CABANILLAS
En el lugar de Cavanillas, á veinte y un dias del mes de Noviembre de mil é quinientos y setenta y ocho años. Este dicho dia nos juntamos Fran.co Martinez de los Santos y Esteban Perez el Viejo e Martin Esteban, é Fran.co Martz. de Aguado, todos vecinos de este dicho lugar los cuales fuimos nombrados por el Ayuntamiento de este dicho lugar para responder á los Capitulos que S. M. embio á la Cibdad de Guadalajara para la descripcion de los pueblos de estos Reynos, la cual instruccion embio el Ylustre Sr. Licenciado Villegas, Corregidor en la dicha Cibdad, y ansi juntos hicimos y respondimos á los Capitulos que siguen.
1. Al primer Capitulo decimos: que este pueblo se llama Cabanillas al presente, y la causa por que se llama asi, oimos decir a nuestros antepasados y á los hombres antiguos que oyeron decir que en este pueblo tenian los Judios que en aquel tiempo habia en Guadalajara unas cabañas dende venian de Guadalajara á celebrar en estas cabañas su fiesta, y por esta causa tenemos entendido se llama Cabanillas.
2. Al segundo Capitulo decimos: que la mas antigua escriptura que hemos visto y podido haber, es del año de mil y cuatrocientos y cincuenta y cinco años, y es un repartimiento de alcabala, que tiene treinta y tres vecinos, y dos viudas, y un huerfano, é dos, y tenemos entendido, que cuando Guadalajara se gano de los moros, se debiera ganar este pueblo.
3. Al tercero Capitulo decimos: que este pueblo es aldea y jurisdiccion de la Cibdad de Guadalajara.
4. Al cuarto Capitulo decimos: que este pueblo se cuenta en el Reino de Toledo, y está en el Campo de Guadalajara.
7. Al septimo Capitulo decirnos: que somos vasallos de S. M.
8. Al octavo decimos: que la Cibdad de Guadalajara es cabeza de este partido, y que lo que toca á las juntas y gobernacion de este pueblo, en el mismo lugar las hacemos.
9. Al noveno decimos: que en grado de apelación se vá á la R.l Chancilleria de Valladolid, y desde este pueblo alla, hay treinta leguas poco mas o menos.
10. Al decimo decimos: que somos del Arzobispado de Toledo, y del arciprestazgo de Guadalajara, y se cuentan desde este pueblo, hasta la Cibdad de Toledo, diez y ocho leguas.
11. Al undecimo decimos: que somos de la jurisdiccion de Guadalajara, y que está este pueblo de la dicha Cibdad, una legua comun.
13. Al decimo tercio decimos: que el pueblo que está mas derecha de este pueblo, acia donde el Sol sale en el mes de Marzo es Guadalajara, y hay una legua de este pueblo por camino derecho.
14. Al decimo cuarto decimos: que el pueblo que está al mediodia de este lugar es Alovera, y que habrá como tres cuartos de legua por camino derecho.
15. Al decimo quinto decimos: que el pueblo que está al poniente de este pueblo es Valbueno, y esto es por el mes de Marzo, y hay un cuarto de legua por camino derecho.
16. Al decimo sexto decimos: que el pueblo que está al (poniente) norte de este pueblo es la Villa de Vsanos, y tambien está al cierzo, hay una legua buena por camino derecho.
17. Al decimo septimo decimos: queste pueblo es tierra templada y entre llana y no es montosa, y es lugar sano.
18. Al decimo optabo decimos: que es tierra falta de leña, y se proveye de leña y se provee de sus heredades, que son viñas olibos, y cuando la Cibdad de Guadalajara corta leña en los Montes publicos, que están dos leguas de este pueblo, ván alli por leña, y a los Montes de Tamajon y Veleña, que están seis ó siete leguas.
19. Al decimo nono decimos: que las Sierras cercanas de este pueblo son las que caen junto á la Villa de Vceda, y Talamanca, y que están acia puniente, y habrá como unas seis o siete leguas.
20. Al Capitulo veinte decimos: que el Rio que mas cerca está de este pueblo es el Henares, y esta unos tres cuartos de legua, y cae á la parte que sale el Sol, es rio comun.
21. Al veinte y uno decimos: que en este pueblo tenemos una fuente dentro del, de poca agua, de donde se veve, y de pozos de agua dulce que tiene el dicho lugar, en abundancia y al rededor del pueblo, acia todas partes ay agua dulce para los ganados, a media legua y a menos de este pueblo, se vá a moler comumente, al dicho Rio Henares al molino del aceña R.l que es de los Frailes de S. Bartolomé, el Real, y al molino de Montenis, que es del lugar de Alovera, y a otros molinos que están junto á la Puente de la Cibdad de Guadalajara.
21. Al veinte y uno decimos: que este pueblo tiene para sus ganados una pequeña dehesa y un poquito de prado.
26. Al veinte y seis decimos: que este pueblo tiene de granjeria, labor de pan y de vino, medianamente, y tambien se coge un poco de aceite y tambien hay ganado de lana y comunmente se suelen a nuestro parecer arrendar estos diezmos de lana, corderos y queso en veinte y cinco a treinta mil maravedis, y los diezmos del pan de nuestro principal se suelen comunmente arrendar en ciento treinta caices pocos mas ó menos nos remitimos á los libros de las Rentas.
32. Al Capitulo treinta y dos decimos: que este dicho lugar está sentado parte en el llano y en una ladera pequeña, y en un Valle, y pasa por medio un arroyo que no corre si no es cuando llueve.
35. Al treinta y cinco decimos: que los edificios que en este pueblo hay son de tierra y de tapiería, la teja y ladrillo se trae de fuera, legua y media de este pueblo, y la cal y yeso si alguna se gasta se trae, como de tres leguas y dos y media de este pueblo, y se traen de la Zentenera.
38. Al treinta y ocho Capitulo decimos, que al presente hay un hombre en este pueblo que se llama Juan Garcia, y es pastor y sin letras que casi no sabe leer en romance, y es un hombre que ha pronosticado muchas cosas de los tiempos, de lo cual tiene mucha fama en esta tierra, es un hombre como de sesenta años.
39. Al Capitulo treinta y nueve decimos: que siempre en nuestros dias se há aumentado este pueblo, por la bondad de Dios, y esta rnuy apretado á causa del poco termino y que tiene, y al presente tiene como hasta doscientos y cuarenta vecinos poco mas ó menos con las viudas.
40. Al Capitulo cuarenta decimos: que todo el pueblo son labradores, escepto Nicolas de Loaisa, y Luis de Loaisa que tienen executoria de hijos-dalgo, y Esteban Perez Blanco, que por razon de tener tres hijos e hijas la Justicia de la dicha Ciudad de Guadalajara que por tener este número de hijos gozase de executoria de Hijos-dalgo.
42. Al Capitulo cuarenta y dos decimos: que en el dicho pueblo no hay otro trato sino es arar y cabar, en sus heredades y otros oficios de tejedores de paño y lienzo, y sastres, y zapateros, de cada oficio tres ó cuatro personas, y en lo que toca si en este pueblo hay gente rica, decimos, que hay algunas personas les vá bien, y hay mucha cantidad de pobres, y á otros les vá comunmente.
44. Al cuarenta y cuatro decimos: que en este pueblo ay dos Alcaldes seglares, y dos Alcaldes de la hermandad, y tres Regidores y seis diputados, y que cada un año por el segundo dia del santo Nacimiento se eligen en Ayuntamiento otros tantos oficiales para el año siguiente, y dan de salario á cada un Regidor doscientos maravedis, á los Alcaldes no se les dá ningun salario, y tambien hay un escribano del Numero de este pueblo y le dán por sus escrituras de Concejo cinco mil maravedis.
45. Al cuarenta y cinco decimos: que este pueblo no tiene termino ninguno amojonado, solamente tenemos desmeria que por donde mas se estiende como media legua, y por otras partes muy menos, y la renta que tiene este Concejo es una dehesa que se suele vender la yerba en imbierno para el ganado de lana en doce o trece mil maravedis, algunos mas, y otros menos, y la yerba del prado en mil maravedis poco mas ó menos, y tiene dos pedazos de tierras el dicho Concejo que dán por ellas cada un año treinta fanegas de trigo, y tiene una bodega que la alquila cada un año con sus velezos en tres ó cuatro ducados.
48. A1 cuarenta y ocho decimos: que en este pueblo no tenemos mas de una Yglesia, parroquial, que se llama la advocacion de la Catedra de S. Pedro.
50. A este Capitulo decimos: que en este pueblo hay un beneficio curado y tiene un anexo que se llama Venalaque, y la renta del curado de Cavanillas tiene un medio prestamo que le quitan al Cura la tercera parte de el, y al dicho prestamo y lo de Venalaque. El anexo no tiene prestamo, y hemos oido decir y se dice que comunmente le vale al Cura ochocientos ducados sin el prestamo, y que el prestamo debe valer ciento y setenta ducados, ó ciento y ochenta a nuestro parecer poco mas o menos.