HORCHE
En la villa de Orche, á diez dias
del mes de Diciembre de mil é quinientos y setenta y cinco, los Señores
Pablo Muñoz, é Juan de Hernandez é perez, alcaldes hordinarios
en la dicha Villa é sus terminos, por su magestad é por ante mí
pablo castillo, escrivano de su Magestad Real é concejo de la dicha Villa,
abiendo visto y entendido la instruccion é memoria que les fué
entregada de las diligencias é Relaciones que se han de hacer y embiar
á su Magestad, para la descripcion é historia de los pueblos despaña,
y que nombren dos personas ancianas, de las que más noticia tuvieren
de las cosas del pueblo y su tierra, dixeron: que nombraban y nombraron á
Hernan Perez Carrillo y Esteban vadillo y alonso montero, vecinos de esta dicha
Villa, personas que les parescen que convenian para el dicho efecto, á
los cuales les mandaron parescer ante sí, para que contasen, los quales
parescieron ante los dichos Señores alcaldes de ella, y aviéndoles
dado á entender el negocio para que eran llamados, y encargándoles
que lo viesen y mirasen bien, para que en todo se cumpliese loque Su Magestad
mandaba, dixeron que ya les constaba y aceptaron, y que estaban prestos de lo
cumplir, á los quales dieron y entregaron la dicha instruccion para que
conforme á ella hiciesen la dicha Relacion, los quales la rescivieron;
á lo que fueron presentes por testigos Gregorio de Ayala é pedro
Serrano, vecinos de esta villa.=Pablo Muñoz.=Juan Perez.=Hernan Carrillo.=Juan
Montero.=Esteban Vadillo.=Ante mí, Pablo Castillo.
Relacion de lo que su magestad por
su Real cédula de veinte y siete de octubre de mil é quinientos
y setenta é cinco, manda para describir la Villa de Orche, su asiento,
antigüedades é qualidades.
1. Esta Villa de Orche tiene este apellido de Orche desde su fundacion, sin que se tenga memoria que jamas aya tenido otro nombre, ni la etimología de éste se sepa; sólo an memoria que en lo alto de esta Villa antiquísimamente ubo un castillo que llamaron de mayrena , que aunque no hay escrituras, por antigüedad se ha ido entendiendo, e que agora en el dicho sitio ay fundada una hermita que dicen de San Sevastian que se llamaba el sitio so el Castillo.
2. Esta villa no se entiende que sea mui antigua, sino nueva, á lo ménos el crescimiento de Vecindad, porque fué aldea de Guadalaxara, de que está á dos leguas pequeñas de ella, y sólo abrá quarenta y dos años que es Villa y eximida de la juridicion de Guadalaxara, entiéndese que cuando se ganó Guadalaxara de Moros, como su cabeza, por Albar añez de minaya, la poblacion que allí en Orche se ganaria y entraron en poder de los christianos.
3. Como es dicho, la villa de Orche abrá quarenta y dos años que es villa, por privilegio del emperador don carlos, dado en Valladolid á veinte dias del mes de Diciembre del año de mil é quinientos é treinta y siete años que por servicios que la villa hizo á su Magestad, le dió juridicion sobre sí y eximió de la ciudad de Guadalaxara en todo, ansí en primera instancia, como en grado de apelacion, y visita y residencia, aunque despues por diferencias que ubo sobre la juridicion, su Magestad el Rey don phelipe nuestro Señor, por nuevos servicios que esta villa le hizo, le amplió la juridicion é termino é dió privilegio de no ser enagenada de la corona Real, que fué dado en Valladolid, á veinte y un dias del mes de Septiembre del año de mil é quinientos y cinquenta y siete años.
4. La villa de Orche está en el Reino de Toledo en el alcarria, en el suelo de Guadalaxara.
5. No está en frontera de otro Reyno, porque está veinte leguas de Aragon.
6. No se tiene memoria de ningun escudo de armas que esta villa tuviese, porque como es dicho, era aldea y de poco tiempo acá es villa .
7. La villa de Orche es de su magestad y de la corona Real, sin se poder enagenar de ella como es dicho por el dicho privilegio particular quando primero se hizo Villa quedó beetría; pero después su Magestad a mandado que el corregidor de Guadalaxara pueda tomar cuentas é Residencia una vez en el tiempo de su oficio y estando solo diez dias, y ansí se hace .
8. La villa de Orche no tiene voto en cortes, sino que la ciudad de Guadalaxara en cuyo suelo cae, habla por ella en cortes.
9. Las causas civiles é criminales que salen por apelacion de la Villa de Orche, ban sin aber grado en medio a la chancillería Real de Valladolid, y abrá treinta y dos leguas desde Orche á Valladolid.
10. No ay ningun superior en segunda instancia en la Villa de Orche, sino que como es dicho en el nueve capítulo, van las apelaciones á Valladolid; sólo Residencia é quentas puede tomar el corregidor de Guadalaxara en la forma en este capítulo contenida.
11. La villa de Orche es del Arzobispado de Toledo; ay veinte leguas desde la Villa de Orche á Toledo donde reside la catedral.
12. Es de la forma contenida en el onceno capítulo.
13, 14, 15. A la parte del nascimiento del sol está la Villa de Romanones, que cae una legua pequeña de Orche, que es lugar de doscientos é cinquenta vecinos. Fué aldea de Guadalaxara y es villa.
16. Al medio dia cae la villa de Aranzueque, que está una legua grande; es pueblo de doscientos é cinquenta vecinos, es del marqués de Mondéjar, al poniente está el lugar de Chilueches, que es aldea de Guadalaxara, será de doscientos vecinos, está una legua grande al norte; á la parte del cierzo está la villa de Lupiana, que terná doscientos vecinos, es del Monasterio del Señor S.n Bartolomé el Real de Lupiana que esta en el camino como van de Orche á Lupiana, antes de llegar á Lupiana, que es de la hórden de san iherónimo.
17. La villa de Orche, como está en alcores , es tierra fria por lo alto hácia chilueches é lupiana, e Guadalaxara y llano, porque el pueblo está en ladera, tiene dos vegas llanas, es tierra rasa.
18. La tierra es que tiene medianamente leña y la mayor provision es de plantas de viñas é olibares, porque aunque ay montes, son vedados, polque hay un monte en aprovechamiento comun, que tiene cerca de cinco leguas de largo é legua y media de ancho, ques comun á la ciudad de Guadalaxara é su tierra y suelo, aunque parte dél cae en la jurisdicion de Orche; quando se manda se da leña á los vecinos por su dinero, en moderados precios. Las cazas que hay son liebres, é conejos, á perdices, aunque como la tierra está tan rompida ay poca caza.
19. No está en sierras la fundacion de esta villa sino es alcarria como es dicho.
20. Corre un rio ó arroyo pequeño por el término de Orche, que viene por un despoblado que se llama Valverde; corre é riega mucha parte de las vegas de Orche y va a dar a Tajuña, Rio caudal, que así mismo confina con el término de Orche, á media legua de la Villa.
21. Por el Rio ó arroyo de Ungría ay vega é Rivera que riega cáñamos é panes, y ay hortalizas, ay muchos arboles de salces, y olmos, ay frutíferos nogales, ay algunos huertos de árboles frutíferos, aunque no en mucha cantidad.
22. Ay en la Rivera de Ungría dos molinos harineros que cada uno tiene dos ruedas, son propios del Concejo de Orche. Rentarán cada año doscientas fanegas de trigo un año con otro, es bastante molienda para la Villa de Orche.
23. Tiene la villa de Orche, para sus Riegos é vegas, aguas bastantes, como es dicho; la Villa tiene tres fuentes en ella, que la una tiene cinco caños de agua.
24. Tiene una dehesa de yerba con un pedazo de ladera de monte baxo de romero, maraña é quexigo, con otro poco de monte ques coto del carnicero.
25. No hay casa señalada en la dicha villa, porque todas las heredades é tierras son de vecinos del pueblo é forasteros particulares.
26. La Villa de Orche é su término es tierra de cosecha mediana de pan, é vino, é aceyte, é cáñamo, é ganados en abundancia, porque se cogerán de trigo todo pan veinte mil fanegas cada año, se se cogerán, con sus despoblados, ocho mil cargas de ubas, y de aceite nueve mil cántaros; suélense arrendar las rentas de estos diezmos, el pan, á todo trigo, en cien cahices, el vino en cien mil maravedíes, el aceite en doscientos mil maravedíes, hay mucha copia de ganados que abrá que tienen vecinos más de diez mil cabezas de ganado é mui poco cabrio, suélense arrendar las rentas de ganados de los diezmos en cient mil maravedíes, la falta que hay es de ganado bacuno, é cabrío, é pescados; provéese de pescados de los mercados é ferias, de ganado cabrío de las Sierras, de bacuno de ferias de Segovia.
27, 28, 29, 30, 31. A estos cinco capítulos no hay que responder porque no hay cosa que toque á la villa de Orche.
32. La Villa de Orche está asentada en una ladera á do hiere el Sol en saliendo; no está cercada, sino sin ningun género de cerca ni señal de avella tenido.
33, 34. Ningun castillo, ni torre, ni fortaleza ay en la dicha Villa, y ansi no hay que poner en estos dos capítulos.
35. Los edificios comunes que hay en la dicha villa, son cimientos de cal y canto, y lo demas de tapias é postes de yeso, y ay algunos pilares de piedra, las maderas comunes de olmo é saces, é todo esto se cria y lo hay en el término, y lo que se edifica de pino se trae de la ribera de Tajo, de las maderas que por él se navegan á siete y á cinco leguas.
36. Ningun edificio hay señalado, salvo el rastro del Castillo que dicen de Mayrenas, de que se hace mencion en el primer capítulo.
37. No ay cosa memorable.
38. De esta villa salió el Doctor Carrillo, colegial en Valladolid, é fué alcalde de los hijos-dalgo; fué electo para oidor en Valladolid.
39. Terná la villa de Orche quinientos vecinos, ques la mayor poblacion que jamas tuvo.
40. Todos los vecinos de la Villa de Orche son labradores que viven de su labor e cria; ninguno es hijodalgo, ni caballero, ni exento.
41. Lo mismo se responde al quarenta y uno.
42. El trato é grangería de esta villa es sus labores é grangerías de ganados, e no hay trato ninguno ni cosa señalada, mas que pan e vino é aceite é ganados.
43. La dicha Villa de Orche se gobierna en justicia é Regimiento de esta forma: que por año nuevo se eligen dos alcaldes é tres Regidores é seis diputados, y un aguacil y un procurador, y ante un escribano de ayuntamiento hacen sus cabildos y gobiernan la Villa, y la eleccion es de esta forma por provision de Su Magestad, que la víspera de año nuevo el ayuntamiento viejo eligen seis diputados, y estos la mañana del año nuevo sobre juramento eligen seis personas, y en un cántaro hechan cédulas, y los dos primeros que salen son alcaldes, luego meten otras seis cédulas e sacan tres para regidores, y luego meten seis cédulas para alguacil, y el primero que sale es alguacil, é luego hechan quatro cédulas para dos alcaldes de hermandad, los que salen lo son y los electores quedan por diputados, y estos en su ayuntamiento eligen procurador; no ay otra justicia en la Villa en primera ni segunda instancia corno es dicho; á cada Regidor se da de salario quatrocientos maravedís por año, ay un escrivano público del concejo proveydo por su Magestad por merced, con derecho de renunciar y ante éste pasan los negocios judiciales y extrajudiciales y del ayuntamiento secreto.
45. Tiene la villa de Orche por lo más largo una legua é media de travesía é por otras una legua; no hay tierras Realengas, porque su magestad abra veinte años que los perpetuó, goza de todos los montes é pastos comunes de la ciudad de Guadalaxara é su tierra; tiene de propios el concejo, dos molinos harineros que arriba se ha dicho, que rentaron doscientas fanegas de trigo un año con otro. Tiene un batan que rentara veinte ducados cada año, tiene á censo perpétuo un término de una hermita de la Magdalena de la Iglesia de Santo Juste de Alcalá ó del Obispo de Sigüenza; tenia de todo en Renta cada año de pan, trescientas fanegas de trigo, y en dineros quinientos ducados pocos más ó ménos, quitados los censos perpétuos, que paga por la hermita de la Magdalena que son cuatro mil é ochocientos maravedís.
46. La merced é privilegio que la villa tiene es la dicha Merced que su Magestad le hizo de hacerlo Villa e amplearle su jurisdiccion, que se declara en el tres capítulo.
47. Es de su Magestad é corona Real como esta dicho.
48. Ay solamente una Iglesia parroquial, su abocacion de nuestra Señora de la Suncion, en ella ay una capilla del nombre de Jesús, que la fundaron y dotaron de dos capellanes con suficiente renta el bachiller Juan Ruiz é miguel Perez , y el bachiller Lorenzo Ruiz de Eraso.
49. En la Iglesia parroquial ay sólo una prevenda del cura que vale mil ducados.
50. Cae la villa de Orche en el arziprestazgo de Guadalaxara.
51. No hay Reliquias, hay una hermita de la madre de Dios, otra de nuestra Señora del Rosario, otra de San Sebastian, otra de San Roque, otra de San Pedro, otra de la Magdalena; San Pedro é la Magdalena son muy antiguas, tiene la Magdalena tierras que tiene el concejo á censo como dicho es.
52. Tiene la villa de Orche por voto e costumbre de guardar las fiestas de San Jorge é S.n Roque é S.n Sebastian, sin que aya voto de ayunar ni vigilias.
53. No ay monasterios de monjas ni frayles.
54. Ay un ospital en la dicha villa del cavildo de nuestra S.ra de la Asuncion; es el Patron y administrador el concejo, tenia de renta quince mil maravedís por año .
55. No ay ventas en todo el término, es lugar pasagero de la alcarria para campos y otras partes.
56, 57. Ubo un lugar pequeño que se llamó Valverde, éste se despobló por mal sano abrá cient años y se pasó á Orche y el término esta en el aprovechamiento é jurisdiccion de Orche; tiene dezmeria por sí, y es anexo al curado de yebes.
58. No ay ferias ni mercados.
59. Los lugares del contorno de la villa de Orche con quien confina son la ciudad de Guadalaxara que es de su magestad, que está á dos leguas. El lugar de Chilueches que es aldea de Guadalaxara a una legua. La villa de Aranzueque que es del marqués de Mondéjar á una legua, de doscientos é cinquenta vexinos. Almuña que es del marqués de mondéjar á media legua tendrá quarenta veeinos. Romanones que es villa de su magestad del suelo de Guadalaxara, que tendrá doscientos é cinquenta vecinos. Alinda con Lupiana que es villa de S.n Bartholomé el Real y con el mismo monasterio de San Bartholome el Real, que está a tres cuartos de legua y esto es ansí.
Todo lo cual nos los dichos comisarios declaramos lo mejor que podimos, respondiendo á los capítulos de la instruccion y lo firmamos de nuestros nombres en la dicha villa de Orche á primero dia del mes de noviembre de mil é quinientos b setenta é ocho años.=Hernan Carrillo.=Esteban Badillo.=AlonsoMontero.