AZUQUECA

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En el lugar de Azuqueca, aldea, y jurisdiccion de la Ciudad de Guadalajara á veinte y dos días del mes de Diciembre año del Sr. de mil e quinientos y sesenta y cinco, este dicho dia por ante mí Juan de Quevedo, Escribano de los dichos del Concejo del dicho lugar, los Señores Miguel Garcia, é Sebastian de Tostola, Alcaldes, é Rodrigo del Campo é Eugenio de Lucas, Regidores por virtud de un mandamiento del Yllustre Señor, el Licenciado Francisco de Escobar, Corregidor de Guadalajara su tierra p.r S. M. que les fué notificado para que nombrasen dos personas Vecinos del dicho lugar para responder a todo lo contenido en una instruccion embiada por S. M. é obedeciendole en un todo nombraron por tales personas para responder á lo susodicho á Pedro Ayala y á Pedro de Santruste, Vecinos del dicho lugar i les dixeron y entregaron dicha instruccion, quienes aceptaron el dicho nombramiento, y respondieron todo lo contenido en la forma siguiente.

1. Al primer Capítulo, dixeron: que este lugar se llamaba Azuqueca, ignorando la Causa porque lo llamaron así.

2. Al segundo: que este lugar segun el dicho de los antiguos, es el mas antiguo de esta tierra, ignorando quien lo fundó, ni cuando.

3. Que este es Aldea de la Ciudad de Guadalajara, y su jurisdiccion de la misma.

4. Que dicho lugar está en el Reyno de Toledo.

5. Que no es frontera de ningun Reyno Extranjero, ni hay Aduana, ni se pagan derechos en el.

7. Que este pueblo es de S. M.

8.Que la dicha Ciudad de Guadalajara habla en Cortes por el como Cabeza que es, y, los repartimientos y las cosas mas necesarias.

9. Que los pleitos en grado de apelacion van á la Real Chancilleria de Valladolid.

10. Que este lugar está sugeto al Corregimiento de la Ciudad de Guadalajara que dista dos leguas de ella.

11. Que este lugar pertenece al Arzobispado de Toledo, donde está, la Catedral, y dista de el, diez y ocho leguas.

13. Que el primer pueblo que se halla acia la parte do sale el sol, se llama Chiloeches, y dista de este una legua buena.

14. Que el que se halla yendo acia la parte de mediodia es la Villa de Villar de Campo que distará una media legua.

15. Que por la parte de poniente el primero que se halla es Bujel y distará una media legua de el.

18. Que por la parte del Norte el lugar mas cercano es Quer y dista una media legua.

19. Que es tierra templada y rasa, y no enferma.

20. Que es tierra falta de leña, y se proveen del Monte de Guadalajara cuando hay corte, y no es tierra de arboledas ni de caza por ser tierra rasa.

21. Que a un cuarto de legua de este lugar pasa un rio que llaman Henares, muy buen rio.

22. Que á la parte do sale el Sol, hay una heredad de Dehesa ó huerta que se llama Acequilla ques en la ribera, de Henares, y es del Marques de Auñon, la cual heredad toma la mayor parte que hay, en este termino del rio, y rio de poca pesca, y la que hay son peces y anguilas, y en la huerta hay frutales de membrillos y ciruelos, y guindos, y en lo que toca á la pesca no sabemos lo que renta.

22. Que en dicho termino no hay, ningun molino, ni barco, ni puentes, ni otros aprovechamientos.

23. Que en dicho lugar hay una fuente muy antigua del tiempo de los moros, que nadie hay que sepa donde nace, sino que está en cañada con sus arcabuces de barro, Y está enmedio del pueblo, y en lo qe toca á las moliendas, se vá á los molinos del Olmo, que está á la parte del cierzo y, á los molinos de los Santos que están en la parte del abrego, que dista cada molino media legua del pueblo en la ribera de Henares, que otras aguas ni laguas no las hay en el termino, si no es la dicha fuente donde beben tanto la gente como los ganados.

24. Que en el termino de dicho lugar hay una dehesa del Concejo, á la parte de Serrano, encima del lugar que alinda con el termino de Villanueva, que cabran hasta trescientas fanegas, y es para pastos de los ganados de carnicería é labor, y otra hay en el dicho termino dos sotos en la ribera de Henares que los aparta el dicho rio, el uno se llama el Soto Reando que confina con el termino de los Santos, y el otro se llama Monedero, ques de esta parte del rio, que confina con el dicho termino de los Santos, y en ellos hay poca caza, y son los dichos dos sotos del Marques

de Mondejar, y su jurisdicción es de este lugar.

25. Que en dicho lugar no hay casas de encomiendas, sino el Duque del Ynfantado que tiene un arrendamiento de quinientas fanegas de tierra en el, y Pedro Suarez, vecino de Guadalajara, tiene hasta doscientas fanegas de tierra, y Pedro de Ayala, vecino del dicho lugar tendrá hasta doscientas fanegas de tierra, y Juan del Niño, Vecino de Azuqueca, tiene hasta doscientas fanegas, y Juan Navarrete vecino del mismo tendrá unas cien fanegas, y el Marques de Auñon, tiene en el mismo termino fuera de Acequilla, doscientas fanegas, y el Marques de Mondejar tiene hasta seiscientas fanegas de tierra las cuales tiene dadas a censo perpetuo a los vecinos de Miralcampo con los en el Capitulo antes contenido, y en lo que toca a otras publicas de heredamientos posee la Ciudad de Guadalajara y su tierra en este dicho término hace á veinte y cinco fanegas y estos son abrebaderos de ganados y pastos.

26. Que es tierra de labor de pan, que en ella se coge trigo y cebada en buena manera, y se acostumbra a arrendar el diezmo del pan en setenta y cien caíces un año con otro y se cría poco ganado de lana y no de otros ganados por no haber pastos para ellos.

27. Que en dicho termino no hay ninguna salinas, ni jaspes, ni marmoles, ni las demas cosas comprendidas en dicha pregunta.

30. Que dicho lugar está junto á Guadalajara y Alcalá.

31. Que dicha tierra es llana é segura.

32. Que dicho lugar está en tierra llana y rasa, y no tiene ninguna fortaleza, ni cercas.

33. Que en dicho lugar ni su termino no hay ni castillo, ni torre.

35. Que las casas en dicho lugar son de tapiería y ladrillo, cal, y yeso, y el ladrillo, cal y yeso se trae de fuera.

36. Que en dicho lugar y su termino hay edificios antiguos aunque ya no se parecen si no es los ladrillos de ellos, y una hermita que se llama de S. Juan ques del tiempo antiguo y está reparada y en pie y es de las monjas de S. Bernardo de Guadalajara.

38. Que en dicho lugar se cuenta al presente unos cincuenta vecinos, y en tiempos antiguos decian que era gran lugar y la causa porque se disminuyó, la ignoran.

40. Que en dicho lugar los vecinos de el son labradores, escepto tres que son hijosdalgos reconocidos por tales.

41. Que en dicho lugar no hay ningun mayorazgo, sino vinculos de Hacienda.

42. Que la gente que hay en dicho lugar es pobre, y no tiene grandeza ninguna sino es la labor de pan, y de diezmos, de otra parte ha venido en grande disminucion por las eventualidades de los tiempos y otras cosas que se han ofrecido por lo cual los labradores de el están muy alcanzados.

43. Que en el dicho lugar hay Alcaldes y Regidores, y se nombran unos á otros cada un año, y los alcaldes eran antes el Corregidor de Guadalajara la solemnidad de juramento que se requiere para ejercer su oficio, y no hay ninguna justicia eclesiastica, y también Alcaldes de la hermandad nombrados por los Oficiales juntamente con los demas cada un año.

44. Que hay dos Alcaldes ordinarios y un Alcalde de la hermandad, un Alguacil y un Escribano, del Concejo, y no tienen aprovechamiento ninguno,

45. Que tiene el dicho lugar una legua de largo el termino, ques dende la venta de S. Juan hasta la venta de Meco, y de ancho tiene media legua dende aquella parte del rio de Henares hasta la venta de Galiana que confina con los terminos de Lucas y Villanueva.

46. Que en el dicho lugar solo hay un privilegio de una dehesa ques muy, antigua y se ha guardado y guarda de gran tiempo inmemorial á esta parte, que en ella no puede ninguna persona pacer con sus ganados, ni cazar ni que en ello hay si no es con licencia del Concejo del lugar.

47. Que dicho lugar es de S. M. y de la jurisdiccion de Guadalajara, y en el no hay aprovechamiento ninguno, solo las cosas que tocan a S. M.

48. Que solo hay una Yglesia Parroquial, y no otra cosa.

52. Que en dicho lugar hay dos fiestas que son S. Sebastián y S. Gregorio Nacianzeno, y se guardan por voto antiguo del pueblo, ni mas ni menos se hacen nueve procesiones y de gran tiempo a esta parte, y se dice una misa en cada sábado de los dichos, y esta misa se dice de limosna que se allega, y hasta la cera que arde en ella de la dicha limosna, y las procesiones se comienzan el sábado de la y se acaban en sábado de Ramos de cada un año, y no hay persona alguna que sepa el origen ni principio de esto mas de solo ser antigua.

51. Que no hay hospitales ni otras obras pías en el dicho lugar.

56. Que es lugar pasagero y que á la parte de cierzo esta la Venta de S. Juan ques de las monjas de S. Bernardo de Guadalajara, y a la parte del abrego está la venta de Acequilla ques del Marques de Auñon y importale su renta treinta y cinco mil maravedis cada un año.

57. Que no hay lugar ninguno despoblado.

Todo lo cual nos parece ser cierto y verdadero y cuanto alcanzamos y entendemos en el tiempo que hace que nacimos y que habemos visto, y oido, a nuestros Mayores, y asi lo respondemos y firmamos de nuestros nombres é juntamente con nosotros el referido Escribano=Juan de Salcedo=Escribano del Concejo de dicho lugar=Pedro de Avala=Pedro de y Juan de Garrido.