Luego que del Conzejo y vezinos del aldea del lugar de Quer, jurisdizion de Guadalaxara fué visto el mandamiento de vm. con una instrucción escrita de molde a lo que en él se mandava, se puso por obra como cosa tocante al servicio de nuestro Rey y señor natural, y junto con esto los mandamientos de vuestra merced a quien tanto, y con tanta razón respetamos que quando otra no huviera vastara para que con mucha diligencia y cuidado nos ocupáremos en esto, y en otra qualquier, aunque de mas travajo y ocupazion fuera, para lo qual, sin dilación nombramos, escogemos y diputamos con entera deliberazion y acuerdo, que tubimos los hombres más graves, ancianos, y de más autoridad, aunque labradores que en nuestra República podiamos informar por los lugares convezinos de cosas que hiziesen al caso al negocio que tratamos, no envargante que a cada vezino por su parte, le fue encomendado que hiziese el examen y diligencia posible, y que acudiese a los diputados, a les informar dello, los quales fueron Pedro Perez el viejo, de edad de setenta años, y Blas Martinez, de edad de sesenta y ocho, y Eugenio Martinez, de edad de sesenta, Martin García, de edad de quarenta años, cuyo nombramiento fue echo por el Conzejo junto en la forma acostumbrada en el Ayuntamiento particular que para esto tubieron en quinze días del mes de Henero deste año de mil y quinientos, y setenta y seis años, y respondiendo por la orden que se nos manda, decimos lo siguiente:
1. Este lugar se llama Quer al presente y no sabemos, ni jamás supimos, ni oydo dezir que huviese tenido otro nombre, ni cosa cierta, y aberiguada, de causa de llamarse ansí, aunque está en opinión de algunas gentes, que este lugar tomó el nombre de su fundador, el qual, según el vocablo parece haver sido Moro, y ansí está en opinión que era hombre aficionado a hazer Poblaziones y que hizo y fundó quatro lugares, y de los tres se tiene noticia quel uno es este, y el otro Quero, en Andalucía, y el otro Queri, en Piamonte, y aunque algo diferencian en la voz, todos tienen un sinificado por la diferencia de las lenguas y sitios de las ploblaziones.
2. Por la razón referida en el Capitulo prezedente se tiene por cosa llana ser el dicho lugar antiguo, y por lo menos tenemos por cosa cierta que quando el Cid Ruiz Díaz de Vibar conquistó muchas poblaziones de los Moros, que á (...) años que pasó entre otros Caballeros que consigo trahía Alvarañez su Capitan aunque algunos dizen, su sobrino, ganó a Guadalaxara, de que se dará entera relación por los que escribvan la discribción de la dicha ciudad, el qual tenemos por cosa cierta ansí mismo que gano al dicho lugar de Quer, en el qual aficionado al sitio, fertilidad, y buena avitacion que tiene, como después se dirá vibio en el, y desto no hay Escrituras, pero ha venido en la memoria de los hombres de unos en otros que tubo eredad del en el dicho lugar, las quales hoy guardan y reverencian su nombre, y ansí se llaman los olivos o tiras de Alvarañez.
4. Que está fundado a dos leguas y media de Guadalaxara del Reyno de Toledo en el campo de la dicha ciudad, y esto se dize por esta orden, por que la dicha ciudad tiene lugares de su jurisdizion en el campo y en la Alcaria.
7. Guadalaxara es de S. M. y Quer jurisdizion de ella hasta agora no sujeta a otro señor.
9. El dicho lugar cae en el distrito de la Real Chancilleria de Valladolid, a la qual van los pleytos en grado de apelazion, y está distante treynta leguas de la dicha Chancilleria.
10. En la ciudad de Guadalaxara pone S. M. corregidor, y alli acuden los de su jurisdizion como es este a sus pleytos, y como está dicho está a dos leguas y media de la dicha ciudad.
11. Está en el Arzobispado de Toledo, a veinte leguas de la cathedral, y en el Arzedinazgo de Guadalaxara, y alli tiene sillas donde libra pleytos.
13. El primer lugar que está hacia el Oriente camino derecho, se llama Benalaque, y esta una legua pequeña de Quer.
14. A la parte del medio dia tiene este lugar por vezino, a media legua, a Azuqueca, de la misma jurisdizion de Guadalaxara que es Quer.
15. Al poniente tiene por vezino este lugar otro que se llama Valdavero a media legua, el qual es jurisdizion de la villa de Alcala, que es del Arzobispado de Toledo, si no sea que S. M. nueba haya tomado del posesion.
16. Y tambien está a la parte del Norte y Cierzo, a este lugar convezino, distancia de media legua, un lugar que se llama Balbueno de la misma jurisdizion de Guadalaxara.
17. El dicho lugar Quer, es lugar sito en tierra llana y xara, sana, y templada en frio y en calor.
18. El dicho lugar no tiene montes propios de leñas, y aunque tiene algunas leñas despoxos de plantas no tiene la que ha menester, tiene dos valles intitulados, el uno Balmores, sin saber el principio de su nombre, y el otro se llama de San Lorencio por una Hermita que alli está de este glorioso santo; los quales valles en alguna manera fertiles de plantas de olmos, olivos, y almendros, y algunas viñas, de los quales lo principal de sus leñas, y todo es poco y se provehen los vezinos de lo necesario de leña de rnontes comunes que en Alcaria y campo tiene la ciudad de Guadalaxara y su tierra, y en estos valles se crian algunas perdizes, y conejos; pero todo es poco por ser la tierra estrecha, y acude la gente a cazarlo.
20. E1 primero y cercano rio a este lugar es Henares por onde mas cerca se comunica, y es una legua y no cay en esta dezmeria por ninguna parte, y ansi cesa el dar desto nosotros relazion, y rasal aquellos parajes, dezmerias y termino pasa el dicho rio que contando desde el medio dia pasa desde el oriente a el medio dia delindando el oriente al poniente.
23. En este lugar hay abundantes aguas de Fuentes y Pozos para lo necesario en el, y las moliendas hazemos en la rivera del dicho Henares, que por la razon del capitulo prezedente no la damos mas a lo que este capitulo dize.
24. El dicho lugar de Quer tiene una Dehesa de Yerva aunque poca mediana en la cantidad y calidad sin ningunas leñas si no es alguna retama y renta en cada un año ocho mil maravedis poco mas uno y poco menos otro.
26. El principal caudal de los vezinos deste lugar es labor de pan porque vale para esto, y el pan que mas se coge es trigo, y ningun ganado se cria sino es de lana, y esto poco por la pobreza de la tierra destár todo arado, y por la pobreza en que la gente avenido por los casos notables insolittos de falta de aguas subscedidos en esta Comarca, de algunos años a esta parte, y los diezmos de los panes un año con otro valen en este lugar cien cayzes y la renta dezimal del ganado de lana siete mil maravedis por la misma orden poco mas o menos.
32. Esta aldea nuestra no es cercada ni tiene señal de xamás haverlo sido ni menos haver sido mas lugar de lo que agora es, y aunque en otra parte se há dicho que este lugar es llano, realmente tiene algunas costeçuelas de poca considerazion.
En la rusticidad de nuestro avito y probeza de nuestra tierra nos há enseñao á hazer casas de barro y guijarro; los cimientos y demas de tapieria de tierra aunque por gran regalo vañamos o jalbegamos las paredes por de dentro con tierra blanca; y ansi como los que con razon pone los Escudos de sus armas sobre sus puertas, nosotros hazemos algunas señales blancas desta tierra con que bivimos contentos, cobrimolas con maderas de olmos que la tierra con industria ymana produze mediante Dios, y de algunos pocos años á esta parte en casas que nuevarnente se hazen se hechan algunos pilares de ladrillo, vnos con cal, y arena, y otros con barro, cada uno como puede, y los que mas valen labran algun aposento con maderos de pino que se trae de Galve y tierra alli cercana distante a estanza a doze y treze leguas poco mas o menos y la teja y ladrillo que se gasta se labra en nuestra dezmeria.
38. Quien tubiera lengua y pluma para conformar arrazon en carescer un hombre entre los que mas lo eran tan discreto, tan gran letrado, tan leydo, tan curioso y con razon estimado en nuestra España comofue el Doctor Juan Paez de Castro Coronista y Capellan de S. M. Real Catholica det Rey D. Phelipe nuestro Señor; el qual dicho doctor fue natural desta nuestra dichosa aldea, la que fue celebrada y su nombre savido en nuestra España y ennoblescida a causa de nuestro bueno y famoso doctor; por que lo demas del tiempo que en España residio, bien y birtuosamente vivio en nuestra aldea, adonde fue visitado de grandes letrados y coronistas que le venian a visitar y a comunicar con negocios importantisimos segun era fama; y pocos señores de España dexaron de visitarle todo tan en ventura nuestra, que muchas vezes paresciamos de una cortecilla segun del Ilustre gente que entre nosotros cada dia a su casa andava; habra que murio seis años poco mas: mientras aqui residio jamas padescimos desastres que entre labradores se lloran por que todos nos los apartava, y nunca en su vida tubimos dia malo, lo qual no podiamos dezir ahora asi. Era el dicho nuestro Doctor Legista graduado en famosa Vnibersidad, gran trabajador, en leer grandes y famosos autores humanistas, lo qual en el resplandecia con una eterna memoria que tenia algunas cosas hechas curiosas, vn libro de antiguedades escrito de su mano nunca sabidas, pero segun se entiende verdaderas adquiridas con mucho trabajo de diversas partes el qual entendemos este vendio en su almoneda: tenia glosada travajada de su mano una Biblia tambien tan buena que se entendia valia quinientos ducados si venderse vbiera, tenia una peregrina librería de libros tan esquisitos, y tan notables que se tenia por mano de hombre no haverla mejor en España, de que da mas larga relacion el Señor Ambrosio de Morales coronista de S. M. como hombre que landubo, y bio despues de muerto nuestro Doctor que Dios perdone a lo qual vino por mandado de S. M.
39. Somos todos hasta cien vezinos y nunca jamas fuimos ni tenemos noticia de mas.
40. Los vezinos que ordinariarnente residimos en este lugar somos labradores, aunque es verdad que gente Ydalga, y otros hombres principales, y honrados, tienen aqui heredades, y por temporadas algunos dellos aquí se bienen a residir.
42. La mayor parte de nosotros somos pobres, y nuestra ocupacion es labrar la tierra con arado, y azadon, dando a cada cosa lo que entendemos que ha menester.
44. Como sea verdad que somos sujetos a la jurisdizion de Guadalaxara alli vamos a librar nuestros pleytos, y para executar los mandamientos de la Juscia de la dicha ciudad se nombran en nuestra aldea por el dia de año nuevo de cada un año dos Alcaldes, los quales tienen Jurisdizion de cien maravedis sobre si y dos Regidores para las cosas de nuestro Conzejo, y un Alcalde de la Hermandad que por la costumbre se nombra y siempre se ocupa en poco, los quales no tienen salario alguno; tambien se nombra un Alguacil añal como los demas, tambien hay un solo escrivano que bien sobra para lo que tiene que hazer, que lo hubo por merced de S. M. y por las ocupaciones del Conzejo, le pagan de salario en cada un año cinco mil maravedis.
45. Este Conzejo tiene un Molino de Azeyte de piedra, que en cada un año se renta doze mil maravedis, y la leña que haze de la Dehesa ocho mil maravedis, y no tiene otros propios.
51. Este Conzejo tiene dos Hermitas, de la una de las quales que es San Lorencio, ya se ha echo mencion de suso, y la otra que se llama nuestra Señora del Rosario, que es confradia de diciplina, fundada por la devoción de particulares deste lugar.
52. Este lugar tiene particular devozion a la Asuncion de nuestra Señora, y el Angel San Miguel, y los gloriosos San Sebastian, y San Francisco y Sant Anton, y San Jorge y Santa Agueda, y el valor y merescimiento de qualquiera destos inclina y obliga a su debozion, y por esto y por ser cosa antigua, y ser general daño en estos Reynos que particular devozion movio a los que fundaron y votaron estas Fiestas, mas de lo que vulgar se dize, es que a San Sebastian por la pestelencia, y a Santo Anton por los ganados, y, San Jorge por las Savandijas venenosas que en algun tiempo pudo ser hallareis, y a Santa Agueda por no se que hablilla, que en aquel tiempo se congola la piedra, que sea lo uno ni lo otro, no savemos de cierto; pero bien savemos que es grande importancia el auxilio de la intercesion de los santos para repararnos de nuestros adbersarios: tambien hay particular debozion a todas las Fiestas de la Cruz, que son invencion, exaltacion, y triunfo, y aqui no hay para que preguntar la causa, pues es tan notoria.
54. Está fundado en este lugar un Espital en el qual se vsa de mas caridad que la renta, la sufre el Patron, el Conzejo, y le fundo antiguamente una devota Dueña que se llamava Mayor de Castañeda, tiene de renta hasta diez y ocho fanegas de trigo, recogense pasageros, y curanse enfermos, y hay tres camas de ropa.
Desto se responde a los capitulos a que hay que declarar de lo contenido en la instruccion de Su Magestad, respondiendo a cada uno de los que hay que dezir que van numerados en la margen, y los que no hay que decir no se habla palabra por que se evite pesadumbre, y ansi lo firmaron los que supieron, y por los demas de los nombrados Juan Lopez de Estremera Escrivano de S. M. Y del numero del dicho lugar de Quer, por testigos Martin Garcia=Blas Martinez=Juan Lopez de Estremera. Escrivano.