CONVOCATORIA de la
Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y
Desarrollo en el marco del Programa Nacional de Formación de
Personal Investigador del Plan Nacional de I+D y en el del
Programa Sectorial de Formación de Profesorado y personal
investigador en España y en el extranjero. (*). (Publicada íntegramente
en B.O.E. de 18-11-97).
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN DE
PERSONAL INVESTIGADOR. SUBPROGRAMA DE FORMACIÓN DE POSTGRADO EN
ESPAÑA.
1. Objeto del subprograma: La formación en investigación científica
y técnica en centros españoles de aquellos titulados superiores
universitarios que deseen realizar una tesis doctoral o, con carácter
excepcional, una especialización de tercer ciclo. Para ello,
ofrece a dichos titulados posibilidades de formación dentro de
proyectos de investigación concretos financiados por los
diferentes Programas del Plan Nacional de I+D, así como por el
Programa Marco de I+D de la Comunidad Europea.
Asimismo, ofrece posibilidades de iniciarse en tareas de I+D a
Diplomados, Arquitectos Técnicos o Ingenieros Técnicos en las
áreas de conocimiento recogidas en el anexo C de la presente
Resolución que pudieran relacionarse con las temáticas de los
proyectos concretos.
2. Proyectos de investigación: La relación de proyectos de
investigación y centros de aplicación se encuentra en el anexo
A de la Resolución. En nuestra Universidad hay varios proyectos
seleccionados.
3. Requisitos de los solicitantes:
a) Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país
miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España
en el momento de solicitar la beca.
b) Haber superado todas las materias exigidas para la obtención
del titulo de Licenciado, de Ingeniero o de arquitecto por una
Escuela Tecnica Superior, incluidas las del proyecto o
preproyecto. La fecha de fin de estudios debe ser junio de 1994 o
posterior, con salvedades (MIR, FIR, BIR, QUIR, PIR). Para los
proyectos del anexo A pudran optar quienes tengan aprobadas todas
las asignaturas requeridas para la obtención del titulo de
Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, incluidas
las de proyecto o preproyecto si las hubiese. La fecha de fin de
estudios debe ser junio de 1994 o posterior.
c) Para optar a estar a estas becas, la nota mínima del
expediente académico de la licenciatura de primer y segundo
ciclo del candidato, deberá ser igual o superior a 1,30.
5. Formalización de solicitudes: El plazo de presentación de
las solicitudes esta abierto hasta el 4 de diciembre de 1997
inclusive.
Los impresos de solicitud (de las tres modalidades) estarán a
disposición de los interesados en el Vicerrectorado de
Investigación. Pueden recogerse también en el Ministerio de
Educación y Cultura, Secretaria de Estado de Universidades,
Investigación y Desarrollo, Servicio de Formación de
Investigadores y Especialistas (calle Serrano 150, 28071 Madrid),
o a través de INTERNET en las siguientes direcciones: WWW:
http://www.seui.mec.es/convocatorias/becas.espana/becas-espana.html
FTP ANÓNIMO: ftp.seui.mec.es, en el directorio
/pub/impresos/becasesp.1997
PROGRAMA SECTORIAL DE FORMACIÓN DE PROFESORADO UNIVERSITARIO Y
PERSONAL INVESTIGADOR. SUBPROGRAMA DE FORMACIÓN DE
INVESTIGADORES P.G.C.
2. Proyectos de investigación. La relación de proyectos y
centros de aplicación se encuentra en el anexo B. En nuestra
Universidad hay un proyecto seleccionado.
3. Requisitos de los solicitantes: Los estipulados en el apartado
3 del anexo I de la Resolución.
PROGRAMA SECTORIAL DE FORMACION DE PROFESORADO UN IVERSITARIO Y
PERSONAL INVESTIGADOR. SUBPROGRAMA DE FORMACIÓN DE PROFESORADO
UNIVERSITARIO.
1. Objeto del subprograma: La formación del profesorado
universitario a través de la realización de la tesis doctoral
en cualquier área de conocimiento.
2. Temas de aplicación: Las solicitudes podían referirse a
cualquier área de conocimiento.
3. Requisitos de los solicitantes y de los directores de trabajo:
Los solicitantes deberán cumplir los requisitos estipulados en
el apartado 3 del anexo I.
En este subprograma es requisito imprescindible que el director
de in vestigación justifique la disponibilidad de financiación
de modo que se asegure el desarrollo del trabajo de investigación
propuesto. Todos los directores de investigación deberán ser
Doctores y con vinculación a la Universidad durante el periodo
de elaboración de la tesis. En el caso de que la vinculación no
sea de carácter permanente, deberá figurar un codirector con
dicha vinculación ación.
Ningún director de trabajo podrá dirigir a mas de un becario de
nueva concesión en el conjunto de subprogramas objeto de esta
convocatoria.