislación vigente, con perdida de las cantidades correspondientes a los plazos anteriores.
TARIFAS ESPECIALES
Noveno.- Familias numerosas.
1.- Tendrán exención total de pago de los precios públicos los alumnos miembros de familias numerosas de honor y de segunda categoría.
2.- Tendrán una bonificación del 50 % del pago de los derechos de matrícula los alumnos miembros de familia numerosa de primera categoría.
Décimo.- Materias sin docencia.
En las materias que asignen créditos que se consigan mediante la superación de una prueba o de asignaturas de planes extinguidos de las que no se impartan las correspondientes enseñanzas, se abonará por cada crédito o asignatura el 25 % de los precios de la tarifa ordinaria.
Decimoprimero.- Matrículas de honor.
Las bonificaciones correspondientes a la aplicación de una o varias matrículas de honor se llevarán a cabo una vez calculado el importe de la matrícula.
Decimosegundo.- Centros adscritos.
Los alumnos de los centros o institutos universitarios adscritos abonarán a la Universidad, en concepto de expediente académico y de prueba de evaluación, el 25 % de los precios establecidos en los anexos II y III, sin perjuicio de lo acordado en los correspondientes convenios de adscripción. Los demás precios se satisfarán en la cuantía íntegra prevista.
Decimotercero.- Convalidación de estudios.
1.- Los alumnos que obtengan la convalidación de estudios realizados en centros nacionales no estatales o en centros extranjeros abonarán el 25 % de los precios establecidos en los anexos II y III, por los mismos conceptos señalados para los centros adscritos en la disposición anterior.
2.- Por la convalidación de estudios realizados en centros estatales no se devengarán precios.
Decimocuarto.- Becas.
1.- De conformidad con lo establecido en el artículo 3.1 del Real Decreto 2298/1983, de 28 de julio, por el que se regula el sistema de becas y otras ayudas al estudio de carácter personalizado, no vendrán obligados a pagar el precio por servicios académicos los alumnos que reciban becas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado o de Comunidades Autónomas que hayan asumido competencias en materia de becas y ayudas en niveles de enseñanza superior.
2.- Los alumnos que reciban becas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en relación con el pago de servicios académicos estarán a lo que disponga la convocatoria de dichas becas.
3.- Los alumnos que al formalizar la matrícula se acojan a la exención de precios por haber solicitado la concesión de una beca, y posteriormente no obtuviesen la condición de becario, o les fuera revocada la beca concedida, vendrán obligados al abono del precio correspondiente a la matrícula que efectuaron; su impago conllevará la anulación de dicha matrícula en todas las materias, asignaturas o disciplinas, en los términos previstos por la legislación vigente.
4.- Los importes de los precios por servicios académicos no satisfechos por los alumnos becarios serán compensados a las Universidades por los organismos que conceden dichas ayudas hasta donde alcancen los créditos que, con esta finalidad, se autoricen en sus presupuestos de gastos, sin perjuicio de la compensación incluida en los Presupuestos Generales de las Universidades respectivas.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, desde cuya fecha las tarifas anexas podrán percibirse cuando estén relacionadas con servicios académicos a prestar durante el curso 1997-98.
Toledo a 17 de julio de 1997. EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, Justo Zambrana Pineda.
ANEXO I
GRADO DE EXPERIMENTALIDAD DE LAS ENSEÑANZAS
Grado de experimentalidad 1: Diplomaturas en Enfermería y Fisioterapia.
Grado de experimentalidad 2: Licenciaturas en Química y Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Grado de experimentalidad 3: Ingeniero Agrónomo, Químico e Industrial, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico Agrícola, Forestal, Forestal, Industrial, de Minas, en Informática de Gestión y en Informática de Sistemas.
Grado de experimentalidad 4: Licenciatura en Bellas Artes.
Grado de experimentalidad 5: Diplomaturas de Magisterio y Terapia Ocupacional.
Grado de experimentalidad 6: Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Empresariales, Economía, Geografía y Filología Francesa, Inglesa e Hispánica, Diplomaturas en Gestión y Administración Pública, Ciencias Empresariales y Turismo.
Grado de experimentalidad 7: Licenciaturas en
Derecho, Historia, Historia del Arte y Humanidades, Diplomaturas
en Relaciones Laborales y Trabajo Social.
ANEXO II
TARIFAS SEGÚN GRADO DE EXPERIMENTALIDAD DE ENSEÑANZAS RENOVADAS
Grado deexperimentalidad |
Primera matrícula |
Segunda matrícula |
Tercera y sucesivas matrículas |
Programa Doctorado |
1 |
1.727 |
2.399 |
3.613 |
5.557 |
2 |
1.674 |
2.383 |
3.588 |
5.477 |
3 |
1.615 |
2.297 |
3.348 |
5.230 |
4 |
1.424 |
2.022 |
3.046 |
4.443 |
5 |
1.291 |
1.837 |
2.765 |
3.905 |
6 |
1.106 |
1.613 |
2.370 |
3.148 |
7 |
1.088 |
1.548 |
2.331 |
3.072 |
ANEXO III
TARIFAS SEGÚN GRADO DE EXPERIMENTALIDAD DE
ENSEÑANZAS NO RENOVADAS
PRECIOS CURSO COMPLETO
Grado deexperimentalidad |
Primera matrícula |
Segunda matrícula |
Tercera y sucesivas matrículas |
1 |
103.621 |
147.306 |
222.137 |
2 |
100.441 |
142.784 |
215.320 |
3 |
96.826 |
137.644 |
200.872 |
4 |
85.317 |
121.283 |
182.895 |
5 |
77.413 |
110.049 |
165.955 |
6 |
66.332 |
94.296 |
142.198 |
7 |
65.195 |
92679 |
139.761 |
PRECIOS POR ASIGNATURAS SUELTAS
En matrículas por asignaturas sueltas, el precio se calculará dividiendo el importe del curso completo -en primera, segunda o tercera matrícula, respectivamente- por el número de asignaturas del curso al que corresponda la asignatura, excepto en el caso de cursos con cuatro o menos asignaturas en que el precio será el equivalente al de dividir el precio del curso completo por 4,5.
ANEXO IV
TARIFAS
1.- Evaluación y pruebas.
1.1.-Pruebas de aptitud para el acceso a la Universidad: 7.384 pesetas.
1.2.-Pruebas de evaluación de aptitudes personales para las enseñanzas de las licenciaturas en Bellas Artes: 7.384 pesetas.
1.3.-Certificado de aptitud pedagógica (incluye todos los cursos): 21.608 pesetas.
1.4.-Proyectos de fin de carrera: 13.579 pesetas.
1.5.-Prueba de conjunto para homologación de títulos extranjeros de educación superior: 13.579 pesetas.
1.6.-Curso iniciación y orientación para mayores de veinticinco años: 11.021 pesetas.
1.7.-Exámen para tesis doctoral: 13.579 pesetas.
1.8.-Obtención, por convalidación de títulos de Diplomados en enseñanzas de primer ciclo universitario:
a) Por evaluación académica y profesional conducente a dicha convalidación: 13.579 pesetas.
b) Por trabajos exigidos para dicha convalidación: 22.616 pesetas.
2.- Títulos y Secretaría
2.1.-Expedición de títulos académicos:
2.1.1.-Doctor: 21.266 pesetas.
2.1.2.-Licenciado, Arquitecto o Ingeniero: 14.277 pesetas.
2.1.3.-Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico: 6.973 pesetas.
2.2.-Secretaría:
2.2.1.-Apertura de expediente académico por comienzo de estudios en un centro, certificaciones académicas y traslados de expediente académico: 2.588 pesetas.
2.2.2.-Compulsa de documentos: 1.014 pesetas.
2.2.3.-Expedición de tarjetas de identidad: 555 pesetas.
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RESOLUCIÓN de 30 de julio de 1997 de la Secretaria de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo-Vicepresidencia de la CICYT, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de proyectos para el fomento de la I+D y la innovación de las regiones de objetivo 1, en el marco del Plan Nacional de I+D.
FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA
Regular el procedimiento de concesión de ayudas financieras para la realización de proyectos de I+D e innovación en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias, Cantabria,, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia y Murcia. Los proyectos tendrán las finalidades siguientes:
a) Contribuir al desarrollo regional a través del fomento de la capacidad científica, tecnológica y de innovación de la región.
b) Fomentar la colaboración entre los centros públicos de investigación, los centros de innovación y tecnología y las empresas de la región.
c) Contribuir al desarrollo de los sectores industriales, de servicios o unidades de las administración públicas en esas regiones.
Los proyectos que reciban ayudas al amparo de la presente convocatoria tendrán una duración máxima de tres años y su fecha de finalización no podrá ser posterior al 31 de diciembre del año 2001. La temática de los proyectos se ajustará a las áreas prioritarias del Plan Nacional de I+D que se indica en el anexo de la convocatoria, y a las áreas basadas en las sugerencias de las Comunidades Autónomas.
Se valorará positivamente la presentación de proyectos coordinados en los que participen organismos de varias Comunidades Autónomas de las mencionadas, cuando se constituyan grupos de investigación interdisciplinares o cuando se requiera dicha coordinación para alcanzar objetivos de interés para varias Comunidades Autónomas.
Se requerirá la participación en los proyectos de al menos una empresa, preferentemente de la propia Comunidad Autónoma, que manifieste su interés por los resultados previsibles del proyecto y que, en función de dicho interés, aporte recursos (humanos, económicos o materiales) para colaborar en el buen desarrollo del proyecto.
CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE AYUDA
a) Gastos de personal debidos a la imputación de costes de personal contratado o en régimen de formación, ajenos a la plantilla de los organismos participantes.
b) Gastos de infraestructura científico-técnica y otro material inventariable y bibliográfico.
c) Gastos correspondientes a material fungible.
d) Gastos correspondientes a viajes y dietas.
e) Otros gastos complementarios.
f) Costes indirectos ocasionados a las instituciones beneficiarias por el desarrollo de los proyectos.
FORMALIZACIÓN Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se presentarán en este Vicerrectorado de Investigación, desde donde, previa revisión, se dirigirán al Presidente de la Comisión Permanente de la CICYT.
ANEXO
Las temáticas priorizadas por el III Plan Nacional de I+D se refieren a las siguientes áreas:
Biotecnología, Salud, Tecnología de Alimentos, Aceites de Oliva, I+D Agrario, I+D en apoyo a la forestación, I+D en Medio Ambiente, I+D sobre el Clima, Recursos Hídricos, Ciencia y Tecnología Marinas, Investigación en la Antártida, Tecnologías Avanzadas de la Producción, Tecnología de la Rehabilitación, Investigación Espacial, Materiales, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Sistemas y Comunicación VSAT, DESAT, Aplicaciones y Servicios Telemáticos, Tecnologías de Procesos Químicos, Física de Altas Energías, Estudios Sociales y Económicos, Fomento de la Articulación del Sistema Ciencia-Tecnología-Industria.
Son también de aplicación las siguientes áreas prioritarias, basadas en las sugerencias de las Comunidades Autónomas:
Energía, Turismo, Patrimonio Histórico y Cultural, Ordenación del Territorio y Desarrollo Regional, Recursos y Espacios Naturales, Infraestructuras, Transportes y Comunicaciones, Tecnologías y Procesos Industriales, Pequeñas y Medianas Empresas (PYME), Producción Agraria, Salud Pública, Deporte, Educación, y Administraciones Públicas.
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DECRETO 136/1997 de 17 de septiembre, por el que se fija el Calendario Laboral para 1998.
El Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, establece en su artículo 37.2 que las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinan reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen a lunes.
El Artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, declarado vigente por el Real Decreto 1561/!995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, jornadas especiales y descansos, regula las fiestas laborales de ámbito nacional de carácter retribuido y no recuperables.
Por su parte el Real Decreto 384/1995 de 10 de marzo, transfiere a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Trabajo. Entre ellas, la letra B) del Anexo del citado Real Decreto, apartado Cuarto, transfiere la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la sustitución de fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, según redacción dada al mismo por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre.
Teniendo en cuenta que los días 1 de noviembre (de Todos los Santos), 6 de diciembre (de la Constitución) y 31 de mayo (Día de Castilla-La Mancha), coinciden en domingo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, se ha optado por trasladar el descanso laboral correspondiente a los lunes inmediatamente posteriores, es decir, a los días 2 de noviembre y 7 de diciembre. Se mantiene el día 31 de mayo, domingo, como Día de Castilla-La Mancha, con carácter institucional.
La propuesta de Calendario laboral ha sido sometida a informe de la Iglesia Católica, la representación de los Empresarios y de las Centrales Sindicales más representativas de la Región, manifestando su coincidencia con la misma.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria y Trabajo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 17 de septiembre de 1997, dispongo:
Artículo único
Las fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperable en el año 1998 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, serán los siguientes:
1 de enero: Año Nuevo.
6 de enero: Epifanía del
Señor.
19 de marzo: San José.
9 de abril: Jueves Santo.
10 de abril: Viernes Santo.
1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
15 de agosto: Asunción de la Virgen.
12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
2 de noviembre: Todos los
Santos. Por coincidir en domingo el día 1 de noviembre.
7 de diciembre: Día de la Constitución Española. Por
coincidir en domingo el día 6 de diciembre.
8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
25 de diciembre: Natividad del Señor.
Disposición Final
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Dado en Toledo, a 17 de septiembre de 1997.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES, José Bono Martínez.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y TRABAJO José Fernando Sánchez Bódalo.
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TESIS LEÍDAS EN LA UCLM
TESIS Leídas en la Universidad de Castilla La Mancha durante el mes de septiembre de 1997.
Dª MARÍA ASUNCIÓN VIVAR CERRATO del Departamento de Química Inorgánica, Orgánica y Bioquímica (Facultad de Ciencias Químicas de Ciudad Real) efectuó la lectura de su Tesis Doctoral "Heterogeneización de compuestos organometálicos y su actividad catalítica en reacciones de hidroformulación de alquenos e hidrogenación Co" el día 16 de septiembre de 1997.
Dª MARÍA ISABEL DEL HIERRO MORALES del Departamento de Química Inorgánica, Orgánica y Bioquímica (Facultad de Ciencias Químicas de Ciudad Real) efectuó la lectura de su Tesis Doctoral "Nuevos derivados niobioceno; síntesis y reactividad de derivados hidruro-ofelina, alilo y acetato" el día16 de septiembre de 1997.
Dª SONIA MERINO GUIJARRO del Departamento de Química Inorgánica, Orgánica y Bioquímica (Facultad de Ciencias Químicas de Ciudad Real) efectuó la lectura de su Tesis Doctoral "Adición de Michael. I Análisis del efecto de agentes derivados de cinconina y efedrina. II Doble adición de Michael como vía a compuestos bicíclicos" el día 16 de septiembre de 1997.
Dª MARÍA DEL CARMEN CAÑIZARES RUIZ del Departamento de Geografía y Ordenación del Territorio (Facultad de Letras de Ciudad Real) efectuó lectura de su Tesis Doctoral "Desarrollo urbano y problemática ambiental de la ciudad de Puertollano (Ciudad Real)" el día 25 de septiembre de 1997.
Dª MARÍA PAZ CASAMAYOR G"MEZ del Departamento de Ciencia Jurídica (Facultad de Derecho de Albacete) efectuó lectura de su Tesis Doctoral "La Real Maestranza de Caballería de Granada 1686-1931" el día 25 de septiembre de 1997.
D. JUAN MIGUEL ORTEGA TEROL del Departamento de Ciencia Jurídica (Facultad de Derecho de Albacete) efectuó lectura de su Tesis Doctoral "El desmembramiento de Estados en la Europa del Siglo XX" el día 30 de septiembre de 1997.
D. ÁLVARO HIDALGO VEGA del Departamento de Economía y Empresa (Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de Toledo) efectuó lectura de su Tesis Doctoral "Educación y Rentas: una aplicación al mercado de economistas" el día 30 de septiembre de 1997.
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PREMIOS, BECAS, CERTÁMENES Y AYUDAS
Bases del II Premio de la Fundación Esteyco a la mejor monografía sobre facetas humanísticas, estéticas o históricas de la ingeniería civil y de la arquitectura. (Convocatoria 1997).
La Fundación Esteyco, cuyo objetivo es la difusión de la Ingeniería y la Arquitectura, convoca un premio a la mejor monografía sobre facetas humanísticas, estéticas o históricas de la ingeniería civil y de la arquitectura, de acuerdo con las siguientes
BASES
TEMA
Podrán optar al premio aquellos trabajos relacionados con aspectos humanísticos, estéticos o históricos de todos los campos de la ingeniería civil y de la arquitectura.
REQUISITOS DE LOS TRABAJOS
Los trabajos deberán ser inéditos, estar escritos en castellano, o en cualquiera de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas, y no haber sido presentados a convocatorias anteriores del premio.
FORMATO
Se presentarán por duplicado en formato DIN A-4 con extensión máxima de 100 páginas, incluyendo figuras o gráficos. Cada trabajo se acompañará de un resumen, en un máximo de dos hojas DIN A-4.
PREMIO
El premio, único y no compartible, está dotado con 500.000 pesetas, y podrá declararse desierto.
FALLO
Los trabajos presentados serán evaluados por un Jurado constituido al efecto para la presente convocatoria, que estará compuesto por personalidades de reconocido prestigio en el campo de la técnica y de la cultura.
COMUNICACIÓN
El fallo inapelable del Jurado será hecho público por la Fundación Esteyco antes del 31 de marzo de 1998.
ACEPTACIÓN Y PUBLICACIÓN
La aceptación del premio lleva implícito el reconocimiento por parte del autor o autores, del derecho de la Fundación Esteyco a publicar la monografía ganadora en la forma y tiempo que ésta considere oportuno.
FECHA DE LA CONVOCATORIA
Los trabajos que opten a la convocatoria 1997 del Premio, deberán presentarse en la sede de la Fundación Esteyco (c/ Menéndez Pidal, 17. 28036 Madrid) antes del día 30 de diciembre del presente año.
La Secretaría de la Fundación notificará al autor del trabajo la recepción del mismo y su aceptación o denegación para optar al Premio.
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Convocatoria de ayudas para lectores de español en diversas Universidades
Resolución de 3 de julio de 1997, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para lectores de español en universidades de Namibia, Nepal, Pakistán, Sudáfrica y Zimbaue, curso académico 1998. (Publicada en B.O.E. nº 232 de 27-09-97. Páginas 28358 y 28359 y publicada referencia en éste nº del BO-UCLM pag. 23).
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OTRAS INFORMACIONES
COMUNICADO de la Oficina de Cooperación Interuniversitaria por el que anuncia la renovación del Contrato Institucional de la UCLM con la Comisión Europea para movilidad de profesores en el curso 98/99 dentro del Programa Sócrates.
La Oficina de Cooperación Interuniversitaria está preparando la renovación del Contrato Institucional que la Universidad de Castilla-La Mancha firmará con la Comisión Europea para establecer la movilidad del curso 98-99 dentro del marco del Programa "Sócrates".
Los profesores que deseen establecer programas de movilidad, tanto para confirmar programas ya existentes como para proponer otros nuevos, deberán cumplimentar una ficha en la propia OCI o en los Vicerrectorados.
La ficha deberá ser remitida por el profesor que se hará responsable del seguimiento académico del programa propuesto. Sus datos y su firma aparecerán en el apartado "profesor responsable de la movilidad en la UCLM". Los datos y la firma del profesor con el que hayan establecido el contacto en la universidad europea aparecerán en el apartado correspondiente.
Una vez cumplimentadas, las fichas deberán dirigirse a través de los diferentes Registros de los Campus de la UCLM a la Oficina de Cooperación Interuniversitaria, antes del próximo día 24 de octubre de 1997 (aunque se admitirán acuerdos que hayan sido establecidos por fax o por correo electrónico, a la espera de la ficha original.
Recibidas todas las propuestas, la Comisión de Cooperación Interuniversitaria se reunirá para seleccionar las propuestas de nuevos programas. Los programas que ya figuran en el Contrato Sócrates 97-98 se renovarán atendiendo a las posibles modificaciones que propongan sus responsables en las ficha adjuntas.
La información relativa al Programa Sócrates se puede consultar en la página WEB siguiente: http://europa.eu.int./en/comm/dg22/Socrates.html.
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CALENDARIO ACADÉMICO de la Universidad de Castilla La Mancha para el Curso 1997/98.
Fechas principales del Calendario Académico:
- Inauguración Curso Académico: 1 de octubre
- Comienzo de Actividades
Lectivas: 2 de octubre.
- Finalización de Actividades Lectivas: 29 de mayo.
- En aquellos Centros donde las asignaturas de sus Planes de
Estudio fueran Semestrales o Cuatrimestrales, las actividades
lectivas del Primer Semestre/Cuatrimestre irán del 2 de octubre
al 23 de enero, y las del Segundo Semestre/Cuatrimestre del 9 de
febrero al 29 de mayo.
Períodos no lectivos
- Vacaciones de Navidad: 22 de diciembre a 7 de enero (ambos inclusive).
- Vacaciones de Semana Santa: desde Jueves Santo hasta el domingo siguiente al Domingo de Resurrección (en función de vacaciones escolares).
Período de exámenes
A) Planes de Estudio Anuales:
- Exámenes ordinarios: 1 de junio a 10 de julio.
- Exámenes extraordinarios: 1 al 19 de septiembre.
B) Planes de Estudios Semestrales / Cuatrimestrales
- Exámenes ordinarios 1er. Semestre/Cuatrimestre 24 de enero al 7 de febrero.
- Exámenes extraordinarios 1er Semestre/Cuatrimestre y ordinarios Segundo Semestre/Cuatrimestre 1 de junio al 12 de julio.
- Exámenes extraordinarios 2º Semestre/Cuatrimestre: 1 al 19 de septiembre.
C) Convocatoria extraordinaria de Diciembre: 1 al 19 de diciembre.
Período para solicitudes de la convocatoria extraordinaria de diciembre
En los días que establezca cada Centro, dentro de la 2ª quincena de noviembre.
Mecanización de actas
- Exámenes de Febrero: Fecha límite 25 de marzo.
- Exámenes de Junio: Fecha límite 24 de julio.
- Exámenes de Septiembre: Fecha límite 25 de septiembre.
- Exámenes de Diciembre: Fecha límite 30 de enero.
Fiesta específica de la Universidad
28 de enero Santo Tomás de Aquino Patrono de la Universidad. Con objeto de no perjudicar el calendario de exámenes de Febrero se traslada la conmemoración de dicha festividad al 9 de febrero, lunes.
Fiesta de Servicios Generales
Será propuesta por el Vicerrectorado de cada Campus.
Festividades de carácter general
Se estará conforme a lo dispuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en cuanto a las fiestas nacionales y Día de la Región, las cuales se publicarán en el Diario Oficial de la Comunidad. Las fiestas locales serán aquellas señaladas como tales por los Boletines Oficiales de las respectivas provincias.
Fiestas particulares de cada centro
El Centro comunicará al Vicerrectorado de Ordenación Académica la fecha elegida que, como es costumbre, deberá trasladarse al lunes o viernes inmediatamente anterior o posterior.
* * *
Composición y miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha.
PRESIDENTE
D. Francisco Luzón.
SECRETARIO
D. José Antonio Almendros.
VOCALES NATOS
D. Luis Arroyo Zapatero. Excmo. y Mgfco. Sr. Rector.
D. Eduardo Espín Templado. Ilmo. Sr. Secretario General.
D. Ignacio M. Gavira Tomás. Ilmo. Sr. Gerente.
VOCALES ELEGIDOS EN JUNTA DE GOBIERNO
D. Juan José Berzas Nevado.
D. Laureano Gallego Martínez.
Dª Paula Sánchez paredes.
D. Arturo Calvo González.
D. Luis Francisco Cabeza González.
VOCALES POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA-LA MANCHA
D. Francisco Gil Ortega Rincón.
D. Manuel Pérez Castel.
D. Manuel Pulgar Alonso.
VOCALES POR LAS CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA
D. Lucrecio Serrano Pedroche.
VOCALES POR LOS SINDICATOS MÁS REPRESENTATIVOS
D. Ulpiano Sevilla Moreno.
D. Jesús Mora Gutiérrez.
D. Fernando Campos Rosa.
VOCALES POR LAS ASOCIACIONES EMPRESARIALES MÁS REPRESENTATIVAS
D. Jesús Bárcenas López.
D. Justo Roldán Muñoz.
D. Humberto Carrasco González
* * *
Composición y miembros del Equipo Rectoral de la Universidad de Castilla-La Mancha.
EXCMO. Y MGFCO. SR. RECTOR
D. Luis Arroyo Zapatero.
ILMO. SR. SECRETARIO GENERAL
D. Eduardo Espín Templado.
ILMO. SR. VICERRECTOR DE PROFESORADO
D. Ernesto Martínez Ataz.
ILMO. SR. VICERRECTOR DE CENTROS E INFRAESTRUCTURAS
D. Isidro Sánchez Sánchez.
ILMO. SR. VICERRECTOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y DEL CAMPUS DE TOLEDO
D. Ángel Francisco Carrasco Perera.
ILMO. SR. VICERRECTOR DE ORDENACIÓN ACADÉMICA
D. Miguel Ángel Collado Yurrita.
ILMO. SR. VICERRECTOR DEL CAMPUS DE ALBACETE
D. Federico A. Rodríguez Morata.
ILMO. SR. VICERRECTOR DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y DEL CAMPUS DE CUENCA
D. Joaquín Saúl García Marchante.
ILMO. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN
D. Miguel Olmeda Fernández.
ILMO. SR. VICERRECTOR DEL CAMPUS DE CIUDAD REAL
D. Antonio Otero Montero.
ILMA. SRA. VICERRECTORA DE ALUMNOS Y COOPERACIÓN INTERUNIVERSITARIA
Dª Cándida Gutiérrez García.
ILMO. SR. GERENTE
D. Ignacio M. Gavira Tomás
* * *
Cargos Académicos de los Centros de la Universidad de Castilla-La Mancha.
CAMPUS DE ALBACETE
FACULTAD DE DERECHO
Decano Nicolás García Rivas
Vicedecana Mª Carmen Piqueras P.
Vicedecano Francisco Delgado Piqueras
Vicedecano Antonio Roncero Sánchez
Secretaria Rosario Vicente Martínez
E.U. POLITÉCNICA
Director Francisco José Quiles Flor
Subdirector J. Est. ITI Jesús Benet Mancho
Subdirector J. Est. Infor. Tomás Rojo Guillén
Subdirector A. Econ. Antonio Martínez Plaza
Secretario Fernando Picazo Martínez
ESCUELA T. SUPERIOR DE INGENIEROS AGRÓNOMOS
Director Francisco Montero R.
Subdirectora Olga Botella Miralles
Subdirector Antonio Tendero Lora
Subdirector J. Julián Garde López-Brea Secretario Antonio Brasa Ramos
E.U. DEL PROFESORADO DE E.G.B.
Director Pedro Losa Serrano
Subdirectora Mª Dolores Alfonso Sánchez
Subdirector José Manuel Lara Pérez
Secretaria Mª. Dolores Olaya Villar
FACULTAD DE CC. ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES
Decano Oscar de Juan Asenjo
Vicedecano Eliseo Navarro Arribas
Vicedecano Miguel Pardo Pardo
Secretaria Elisa Amo Saus
E.U. DE RELACIONES LABORALES
Director Joaquín Aparicio Tovar
Subdirector José Escobar Jiménez
Secretaria Mª. José Romero Ródenas
E.U. DE ENFERMERÍA
Director Elías Rovira Gil
Subdirectora Mª. Victoria Delicado Useros
Subdirectora Carmen Orteaga Martínez
Secretaria Antonia Alfaro Espín
CAMPUS DE CIUDAD REAL
FACULTAD DE LETRAS
Decana María Rubio Martín
Vicedecano José Ramón Heredia Ranz
Secretaria Esther Almarcha Núñez-H.
FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS
Decano Juan José Berzas Nevado
Vicedecana Ana Isabel Briones Pérez
Vicedecano Antonio Antiñolo García
Secretario José Albaladejo Pérez
ESCUELA T. SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES
Director Vicente Feliú Batlle
Subdirector Javier Conde Collado
Secretario Magín Lapuerta Amigo
E.U. DE PROFESORADO DE E.G.B.
Director Emilio Nieto López
Subdirector Julián Díaz Sánchez
Subdirector Ramón Hervás Rodriguez
Secretario Marcelino Santiago Yustres
E.U. DE INGENIERÍA TÉCNICA AGRÍCOLA
Directora María Luisa Soriano Martín
Subdirectora Caridad Pérez de los Reyes
Subdirector Alejandro Rioja Molina
Secretario José Mª. Abenza Corral
E.U. DE INFORMÁTICA
Director Francisco Ruiz González
Subdirector Luis Jiménez Linares
Subdirector Fernando Terán Sierra
Secretario Inocente Sánchez Ciudad
E.U. DE ENFERMERÍA
Directora Carmen Prado Laguna
Subdirectora Julia Pinilla Coello
Secretaria Luisa Robledo de Dios
E.U. POLITÉCNICA (ALMADÉN)
Director Luis Mansilla Plaza
Subdirector J. Manuel de la Cruz Gómez
Subdirector Doroteo Verástegui Rayo
Secretaria María de la Luz López Gª
CAMPUS DE CUENCA
FACULTAD DE BELLAS ARTES
Decano J. Antonio Sánchez Mtnez.
Vicedecano Horacio Fernández Martínez
Vicedecano Víctor Blasco Marqués
Secretario Pere López Vidal
Vicesecretario Simeón Saiz Ruiz
E.U. PROFESORADO DE E.G.B.
Director Martín Muelas Herraíz
Subdirectora Carmen Utanda Higueras
Subdirector Domingo González Huete
Secretario Constancio Aguirre Pérez
E.U. DE ENFERMERÍA
Directora Mª. Alicia Izquirdo Sanz
Subdirectora Pedro J. Beneit Medina
Subdirectora Carmen Recuenco Soriano
Secretaria Angustias Herrero Alarcón
E.U. DE TRABAJO SOCIAL
Director Santiago Yubero Jiménez
Subdirectora Elisa Larrañaga Rubio
Subdirector Tomás Fernández García
Secretario Aurelio Lascorz Fumanal
C. UNIVERSITARIO "CARDENAL GIL DE ALBORNOZ"
Directora Silvia Valmaña Ochaíta
Subdirectora Carmen Pujal Rodríguez
Subdirector Javier Vecina Cifuentes
Secretario Santiago Catalá Rubio
E.U. DE ARQUITECTURA TÉCNICA
Director José Antonio Peña Rguez.
Subdirector Miguel Angel López Guerrer
Secretario Juan Vicente Visier Massó
CAMPUS DE TOLEDO
E.U. DEL PROFESORADO DE E.G.B.
Director Raimundo Drudis Baldrich
Subdirector J. Narciso Fdez. Montero
Subdirector Martín Velasco Martín
Secretario Carlos Sánchez Redondo
E.U. DE ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA
Directora Blanca Escobar Medina
Subdirectora Mª. Torres Lacomba
Subdirectora Inés González Gómez
Secretario J. Antonio de la Torre B.
E.U. DE INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL
Director José Antonio Samper López
Subdirector Manuel Gª de la Navarra
Subdirectora Juana Cerezo Mesa
Secretario Juan F. Sánchez Sánchez
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
Decana Rosario Gandoy Juste
Vicedecano Juan José Marín López
Vicedecano Javier Juste Mencia
Vicedecana M. Angela Jmnez. Montañés Vicedecano Felipe Hernández Perlines
Secretaria Teresa Martín López
Vicesecretario Miguel Beltránde Felipe
Vicesecretario Evangelina Aranda García
CENTRO SUPERIOR DE HUMANIDADES DE TOLEDO
Directora (en funciones) Lourdes Campos Romero
Subdirectora Palma Martínez-Burgos Gª
Secretario José Luis Pérez López
SECCI"N QUÍMICAS DE TOLEDO
Vicedecano/Coordinador Juan Fuertes González
Secretario Fernando L. de la Puente
* * *
Cargos Académicos de los Departamentos de la Universidad de Castilla-La Mancha
01.- ARTE
Directora (en funciones) Ana Navarrete Tudela
Subdirectora SaloméCuesta Valera
Secretaria SaloméCuesta Valera
02.- CIENCIA JURÍDICA
Director Antonio Baylos Grau
Subdirectora Carmen Piqueras Piqueras
Secretaria M. de los Angeles Alcalá D.
03.- CIENCIA Y TECNOLOGÍA AGROFORESTAL
Director Laureano Gallego Martínez
Subdirector J. R. Caballero de la Calle
Secretario Julio Escribano Martínez
04.- DIDÁCTICA DE LA E. MUSICAL PLÁSTICA Y CORPORAL
Director Onofre R. Contreras Jordán
Subdirector Angel Vázquez Morcillo
Secretaria Mª del V. de Moya Martínez
05.- FILOLOGÍA HISPÁNICA Y CLÁSICA
Director Felipe Pedraza Jiménez
Subdirector Bruno Camus Bergareche
Secretario Bruno Camus Bergareche
06.- FILOLOGÍA MODERNA
Director Juan Bravo Castillo
Subdirectora Bárbara Fdez. de Taviel
Secretario Hans Christian Hagedorn
07.- FILOSOFÍA
Director Atilano Domínguez Basalo
Subdirector Francisco O. Uña Juárez
Secretario Julián Carvajal Cordón
08.- FÍSICA APLICADA
Director José Manuel Riveiro Corona
Subdirector Antonio Barbero García
Secretario Marco A. López de la Torre
09.- GEOGRAFÍA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Director Miguel Panadero Moya
Subdirector Félix Pillet Capdepón
Secretaria Carmen Cañizares Ruiz
10.- HISTORIA
Director Jerónimo López-Salazar P.
Subdirector Ricardo Izquierdo Benito
Secretaria Mª Paz L. de Guevara Flores
11.- INGENIERÍA ELÉCTRICA Y ELECTRÓNICA
Director Baldomero González S.
Subdirector Aurelio Mejía Morales
Secretario Francisco García Sevilla
12.- MATEMÁTICAS
Director Pablo Pedregal Tercero
Subdirector Ricardo García Ródenas
Secretario Víctor Pérez García
13.- MECÁNICA APLICADA E INGENIERÍA DE PROYECTOS
Director Carlos de la Cruz Gómez
Subdirector J. Vicente Atienzar Fuentes
Secretario Demetrio Fuentes Ferrera
14. PEDAGOGÍA
Directora Teresa Marín Eced
Subdirector Antonio Mateos Jiménez
Secretario Mariano Herráiz Gascueña
15.- PRODUCCIÓN VEGETAL Y TECNOLOGÍA AGRARIA
Director Jorge de las Heras Ibáñez
Subdirector Jesús Antonio López Perales
Secretario Alfonso Artigao Ramírez
16.- PSICOLOGÍA
Director Juan Montañés Rodríguez
Subdirector Pedro T. García Fidalgo
Secretario José Miguel Latorre Postigo
17.- QUÍMICA ANALÍTICA Y TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS
Directora Mª Dolores C. Ibañez
Secretario José María Lemus Gallego
18.- QUÍMICA-FÍSICA
Director Antonio Mucientes Balado
Subdirectora Edelmira Valero Ruiz
Secretaria Lucía Santos Peinado
19.- QUÍMICA INORGÁNICA, ORGÁNICA Y BIOQUÍMICA
Director Enrique Díez Barra
Subdirector Manuel Ros Pérez
Secretario Juan Fernández Baeza
20.- INGENIERÍA QUÍMICA
Director Pablo Cañizares Cañizares
Subdirectora Lourdes Rodríguez Mayor
Secretario José L. Valverde Palomino
21.- INGENIERÍA GEOLÓGICA Y MINERA
Director José María Iraizoz Fdez.
Secretario Pedro M. García Zamorano
22.- INFORMÁTICA
Director Fernando Cuartero Gómez
Subdirector Joaquín Fernández Martínez
Secretario Manuel E. Prieto Méndez
23.- ECONOMÍA Y EMPRESA
Director José Victor Guarnizo García
Secretario Pedro M. García Villaverde
24.- ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA
Directora Victoria Ungría Cañete
Subdirectora Asunción Ferri Morales
Secretaria Mª Alejandra Mtnez. Orozco
25.- HISTORIA DEL ARTE
Directora Alicia Díez de Baldeón Gª
Subdirectora Esther Almarcha Nuñez-H.
Secretaria Mª J. Cuesta Gª de L.
* * *