BUSTARES

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En la villa de Xadraque, á veinte y nueve dias del mes de Diciembre, año del Señor de mil é quinientos é ochenta años, para averiguacion de lo contenido en la Real instruccion de Su Magestad é capítulos della, é para su cumplimiento, segun que Su Magestad lo manda por la dicha Real instruccion, parescieron Miguel de Ortega é Juan de Buxados, vecinos que dixeron ser del lugar de Bustares, aldea é jurisdicion de esta villa de Xadraque, de edad que dixo ser el dicho Miguel de Ortega de sesenta años, poco mas ó ménos tiempo, y el dicho Juan de Bujados de edad de cinquenta é tres años, poco más ó menos tiempo, los quales, habiendo sido preguntados por el tenor é forma de la dicha instruccion e capítulos della, uno á uno, sin les dexar de leer cosa alguna, lo que dixeron é declararon acerca de lo que sabian, es lo siguiente:

1. Al primero capítulo dixeron, que ellos son vecinos del dicho lugar de Bustares, é que desde que nacieron é se acuerdan no han visto, sabido, ni entendido quel dicho lugar de Bustares se haya nombrado otro nombre sino Bustares, e que la razon por quel dicho pueblo se llama Bustares, ni por que causa, no lo saben.

2. A los dos capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares siempre, desde que se acuerdan, a sido é tenido por lugar antiguo é no nuevo, é que no saben quien le fundo, ni quándo se ganó de los moros, más de que le tienen por pueblo antiguo.

3. A los tres capitulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares es é cae en la juredicion de la villa de Xadraque, é no tiene otro título ninguno.

4. A los quatro capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares siempre e comunmente a caido, y está incluso é metido en el Reyno de Castilla.

5. A los cinco capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares no está en frontera de ningun Reyno estraño, ni tampoco es paso ni entrada para ningun puerto, ni Aduana, donde se puedan cobrar derechos algunos, é que el dicho lugar de Bustares puede estar de la raya de Aragon como catorce ó quince leguas comunes, o poco más ó menos.

7. A los siete capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares, como dicho tienen, es juredicion de la dicha villa de Xadraque, la qual, y el dicho lugar de Bustares, siempre, desde que se acuerdan, han estado y están por del Iltmo. Señor Marqués del Cenete y Duque del Infantazgo.

8. A los ocho capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares no tiene voto en Córtes, é que como dicho é declarado tienen es juredicion desta dicha villa de Xadraque, é que para las juntas de Concejo que en la dicha villa se hacen é repartimientos, acuden á la dicha villa de Xadraque.

9. A los nueve capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares está é cae en la comarca é partido de la Real Chancillería de Valladolid, á la qual, quando los pleitos é negocios que en ella pasan no van para antel Señor desta tierra en grado de apelacion, van á la dicha Real Chancillería de Valladolid, ay y ponen treinta leguas comunes, ó poco más ó ménos.

10. A los diez capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares, como dicho é declarado tienen, cae y está incluso en la juredicion de la dicha villa de Xadraque, desde la qual, al dicho lugar de Bustares, ponen é ay quatro leguas grandes, ó poco más ó menos.

11. A los once capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares cae y está en el Obispado de Sigüenza, donde está la Catedral del dicho Obispado, desde la qual al dicho lugar de Bustares ay y ponen seis leguas grandes, e quel dicho lugar de Bustares es del Arciprestazgo de Atienza, desde la qual al dicho lugar de Bustares ponen é ay quatro leguas pequeñas.

13. A los trece capítulos diseron, que yendo desde el dicho lugar de Bustares á la parte donde el sol sale, ay un lugar, y es el primero que se llama Gascueña, desdel qual al dicho pueblo de Bustares ponen media legua grande, é que se va a él por camino derecho é poco torcido, á una mano y á otra.

14. A los catorce capítulos dixeron, que yendo hácia la parte del mediodía desdel dicho lugar de Bustares á aquella parte, ay un lugar, y es el primero que nombra é llama las Navas, desdel qual al dicho lugar de Bustares ponen é ay como hasta media legua, poco más ó menos, e se va á él por camino derecho.

15. A los quince capítulos dixeron, que yendo desdel dicho lugar de Bustares hácia la parte donde el sol se va á poner ay un lugar, y es el primero que se llama é nombra Urdial, desde el qual al dicho lugar de Bustares ay como media legua comun, ó poco más ó ménos.

16. A los diez é seis capítulos dixeron, que yendo desdel dicho lugar de Bustares hacia la parte dondel norte es, ay un lugar, y es el primero que se llama Albendiego, desde el qual al dicho lugar de Bustares ponen e ay dos leguas comunes, ó poco más ó ménos, é questa un poco torcido a la mano derecha.

17. A los diez é siete capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares es tierra, y esta fundado en tierra ques fria, é ques serranía, é poco llana, y es tierra áspera é montañosa, é que la tienen por tierra sana é no enferma.

18. A los diez y ocho capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares es buenamente abundoso de leña, é que en el dicho su término y cerca dél se crian lobos e zorras, é perdices y liebres y algunos conejos, aunque pocos destos.

19. A los diez y nueve capítulos dixeron, quel dicho lugar está en serranía, é una legua poco más ó ménos de las sierras que llaman del Alto Rey de la Magestad , y estas sierras se extienden desde allí hácia la parte é derechera de Buitrago, é pasan adelante, y estas sierras caen á la parte del norte mirando desdel dicho lugar á aquella parte.

20. A los veinte capítulos dixeron, que cerca del dicho lugar de Bustares pasa un rio que se llama é nombra Vornova, el cual pasa á una legua grande del dicho lugar de Bustares, y este rio pasa a una legua grande del dicho lugar por hacia la parte donde el sol sale, é ques poco caudaloso, é sin pesca, é que cria truchas.

21. A los veinte é un capítulos dixeron, que en el dicho lugar de Bustares ay algunas poquitas huertas, en las quales se cogen ciruelas, camuesas y peras, y guindas y otras pocas frutas.

22. A los veinte y dos capítulos dixeron, que en el dicho rio de Vornova ay dos molinos, que son el uno dellos de un vezino de la villa de Cogolludo, y el otro es del Concejo de Gascueña, é van á moler por tiempo de ymbierno á los molinos de las Navas é del Urdial, questán a media legua del dicho lugar de Bustares en unos arroyos que vaxan de la sierra del Santísimo Rey de la Magestad por aquella parte.

23. A los veinte y tres capítulos dixeron, que el dicho lugar de Bustares tiene agua la que á menester.

24. A los veinte y quatro capítulos dixeron, quel dicho lugar es de pocos pastos, e tiene dos dehesas para los ganados vacunos é bueyes de arada, y son pequeñas.

26. A los veinte y seis capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares es tierra de poca labranza, y que en ella se cogen algunos pocos panes, é se crian algunos ganados, y estos son pocos maiores é menores.

28. A los veinte y ocho capítulos dixeron, que a cinco leguas comunes del dicho lugar de Bustares están las salinas que llaman de la Olmeda, e otras en el Gormellon.

32. A los treinta y dos capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares esta fundado en la halda é llano de la sierra un poco bajo, y es un poco su sitio áspero.

33. A los treinta y tres capítulos diseron, que a poco sitio de la villa de Xadraque, e á cinco leguas del dicho lugar de Bustares, ay y está un castillo que se llama del Cir, el qual es bueno é fuerte, é sus edificios son de cal y canto, y fundado sobre peñas.

35. A los treinta y cinco capítulos dixeron, que en el dicho lugar de Bustares se usan los edificios de las casas dél de piedra é varro, é otras maderas de roble toscas, y estos materiales de madera tosca, e más lo que dicho es, los hay en el dicho lugar de Bustares cumplidamente.

39. A los treinta y nueve capítulos dixeron, quel dicho pueblo de Bustares podrá ser de hasta quarenta vecinos, poco más ó menos, e que se ha disminuido de algunos de los vezinos de él por enfermedades.

40. A los quarenta capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares es la maior parte de él de labradores, y que ay número de hidalgos en el, y éstos son livertados, y gozan de los privilegios de no pagar servicio á Su Magestad.

42. A los quarenta y dos capítulos dixeron, que la gente é vezinos del dicho lugar de Bustares son pobres, é que viven de su trabajo é de hacer algun poco carbon.

43. A los quarenta y tres capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares nombra en cada un año dos Alcaldes é un Regidor, é ques juredicion de la dicha villa de Xadraque.

45. A los quarenta y cinco capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares tiene pocos términos propios suios.

47. A los quarenta y siete capítulos dixeron, quel dicho lugar de Bustares es juredicion desta dicha villa de Xadraque, la qual, y su juredicion, son del illustrísimo señor Marqués del Cenete y Duque del Infantazgo.

48. A los quarenta y ocho capítulos dixeron, que en el dicho lugar de Bustares ay solamente una Yglesia parroquial que se nombra é llama San Llorente, y no ay otra alguna Yglesia en el dicho lugar.

51. A los cinquenta y un capítulos diseron, que en el dicho lugar de Bustares ay una hermita de señor San Martin, y otra de señor San Sebastian, é que á media legua del dicho lugar de Bustares está en lo alto de la sierra una casa y hermita que se nombra é llama del Señor Rey de la Magestad, la qual es de grandísima devocion, é á donde por esta causa acuden y vienen gentes de muchas partes.

52. A los cinquenta y dos capítulos dixeron, que ademas de los dias y fiestas que la Yglesia manda guardar en el dicho lugar de Bustares, tienen por devocion de guardarlos dias de Señor San Sebastian, y Santotis, e Santa Quiteria é San Benito, e San Anton, é Señora Santa Ana.

57. A los cinquenta y siete capítulos dixeron, que todo lo que dicho tienen es verdad, é que no saben otra cosa de lo contenido é declarado en los dichos capítulos é instruccion de ellos; y lo firmó el dicho Juan de Bujados, y el dicho Miguel de Ortega no supo firmar.=Juan de Bujados.