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RESOLUCIÓN del Vicerrectorado de Ordenación Académica por la que se establece el procedimiento para que los alumnos que se encuentren en quinta o sexta convocatoria puedan ser evaluados por un Tribunal.

En Junta de Gobierno de 18 de diciembre de 1996 fue aprobado el Reglamento de Evaluación de Estudiantes. En el Título II artículo 12 se establece la posibilidad de que los alumnos que se encuentren en quinta y sexta convocatoria puedan ser evaluados por un Tribunal.
Como consecuencia de las aclaraciones solicitadas por diferentes Centros y Departamentos, este Vicerrectorado ha resuelto, establecer el siguiente procedimiento para el desarrollo del citado artículo:
1 Los alumnos que se encuentren en quinta y sexta convocatoria y deseen ser evaluados por el Tribunal, deberán solicitarlo por escrito a la dirección del Centro con UN MES de antelación, y el Centro lo comunicará al Departamento en los 10 días siguientes.
2 Dichos alumnos se examinarán conjuntamente con el resto de sus compañeros y con sus mismas pruebas, a fin de que no se produzcan situaciones de agravio en un otro sentido.
3 El Tribunal evaluador deberá solicitar a los profesores del Área correspondiente, para tenerlos en consideración, los contenidos académicos y la diferente importancia relativa de los conceptos y/o partes que constituyen las diferentes respuestas correctas de las citadas pruebas.

Ciudad Real, 20 de octubre de 1997. EL VICERRECTOR DE ORDENACIÓN ACADÉMICA, Miguel Ángel Collado Yurrita.

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Modificado: viernes 12 de diciembre de 1997