CONVOCATORIA de Becas de la Secretaría de Relaciones Exteriores para extranjeros 1998/99.
· CONDICIONES GENERALES
Esta convocatoria permanecerá abierta del 12 de septiembre al 12
de diciembre de 1997, con excepción del Programa «Genaro
Estrada» para Mexicanistas y del Programa de Conferencias del
Alto Nivel y Cátedras Especiales que permanecerán abiertos
hasta septiembre de 1998
Las condiciones generales que ofrece la SRE están contenidas en
las «Normas aplicables a los becarios extranjeros de la
Secretaría de Relaciones Exteriores».
· CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS
Las becas se otorgan para efectuar estudios de postgrado
(maestrías, doctorados y especializaciones), y para realizar
investigaciones de postgrado de contenido académico, en
instituciones públicas mexicanas, con excepción de la
Universidad Iberoamericana y el Instituto Tecnológico de
Estudios Superiores de Monterrey, que forman parte de la oferta
de la presente Convocatoria.
Las becas se ofrecen en las áreas del conocimiento señaladas en
los Programas de esta Convocatoria. No se ofrecen becas para
odontología, cirugía plástica, mercadotecnia, administración
de empresas, contaduría y publicidad. En el área de medicina,
las becas se otorgan, sujetas a la disponibilidad de las
instituciones mexicanas receptoras y exclusivamente en las áreas
establecidas en el Programa Secretaría de Relaciones
Exteriores-Secretaría de Salud.
Se dará preferencia a las candidaturas de:
- Quienes vayan a realizar estudios sobre temas prioritarios para
el desarrollo de su país.
- Quienes vayan a realizar un postgrado incluído en el Padrón
de Excelencia del CONACYT, que se anexa a esta Convocatoria.
- Los que vayan a estudiar postgrados que no se imparten en su
país.
- Quienes deseen llevar a cabo los estudios o la investigación
en instituciones que se ubiquen en los estados de la República
Mexicana.
- Los profesores e investigadores universitarios.
- Los funcionarios públicos que tengan a su cargo áreas o
programas de especial interés para su país.
Las becas podrán dar inicio a partir del 1 de agosto de 1998 en
la fecha autorizada por la institución mexicana receptora. Las
becas para medicina y las becas del Instituto Nacional de Salud
Pública que se otorguen en esta convocatoria, iniciarán el 1 de
marzo de 1998, fecha que sólo podrá ser modificada por la
institución mexicana receptora.
Las personas que reciban una beca en el marco de esta
Convocatoria deberán expresar por escrito el compromiso de
regresar a su país al término de los estudios para los que
fueron becados.
Las becas se conceden hasta por un año. Las becas que se
conceden para maestrías, doctorados y áreas médicas podrán,
después de una evaluación, ser prorrogadas conforme a los
planes y programas de estudios de las instituciones académicas
mexicanas. La duración de los estudios se establece en cada uno
de los Programas de esta Convocatoria. El becario deberá
asegurar la conclusión de su tesis dentro del período regular
de su programa de estudios, ya que no se conceden prórrogas
adicionales para terminación de tesis fuera de dichos programas.
Las becas para investigaciones de postgrado tendrán una
duración máxima de un año y en ningún caso podrán ser
prorrogadas más allá de ese lapso.
Toda tramitación de beca deberá hacerse ante la Embajada de
México en el país de que se trate por conducto del Ministerio
de Relaciones Exteriores y/o por la institución gubernamental
local designada para ello. La documentación que no tenga la
firma de postulación del gobierno del candidato no podrá ser
considerada, ya que se trata de una oferta intergubernamental y,
en muchos casos, recíproca.
Los interesados deberán consultar en la Embajada de México
correspondiente, la fecha límite para entregar sus solicitudes,
ya que los expedientes de los candidatos preseleccionados
deberán estar en poder de la dirección General de Asuntos
Culturales (DIAB) de la Secretaría de Relaciones Exteriores de
México o a más tardar el 30 de enero de 1998. No se recibirán
candidaturas después de estas fechas.
Las candidaturas deberán presentarse en el formulario de
Solicitud de Beca, de la presente convocatoria con las copias de
los documentos que se indican. Sólo se dará trámite a aquellas
solicitudes que estén completas y que cubran todos los
requisitos. No se recibirán documentos originales. Los
candidatos deberán realizar directamente los trámites
necesarios ante la institución mexicana de su interés y contar
con la aceptación de la misma, para que la candidatura sea
formalmente considerada. La Secretaría de Relaciones Exteriores
confirmará con las instituciones académicas mexicanas la
aceptación y fecha de inicio de los estudios de cada becario, la
cual se comunicará a los candidatos a través de la Embajada de
México en el país de que se trate.
Las candidaturas que cumplan con todos los requisitos serán
analizadas por un Comité de Preselección en el respectivo
país. Dicho comité estará conformado por autoridades locales y
funcionarios de la Embajada de México y, en caso necesario, por
expertos en las especialidades de los candidatos. Los criterios
básicos para valorar los expedientes son:
- La excelencia académica del candidato y de la institución
mexicana receptora.
- La importancia de los estudios para el país del candidato.
- La relación entre los antecedentes académicos y laborales.
- La calidad de los estudios que realizara en México.
- La reinserción laboral del candidato en su país al término
de la beca.
La decisión final sobre el otorgamiento de las becas compete a
la Dirección General de Asuntos Culturales y es inapelable.
En caso de que algún becario abandone los estudios, se dedique a
otro tipo de actividades que contravengan las disposiciones
legales mexicanas u obtenga injustificadamente calificaciones
menores de 8'5 (ocho punto cinco) de promedio, en una escala de 0
a 10, la beca le será cancelada.
Los becarios deberán observar el reglamento de la institución
académica mexicana en la que estudien.
Si la institución da de baja al estudiante, la beca se
cancelará automáticamente.
Una vez otorgada la beca en ningún caso se aceptarán cambios de
institución educativa o de estudios.
Las becas son otorgadas para realizar los estudios en México,
por lo que el becario no deberá ausentarse del país por un
período mayor de 30 días al año. En caso de tener períodos
vacacionales que excedan a los 30 días, deberá dedicar ese
tiempo a la preparación de su tesis o de su trabajo final,
según corresponda. Se dará preferencia a las candidaturas cuyas
tesis o investigaciones puedan realizarse en México en su
totalidad, a efecto de evitar contratiempos a estudiantes que,
por sus temas, tuvieran que regresar a sus países a la mitad de
los estudios para recabar información. Cuando esto suceda la
beca se suspenderá al salir del territorio mexicano y se
reiniciará a su regreso, de acuerdo con el plazo autorizado por
la Dirección General de Asuntos Culturales (Dirección de
Intercambio Académico y Becas).
Los becarios únicamente podrán recibir su beca cuando obtengan
la confirmación por escrito sobre el otorgamiento, en los
términos y fechas en que les sea notificado por la Embajada de
México.
Los becarios serán documentados como estudiantes en la Sección
Consular de la Embajada de México en su país.
Las becas no son transferibles a segundas personas, ni pueden
diferirse para años académicos posteriores al original.
Los candidatos seleccionados para obtener una beca del Gobierno
de México, a través de la SRE, deberán firmar el documento
«Normas aplicables a los becarios extranjeros de la SRE», que
forman parte de la presente Convocatoria. La firma de este
documento representa la aceptación de la beca y de las
condiciones que rigen la estancia del becario en México.
· BENEFICIOS DE LAS BECAS
- Inscripción y colegiatura.
- Cantidad mensual de apoyo para manutención, equivalente a:
1) 3.5 salarios mínimos del D.F., se trata de becas a nivel
maestría o investigación a nivel maestría. Actualmente
asciende a 2,777.25 pesos.
2) 5 salarios mínimos del D.F. si se trata de doctorado o
investigación doctoral o postdoctoral. Actualmente asciende a
3,967.50 pesos.
- Gastos de instalación, por única vez, equivalentes a una
mensualidad de manutención. No se aplica a quienes ya se
encuentren en México al momento del otorgamiento de la beca.
- Seguro médico facultativo del Instituto Mexicano del Seguro
Social (IMSS), de cobertura amplia.
- Transporte de la Ciudad de México a la ciudad a la ciudad de
la República Mexicana donde se encuentre la institución
académica en la cual el becario realizará sus estudios, al
inicio de la beca y del lugar de estudios a la Ciudad de México
al término de la beca.
- El transporte aéreo internacional sólo se cubre a los
nacionales de los países con los que México tiene una relación
de reciprocidad en el rubro de transporte aéreo de becarios y a
los becarios cuyo Programa de esta Convocatoria lo incluya.
- Todo gasto no señalado en los puntos anteriores será cubierto
por el becario, así como los gastos originados por la impresión
de la tesis y los trámites de titulación y obtención de grado.
Los costos de la renovación del visado están sujetos a la
reciprocidad con el país del becario. Cada becario deberá
verificar si dicho costo aplica en su caso.