RESOLUCIÓN del Vicerrectorado de Ordenación Académica por la que se establece el procedimiento para que los alumnos que se encuentren en quinta o sexta convocatoria puedan ser evaluados por un Tribunal.
En Junta de Gobierno de 18 de
diciembre de 1996 fue aprobado el Reglamento de Evaluación de
Estudiantes. En el Título II artículo 12 se establece la
posibilidad de que los alumnos que se encuentren en quinta y
sexta convocatoria puedan ser evaluados por un Tribunal.
Como consecuencia de las aclaraciones solicitadas por diferentes
Centros y Departamentos, este Vicerrectorado ha resuelto,
establecer el siguiente procedimiento para el desarrollo del
citado artículo:
1 Los alumnos que se encuentren en quinta y sexta convocatoria y
deseen ser evaluados por el Tribunal, deberán solicitarlo por
escrito a la dirección del Centro con UN MES de antelación, y
el Centro lo comunicará al Departamento en los 10 días
siguientes.
2 Dichos alumnos se examinarán conjuntamente con el resto de sus
compañeros y con sus mismas pruebas, a fin de que no se
produzcan situaciones de agravio en un otro sentido.
3 El Tribunal evaluador deberá solicitar a los profesores del
Área correspondiente, para tenerlos en consideración, los
contenidos académicos y la diferente importancia relativa de los
conceptos y/o partes que constituyen las diferentes respuestas
correctas de las citadas pruebas.
Ciudad Real, 20 de octubre de
1997. EL VICERRECTOR DE ORDENACIÓN ACADÉMICA, Miguel Ángel
Collado Yurrita.