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Funcionamiento

¿Quién es y qué hace?

El Defensor siempre actuará a instancia de la parte interesada y orientado a la mejora de la calidad universitaria en todos sus ámbitos. Sus actuaciones no estarán sometidas a mandato imperativo de ninguna instancia universitaria y se regirá por los principios de independencia y autonomía. En sus decisiones y resoluciones puede formular Recomendaciones y Sugerencias a toda la comunidad universitaria para la adopción de medidas. En todos los casos, las autoridades universitarias estarán obligadas a responder por escrito en un plazo no superior a un mes. En ningún caso podrá anular o modificar actos o resoluciones administrativas pero puede proponer fórmulas de acuerdo que posibiliten una resolución posterior y rápida de la queja.

En ocasiones, cuando las partes implicadas acepten su mediación, el Defensor Universitario podrá iniciar cualquier actuación para solucionar desacuerdos y conflictos entre los miembros de la comunidad universitaria. Los afectados deberán expresamente aceptar o no la mediación del Defensor y propondrá fórmulas que satisfagan a las partes. Los acuerdos que se adopten en las sesiones de mediación y conciliación se recogen en un acta que firman las partes implicadas y los acuerdos adoptados, en su caso, tendrán carácter vinculante.

El Defensor también puede gestionar consultas que le formulen los miembros de la comunidad universitaria acerca de cómo ejercer sus derechos o cómo resolver las peticiones que han dirigido a los órganos universitarios sin obtener respuesta. El procedimiento de consulta es más informal que el de queja. Aunque también puede iniciarse con el formulario disponible en nuestra Oficina o en este portal (formulario on line o a través del CAU) y presentarse en una oficina de Registro, por teléfono o por correo electrónico.

¿Quién puede dirigirse y cómo?

Cualquier miembro de la comunidad universitaria de la Universidad de Castilla-La Mancha: estudiantes, personal docente e investigador y personal de administración y servicios. La reclamación o queja es el procedimiento típico de la Defensoría Universitaria.

Las quejas ante el Defensor podrán ser presentadas por cualquier miembro de la comunidad universitaria, a título individual o colectivo, siempre que se justifique un interés legítimo. No podrán ser anónimas y han de ser fundamentadas y expondrán una cuestión concreta. Tampoco entrará en el examen de aquellas solicitudes y quejas sobre las que esté pendiente resolución judicial, y suspenderá cualquier actuación si, una vez iniciada, se interpusiese demanda o recurso ante los tribunales por persona interesada.

Existen varias maneras de contactar con el Defensor Universitario:

- Mediante escrito presentado en el Registro de la Universidad
- Utilizando los formularios on line
- A través del Centro de Atención al Usuario. Acceso al CAU
- Presentando un escrito personal, una carta o un correo electrónico dirigido a defensor.universitario@uclm.es
- Por teléfono: 926 295 240 ó 926 295 300 (ext. 3088 y 3607)
- Personándose en la oficina, de lunes a viernes de 8.30 a 14.30 h. Si necesita vernos por la tarde, contacte previamente por teléfono. Nos encontrará en la primera planta del edificio del Rectorado (calle Altagracia, 50 de Ciudad Real)

¿Cómo se tramitan las reclamaciones?

El Defensor desempeñará sus funciones con independencia, autonomía e imparcialidad y no estará sometido a mandato imperativo de ningún órgano de la universidad. Con ocasión de la tramitación de las quejas, la Defensoría Universitaria analiza el funcionamiento de los órganos y servicios universitarios, velando por los derechos de la comunidad universitaria, y formulando sugerencias de mejora si percibe aspectos que lo requieran.

El Defensor puede reclamar informes, realizar entrevistas, consultar expedientes, y en definitiva, desplegar todas las técnicas que estime conveniente para averiguar lo ocurrido y pronunciarse en el asunto. Todas las personas de la comunidad universitaria están obligadas a auxiliarle, con carácter preferente, cuando se les pida su colaboración.

Admitida la queja a trámite, el Defensor promoverá la investigación, comunicando de manera inmediata al órgano o persona cuya actuación motiva la queja para que en un plazo máximo de 15 días hábiles se emitan los informes y alegaciones oportunos, dando conocimiento a todas aquellas personas que puedan verse afectadas por su contenido.

La tramitación del expediente es absolutamente confidencial, de tal modo que durante la tramitación del expediente queda reservada la identidad de la persona que presentó la queja. Y esto es así porque se pretende salvaguardar el interés de quienes invocan la protección del Defensor Universitario para lograr el pleno disfrute de sus derechos junto a su deseo de no divulgar su identidad.

Actuaciones de mediación y conciliación

La mediación es una excelente manera de resolver confrontaciones interpersonales surgidas por diferencias o conflictos sobre temas universitarios entre profesores, entre personal de administración y servicios, entre estudiantes… La Defensoría Universitaria se ofrece a mediar en estos conflictos para lograr un clima social más beneficioso que redunde en una mejora de la calidad universitaria.

La mediación es un procedimiento voluntario. Lo iniciará una de las partes mediante la presentación del formulario general ya indicado, exponiendo a la Defensoría cuáles son los hechos y circunstancias del caso, y solicitando su mediación para resolver el conflicto. El Defensor, en aquellas situaciones en las que estime que la mediación puede contribuir a la resolución del conflicto, contactará con la otra parte para saber si acepta la mediación. En caso afirmativo, se mantendrán sesiones de mediación, bien simultáneas con ambas partes, bien sucesivas, para intentar llegar a un acuerdo que les satisfaga.

Los acuerdos adoptados en estas sesiones de mediación y conciliación deberán ser recogidos en un acta que firmarán las partes implicadas, y los acuerdos adoptados, en su caso, tendrán carácter vinculante y desde la Defensoría se velará por su cumplimiento.

¿Para qué sirve?

Para contribuir a lograr la mejora de la calidad y el buen funcionamiento de la Universidad,

Para participar en la tarea de conseguir una Universidad más equilibrada, en la que el conocimiento esté al servicio de todos, y

Para garantizar el máximo respeto de los derechos y libertades de todos los miembros de la comunidad universitaria que nos lleve a disfrutar de una docencia de calidad y una investigación de excelencia