ESCARICHE

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En La villa de Escariche á veinte e ocho dias del mes de diciembre de mil y quinientos y sesenta y cinco años yo Diego Lopez escrivano por Su Magestad público de esta Villa de Escariche, rrequeri en la carta de justicia é mandamiento de suso contenido a los Sres Manuel Sanchez é á Francisco Diez de Vadillo, alcaldes ordinarios en la dicha Villa, en sus personas é ansi mismo con la instrucción de molde y entre ella de mano escrita é mandada de su magestad, las quales la obedescieron, aceptaron, y en cumplimiento dixeron; que estan prestos de cumplir lo que á el Servicio de su Magestad en este caso, en lo demás que le fuere mandado, convenga y para el efecto de lo susodicho nombraron por persona por más asperta, y en quien concurren las calidades que se requieren para el dicho efecto á Luis de Silva y Martin Hernandez de Alonso Hernandez é a Diego de Orosco, vecinos de la dicha villa á los quales mandaron se junten dentro de un breve termino al menor de la dicha instruccion y capítulos de ella, digan é declaren lo que saben, entienden que convenga al Servicio de Su magestad en la razon susodicha con apercivimiento que no lo ,cumpliendo, se procedera contra ellos por todo rigor de derecho. Diego Lopez, escrivano.

E después de lo susodicho en la dicha Villa de Escariche en el a dichos veinte é ocho días del dicho mes é del dicho año de quinientos y sesenta y cinco años, los dichos Señores alcaldes y juntamente con ello susodichos Luis de Silva é Diego de Orozco, é Martin Hernandez diputados para el dicho efecto, se juntaron é haviendo visto y platicado sobre la dicha instrucción, á cada uno y á los que convenia declarar y es del tenor siguiente. Diego Lopez=escrivano.

E después de lo susodicho en la dicha instrucción de Escariche en veinte y cinco dias del mes de Abril de mil y quinientos y sesenta y seis años, los Señores Martin Hernandez e Sebastian Gonzalez alcaldes ordinarios de esta villa é Juan Martinez de Ontoba é Juan Sanchez de Motu, el Moro, regidores de esta villa en este dicho año de setenta seis, hallaron en el estado que de suso se hace mencion lo que su magestad manda en lo tocante á la discrección que de suso se quiere y mandaron á los dichos Luis de Silva é Martin Hernandez, é Diego de Orozco se junten y con brevedad cumplan lo que por la dicha provisión su Magestad manda y confieran e practiquen y den razon con la mejor y, más bastante que se pudiere dar y mejor se cumpla, y la traigan ante nos, para que nos los dichos justicia é Regimientos la embien al Señor gobernador ú juez de residencia de la provincia de Zorita como se nos manda:

1. Al primer capitulo se responden que este pueblo se llama Escariche y se ha llamado siempre de tiempo inmemorial á esta parte deste nombre y hoy por escritura ni de oydas ni por otra razón alguna no se sabe aver tenido otro nombre, ni la causa e razón porque se tituló é nombro Escariche y no se sabe ni entiende el, origen é principio della.

2. Al segundo capitulo se responden: que no hay razon del fundador de la dicha villa de Escariche más de que fué de la orden de Calatrava, del partido de Zorita y se entiende que fue de los demás lugares de la dicha provincia de Zorita que la Reyna Doña Berenguela la dio á la orden.

3. Al tercer capitulo se responden: que la dicha villa de Escariche, fue aldea de Zorita y que habra que hizo mrd de hacer Villa á esta villa de Escariche los catholicos Reyes Don Fernando e doña ysavel en la villa de Alcala de Henares, é nueve dias del mes deAbril, año del señor de mil y quatrocientos y cincuenta y ocho años.

4. Al quarto capitulo: esta la dicha villa de Escariche en el Reyno de Toledo en el Alcarria al principio de ella.

7. Al septimo capitulo se responde: que esta Villa de Escariche es del mui Ilustre Señor Nicolas Fernandez Polo que la posee desde dos dias del mes de henero de mil y quinientos y quarenta y ocho años.

8. Al octavo capitulo se responde: que la dicha villa de Escariche tiene voto en el comun de Zorita donde esta inclusa y los repartimientos que su magestad manda hacer para sus servicios y otras cosas, se le reporte por el dicho comun por la horden que tienen en las otras demás villas que contribuyen al dicho comun.

9. Al noveno capitulo se responden que de las causas que hay en la dicha villa se apelan para la real chancilleria de Valladolid que hay treinta é seis leguas.

10. Al decimo capitulo se responde que el Señor pone corregidor en la dicha villa y ante el van las causas.

11. A los once capitulos se responden que la dicha villa de Escariche esta inclusa en el Arzobispado de Toledo Arzedianazgo de Guadalaxara y Arziprestazgo de Zorita y que hay diez y ocho leguas de aqui á la ciudad de Toledo donde reside la Catedral y cinco leguas á Guadalaxara donde es el Arzidianazgo y tres leguas hasta la villa de Zorita, donde es el dicho arziprestazgo.

12. A los doce Capitulos se responden que es la dicha villa de Escariche de la orden de Calatrava é que el prior reside en la dicha orden.

13. A los trece capitulos se responden que el primero lugar que hay acia donde sale el sol es el lugar de Escopete aldea de Pastrana y que hay media legua que esta derecho acia donde sale el sol y la media legua algo grande y en camino derecho.

14. A los catorce capitulos se responden que el primero pueblo que esta hacia donde sale el mediodia es la Villa de mondéjar y hay dos leguas pequeñas camino derecho y esta a la mano derecha de mediodia quarto de legua.

15. Al quince capitulo se responde: que el primer pueblo donde se pone el sol es la villa de Pezuela que habra dos leguas pequeñas, camino aspero y derecho, que se vaxa una questa muy aspera, y se pasa un rio que se dice de Tajuña y pasado el rio se sube otra cuesta muy aspera grande hasta la dicha villa que esta derecho.

16. A los diez y seis capitulos se responde: que el primer lugar que esta hacia el norte es la Villa de Hontoba que esta una legua pequeña camino derecho, y aspero que tiene una cuesta al vajar de la dicha villa.

17. A los diez y siete capítulos se responde, la dicha villa de Escariche esta en buen asiento y tierra de mediana suerte y ay de todos fruitos de pan é vino é aceite y algunos ganados y es tierra templada y parte del termino llano é parte cuestas, é rodeos e cerros y tiene dos pedazos de monte, el uno junto al pueblo y el otro quarto de legua é que la parte que tiene de riscos é zerros es aspera y sierra é lugar sano é tal experiencia se tiene.

18. A los diez y ocho capitulos se responde, que en parte del termino tiene leñas lo que es llano retamas lo que es cerros é riscos atochos é romeros y otras fustas y los otros montes dencinas, y ay roces y olmos y nogales y algunos otros arboles, barullos é ygueras é ganados y que hay perdices é liebres, é conejos é palomas silvestres.

20. A los veinte capitulos se responde que junto por la dicha villa de Escariche pasa un arroyo de agua que procede de la fuente del guijarro que se llama el Charco y que el rio de Tajuña pasa una legua del dicho pueblo por derecho hacia puniente y que el rio de Tajo pasa de la dicha villa dos leguas, entre do sale el sol y el mediodia, y es rio caudaloso, é mui grande.

22. A los veinte y dos capitulos se responde que en el arroyo é charco que pasa junto á la dicha villa de Escariche, ay un molino junto al pueblo que es harinero que rentara quarenta fanegas de trigo cada año al concejo de la dicha villa de Escariche cuyo es y en el dicho arroyo hay otro molino mas abaxo tres cuartos de legua de la dicha villa, y rentara sesenta fanegas de trigo es de Francisco Gomez vecino de la villa de Yebra.

23. A los veinte y tres capitulo se responde que en el pueblo hay poca agua y que en parte del pueblo es abundoso de agua porque hay una fuente en un valle que se dice Valdela cedra y otra en Valde la ora y otra en Valde seber que son fuentes copiosas.

24. A los veinte y quatro capitulo se responde: que hay coto entre las heredades de viñas, y olivas para el mantenimiento de los ganados de la carniceria y un quexigar.

25. A los veinte y cinco capitulo se responde que es tierra parte de ella de pan y que se coge medianamente hasta ocho mil anegas de pan y labranza de viñas que se cogera hasta siete mil centavos de vino y labranza de olibas, que se cogera hasta cinco mil cántaros y que en el se cria ganado vacuno, cabrio, y de lana en poca cantidad, y ay falta de frutas é pescados.

32. A los treinta y dos capitulos se responde que la dicha villa de Escariche esta situada en una ladera hacia donde sale el sol é mediodia y vaxa algo aspera en parte á un llano á donde esta la una parte del lugar.

35. A los treinta y cinco capitulos se responde que los edificios de casas de la dicha villa de Escariche son de yeso é piedra franca y tapias de tierra y son de dos suelos, y tres y de mediano edificio y los materiales de piedra y yeso, losa y en el pueblo en mucha cantidad y que algunos edificios que hay de casas de canteria muy bien obradas y principales.

39. A los treinta y nueve capitulos se responde que en el dicho lugar al presente ciento sesenta Casas é vecinos y que la dicha villa de treinta años á esta parte se han aumentado más de sesenta vecinos.

XL. A los quarenta capitulos se responde: que todos los vecinos son labradores, eceto tres casas que hay de hijos dalgo, y gozan de los repartimientos R.s é concejales.

42. A los quarenta y dos Capitulos se responde que hay labradores que tienen medianamente, que algunos hay ricos, y que pobres ay pocos y que todas las labores son grangeria.

43. A los quarenta y tres capitulos se responde que en la dicha villa de Escariche ay un corregidor, dos alcaldes ordinarios, y dos alcaldes de la hermandad que los pone el Señor los cuales conocen de los casos que á cada uno acuden, y que las causas que los alcaldes determinan apelan para el Corregidor y del Corregidor para el Señor.

44. A los quarenta y quatro capitulos se responde, que en la dicha villa de Escariche ay dos regidores y alguacil mayor y otro alguacil ordinario que los pone el señor y un escribano de la gobernación y otro escribano público y un escribano del Ayuntamiento y un procurador del Concejo, y dos diputados y que no tienen salario alguno ni otros derechos más de que el tiempo que se ocupan en el negocio del concejo se les paga.

45. A los quarenta y cinco capitulo se responde que la dicha villa tiene su termino redondo distinto é apartado, y que por partes tiene como un quarto de legua y por otra parte tiene tres quartos de legua y por otra parte tiene una legua y goza la dicha villa de Escariche de los terminos comunes de la provincia de Zorita como una villa de ellas y que la dicha villa tiene un molino harinero por propio y tres ruedas de molinos de aceyte y un horno de pan cocer, que todo puede rentar quarenta mil maravedis y que pagan portadgo los que pasan por el termino desta villa siendo de fuera de la provincia de Zorita, no la habiendo pagado en otro lugar.

47. A los quarenta y siete capitulos se responde; que la jurisdicción de la dicha villa y sus terminos, es del señor y tiene los tercios, é alcavalas, y escrivania é portazgo, y un pecho de claveria de pan y dinero.

48. A los quarenta y ocho capitulos se responde que en la dicha villa ay una yglesia Parroquial que la adbocacion es de Señor San Miguel.

50. A los cincuenta capitulos se responde que en la dicha iglesia hay un curado, que vale quatrocientos cinquenta ducados.

51. A los cinquenta y un capitulos se responde, que dentro de la dicha villa ay una hermita de Señor S.tº Antonio y fuera de ella hay una hermita de S.r S.n Sebastián.

52. A los cinquenta y dos capitulos se responde que las fiestas que se guardan en la dicha villa de voto de ella son San Sebastian, Santo Anton, la Cruz de Mayo, San Gregorio Nacianceno San Gordian, Epimaquí, San Roque Santa Catalina, las quales dichas fiestas son de voto muy antiguos que se dice: fueron por pestilencia y por la conservación de los frutos e por otras causas que deben tener los antiguos de las quales no hay memoria.

53. A los cinquenta y tres capitulos se responde: qu en la dicha villa hay un monasterio de monjas de la Concepción de Nuestra Señora y que lo ha fundado el Señor que al presente de la dicha Villa en unas casas suyas muy principales y ay en el catorce monjas y tendra de renta dos cientos mil maravedís.

54. A los cinquenta y quatro capitulos se responde que en la dicha villa hay un hospital que dio una casa para el Martin Hernandez Redondo, vecino de la villa de Ontoba.

Al ultimo capitulo se responde que los pueblos á la redonda de la dicha villa son el lugar de Escopete que sera de sesenta vecinos y es de la princesa de vote, y la villa de Ontoba de doscientos vecinos, y la villa de Yebra que, es de quatrocientos vecinos y son de la orden de Calatrava y la Villa de Loranca que sera de doscientos vecinos y la Villa de Fuente morilla, de ciento é cinquenta vecinos y el lugar del Pez de Almoguera de cinquenta vecinos que todos son del marques de Mondéjar, y la villa de Pezuela que es de trescientos vecinos es de la Yglesia de Toledo.

E despues de lo susodicho en la dicha villa de Escariche á diez días del mes de mayo de mil y quinientos é setenta y seis años parescieron los dichos Luis de Silva é Diego de Orozco, é Martin Hernandez, é dixeron que en cumplimiento de lo que por los dichos señores alcaldes y regidores les fué mandado, ellos se han juntado en diversas veces y han conferido é practicado, y dado é declarado lo más bien que ellos han podido informandose de los que les podian dar parecer, y an declarado y respondido á los capitulos de la dicha instruccion , y hace presentación de ellos como les fue mandado al tiempo que se les cometio, que van puestos arriba, y lo firmaron de sus nombres lo susodichos Martin Hernandez=Luis de Silva=Diego de Orozco ante mi=Diego Lopez=escrivano.