PASTRANA
En la Villa de Pastrana, á seis dias del mes de Marzo de mil y quinientos y setenta y seis años, Nicolás Hernandez de Heredia é Fabian Cano, Vecinos de esta Villa, personas nombradas por la Justicia y Regimiento de ella para hacer las diligencias y relacion de esta dicha Villa para la descripcion é historia que por mandado de S. M. está mandado hacer en los Reinos de España conforme á la instruccion impresa en molde que á los dichos Justicia é Regimiento con requisitoria les fué inviada por D. Pedro de Reinoso, Caballero de la Orden de Calatraba, é Gobernador en este partido de Zorita é Almoguera, la cual vista por nos los susodichos Nicolás de Heredia é Fabian Cano, respondiendo á ella decimos lo siguiente:
1.º Respecto al primer Capítulo decimos: que este pueblo se llama la Villa de Pastrana, cuya denominacion se ignora su origen, ni que se haya llamado de otro modo.
2.º Al segundo, que en el año de 1179, reinando el Rey D. Alonso Noveno, hijo del Rey D. Sancho el Deseado, conquistó la fortaleza de Zorita de los Canes contra un Lope de Arenas, Teniente de Alcaide de ella, que tiranamente la poseia, el qual, requerido por el Rey se rindiese y entregase la fuerza, pidió concierto y para lo tratar entraron en el Castillo de parte del Rey con seguro del dicho Arenas, dos Caballeros Condes y por no se concertar con el dicho Teniente de Alcaide los puso en prision, de lo qual, sañudo el Rey D. Alonso 9.º se proveyó de gente para la conquista del Castillo por el temor de los Moros que estaban en Cuenca, trece leguas buenas de la dicha fortaleza, que se recelaba venian á favor del Tirano, y entre los que vinieron á servir al Rey parece ser fué Fernando Escarza, natural del Reino de Navarra, de una Villa que se llamaba Cullera, con doscientos hombres, en agradecimiento que el Rey D. Sancho, Padre del D. Alonso, le hizo Maestre, y en este comedio salió del Castillo un hombre que se llamaba Dominguillo, algo simple y medio Truan, y ofreció al Rey que mataria al Lope de Arenas, y así lo hizo, que le tiró un venablo estándose afeitando. El cual Tirano, viendose morir, mandó á un su sobrino entregase la fuerza al Rey, y ansí lo hizo, y el Dominguillo pidió Mercedes, y el Rey le dió rentas que comer, y le mandó cortar los piés, y las manos, de donde se entiende tomó origen lo que se dice: que el Rey se paga de la Traicion mas no del traidor. E donde á cuatro años, que fué en el de 1183, parece que el dicho Rey D. Alonso hizo merced a la órden de Calatrava y al dicho Maestre Fernando Escarza de la Villa de Zorita y del dicho Castillo, despues de lo cual los Maestres que sucedieron al dicho Escarza dieron poblacion en su termino y jurisdiccion, mediante lo cual se fundó é pobló este pueblo como aldea de la dicha Villa de Zorita, sujeta á su jurisdiccion, en que se mantuvo muchos años.
3.º Al tercero, que el Maestre D. Frey Pedro Muñoz con consentimiento de los Caballeros de la Orden, hizo Villa á este pueblo en 20 de Setiembre de la era de 1407, y su privilegio se confirmó por el Papa Benedicto Tercio en 7 de Noviembre del dicho año, y el Rey Don Juan 1.º de este nombre lo confirmó en Alcalá de Henares en 28 de Enero de 1421 años, despues de lo cual el Rey D. Enrique, hijo del dicho Rey D. Juan, en Córtes que tuvo en Madrid lo confirmó todo por su privilegio, insertos en él todos los susodichos.
4.ª Al cuarto, que este pueblo está en el Reino de Toledo, sitio donde dicen alcarria, en el medio y en lo mejor de ella.
5.º No toca á esta villa.
6.º Al sexto, que el sello y escudo de este pueblo fue un hábito de Calatrava por haber sido de dicha órden e fundado por los Maestres (4), y agora despues que fué de señorío trae una cruz blanca.
7.º Al séptimo, que esta Villa de Pastrana es de la Excma. Señora D.ª Ana de Mendoza y de la Cerda, Duquesa de Pastrana, Viuda del Excmo. Príncipe Ruigomez de Silva, la cual posee por sí misma é como usufructuaria del Estado de dicho Príncipe su marido. Sacóse esta Villa de la Orden de Calatrava y se enagenó por venta del Emperador D. Carlos Nuestro Señor, en el año de 1541, por primera compra que de este pueblo hizo D.ª Ana de la Cerda, Condesa de Melito, á quien sucedió D. Gaspar Gaston de la Cerda, su hijo, y por muerte de él D. Iñigo de Mendoza y de la Cerda, su hijo, y por muerte del D. Iñigo de Mendoza y de la Cerda su primogénito, el cual lo vendió á los dichos señores Príncipe Ruigomez é D.ª Ana para que al tiempo de la fundacion de este pueblo se consintió por pecho predia1 constituido sobre el terron, por razon de los términos y heredamientos, treinta mil maravedís en dinero para la mesa maestral é doscientas ochenta y seis fanegas y media de trigo, é por consentir este tributo é porque estuviese segura y la tierra se poblase, se les concedió privilegio y á todo este partido de Zorita para que ninguna persona pudiese vender heredamiento ninguno a hombre esento, ni á clérigo, ni á Monesterio, ni persona privilegiada, é si se vendiese, el que lo comprase perdiese la cosa que comprase, y el vendedor el precio é intereses que por ella hubo y que todavía la hacienda que por razon del Terron pechó, é por quitar estos inconvenientes por otras causas que á los antiguos los movió tienen impuesto el dicho pecho más há de setenta años, en que los treinta mil maravedís en dinero los paga cada año este Ayuntamiento, y para lo del pan este Ayuntamiento de esta Villa compró todos los molinos arineros y cargó sobre la maquila ordinaria, tanto más que con ella vasta a pagar las dichas doscientas ochenta y seis fanegas y media de trigo y así se hace el dia de hoy, y de esta manera frailes, clérigos, privilegiados esentos é no esentos pagan el dicho pecho predial en lo que comen de pan.
8.º Al octavo, que por este pueblo solía hablar en Córtes la Cibdad de Toledo, é sus juntas de Concejos las hace con la comun de este partido de Zorita, y los repartimientos de pedidos a otras cosas las solia hacer antes que este lugar fuese de Señorío el Gobernador de este dicho partido de Zorita, y agora se hacen en la comun de este partido de Zorita.
9.º Al noveno, que este pueblo está en el distrito de la Real Chancillería de Valladolid, y tienen los Alcaldes ordinarios primera instancia en toda judicatura cibil y criminal, y de los dichos Alcaldes se apelan los pleitos si quieren para ante el Gobernador que pone el Señor, y de allí para la dicha Chancillería, y si de los Alcaldes quieren apelar para ella lo pueden hacer sin ir al Gobernador, siendo los tales pleitos cuantiosos para poderse llevar á la dicha Chancillería, y lo mismo se hace en pleitos que ponen ante el Gobernador, y de este pueblo a la dicha Chancillería de Valladolid hay treinta y ocho leguas, y en los pleitos de diez mil maravedís abajo, se apela del Gobernador y del Señor ante el Ayuntamiento.
10. Al decimo, que la Gobernacion del Estado del Señor de este pueblo está en esta Villa, donde antes siendo del Rey lo estaba la de este partido de Zorita, y aquí tenia Casa la Gobernacion propia suya, donde vivia el Gobernador, el cual reside ahora en la Villa de Almonacir, despues que este pueblo se enagenó de la Corona Real.
l l . Al undécimo, que este pueblo está en el Arzobispado de Toledo, y en el Arciprestazgo de Zorita; hay veinte leguas de aquí a Toledo, y legua y media daquí á Zorita y su Castillo, adonde está la Iglesia del Arciprestazgo.
12. Al doceno, que este pueblo fué de la Orden de Calatrava, y ya no lo es, por haberse sacado de ella e vendido.
13. Al trece, que yendo de esta Villa
hacia do el Sol sale, que llaman los Navegantes, está a tres leguas por
la demarcacion del aire Nuestra Señora de la Sierra, y en aquel rumbo
no hay entre este distrito otro lugar, y por la rueda que irá por ejemplo
al cabo de esta relacion se vera claro los lugares que se desvian del rumbo,
porque decir las vueltas de los caminos son muchas é por cuestas, é
se darán mal á entender, y ansí se irán demarcando
los pueblos por el aire en la respuesta de este Capítulo y de los siguientes
14, 15 é 16, remitiéndonos al ejemplo de la dicha Rueda, y ansi
á la mano idquierda del Oriente, que se llama leste cuarta al nordeste,
está Anquijo, Dehesa y Castillo y lugarejo despoblado del Marqués
de Mondéjar, ribera de Tajo, tres cuartos de legua de esta Villa, y otra
cuarta más á la idquierda, que decímosles Nordeste, está
Valde-Concha, una legua de Pastrana, una vega arriba, y otra cuarta más
á la misma mano, Nordeste cuarta al leste está Auñon tres
leguas de esta Villa, y otra cuarta á la misma mano está Alhóndiga
á dos leguas. Otra cuarta á la misma mano idquierda norueste cuarta
al Norte está Fuente el Encina dos leguas de aquí. Otra cuarta
á la misma mano que se llama Nordeste no hay por allí cerca pueblo.
Otra cuarta á la misma mano que llamamos norte, cuarta al nordeste está
Moratilla dos leguas de Pastrana, é media cuarta á la misma mano
entre norte cuarta al nordeste é norte, está nuestra Señora
de la Salceda de la Orden de San Francisco del Sayal á tres leguas de
aquí.
Norte.
Al norte derechamente de esta Villa de
Pastrana cae Tendilla, tres leguas de aquí, y desde allí, desde
el Norte al oest noroeste que son otras seis cuartas á la izquierda del
Norte no hay pueblo ninguno por aquí cerca.
Poniente.
En el Oeste cuarta al noroeste que es como salimos de esta Villa de Pastrana al poniente una cuarta á la mano derecha está Gueva (6), una legua de aquí; al poniente que llamamos este, está Ranera á dos leguas. Una cuarta más á la idquierda que llamamos oeste cuarta al sudueste está Ontova dos leguas de aquí. Una cuarta más á la idquierda que llamamos sudoeste está Escopete una legua de aquí. Otra cuarta más á la idquierda que llamamos sueste, cuarta al oeste, está Escariche dos leguas de aquí. Otra cuarta más a la idquierda está Seber, un despoblado heredad de esta Villa de que se hace mencion en otro cabo de esta relacion, está una legua de aquí. En el rumbo suroeste otra cuarta á la idquierda sudueste cuarta al Sur no hay más pueblo que Mondéjar que está tres leguas de aquí. Otra cuarta más a la idquierda que llamarmos su sudueste está el Pozo de Almoguera dos leguas grandes. Otra cuarta á la idquierda que decimos Sur cuarta al sudueste está Albares dos leguas de aquí. Otra cuarta más á la idquierda ques al mediodía que llamamos Sur está Yebra una legua, y en el mismo rumbo y parage esta Almoguera dos leguas de aquí. Otra cuarta más á la idquierda que llamamos Sur cuarta al surueste está Leganiel como una legua de aquí. Otra cuarta más á la idquierda que llamamos Sueste está Zorita de los Canes, donde está el Castillo que se dice en esta relacion á legua y media cle aquí y en aquel mismo parage cae Yllana cinco leguas de aquí. Otra cuarta á la idquierda está Alvalate á tres leguas pequeñas de aquí. En el rumbo que llamamos sueste cuarta al Sur, y en el mismo derecho está Saceda detrás Sierra cinco leguas de esta Villa. Otra cuarta más á la idquierda que decimos Sueste, esta Almonacir á dos leguas, y en el mismo parage está Buendia á cuatro de aquí. Otra cuarta más abajo á la idquierda que llamamos sueste cuarta del Este, está Sayaton una legua buena de aquí, en las otras dos cuartas que quedan hasta el Oriente donde comenzarnos que llamamos este, no hay pueblo alguno.
17. Al diez y siete, que esta tierra es más caliente que fria, y áspera en mucha más parte que llana, es montosa é tierra sana donde hay muchos viejos, y en especial muy sana de Cabezas, y su aspereza es Cerros y Valles, y algunas partes llano, y todo ello fructífero.
18. Al diez y ocho decimos que esta tierra es abundosa de leña, así de pino como de encina, robles, olivos, nogales y otros muchos géneros de árboles; críanse en ella venados, liebres y conejos, é perdices, y diversas aves de las ordinarias; hállanse en ella algunos lobos; es tierra muy poblada y rompida, y asi no se crian animales feroces.
19. Este pueblo está apartado de Serrania.
20. Al veinte, que á una legua pequeña de esta Villa, á la parte de mediodía, pasa el Río Tajo, grande y caudaloso, v á la misma parte se junta con el dicho Rio, otro que antiguamente se llamó rio de Arlés, y es pequeño, y agora se llama arroyo de la Vega, el cual pasa un cuarto de legua de esta Villa, á la parte de este, cuarta al nordeste, por donde corre una Vega abajo, antes y despues, hasta que entra en el dicho rio Tajo.
21. Al veinte y uno, que este es pueblo de mucha frescura de huertas, Valles é Vegas, con muchas aguas de que se riegan, de que está cercado todo el lugar, y en muchas partes de su término cógense muchas frutas, ansí de manzana, pera, de diversos géneros, y guindas, cereza, nuez, granada, ciruela, membrillo, é higo, y otras muchas y diferentes maneras de frutas. Riveras de los dichos rios en el anterior Cap.º, son tierras propias de Vecinos de esta Villa, hasta cerca donde este rio se junta con el Tajo, é todo ello se puede regar; en el dicho Rio se crian barbos y peces, y alguna anguila é trucha, aunque poco; en el de Arlés sólo se hallan vermejuelas.
22. Al veinte y dos decimos que los molinos harineros de esta Villa están en la ribera del dicho rio de Arlés, escepto uno y el mejor que por ocasion del Salto, está un poco apartado, el cual renta al Concejo de esta Villa setecientas y cincuenta fanegas de trigo cada año, poco más ó ménos, y no tiene más que una rueda: hay otros dos, en la dicha Ribera, de una rueda cada uno; muelen con regolfo y rentan al dicho Concejo cuatrocientas y cincuenta fanegas, entrambos á dos, cada año, poco más ó ménos: son propios de esta Villa, comprados antiguamente por su dinero.
23. Al veinte y tres decimos que esta Villa y todo su término es abundosísimo de aguas, y todas dulces y muy sanas: hay dentro del pueblo nueve fuentes comunes á todos, é por de fuera otras muchas, y en especial dos grandes que nacen á los lados, cerca del dicho pueblo, en dos Valles de mucha frescura, de guertas y arboledas, é tierras de cañamos é lino, hortalizas e otras legumbres é plantas, de donde proceden los arroyos que arriba se dice se juntan al pié de este pueblo, cuyos nombres de estas fuentes sin otras que a los dichos Valles que á ellas ocurren son las de la mano derecha la fuente el Cerezo, y la de la idquierda la fuempreñal, é las laderas de estos Valles y los cerros de ellas y de la otra parte, é otra mucha parte del término de esta Villa es plantado de Olivas, y demas de esto hay otras muchas fuentes y Valles apartados del pueblo, en frescos y lindos Valles, especial uno no ménos que las dichas donde dicen Valdemorales, donde la Reina D.ª Berenguela tuvo jardin, que hoy dia permanece.
24. Al veinte y cuatro Capítulos decimos, que allende los pastos comunes, hay en este pueblo una dehesa que llaman los Cotos, y es propia del Concejo de esta Villa, y la dan siempre al obligado de la carne porque haga baja y porque de diez uno le llevan cada año, treinta mil maravadis de renta, por la yerva, é crece y baja algunos años.
25. Al veinte y cinco, que en este pueblo hay unas Casas que los Reyes Católicos cuando echaron los judíos de Castilla hicieron merced á esta provincia de Zorita, para vivienda de los Gobernadores de ella, las cuales los dichos Reyes ovieron por haberse confiscado á un judío que llamaban Bienveniste, é por haberse vendido este pueblo se pasó la gobernacion á la Villa de Almonacid, donde agora reside, y las dichas Casas se vendieron y las posee un Vecino de esta Villa. Ay una heredad principal que llaman la pangía, rivera del dicho Rio de Arlés, de un cabo, y de otro que está donde se junta el dicho rio de Tajo con el de Arlés, con dos molinos harineros, é muchas tierras, donde se coge trigo, cebada, panizo, alazor, é muchas hortalizas, é con alamedas de olmos é frutales, e antes solia ser de la encomienda de Zorita, é agora es del Mayorazgo del dicho Sr. Ruigomez de Silva, que aya gloria. Tiene el Concejo de este dicho pueblo una heredad que llaman Seber, término redondo con jurisdiccion civil é criminal, con muchas arboledas, fuentes, é tierra de pan llevar, cañamares, hortalizas é un pedazo de Dehesa, monte de encinas, la cual heredad el dicho Concejo compró por su dinero en tiempo antiguo.
26. Al veinte y seis, que en este pueblo se coge mucho aceite, y algunos años han pasado de cincuenta y cinco mil arrobas, e vino y pan en mediana cantidad; cógese cáñamo y lino, miel, alazor, hortalizas; críanse algunos ganados de lana é Cabrío, é cuanto á los diezmos, valen segun se coge de los dichos esquimos. En un año con otro, á nuestro parecer, vale el diezmo del aceite mas de cuatrocientos y cincuenta mil maravedís, y de vino más de doscientos mil, é de ganado más de cuarenta mil, y esto se dice por no cierto, porque algun año sólo el aceite a valido más de tres mil ducados. Tiene este pueblo falta de pescados que le vienen de Bilbao y de aquella costa, y si algun trigo ó cebada le falta le viene de la mancha y Leganiel, y tierra Delpozo y Drieves, y otros lugares de este contorno.
Los capítulos 27, 28, 29, 30 y 31 no tocan á esta Villa.
32. Al treinta y dos, que esta Villa de Pastrana está en cuarenta grados de Astrolabio y altura, á lo que se ha entendido de los que la han medido; está sita en una ladera que hace nariz, y por los dos lados la abrazan los dos valles y arroyos de las fuentes Fuempreñal é Fuente del Cerezo, de que en esta relacion arriba se hace mencion, los cuales arroyos se juntan en uno al pié de este pueblo; es lugar algo áspero, la mayor parte de él fué cercado de Cal y canto, con almenas, y lo está agora alguna parte de él, y otra parte caida.
33. Al treinta y tres, que el Castillo le Zorita de los Canes de que en esta relacion en algunas partes se hace mencion, está dentro de la Jurisdiccion de mi Señora la Princesa y del Gobernador que pone en esta Villa; es edificio antiquísimo, edificado sobre peñas y es de Cal y Canto, y muy maltratado y caido. No hay en él armas sino algunas vallestas y algunas balas de piedras; poquitos tiros, y sin ningun aparejo ni valor, y el Castillo de mucha calidad y antiguedad.
34. Al treinta y cuatro decimos que del dicho Castillo fué Alcalde el Príncipe Ruigomez, mi Señor, y por su fallecimiento lo es D. Rodrigo de Silva y de Mendoza, Duque de Pastrana, su primogénito, todo por merced de S. M.: tiene de gajes el Alcaide sesenta y tres mil y seiscientos maravedís en dinero, y doscientas cincuenta fanegas de pan trigo é Cebada, por mitad en cada un año. Tiene aprovechamientos de pacer con sus ganados los pastos comunes de todos los lugares del partido de Zorita, segun y como, y cada Vecino en su mismo lugar y pueblo donde vive los podria pacer.
35. Al treinta y cinco Capítulos decimos, que esta Villa de Pastrana es edificada de muy buenos edificios e las tres partes de ella de Cal y Canto, é muchas Casas con patios, y toda la Villa muy junta é de muy buena apostura; los materiales de Cal y arena, yeso e piedra, la madera tosca se cria é la hay dentro de este término, muy cerca de la Villa, y muy buena y por moderados precios, y lo que es madera de Rio, que viene de la Sierra de Cuenca, se proveen en Tajo de ella, cuando vienen e pasa, é los demas edificios son de Tapias é Tabiques de yeso.
36. Al treinta y seis Capítulos decimos, que ademas de los muchos y buenos edificios de este pueblo, hay en particular dos Casas que son de los Señores de él, é la una que no está acabada, es casa fuerte con troneras y saeteras, fabricada de Cal y canto, de ancho muro y todas las paredes por de fuera, y ventanas y escaleras son de piedra Sillería y con muy buenas maderas, y algunas piezas de artesones de Talla, y tiene delante una plaza cercada de Casas pequeñas con tiendas para contratacion, y encima de ellas sus galerías sobre Vallas y huertas de mucha frescura. Ay en la plaza mayor de esta Villa un meson grande que antes solia ser Palacio, Casa y vivienda de D.ª Berenguela, Reina é Infanta. Tenia esta Reina un bergel en Valdemorales, que es el que arriba queda dicho, en el cual Valle está el sitio é señal donde estuvo fundado un Monasterio de Señor San Francisco, que se llamó "Nuestra Señora de gracia," en el cual tomó el hábito el Santo Fray Diego, cuyo cuerpo está en la Villa de Alcalá de Henares, en S. Francisco. Esta Reina no sabemos cual fué por haber habido otra de su nombre; poseyó en este pueblo otras varias heredades de tierras y olivos, de las cuales y del dicho su palacio y vergel de Valdemorales hizo merced á un fulano Beltran, su Mayordomo, é hoy dia lo poseen sus sucesores que viven en Guadalajara.
37. No toca á esta Villa.
38. A1 treinta y ocho decimos que en este pueblo siempre hubo y hay personas de buenos entendimientos y letras, é valerosos y animosos en las armas, en especial en nuestros tiempos D. Tristan Calvete, Obispo de Obiedo, é primero fué Inquisidor, y el Maestro Fray Melchor Cano, Obispo de Canarias, fraile de la órden de predicadores, desistióse del Obispado; fué de los nombrados para el Santo Concilio de Trento, donde se halló e1 Doctor Cano, su Padre, que despues de Viudo, se puso Fraile Francisco, fué confesor de las Infantas D.ª María, que agora es Emperatriz, é D.ª Juana, Princesa de Portugal, Madre del Rey de Portugal D. Sebastian. El Doctor Calvete, Oidor del Consejo de las Ordenes, y el Doctor Cano, Oidor del Consejo Real, y el Licenciado Zereceda, Oidor en la Chancillería de Granada, é otros muchos letrados, criados de S. M. en Oficios judiciales, por tiempo é por memoria de estas escrituras, é de gentes que lo oyeron á sus mayores, parece y dicen que antiguamente hubo un Maestre de Santiago, natural de esta Villa, el cual se llamó D. Fulano de Maluenda, y en tiempo de los Reves Católicos salió de esta Villa Alonso de las Parras, hijo é Vecino de ella, é por sus méritos en las armas fué Capitan, y en presencia del Gran Capitan, estando el exército contra los franceses sobre ganar la puente de Garellano, tomó una bandera y con el apellido de España arremetió por la puente adelante, tendido el brazo idquierdo, á quien una pieza de Artillería se llevo, é con el derecho cobró la bandera, é con el mismo apellido de España paso la puente é lo siguieron los Españoles, é consiguieron la Victoria, y aunque en las crónicas de aquel tiempo se herró el nombre, pues dicen que este hecho le hizo un Fernando de Illescas, en efecto, de verdad le hizo éste, y así está probado, y los Reyes le hicieron merced por ello. Obo otro Capitan, Luis Pizarro, natural de esta Villa, con el hábito de Calatrava, valeroso en las armas; fué Teniente general de Artillería muchos años, é sin haber en su tiempo general, fué Alcaide de la dicha fortaleza de Zorita de los Canes, por merced de S. M. del Emperador D. Cárlos, de gloriosa memoria. A habido otros y muy buenos soldados, é Capitanes, é Alféreces y Oficiales en la guerra, que han hecho buenos hechos valerosos que por la prolixidad no se dicen.
39. Al treinta y nueve, que en esta Villa hay más de mil casas, en que hay más de mil y doscientos Vecinos, que fué muy menor antes de agora ansí en tiempo en que fué Aldea como despues; ha ido creciendo por la fertilidad de la tierra y sus buenos mantenimientos, y tierra sana, y por el buen trato de la gente de ella, é de cinco años á esta parte ha venido copia de moriscos y Oficiales milaneses, y de otras partes anejos al trato de la seda y Tejidos de oro, y cada dia se va aurnentando.
40. A1 cuarenta, decimos que en este pueblo hay hijos-dalgos algunos, cuyo número no se sabe, ni se conoce por no tener estado de Oficios aparte, y por la ocasion del privilegio del pecho que se impuso sobre el terron que arriba queda dicho, no se lla tenido tanta cuenta con esto, como con la limpieza de sangre que hasta el dia de hoy dura, y se estima en mucho, de manera que han acostumbrado de que en su Ayuntamiento no entrase por Oficial ni diputado ningun converso ni con raza de moro.
41. Al cuarenta y uno, decimos que en este pueblo hay algunos Mayorazgos de bienes raices, e muchos de ellos patronazgos, obligados á decir misas y otros sufragios, que por ser pequeños no se hace mencion de ellos, excepto del que arriba queda dicho de la Casa y hacienda que la Reina D.ª Verenguela donó é hizo merced que hoy dia es aquí otro de Nicolás Hernandez Polo, Señor de Escariche, é otro de D. Juan Calvete, Señor de Valde-Concha, hijo de Vecinos de este pueblo.
42. A1 cuarenta y dos, que siempre en este pueblo ovo y hay gente rica, de manera que natural del pueblo no se hallan tres mendingantes; son muchos de los Vecinos mercaderes de diversas mercaderías, lencería, é otras cosas, é salen algunos fuera á tratarlas, e tienen grangería de encerrar aceite, vinos, é otros muchos, é otros no entienden otro quehacer que labrar sus tierras, viñas, é Olivos, y la demas hacienda, y del usufruto se mantienen; labran en este pueblo mucha cantidad de sedas, así torcidas y floxas como en telas, que se tiene por cercano en bondad á las de granada, é mejores que las de Jaen y Baeza y otras partes. Téjense muchos brocados de Telas de oro tirado, que en toda España no se hacen como aquí. Lábrase Taracea tan buena como la mejor que se hallare de Granada; hay de todo gente de Oficios.
43. A1 cuarenta y tres, decimos que en este pueblo reside el Teniente del Arcipreste de Zorita, el cual tiene jurisdiccion civil sobre los Eclesiásticos é Cabildos, é cofradías; pone el Señor un Corregidor é Gobernador en la Villa; diósele el dia de S. Mateo de cada un año, dos Alcaldes en esta manera, que los Alcaldes é Regidores é Alguacil Mayor que ahora son, nombran cuatro Alcaldes en dos papeles, dos en cada uno, é cuatro Regidores por la misma órden, é dos Alguaciles distintos, é con estas elecciones van al Señor de esta Villa, el cual escoge cuál de aquellos dos papeles de Alcaldes y Regidores y Alguaciles quiere que lo sean, y aquellos salen sin poder mudar dél un papel al otro, sino así como van parados, y ésta y de esta manera ha de escoger el Señor. Aquí se usa de siete años á esta parte porque hasta entonces no escogia, sino sin mirar los nombres sacaba por suerte los que habian de ser, é si habia de ver los otros papeles juraba primero guardar secreto que no diria quién eran é para el gobierno de aquel año hacer nuevos diputados, elegidos por nueve cuadrillas, que e este pueblo hay, como si dixésemos nueve parroquias, é cada una de ellas nombra el suyo é le reciben por tal el Ayuntamiento, y cada uno de ellos tiene el mismo voto que cualquiera de los dos Alcaldes y Regidores, y cada cuadrilla tiene dos Alcaldes sin vara y se juntan muchos dias de fiesta, y de allí su diputado lleva resuelto lo que por su cuadrilla se ha de hablar en Ayuntamiento ó lo que más conviene al bien de la República, y en este órden pásanse su año hasta que entran otros que hacen lo mismo.
44. Al cuarenta y cuatro, decimos que los Ministros de justicia que en esta Villa hay, es el dicho Teniente de Arcipreste, y el dicho Gobernador, é los dos Alcaldes, dos Regidores, dos Alcaldes de la hermandad, dos Alguaciles mayores, uno del dicho Gobernador, y otro de la Villa, e tienen sus Tenientes. Ay los dichos nueve diputados e un Procurador general, é un Escribano de secreto del Ayuntamiento, é otro Escribano público ante quien se libra todo lo de justicia. Ay receptor de los propios de la Villa, que en otras partes llaman Mayordomo; tienen de salario los Regidores á mil maravedís, y el Escribano de Ayuntamiento nueve mil maravedís y viente fanegas de trigo, y el Receptor cuatro ducados é diez fanegas de pan por mitad.
45. Al cuarenta y cinco, que tiene de término propio esta Villa por algunas partes una legua, y por otras algo más. Ay un término comun á todos los lugares de este partido de Zorita, cuya jurisdiccion tiene comprada el Príncipe Ruigomez mi Señor, que haya gloria. Tiene esta Villa vecindad en los pastos de sus ganados con las Villas de Ontova, lugares realengos y jurisdiccion de la Gobernacion deste partido de Zorita. Tiene de renta esta Villa por propios cuatrocientos y cincuenta mil maravedís un año con otro, así en dinero como en pan, que rentan los molinos arineros, y ciento treinta y cuatro fanegas de trigo en la heredad de Seber, y ochenta fanegas en otra heredad que dicen de Torrejon, y en lo que arriendan los hornos de poya, que son sayos, y en otras cosas, y en el portazgo que aquí se paga.
46. A1 cuarenta y seis, decimos que aquí se guarda el fuero de Sepúlveda para lo que toca á las herencias, que vuelven los bienes raíces al tronco. Ay otro fuero que si por una cédula confiesa uno que debe á otro cualquier cuantía, y en ella dice que entra en plazo de nueve dias segun fuero de Zorita y ponen dos testigos, y firman con él, vale como obligacion, pues le ejecutan al tiempo del plazo sin reconocer.
47. Al cuarenta y siete, que el Señor de este pueblo tiene jurisdiccion, y pone gobernador en su nombre y conoce de las causas en primera instancia, así en lo civil como en lo criminal; la tienen como el los dichos Alcaldes conociendo de los delitos el que más presto previene, y de los casos ordinarios á quien las partes llevan su demanda. Valdrále este pueblo al Señor más de ochocientos mil maravedís de renta, ansí en las Alcabalas como en la mesa maestral, é clavería y escribanía, y la parte que le pertenece de la renta de menudos, de la de vinos, y de ganados, que estas tres rentas crecen y menguan segun el fruto que hay, y no ha empezado á gozar la renta de feria y mercado que tambien compró á S. M.
48. Al cuarenta y ocho, que hay en esta Villa una sola Yglesia parroquial, la cual se ha reducido de tres años á esta parte en Yglesia Colegial, en la cual hay algunos entierros de Capillas, y otros sin ellas, con algunas memorias de misas, en especial un entierro á la parte donde se dice el Evangelio: en el Altar mayor está un arcipreste que fue de este arciprestazgo de Zorita, y natural de esta Villa, é á la parte de la Epístola una principal Capilla que fundó é dotó Alonso Hernandez de Heredia, Clérigo natural de esta Villa, con doce Capellanes é un Capellan Mayor, dotada de rentas Eclesiásticas anexadas á ella con bulas Apostólicas; hicieron el Oficio en vida del fundador, é por su muerte han sucedido pleitos sobre los beneficios anexados, de cuya causa cesa la dicha memoria. Más abajo, en la misma acera, está otra Capilla que fundó Alonso Lopez Bravo, cuya advocacion es de San Yldefonso; en el cuerpo de la Yglesia está un entierro hecho bóbeda muy antiguo, que es de los de García Alvarez; ay otros entierros y memorias y aniversarios, que Vecinos de esta Villa han dejado en esta Yglesia.
49. Al cuarenta y nueve capítulos, que en esta Iglesia Colegial hay ocho dignidades y el dean é prelado de ella; hay doce calongías, é doce raciones, é diez y seis capellanes: valen dignidades y calongías, á dos mil reales cada año, y las raciones á setenta ducados, y las Capellanías á cuarenta, é subirá todo ello más, cuando vaquen algunos beneficios anexados á esta Iglesia que agora los gozan sus dueños.
50. Al cincuenta capítulos decimos, que esta Iglesia fué sólo parroquial; tenia cuatro beneficios con el del Cura, é más un préstamo; un año con otro valian trescientos y cincuenta ducados arriba, los cuales están anexados á este Colegial, escepto uno de los cuatro que se le tiene su dueño.
51. Al cincuenta y uno, que en esta Iglesia hay más de tres mil reliquias, entre las cuales están las Cabezas de San Albin y S. Alejandro, é dos costillas de los mártires Justo é Pastor, é dos huesos grandes de las once mil vírgenes é huesos de S. Cenon, é de otros diez mil é doscientos y tres mártires, sus compañeros, que padecieron martirio en Roma, donde ahora es la Capilla de escala celi, y están en el Calendario á nueve de Julio. Una cabeza de las once mil vírgenes. Un pedazo de la columna de Cristo, Nuestro Redentor. Una Cabeza de Santo Albino, Obispo y mártir. Un brazo de S. Bartolomé, cuyo cuerpo está en Roma, en el Monasterio de S. Francisco. Una costilla de S. Lorenzo. Un pedazo de la costilla, digo de la Canilla, de S. Bartolomé, apóstol. Un pié de un inocente, y otras muchas y notables, é que por no ser largos no se especifican.
52. Al cincuenta y dos capítulos decimos, que en este pueblo no hay otras fiestas ni dias de ayuno más que las que hay en este Arzobispado, segun órden de la Santa Madre Iglesia, se guardan y ayunan.
53. Al cincuenta y tres, que en esta Villa hay dos Monesterios de Frailes, uno del Seráfico S. Francisco, de más de treinta frailes, y otro de descalzos de la órden de Nuestra Señora del Cármen con unos veinte religiosos. No tienen renta alguna. Hay un Monesterio de Monjas de Nuestra Señora de la Concepcion: tiene de renta ciento y cincuenta mil maravedises en dinero, é ciertas fanegas de trigo, del cual Monesterio y del de los frailes descalzos son fundadores los dichos Excmos. Príncipes Ruigomez de Silva, é D.ª Ana de Mendoza de la Cerda, su mujer, y el de S. Francisco solia estar en Valdemorales, junto al vergel que en esta descripcion va dicho, de la Reina D.ª Verenguela, y un Maestre de Calatrava, de cuyo nombre no tiene noticia, la pasó en esta Villa, donde agora está.
54. Al cincuenta y cuatro decimos, que en este pueblo hay dos hospitales, uno de Santiago, otro de Nuestra Señora de la Soledad. Hay una cofradía de la misericordia, donde con poca renta y con la limosna de los cofrades se casan cada año seis huérfanas, a cinco mil maravedís cada una.
55. Al cincuenta y cinco decimos, que no es pasagero, ni hay ninguna venta en su término e jurisdiccion.
56. Al cincuenta y seis, que la heredad de Seber, que es de este Concejo, solia ser pueblo y se despobló luego que este Concejo le compró, y la causa de despoblarse fué porque se pasaron á vivir en escopete, que es allí junto Aldea, arrabal de esta Villa.
57. A1 cincuenta y siete y último capítulo, y á lo demas escrito de mano que en la instruccion se pide, decimos que en esta Villa se hace una feria cada año, desde primero de Marzo á doce de él, y dia miércoles de cada semana se hace un mercado franco, y franqueado y puesto en los libros de los salvados de S. M., lo cual compró há poco más de cuatro años los dichos Príncipes en once mil y tantos ducados, no renta, por agora, todo ello nada, porque está franqueado por su dueño; concurre mucha gente á ello. Concedió esta feria y mercado el Rey D. Felipe, Nuestro Señor, de que dió su privilegio en forma. Los lugares de este contorno son: Valde-Concha, que es de D. Juan Calvete de doscientos Vecinos arriba, Fuente la Encina, que es de la órden de Calatrava y de la jurisdiccion de este partido de Zorita, de más de seiscientos y cincuenta Vecinos: Gueva de la misma órden é jurisdiccion, tenia ciento y cincuenta Vecinos: Ontova, de la misma jurisdiccion, de más de ciento y setenta Vecinos. Escopete, Aldea y arrabal de esta Villa: Yebra de la misma jurisdiccion de Zorita, que es del Señor de esta Villa, veinticinco Vecinos: Anguisa, una fortaleza y despoblado con dehesa y bosques, es del Marqués de Mondéjar. Ay otros lugares de Señorío que para ir á ellos se pasa por los dichos. Tambien en este contorno está Moratilla, que es de la misma órden é jurisdiccion de Calatrava.
E lo suso dicho es todo lo que en relacion podemos decir, y se nos pide conforme á la instruccion dicha, y lo firmamos de nuestros nombres en presencia de Gerónimo Torrontero, escribano de S. M. é del Ayuntamiento de esta Villa; ante quien fuimos nombrados por los dichos Señores del Ayuntamiento para hacer esta relacion, la cual se acabó en Pastrana á quince dias del mes de Mayo de mil é quinientos y setenta y seis.=Nicolás de Heredia.=Fabian Cano.