ZARZUELA
En la Villa de Xadraque, a dos dias del mes de Enero del año del Señor de mil e quinientos e ochenta y vn años, para averiguacion de lo que Su Magestad manda se haga e cumpla por su instruccion y capitulos della, parescieron Pedro Esteban e Llorente Abbad, vezinos que dixeron ser del lugar de la Zarzuela, juredicion de la dicha Villa de Xadraque, de edad que dixo ser el dicho Pedro Estaban de hasta cinquenta años, o poco mas o menos tiempo, los quales, siendo preguntados por el tenor e forma de la dicha Real Instruccion e capitulos della, sin les dejar de leer ninguno dellos, lo que dixeron y declararon es lo siguiente, y en esta forma e manera:
1. Al primero capitulo dixeron: que ellos son vezinos del dicho lugar de la Zarzuela, el qual desde que se acuerdan e nacieron en el, siempre han visto que se ha llamado e llama el lugar de la Zarzuela, y no saben antes de aora haya tenido otro nombre alguno, ni tampoco saben la causa ni razon por que se nombra e llama este nombre de Zarzuela.
2. A los dos capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela siempre a sido y es tenido por lugar antiguo, e no nuevo, e que no saben quien fue el fundador, ni quando pudo ser ganado de los moros.
3. A los tres capitulos dixeron: que el dicho lugar de la Zarzuela a sido y es de la juredicion de la villa de Xadraque, y en ella cae y esta incluso e metido, e no en otra alguna, ni tal han sabido ni visto hasta aora.
4. A los quatro capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela siempre e cornunmente a caydo e cae y esta en el Reyno de Castilla e no en otro alguno.
5. A los cinco capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela no esta en frontera de ningun Reyno estraño, ni tampoco es paso ni entrada para ningun puerto ni Aduana donde se cobren derechos algunos, e que de la raya de Aragon podra estar como catorce o quince leguas, o poco mas o menos tierra.
7. A los siete capitulos dixeron: que el dicho lugar de la Zarzuela es juridicion de la dicha villa de Xadraque, la qual y el dicho lugar de la Zarzuela son y estan por del Iltmo. Señor Duque del Infantazgo e Marques del Ceñete.
8. A los ocho capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela no tiene voto en Cortes, e ques de la juridicion de la dicha Villa de Xadraque, a la qual quando ay algunas juntas e llamamientos del comun e repartimientos, acuden e van como sujetos a la dicha villa de Xadraque.
9. A los nueve capitulos dixeron: questa tierra e comarca esta en el distrito e termino de la Real Chancilleria de Valladolid para en quanto los pleytos e negocios que en esta tierra ocurren no van para ante el Señor, o van en grado de apelacion, y acuden a ella desde el dicho grado de apelacion, desde la qual al dicho lugar de la Zarzuela ponen e ay como treinta leguas, poco mas o menos tierra.
10. A los diez capitulos dixeron: que el dicho lugar de la Zarzuela, siempre, desde que se acuerdan, a caydo e cae y esta en la juredicion de la dicha Villa de Xadraque, desde la qual al dicho lugar de la Zarzuela; ponen tres leguas grandes, o poco mas o menos.
11. A los once capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela esta e cae en el Obispado de la ciudad de Sigüenza desde la qual al dicho lugar de la Zarzuela ay y ponen siete leguas pequeñas, o poco mas o menos, e ques el dicho lugar de la Zarzuela del Arciprestazgo de la Villa de Atienza desde la qual al dicho lugar de la Zarzuela ponen e ay quatro leguas comunes, o poco mas o menos.
13. A los trece capitulos dixeron: que yendo desde la parte del dicho lugar de la Zarzuela hacia la parte donde sale el sol, ay vn lugar, y es el primero, que se llama e nombra Congostrina, desdel qual al dicho lugar de la Zarzuela ponen vna, legua comun, o poco mas o menos, e se va a el desdel dicho lugar de la Zarzuela por camino algo torcido.
14. A los catorce capitulos dixeron: que yendo desde la parte del dicho lugar de la Zarzuela hacia la parte del mediodia, ay vn lugar, y es el primero, que se llama e nombra Alcorlo, desde el qual al dicho lugar de la Zarzuela ponen e ay media legua comun, o poco mas o menos, e se va a el por camino derecho o poco torcido.
15. A los quince capitulos dixeron: que yendo desde el dicho lugar de la Zarzuela hacia la parte del medio dia, diao del Poniente ay vn lugar, y es el primero, que se llarna e nombra Semillas, desdel qual al dicho lugar ponen e ay una legua comun, o poco mas o menos, e se va a el por camino derecho e algo torcido.
17. A los diez y siete capitulos dixeron: que la calidad de la tierra del dicho lugar de la Zarzuela esta fria e poco calida, e ques tierra de Serrania, e mui aspero, e poco montuosa, e que no es tierra sana ni mui enferma.
18. A los diez y ocho capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela es abundoso buenamente de leña, e ques tierra que no se crian en ella cazas salbaginas, si no es liebres y perdices e algunas zorras, e acuden lobos por aquella parte.
19. A los diez y nueve capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela es sierra, y esta a dos leguas de las sierras del Rey de la Magestad, y caen del dicho lugar a la parte de donde nace el sol, e que no saben a donde van a parar las dichas sierras ni a donde se distinguen.
20. A los veinte capitulos dixeron. que a quatro tiros de vallesta, o poco mas o menos, pasa el rio que se llama Vornova e ques poco grande e caudaloso.
21. A los veinte y vn capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela no tiene cosa de lo contenido en el capitulo.
22. A los veinte y dos capitulos dixeron: que a tres tiros del dicho lugar de la Zarzuela, y en el dicho rio de Vornova, ay dos molinos a donde van a moler, quel vno dellos es de Cristoval Navas el otro de Juan Majada, y en estos molinos van ordinariamente a moler.
23. A los veinte y tres capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela es abundoso de aguas para su menester.
24. A los veinte y quatro capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela tiene pocos pastos, e en ellos tienen vna dehesa para los ganados vacunos e otros maiores, y esta dehesa es algo grande.
26. A los veinte y seis capítulos e dixeron: que la tierra del dicho lugar es de poca labranza, e se crian en ellas algunos ganados maiores e menores.
28. A los veinte y ocho capitulos dixeron: que a quatro leguas del dicho lugar de la Zarzuela estan las salinas que llaman e nombran de Llatance o de la Olmeda e Aymon.
32. A los treinta y dos capitulos dixeron: quel dicho pueblo de la Zarzuela esta en alto e su asiento algo llano e bien aspero.
33. A los treinta e tres capitulos dixeron: que a poco sitio de la Villa de Xadraque, e a tres leguas del dicho lugar de la Zarzuela, esta vn castillo mui bueno e fuerte, que sus edificios son de cal e canto.
35. A los treinta e cinco capitulos dixeron: que la suerte de los edificios de las casas que se vsan e acostumbran en el dicho lugar, son de cantos e varros e maderas de encina e robles y otras maderas toscas, y estos materiales los ay en el dicho lugar de la Zarzuela cumplidamente e no los traen de otras partes.
39. A los treinta e nueve capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela podra ser de hasta cinquenta vezinos, poco mas o menos, e que antes de aora a tenido mas vecinos e se han muerto e disminuido por grandes enfermedades.
40. A los quarenta capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela es todo de labradores, y en el solamente ay vn hidalgo Arriero, e que reside poco en el pueblo.
42. A los quarenta y dos capitulos dixeron: que la gente del dicho lugar de la Zarzuela son pobres, e solamente viven de su poca labranza e de hacer algunas ollas.
43. A los quarenta y tres capitulos dixeron: que en el dicho lugar de la Zarzuela, en cada vn año se han nombrado e nombran dos Alcaldes e dos Regidores, e ques juredicion de la dicha Villa de Xadraque.
45. A los quarenta y cinco capitulos dixeron: quel dicho lugar de la Zarzuela tiene pocos terminos. propios suios, e que gozan en comunidad del suelo de la Villa de Atienza.
47. A los quarenta y siete capitulos dixeron: que: la juridicion del dicho lugar de la Zarzuela es del dicho Señor Duque del Infantazgo, cuio es el dicho lugar y su jurisdicion.
48. A los quarenta y ocho capitulos dixeron: que en el dicho lugar de la Zarzuela solamente ay vna Yglesia parroquial que su advocacion es de Señor San Clemente, y no ay otra alguna en el dicho lugar de la Zarzuela.
51. A los cinquenta y un capitulos dixeron: que en el dicho lugar de la Zarzuela ay vna hermita de Señor San Sebastian.
52. A los cinquenta y dos capitulos dixeron: que ademas de las fiestas o días que la Yglesia manda guardar, en el dicho lugar de la Zarzuela tienen por voto de guardar los dias de Señor Sant Clemente, e Señor Sant Roque, e Sant Sebastian, e no han hecho en el dicho lugar otra hermita alguna, ni guardan otros dias fuera de los de Santa Madre Yglesia que manda guardar.
57. A los cinquenta y siete capitulos dixeron: que no saben otra cosa de lo contenido en los dichos capitulos para lo poder declarar mas de lo que dicho tienen. Y no lo firmaron por no saber escribir.