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CONVOCATORIA de Becas de la Secretaría de Relaciones Exteriores para extranjeros 1998/99.

· CONDICIONES GENERALES
Esta convocatoria permanecerá abierta del 12 de septiembre al 12 de diciembre de 1997, con excepción del Programa «Genaro Estrada» para Mexicanistas y del Programa de Conferencias del Alto Nivel y Cátedras Especiales que permanecerán abiertos hasta septiembre de 1998
Las condiciones generales que ofrece la SRE están contenidas en las «Normas aplicables a los becarios extranjeros de la Secretaría de Relaciones Exteriores».
· CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS
Las becas se otorgan para efectuar estudios de postgrado (maestrías, doctorados y especializaciones), y para realizar investigaciones de postgrado de contenido académico, en instituciones públicas mexicanas, con excepción de la Universidad Iberoamericana y el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, que forman parte de la oferta de la presente Convocatoria.
Las becas se ofrecen en las áreas del conocimiento señaladas en los Programas de esta Convocatoria. No se ofrecen becas para odontología, cirugía plástica, mercadotecnia, administración de empresas, contaduría y publicidad. En el área de medicina, las becas se otorgan, sujetas a la disponibilidad de las instituciones mexicanas receptoras y exclusivamente en las áreas establecidas en el Programa Secretaría de Relaciones Exteriores-Secretaría de Salud.
Se dará preferencia a las candidaturas de:
- Quienes vayan a realizar estudios sobre temas prioritarios para el desarrollo de su país.
- Quienes vayan a realizar un postgrado incluído en el Padrón de Excelencia del CONACYT, que se anexa a esta Convocatoria.
- Los que vayan a estudiar postgrados que no se imparten en su país.
- Quienes deseen llevar a cabo los estudios o la investigación en instituciones que se ubiquen en los estados de la República Mexicana.
- Los profesores e investigadores universitarios.
- Los funcionarios públicos que tengan a su cargo áreas o programas de especial interés para su país.
Las becas podrán dar inicio a partir del 1 de agosto de 1998 en la fecha autorizada por la institución mexicana receptora. Las becas para medicina y las becas del Instituto Nacional de Salud Pública que se otorguen en esta convocatoria, iniciarán el 1 de marzo de 1998, fecha que sólo podrá ser modificada por la institución mexicana receptora.
Las personas que reciban una beca en el marco de esta Convocatoria deberán expresar por escrito el compromiso de regresar a su país al término de los estudios para los que fueron becados.
Las becas se conceden hasta por un año. Las becas que se conceden para maestrías, doctorados y áreas médicas podrán, después de una evaluación, ser prorrogadas conforme a los planes y programas de estudios de las instituciones académicas mexicanas. La duración de los estudios se establece en cada uno de los Programas de esta Convocatoria. El becario deberá asegurar la conclusión de su tesis dentro del período regular de su programa de estudios, ya que no se conceden prórrogas adicionales para terminación de tesis fuera de dichos programas.
Las becas para investigaciones de postgrado tendrán una duración máxima de un año y en ningún caso podrán ser prorrogadas más allá de ese lapso.
Toda tramitación de beca deberá hacerse ante la Embajada de México en el país de que se trate por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores y/o por la institución gubernamental local designada para ello. La documentación que no tenga la firma de postulación del gobierno del candidato no podrá ser considerada, ya que se trata de una oferta intergubernamental y, en muchos casos, recíproca.
Los interesados deberán consultar en la Embajada de México correspondiente, la fecha límite para entregar sus solicitudes, ya que los expedientes de los candidatos preseleccionados deberán estar en poder de la dirección General de Asuntos Culturales (DIAB) de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México o a más tardar el 30 de enero de 1998. No se recibirán candidaturas después de estas fechas.
Las candidaturas deberán presentarse en el formulario de Solicitud de Beca, de la presente convocatoria con las copias de los documentos que se indican. Sólo se dará trámite a aquellas solicitudes que estén completas y que cubran todos los requisitos. No se recibirán documentos originales. Los candidatos deberán realizar directamente los trámites necesarios ante la institución mexicana de su interés y contar con la aceptación de la misma, para que la candidatura sea formalmente considerada. La Secretaría de Relaciones Exteriores confirmará con las instituciones académicas mexicanas la aceptación y fecha de inicio de los estudios de cada becario, la cual se comunicará a los candidatos a través de la Embajada de México en el país de que se trate.
Las candidaturas que cumplan con todos los requisitos serán analizadas por un Comité de Preselección en el respectivo país. Dicho comité estará conformado por autoridades locales y funcionarios de la Embajada de México y, en caso necesario, por expertos en las especialidades de los candidatos. Los criterios básicos para valorar los expedientes son:
- La excelencia académica del candidato y de la institución mexicana receptora.
- La importancia de los estudios para el país del candidato.
- La relación entre los antecedentes académicos y laborales.
- La calidad de los estudios que realizara en México.
- La reinserción laboral del candidato en su país al término de la beca.
La decisión final sobre el otorgamiento de las becas compete a la Dirección General de Asuntos Culturales y es inapelable.
En caso de que algún becario abandone los estudios, se dedique a otro tipo de actividades que contravengan las disposiciones legales mexicanas u obtenga injustificadamente calificaciones menores de 8'5 (ocho punto cinco) de promedio, en una escala de 0 a 10, la beca le será cancelada.
Los becarios deberán observar el reglamento de la institución académica mexicana en la que estudien.
Si la institución da de baja al estudiante, la beca se cancelará automáticamente.
Una vez otorgada la beca en ningún caso se aceptarán cambios de institución educativa o de estudios.
Las becas son otorgadas para realizar los estudios en México, por lo que el becario no deberá ausentarse del país por un período mayor de 30 días al año. En caso de tener períodos vacacionales que excedan a los 30 días, deberá dedicar ese tiempo a la preparación de su tesis o de su trabajo final, según corresponda. Se dará preferencia a las candidaturas cuyas tesis o investigaciones puedan realizarse en México en su totalidad, a efecto de evitar contratiempos a estudiantes que, por sus temas, tuvieran que regresar a sus países a la mitad de los estudios para recabar información. Cuando esto suceda la beca se suspenderá al salir del territorio mexicano y se reiniciará a su regreso, de acuerdo con el plazo autorizado por la Dirección General de Asuntos Culturales (Dirección de Intercambio Académico y Becas).
Los becarios únicamente podrán recibir su beca cuando obtengan la confirmación por escrito sobre el otorgamiento, en los términos y fechas en que les sea notificado por la Embajada de México.
Los becarios serán documentados como estudiantes en la Sección Consular de la Embajada de México en su país.
Las becas no son transferibles a segundas personas, ni pueden diferirse para años académicos posteriores al original.
Los candidatos seleccionados para obtener una beca del Gobierno de México, a través de la SRE, deberán firmar el documento «Normas aplicables a los becarios extranjeros de la SRE», que forman parte de la presente Convocatoria. La firma de este documento representa la aceptación de la beca y de las condiciones que rigen la estancia del becario en México.
· BENEFICIOS DE LAS BECAS
- Inscripción y colegiatura.
- Cantidad mensual de apoyo para manutención, equivalente a:
1) 3.5 salarios mínimos del D.F., se trata de becas a nivel maestría o investigación a nivel maestría. Actualmente asciende a 2,777.25 pesos.
2) 5 salarios mínimos del D.F. si se trata de doctorado o investigación doctoral o postdoctoral. Actualmente asciende a 3,967.50 pesos.
- Gastos de instalación, por única vez, equivalentes a una mensualidad de manutención. No se aplica a quienes ya se encuentren en México al momento del otorgamiento de la beca.
- Seguro médico facultativo del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de cobertura amplia.
- Transporte de la Ciudad de México a la ciudad a la ciudad de la República Mexicana donde se encuentre la institución académica en la cual el becario realizará sus estudios, al inicio de la beca y del lugar de estudios a la Ciudad de México al término de la beca.
- El transporte aéreo internacional sólo se cubre a los nacionales de los países con los que México tiene una relación de reciprocidad en el rubro de transporte aéreo de becarios y a los becarios cuyo Programa de esta Convocatoria lo incluya.
- Todo gasto no señalado en los puntos anteriores será cubierto por el becario, así como los gastos originados por la impresión de la tesis y los trámites de titulación y obtención de grado. Los costos de la renovación del visado están sujetos a la reciprocidad con el país del becario. Cada becario deberá verificar si dicho costo aplica en su caso.

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Modificado: viernes 12 de diciembre de 1997