AUÑON
En la Villa de Auñon, á treinta dias del mes de Noviembre, año del Salvador Jesuchristo, de mil é quinientos é setenta y cinco años, dia del Bienaventurado Señor San Andrés, se juntaron juan merchante y Juan Moreno Rufino, vecinos de esta Villa, los quales fueron nombrados por el licenciado vergara, gobernador y Justicia mayor de Melchor de Herrera, Marqués de Auñon, y por los alcaldes ordinarios de esta dicha Villa, para cumplir y declarar una instruccion que su magestad manda de las cosas notables y dignas de saber de esta dicha Villa y sus términos, como en ellas se contiene; y en cumplimiento de ella, haviendo visto y entendido cadaun Capítulo por sí, respondieron y satisficieron á cadauno en la manera siguiente:
1 . Primeramente Respondiendo al primer Capitulo, respondieron: que á esta dicha Villa llaman Auñon, y en las escripturas antiguas no se ha hallado cosa en contrario ni se ha sabido otro nombre que aya tenido y porqué se llama Auñon, no hallan sino es porque han vivido en una unidad y conformidad cristianamente.
2. Al segundo Capítulo dixeron: que lo que dél entienden es, que despues que el Rey don Alonso, de gloriosa memoria, ganó á Cuenca y á muchas provincias de la Tierra de los moros, ha sido esta Villa siempre de Cristianos y del Maestrazgo de Calatrava.
3. Al tercero Capítulo digeron: que Auñon siempre ha sido Villa y del Maestradgo de Calatrava, subgeta á la jurisdicion de Zorita de los Canes.
4. Al cuarto Capítulo dixeron: que esta Villa de Auñon está en la provincia de Zorita, que es en el Alcarria y Reyno de Toledo.
5. Al quinto capítulo dixeron: que esta Villa de Auñon está muy lexos de frontera alguna, y no se cobran en ella Aduana ni derechos algunos de entrada ni salida de ningun Reyno.
6. Al sexto capítulo dixeron: que en está Villa de Auñon antiguamente tuvieron y han tenido las armas de Calatrava hasta el año de mil ó quinientos y setenta y dos, que el Marqués de Auñon compró la dicha Villa, y otra cosa no saben.
7. Al séptimo capítulo dixeron: que siendo esta dicha Villa de la horden de Calatrava y de la provincia de Zorita de los Canes y de su jurisdiccion, fué servido su magestad de darla y traspasarla al marqués de Auñon, porque dicen que sirvió á su rnagestad con doscientos y cuatro mil ducados por la dicha Villa y encomienda y la Villa de Verninches, segun lo entienden é de haberlo oido avia tres años poco más ó menos.
8. Al octavo capítulo dixeron: que en las cosas tocantes á los repartimientos de Alcavala y servicio y agravios, acude esta Villa y todas las de esta provincia á la Villa de Madrid, de donde han venido siempre los dichos repartimientos, y si algun agravio ha havido se acude ni más ni menos al procurador nombrado por la dicha Villa de Madrid para las Cortes.
9. Al noveno capitulo dixeron: que esta Villa cae en el distrito de la Chancilleria de Valladolid, á donde siempre han ydo y van en grado de apelacion, la cual dicha Chancilleria está de esta Villa treinta y nueve leguas.
10. Al décimo capítulo dixeron: que esta dicha Villa siempre estuvo en la jurisdicion de Zorita de los Canes, que está tres leguas de esta Villa hasta que fué enagenada.
11. Al onceno capítulo dixeron: que esta dicha Villa está veinte y dos leguas de la Iglesia Cathedral de Toledo, de cuyo Arzobispado es, y tres leguas de pastrana, donde al Presente reside el Arcipreste de Zorita.
12. Al doceno capítulo dixeron: que esta dicha Villa de Auñon antes que se enagenase fué de la horden de Calatrava, y que siempre los Comendadores que eran de la dicha Villa residían en ella, y tenian casa en que vivian y sus rentas en esta Villa y Verninches y el Collado, y en acequilla y casa sola y obras partes.
13. Al treceno capítulo dixeron: que el primero pueblo de acia donde sale el sol, se dice la Villa de Sacedon, que es jurisdicion de Huete; está una legua, de esta dicha Villa derecho por donde sale el Sol el mes de marzo, que dista mui poco.
14. Al catorceno capítulo dixeron: que el primero pueblo de esta Villa acia el mediodía es Poyos, que es de, la orden y encomienda de San Juan; está dos leguas medianas de esta Villa.
15. Al quinceno capítulo dixeron: que el primero lugar acia el puniente se llama alhóndiga, que era de la orden de San Juan y al presente es del obispo que fué de Lugo, y está media legua de esta Villa acia el puniente, del cual dista cuarto de legua acia el norte.
16. A los diez y seis capítulos dixeron: que la Villa de Verninches está á la parte del norte, y que no dista quasi nada de él; está una legua comun de esta Villa, y que es del marqués de Auñon.
17. A los diez y siete capítulos dixeron: qué esta Villa de Auñon está en tierra de buen Temperamento, que, ni es en extremo fria ni caliente, y que tiene tierra llana en algunas partes, y en otras tiene Valles y montes ásperos, y tiene un monte á la ribera del rio Tajo, que es de pino, encina y Sabina y Enebro, y que es pueblo sano, y que ay personas viejas y ancianas en quantidad.
18. A los diez y ocho capítulos dixeron: que esta Villa de Auñon no es mui falta de leña ni mui abundosa, porque mondando los olivares que en su término hay y de los Sarmientos de las Viñas, se cumple, mucha parte del año de leña, y para lo que falta traen á Vender de los lugares comarcanos leña de encina: vale de hordinario una Carga cuarenta y cinco maravedis, ó Real y medio, poco más ó menos, y que los animales que se crian en esta tierra son lobos, raposas, guarduños, venados, liebres y Conejos, perdices y palomas, y esto medianamente.
19. A los diez y nueve capítulos dixeron: que en el término de esta dicha Villa nascen dos Sierras, la una que su nascimiento de ella se dice la Caveza el puerco, y va á fenescer y acabar á Sierra morena, aunque por algunas partes se quiebra; que será treinta leguas poco más ó menos; y la otra en Valdemingo pedro, términoque se estiende poco más ó menos cuatro leguas que corren al sesgo de cierzo.
20. A los veinte capítulos dixeron: que el rio más caudaloso que corre por el término de esta Villa es el Tajo que pasa por Toledo, y va á fenescer á Lisboa, el cual pasa á medía legua de esta dicha Villa y tiene su nascimiento cerca de la Villa de molina, que es en la Serrania de Cuenca; á media legua de la dicha Villa pasa otro río pequeño á la parte del norte qué se dice Arles, nasce en el término de Verninches y fenece en la Pangía en el rio de Tajo, que es cuatro leguas, poco más ó menos.
21. A los veinte y un capítulos dixeron: que en la Rivera del Tajo no ay huertas ni regadios, y que las huertas que en término de esta Villa hay son fuera de la dicha rivera y de poca agua, y los árboles que avía en ellas se an perdido porque la oruga ha dado en ellos y se han secado, y se cogen algunas hortalizas para el gasto de la Villa; y que la pesca que ay en el dicho Rio es poca, y que no ay arrendamiento de ella por ser en tan poca quantidad y el Rio tan estéril de pesca.
22. A los veinte y dos Capítulos dixeron: que en la dicha Rivera,de Tajo, término de esta Villa, ay tres ruedas de molinos harineros en una parada; son del Concejo de la dicha Villa; y á la parte de abaxo de los dichos molinos, como un tiro de Vallesta, ay una puente de cal y canto que tiene tres arcos, el de en medio es grande, y los dos son pequeños; no se lleva pontage ni otro derecho, y a la parte de abaxo de la dicha puente, arrimado á ella, ay una Sierra de agua que es del dicho Concejo, que asierra madera de pino que viene de la Serranía de molina y cuenca.
23. A los veinte y tres capítulos dixeron: que esta dicha Villa tienen las dichas tres Ruedas de Molinos en la dicha ribera de Tajo, como se hace mencion en el Capítulo de suso, donde hacen sus harinas, y que del dicho Rio de Tajo no se sacan ningunas aguas para regar con ellas, ni se aprovechan más de para la dicha molienda y: sierra, por hir tan hondo como va y con mucho torrente, y que para vever los vecinos y ganados de esta Villa se trae media legua el agua encañada á esta Villa antes, más qne menos, y de esta agua se bastecen las gentes y ganados, y ay dos fuentes de la dicha agua repartida, la una en la cabeza de la Villa y la otra en la plaza, y que no ay lagunas, y que de ciertos arroyuelos que ay, se riegan algunos huertos que hay.
24. A los veinte y cuatro Capítulos dixeron: que en el término de la Villa no hay bosque ninguno, ni coto, ni dehesa, ni cosa diputada para caza ni para pastos.
25. A los veinte y cinco Capítulos dixeron: que en esta Villa no hay más de tina casa de encomienda, que su magestad hizo merced al marqués de Auñon, el qual la ha hecho para monesterio de monjas, y que no ay en esta Villa las demás cosas contenidas en este Capítulo, públicas ni de particulares.
26. A los veinte y seis Capítulos dixeron: que el principal fruto que en esta Villa se coge es el aceite y vino en moderacion, y el pan la mitad de lo que es menester para esta Villa; ganados ay pocos por ser el término tan estrecho y mui plantado, y que la provision que viene á esta Villa de trigo y cevada, es de la Mancha y tierra de Huete. Hallamos que el año de mil quinientos y setenta é cinco, valió el arrendamiento del diezmo del pan que se cogió en término de esta Villa sesenta y ocho cahices de trigo de á doce fanegas cada un cahiz, y en ciento quarenta y seis mil maravedis el diezmo del vino, y en seiscientos y quarenta mil y cuarenta maravedis el diezmo de la azeite, que se entiende demás de la azeite, miel, cera, lino, cáñamo, cañamones, y Zumaque, y avena, y escaña, y el diezmo de ganados en veinte y siete mil maravedis, que es la cria, y lana y queso.
27. A los veinte y siete Capítulos dixeron: que en término de esta Villa de Auñon no ay ninguna mina de oro, ni plata, ni otros metales.
28. A los veinte y ocho Capítulos dixeron: que en término de esta Villa, no ay sino piedras calerizas, y de arena y yeso.
29. A. los veinte y nueve Capítulos dixeron: que esta Villa de Auñon dista cuarenta y seis leguas del grao de Valencia, que es lo más cerca de la mar.
30. A los treinta Capítulos dixeron: que esta Villa está muy lexos de la mar, segun tienen declarado en el Capítulo antecedente.
31. A los treinta y un Capítulos dixeron: que en el término de esta Villa no ay cosa alguna de las contenidas en este Capítulo.
32. A los treinta y dos Capítulos dixeron: que esta dicha Villa de Auñon está en un cerro entro llano, y un Valle de la una punta y otro Valle de la otra, que corren entrambos á dos acia el mediodia, y por cada uno de ellos un arroyo de agua pequeño que va á fenescer al rio de Tajo, que está media legua de esta Villa.
33. A los treinta y tres Capítulos dixeron: que en término de esta Villa ni en la dicha Villa, no ay ningun Castillo ni Casa fuerte más de una Torre antigua medio cahida de que en el Capítulo treinta y seis siguiente se hará mencion, y las Armas que el concejo tiene son diez y seis picas.
34. A los treinta y cuatro Capítulos dixeron: que en esta Villa ni su término, no ay fortaleza ninguna ni Casa fuerte, ni salarios algunos de alcaydes.
35. A los treinta y cinco Capítulos dixeron: que los edificios de esta Villa son de cal y canto algunos, y otros de yeso y otros de tapieria, y las maderas algunas de ellas se crian en este término y la cal y yeso y piedra y tierra para las Tapias, y que de la Rivera de Tajo se compran maderas de pino que se trahen el dicho Rio abaxo de Sierra de Cuenca y Molina las que faltan para los edificios, y la Teja se hace en el dicho término.
36. A los treinta y seis Capítulos dixeron: que en término de esta Villa ay una Torre de Cal y Canto de Silleria, á la cual llaman la Torre del quadron, y tiene un epitafio y letrero, el qual no se ha podido entender por ser letra mui extrangera y peregrina y que vulgarmente dicen: que la hizo el Rey Jaime de Aragon, para desde ella combatir una Ciudad y poblacion que estaba en un cerro mui alto, que se dice el cerro de Campana. La muralla y edificios denotan lo que era la dicha habicion, que están todos arrobinados, pero mucha parte de la muralla está por partes sana y va así dando noticia y muestra por donde va la dicha muralla, que es mucha tierra, y que no se entienden aver otros epitafios, ni letreros ni antiguallas más de esto.
37. A los treinta y siete Capítulos dixeron: que en la hora de mil é quatrocientos é treinta años, siendo el Infante D. Alonso de Aragon, hermano del Rey D. Juan de Aragon, maestre de Calatrava, se levantó un tirano que por su nombre se llamó Carne de Cabra, y ganó todas las Villas y lugares de esta provincia de Zorita; solamente no pudo ganar esta Villa de Auñon, porque los hombres y Vecinos que en ella avia en aquel tiempo fueron tan velicosos y leales á su Rey y maestre, que la defendieron poniendo sus Vidas y haciendas en todo peligro, con mucho derramamiento de sangre y otras cosas que por su prolixidad no las decimos. Hay un Valle que se dice Val de la matanza, que está junto aesta Villa y en su término, donde los antiguos decian que avia avido una cruel batalla entre christianos y moros, y que por eso se llama Val de la Matanza, y esto oyeron á sus mayores y más ancianos.
38. A los treinta y ocho capítulos dixeron: que en esta Villa de Auñon de lo que se tiene noticia de los hombres de letras como de Armas, de ciento y quarenta años á esta parte es: que huvo en la hera de quatrocientos ochenta é ocho años un Arcipreste de Almoguera que fué mui curioso en la Rota de Roma y mui principal en ella; fué mui buen letrado en la facultad de Cánones y leyes, hizo en esta dicha Villa una hermita, su Vocacion de ella es San Miguel; dexó dotada la dicha hermita de una heredad de Olibas mui principal para aceyte á la lámpara para que arda ante el altar de la dicha hermita, y dexó un patron pariente que posee el dicho olibar y acude con el dicho aceite para la lámpara; y tiene la dicha hermita una bulla de Indulgencias para ciertos dias de el año, y dotó una Capellania para que se digan dos misas cada semana; y en la Torre Esteban ambran fué cura de la parroquial. Huvo en la dicha era Juan Merchante que fué canónigo é chantre en la Iglesia de Lugo, fué mui buen letrado en la facultad de cánones y leyes, fué electo por Secretario del Sumo Pontífice que á la sazon era; y en aquellos tiempos no se usaba embiar embaxadores á la Corte Romana los Reyes de Castilla, sino familiares, y yba el electo familiar para negociar lo que lo fuese mandado por su Rey y Señor, y en el camino murió. Hovo otro Clérigo que se dixo Garci-fernandez de Gil Diaz; buen Religioso, y por su bondad y Christiandad en tiempo del Papa Leo, el último de este nombre, sirvió al Papa en la Iglesia Romana y Palacio Sacro de limosnero y cerero no tan solamente del Papa Leo, mas después de él fué elegido por tres Pontífices sus Sucesores, de los cuales fué mui querido. Fué tan limosnero que hizo á esta Iglesia un frontal de brocado mui rico, y á parientes pobres hizo muchas limosnas; embió Bullas plomadas en favor de la hermita de Nuestra Señora del Madronal, para que el cura de esta Villa y el Concejo y un pariente suyo fuesen patronos de la dicha hermita, para en las cosas cumplideras de ella.
Huvo en esta dicha Villa un licenciado Juan Ruiz, buen letrado, hombre noble, cuyo abuelo fuá natural de la Montaña, y se vino á vivir á esta Villa, donde despues de él han vivido y viven sus descendientes. Tuvo mui buenos cargos en servicio de su magestad en tiempo del Emperador Carlos quinto, y el primero que tuvo fué Alcalde mayor de las Villas y lugares que la horden de Santiago tiene en Castilla la Vieja, y Reynos de Leon y de galicia; y estando en este oficio desde el año de diez y ocho hasta el veinte y uno por servir como sirvió á su Magestad aventajadamente en aquel tiempo, puso muchas veces á mucho peligro su vida y gastó la mayor parte de su hacienda; y el tiempo que las Serenísimas Infantas D.ª Maria y D.ª Juana estuvieron en la Villa de Arévalo, fué allí Corregidor y Gobernador, teniéndolas á cargo el Conde de Cifuentes. Fueron tales los servicios que hizo á su magestad, que fuá electo Alcalde de su Casa y Corte, é inmediatamente lo atajó la muerte.
Este licenciado Juan. Ruiz tuvo quatro hijos: el mayor, que se llamó Gerónimo Ruiz, sirvió á su magestad del Emperador Carlo quinto de mui buen soldado, y de Secretario por su magestad en la embaxada de Benecia sirvió tan fielmente, que su magestad fué mui servido; fué desde la Corte de Benecia á la corte de España, y puso casa en ella y respondia á los embaxadores de su magestad de Roma y de Benecia y génoba de cosas tocantes al servicio de S. M. Fué tan ávil y tan servidor dé la Corona Real, que estando la magestad del Rey don phelipe en flandes, mandaba al príncipe Ruigomez de Silva que escriviese al dicho Gerónimo Ruiz que no viniese correo de España á flandes, que no tragese carta suya porque con ningunas cartas se holgaba su magestad tanto como con las del dicho Gerónimo Ruiz.
Fué Embaxador por la magestad del Rey D. Phelipe y por la Magestad de Doña Leonor, Reyna que fué de francia y de Portugal, y llevó orden para traher de Portugal á la Infanta D.ª Maria, hija de la Reyna D.ª Leonor susodicha, para que la viese su madre, y no huvo orden con los Reyes de Portugal, de que diesen tal licencia y facultad para que viniese al Reyno de Castilla á ver á su madre; fué el dicho Gerónimo Ruiz gentil hombre de su magestad.
Tuvo el dicho Licenciado Ruiz otro hijo, que se llamó Martin Ruiz de Velasco, que estando en Roma le embió á llamar el Secretario de su magestad Gonzalo Perez con mucha instancia desde Bruselas, que es en Flandes, que fuese con toda brevedad y que le daria una parte de su Escritorio, teniendo entendido su avilidad, bondad y fidelidad; sirvió en el dicho oficio muchos años hasta que Nuestro Señor se sirvió dél, porque en las cifras fué tan diestro y tan ávil, que ninguna persona de las que estaban en el escritorio se le igualaba; tenia mil é quinientos ducados de renta en un Arcedianazgo y beneficios simples.
Ansimismo ovo otro hijo el dicho Lizenciado Ruiz, quue se dice el doctor Juan Ruiz de Velasco, que ha servido á su magestad por Corregidor en la Cibdad de Jaen, Anduxar, y en Ubeda, y en Baeza, y en el adelantamiento de Campos Alcalde Mayor; y fué nombrado por la Reyna Maria para hacer ciertas averiguaciones en Almonescir y Yllana; y ansimismo S. M. le embió á Vizcaya con Comision, porque avia mui grandes Vandos entre dos linages, para que hiciese Justicia y le dexase llano; ansí en este negocio, como en todos los demás cargos, ha dado muy fiel, y recta cuenta á S.M. como bueno y recto juez.
Hobo otro hijo el dicho Licenciado Ruiz, que se dixo por su nombre Gines Ruiz de Velasco; fué Comisario del Santo Oficio, murió mui mancebo, era de mui buenas letras en la facultad de Cánones y leyes, graduado de Licenciado en Cánones en la Universidad de Alcalá.
El dicho Gerónimo Ruiz hovo un hijo, que por su nombre se dixo Antonio Ruiz de Velasco, que fué Capitan de la Guarda de Don Alvaro de Sande, que era Coronel de la Ynfanteria Española en el Reyno de Nápoles; fué valiente y mui discreto en las, cosas de guerra, y mui servidor de su magestad, en cuyo servicio murió.
El dicho Gerónimo Ruiz ovo otro hijo, que por su nombre se dice Juan Ruiz de Velasco, que sirvió al príncipe Ruigomez de page, Camarero y Secretario, y de allí fué provehido por proveedor y Comisario general de la Armada de Puniente, de la Alteza del Señor don Juan de Austria por orden del príncipe Ruigomez; dió mui buena quenta de lo que le fué cometido, y entendido por su magestad, le hizo merced de hacerle de su Cámara Real, donde al presente está.
El dicho Gerónimo Ruiz hovo otro hijo, que se dice por su nombre Francisco Ruiz de Velasco, mui buen letrado en la facultad de Cánones y Leyes, y Cura de la Yglesia parroquial de esta Villa. Es persona mui christiana y da mui buena quenta de sus feligreses, y es mui bien quisto.
El dicho Gerónimo Ruiz hovo otro hijo, que se llama Gerónimo Ruiz de Velasco, letrado en la facultad de Cánones; es frayle profeso en Sant hyerónimo el Real de Madrid; es mui buen Religioso.
Ay un freyle que por su nombre se dice fray Juan de bobadilla, natural de esta Villa, de la horden de San francisco, que á la sazon es Guardian de S. Juan de los Reyes, en la Cibdad de Toledo, y el trienio pasado fué guardian en S. Francisco en Madrid; ha predicado diversas veces á su Magestad, porque sus sermones y su doctrina le han sido mui apacibles y agradables; ha leido en Toledo quatro años Theología escolástica; por su grande havilidad y por ser quien es, fué servido S. M. de embiarle por su embaxador á la Corte de francia, que á la sazon estaba en Paris; dió mui buena quenta de su embaxada; y no sin gran peligro de su vida por respeto de los hereges luteranos; es mui grande Religioso y siervo de Nuestro Señor, y está en mui grande reputacion en su orden y fuera de ella, y con quien su Magestad comunica muchos negocios y de mui grande importancia.
Huvo en esta Villa un Clérigo letrado en las facultades de filosofia y Cánones, mui buen Religioso; dexó en esta Yglesia Parroquial una memoria por su ánima y difuntos, que se llamó el bachiller Matheo Sanchez; fué Capellan Mayor del Colegio mayor de Alcalá de Henares.
Ay otro Clérigo que se dice el Licenciado Camarin, natural de esta Villa; tiene la Cáthedra de Rectórica en la Cibdad de Murcia, y una racion en la Yglesia de la dicha Cibdad. Es persona de letras y mui religioso, y que tiene otras muchas habilidades.
Ha habido y ay naturales de esta Villa otros muchos letrados graduados en todas facultades por Universidades aprovadas, y entre ellos personas muy áviles, que por no hacer larga historia, no se ponen aquí.
Tiénese noticia de un hombre natural de esta Villa que se llamó por su nombre Trompeto, que se dice fue el primer Artillero de estos Reynos.
Huvo un Capitan, que por un nombre se dixo Juan, hermano que afirman que en aquellos tiempos fué uno de los Valientes hombres que huyo en estos Reynos de España, y sirvió lealmente á S. M., que fué en el año de mil y quatrocientos y treinta años.
Asimismo en el dicho tiempo se levantó un Tirano, que se llamó por nombre Carne de Cabra, fué Capitan contra el Alonso Merchante, Vecino de esta Villa, y sirvió lealmente á S. M.; y este tirano ganó toda la Tierra de esta provincia de Zorita de los Canes, y nunca pudo entrar .en esta Villa, porque se defendieron mui velicosamente; el dicho Alonso Merchante combatió con un cavallero de los de Carne de Cabra, y le venció y cortó la Cabeza, y por otras cosas, y por este respeto, alzó el cerco el Tirano de Carne de Cabra que tenia puesto en esta Villa. Este Alonso Merchante tuvo un hijo que se decia por su nombre Juan Alonso merchante, el cual fué alférez mayor de gente de á cavallo. En nuestros tiempos ha habido de esta Villa mui buenos soldados, fieles servidores de su magestad, y hallándose en la guerra nabal, muchos soldados de esta Villa, que no escaparon con las vidas más de tres que se llaman Juan martinez de la Casa, y Francisco Sanchez, y Parra, y de los muertos, no se ha podido tener cuenta ni razon.
Huvo otro soldado que se llamó Juan Pedrero, natural. de esta Villa, que fué mui valiente soldado, y como tal sirvió á su magestad muchos años, en muchas jornadas, y particularmente en la toma de Africa, á donde se señaló; murió en Ytalia, en servicio de su magestad.
Hovo otro que por su nombre se dixo Alonso baquero, que fué hombre de Armas en el Reyno de Nápoles. Sirvió muchos años á su magestad, hasta que murió en su servicio.
Hubo un soldado natural de esta Villa, que se dixo hernando de pallares, habrá año y medio que murió, que sirvió á su magestad treinta años en las guerras de Ytalia; afirman que en los tiempos que sirvió á su magestad, ningun soldado de aquellos tiempos mató tantos enemigos de su magestad como el dicho pallares, á cavallo y á pie, y ansí lo afirman capitanes y Cavalleros de mucho crédito y autoridad.
Ay otro soldado á la sazon, que se dice Anton pintado, que sirvió á su magestad de soldado de á caballo en la goleta más de quince años, es mui valiente hombre, y mató por su persona muchos moros. Desde la goleta pasó á flandes, donde está á la sazon, y esto se sabe por personas que han estado con él, y han visto otras cosas.
Ha havido y hay otros muchos soldados, naturales de esta Villa, que han servido y sirven á su magestad, que no nombran aquí particularmente por no ser prolixos.
39. A los treinta y nueve Capítulos: que ay más de setecientos y cinquenta Vecinos, y que las casas se han aumentado de cinquenta años á esta parte, y que antiguamente por pestilencia vino en gran disminucion, que no quedaron sino setenta Vecinos casados.
40. A los quarenta Capítulos dixeron: que antiguamente huvo en esta Villa muchos hijosdalgo, como fueron unos que se llamaron Ruices de quadros, y otros que se llamaron Romeros, y otros merchantes, y otros Santayas, y los Ranchos, y otros muchos hidalgos que no se tiene particular noticia de ellos, por la antiguedad; que dicen que las perdieron porque en tiempo de los Maestres en ciertos empréstitos que pidieron á los buenos hombres pecheros, por las necesidades de los gastos que se hicieron en las guerras. Dixeron que como los hidalgos contribuyesen en los Repartimientos y servicios de los empréstitos, y servicios que les echaban, que ellos eran contentos de servir al Maestre, ó Maestres como los otros pecheros lo pagaban, que así lo querian ellos pagar, y como los hijosdalgo seguian al Maestre en las guerras que con los moros tenían, toviéronlo todos por bien, por no desagradar al Maestre que á la sazon era, y así quedaron todos pecheros, y así lo entienden por escrituras y averlo oydo á sus mayores y ancianos, de manera que al presente no hay hidalgos livertados, sí no son los hijos y nietos del dicho Licenciado Juan Ruiz, y uno que se llama Pedro Paez Saavedra, que está casado en esta Villa, con una hija del dicho Licenciado Ruiz, y los demás son labradores.
41 A los quarenta y un Capítulos dixeron: que los Mayorazgos que al presente ay en esta Villa son uno que tiene Juan Merchante, Correo de S. M., y otro que tiene Juan moreno Rufino, y otro que tiene Phelipe Sanchez de Garcifernandez, y otro Martin fernandez Portal. De los linages no se alcanza más de lo que en el Capítulo tienen dicho; Escudos de Armas no han quedado, si no son los de los Ruices de Velascos, y el que tiene el dicho Pedro Paez Saavedra, y de Juan Merchante, correo de S. M. que tiene otro escudo de Correo de á caballo con las Armas Reales, y que le ha servido á S. M. de Correo de á Cavallo fuera del Reyno, veinte años, y más, y que en esta Villa no hay más Escudos, y no se entiende otra cosa.
42. A los quarenta y dos Capítulos dixeron: que las haciendas de esta Villa están en Olibares, y viñas, y tierras de lavor, y que es hacienda toda de Grangeria, que si no se trabaja no da fruto, y que son labradores que cogen medianamente aceyte y vino para sus Casas, y la mitad del pan que han menester, y lo que falta de pan lo traen de acarreo de la mancha y tierra de huete como está dicho, y que las grangerias son pocas, como son pocos los tratos y caudales, y que no ay hombres ricos, y que pobres no hay muchos.
43. A los quarenta y tres Capítulos dixeron: que la justicia Eclesiástica es el Vicario de Alcalá, y la seglar la pone el Marqués de esta Villa, por ser suyo el pueblo y la Jurisdicion.
44. A los quarenta y quatro Capítulos dixeron: que en esta Villa de Auñon no ay ministro eclesiástico, y seglar ay un gobernador, y dos Alcaldes hordinarios, y dos Alcaldes de la Hermandad, y dos Regidores y un Alguacil, y un Procurador, y un escrivano público, y otro del Cavildo; los salarios que tiene el gobernador trecientos ducados, y ochenta fanegas de trigo, y quarenta fanegas de Cebada, y este salario se lo paga el Marqués cuya es esta Villa. Los Regidores que son dos, tiene cada uno ochocientos maravedis, y el escrivano del Cavildo nueve mil maravedis, y el procurador mil maravedis, y estos salarios de Regidores, y escrivano, y Procurador se pagan de los propios del concejo de esta dicha Villa.
45. A los quarenta y cinco Capítulos dixeron: que esta dicha Villa no tienen ningunos términos realengos ni comunes, y los propios que el concejo tiene son pocos; y algunos años bienen grandes turbiones por la Rivera de Tajo que rompe la presa de los molinos harineros, que el concejo tiene, y para el reparo dé ella no vastan los propios del dicho Concejo si no fuese por el ayuda que los vecinos en general hacen, y que por esta razon y otras que se podrian dar no le sobran nada de sus propios y rentas que tiene en los lagares de aceite, que son diez ruedas, y en las tres ruedas de molinos arineros, y en la sierra de agua como dicho tienen; quitados los gastos no hay provechos; antes de poco tiempo á esta parte a sido necesario tomar doscientos y cincuenta mil maravedis á censo, para las necesidades del dicho Concejo; y el portazgo de la dicha Villa es del marqués de ella, que vale de renta cada un año siete mil maravedis, é que, no ay peage.
46. A los quarenta y seis capítulos dixeron: que esta Villa tiene un privilegio de los Reyes de buena memoria, y Maestres de Calatrava, para que no pagase esta Villa de servicio más de quinientos niaravedis, el cual les fué concedido por muchas cosas hazañosas que en las guerras los vecinos de esta dicha Villa hicieron en servicio de su Rey y Maestre, como consta por los privilegios de la Merced que por ellos se les hizo. Tiene esta dicha Villa otro privilegio por la misma razon para que le fuesen guardados sus buenos usos y costumbres, como es que ningunos hidalgos pudieron entrar, ni otras personas de ningun estado ú condicion en los Comunes y junta que se acia en esta provincia de Zorita con armas si no fuesen los Caballeros hidalgos de esta Villa de Auñon. Y ansimismo esta Villa y Cabildo ha tenido y tienen una costumbre mui antigua y loable que memoria de hombres no es en contrario, que ningun morisco ni confeso descendiente de moros ni judios, fuese elegido por Alcalde, Regidor ni Diputado, ni otro oficio alguno que obiese de entrar á asistir en los Cabildos é Ayuntamientos que se hacen en el dicho Cabildo, sino que siempre ha estado la Administracion de la Justicia en labradores y Christianos viejos; y en cuanto á la paga de los quinientos maravedis de servicio, no ha sido guardado el dicho privilegio despues de los dias del Católico Rey Don Fernando.
47. A los quarenta y siete Capitalosdixeron: que esta Villa es de Melchor Herrera, Marqués de Auñon, y las tercias y alcabalas son suyas, y tiene sobre los molinos arineros de esta Villa ciento y ochenta y tres fanegas de trigo cada un año, sobre ellos perpetuo, y también el portazgo, y seis mil y seiscientos maravedis que tiene sobre los ornos de Censo perpetuo, y otras cosas de por menudo, y las demás rentas que el dicho marqués tiene de la dicha encomienda, están en Verninches, y el Collado, y Acequilla, y casa sola, y en otras partes.
48. A los quarenta y ocho Capítulos dixeron: que en esta Villa de Auñon a una Iglesia Parroquial, que es su vocacion San Juan Baptista, y que no ay capilla ni enterramiento señalado de ninguna persona.
49. A los quarenta y nueve dixeron: que en esta Yglesia no ay ninguna cosa de lo contenido en este capítulo.
50. A los cincuenta dixeron: que como está dicho en el Capítulo once, no ay en esta Villa Arciprestazgo alguno, antes esta Villa está sugeta al de Zorita, y tiene la Yglesia de esta Villa un Veneficio curado y dos préstamos, y dos medios beneficios, y este año ha valido el dicho Curado noventa y cuatro mil maravedis, y del mismo valor han sido los otros dos préstamos y al respecto han valido los medios beneficios, son todos simples si no es el un medio beneficio, que es servidero y que no ay ningun anexo.
51. A los Cincuenta y uno dixeron: que en esta Villa de Auñon, ay una Yolesia Parroqial que su avocacion es San Juan Baptista. No hay reliquias algunas. Tenemos una hermita en término de esta Villa, que se llama Nuestra Señora del Madroñal, que está á media legua de esta Villa, en una montaña, sobre una peña, que se apareció sobre él tronco de una madroñera, y un pastor la halló, y se vino á dar noticia al Cura, Clérigos y Justicia de la dicha Villa, y fueron con una solemne procesion á donde estaba en el tronco de la madroñera y consideraron y miraron que en aquel lugar donde se apareció no era apropósito para hacer la hermita; acordaron con la misma procesion y con mui grande solemnidad á donde está agora, un humilladero, y la dexaron allí, y otro día vieron por la mañana que no estaba donde la habían dexado, que se había vuelto al Madroño donde se apareció; volvió el Cura, Clérigos, y todos los Vecinos de esta Villa con otra procesion, y volvieron la imagen de la Virgen Maria al mismo lugar donde la habían dejado la primera vez, y otro día por la mañana la volvieron á hallar en dicho madroño á donde se había aparecido, habiendo dexado guardas para que la guardasen si por manos de hombres había sido vuelta al lugar donde se apareció, y guardándola hallaron que no por mano de hombres se volvía, sino por la voluntad de nuestro Señor y de su bendita Madre; de manera que esta Villa tomó tanta devocion que con esta Merced que Nuestro Señor nos hizo, que edificaron los de aquel tiempo una hermita dedicada á Nuestra Señora que dicen del Madroñal, que la dicha imagen está sentada en el mismo tronco de la madroñera y su retablo al rededor de ella con muchos misterios de Santas y Vírgenes. El retablo es muy solemne para ser antiguo. La hermita es grande Yglesia que podrá servir para más de cuatrocientos vecinos; tiene grandes aposentos, porque es muy frecuentada de gente de esta comarca y de otras muchas partes por la gran devocion que con la dicha hermita tienen y milagros que en ellas han acontecido. Tiene una huerta y jardines, que la tierra de ellos es llevada por manos de hombres, porque se puso encima de una peña lisa, y ansí criado árboles maravillosos en ellos, como son morales, manzanos, ciruelos, granados, y mucha cidra, jazmines, violetas, lirios, higueras y parras. Todos los árboles llevan maravilloso fruto cada uno, cada uno de su natural. Ha habido algunos tiempos Capellanes de Misa que han hecho santa vida en la dicha Casa, y un Santero y Santera para tener la Casa en policía y limpieza y cultivar las huertas y jardines, y cuando no ay Capellan los Patronos tienen provehido un Capellan de buena vida para que todos los dias de Domingos, Apóstoles y fiestas de Nuestra Señora, y otras fiestas de guardar, vaya a decir misa cantada ó rezada, y oficiada con sus órganos, á las personas que á la dicha hermita van. Sábese por escriptura cómo un devoto de la Virgen Maria vino á velar á la dicha hermita con una criatura, y andando por entre las peñas aquel niño de edad de tres á cuatro años, cayó unas peñas abajo de grande altura que están junto á la dicha hermita y se hizo la cabeza pedazos, y el padre y la madre tragéronle ante la Ymagen de Nuestra Señora de la dicha Casa, en tanto que se decía una Misa en el altar. Fué servido Nuestro Señor y su bendita Madre que acabada la misa quedó sano y libre el dicho niño, segun que primero estaba. Otro milagro fué que yendo los Vecinos de esta Villa en procesion, se adelantaron muchos vecinos de ella, para aderezar el camino por donde pudiese pasar la dicha procesion con más facilidad y menos trabajo, y hallaron una peña mui grande que estaba atravesada en mitad del Camino, que la dicha procesion no podia pasar si no se volcaba, y bolcándose toda aquella gente, tomó á un hombre debajo que se decía Miguel Fernandez de Hernan Martinez, y todos los que presentes se hallaron pensaron que lo habia hecho mil pedazos porque era tan grande que bastaba a matar mucha gente; pusieron mucha diligencia en tomar á volcar la peña, y volcándola hallaron al dicho hombre vivo y sano y puestas las manos y sin lesion alguna dando gracias á Dios Nuestro Señor y á la Bendita Virgen Maria su Madre que le habia librado de tan gran peligro. En el año de mil é quinientos y veinte y quatro aconteció que un mudo que de su nacimiento lo fué, segun él y todos decian, andaba á pedir limosna por todos los lugares é Villas de la Comarca, y pasando de un lugar á otro perdió el Camino y fué á dar á la montaña donde estaba la dicha hermita de Nuestra Señora, y decia que se le apareció allí la Virgen Maria y que inmediatamente que la vió, habló tambien como qualquiera hombre podia hablar la lengua castellana. Sabiendo este milagro creció la devocion de todas las gentes de esta comarca, donde vino mucho provecho á la dicha hermita. En el dicho término acaeció, que un Clérigo de Santa vida acordó de irse a seruir á la Virgen Maria de capellan en la dicha hermita, que se decia por su nombre Miguel Hernandez era quebrado de entrambas partes, tenia bulto como la cabeza de un hombre, de tripas fuera de su curso. Suplicó á la Virgen Maria fuese servida de no quitalle á aquella enfermedad porque no lo merecia, pero que el dolor y pasion se lo quitase. Testificó el buen sacerdote, que despues que fue á servilla, no le dió pesadumbre ninguna aquella enfermedad, y él empleó sus trabajos y diligencia en aquellos vergeles que él dexó hechos de su propia mano que hoy día están tan buenos y tan plantados de tantos árboles como en este capítulo avemos dicho, que es cosa que da mucho contentamiento á los que vienen á esta bendita casa. Ha habido muchos soldados de mar y tierra que viéndose en naufragios, se encomendaron á la Virgen Maria del Madroñal que los librase de tanta tormenta y peligro de muerte, ofreciendo unos de ir descalzos a la dicha hermita, otros de tener novenas; y otros, hallándose en batallas y vencidos de sus enemigos, ofrecerse á la Virgen Maria del Madroñal, y librarse de muerte y peligro, y traer su coselete á la dicha hermita, y dexallo en ella en testimonio de la merced que se le había hecho, y así está en la dicha hermita. De soldados naturales de esta Villa, que en la Batalla Naval que su Alteza el Señor D. Juan de Austria dió a los Turcos, en el hervor de la batalla se vieron en peligro de muerte, y afirmaron que se ofrecieron a Nuestra Señora del Madroñal y salieron de la batalla libres y sanos, y en reconocimiento vinieron á tener novenas en la dicha hermita. Son tantos los milagros que se han hecho de los que se han prometido á esta Santa Casa viéndose en grandes peligros, que se alargaria mucha esta escriptura en contarlos; demás de esto ay una cosa notable donde está edificada la dicha hermita: que suena por dos ó tres partes mucho ruido debajo de una gran peña que no se ha podido entender cuál sea la causa, y esto es á tiempos del año. Ay otra hermita de S. Bartolomé en la ribera de Tajo. Ay otra hermita que se dice San Miguel, que la instituyó y dotó el Arcipreste Miguel Fernandez de D. Quilez, de su patrimonio, y la dexó dotada en un olivar, que todo el aceite que se gasta en la lámpara de la dicha hermita lo diese la persona que tuviese el olivar. Dexó una bulla de suso de muchas indulgencias que se ganan en muchos dias de fiesta de cada un año; y además de esto dexó una Capellania de muchos bienes en la Yglesia de esta Villa, que la dexó por patronazoo, segun queda escrito en los capítulos antes de este.
Ay otro humilladero que dexó Alonso Martinez Merchante, que de su propia hacienda lo reedificó. Ay otra hermita que se dice San Sebastian, que su fundacion fué por los vecinos de esta Villa. Ay otra hermita que se dice de Nuestra Señora del Rosario, que la fundó un hombre muy honrado, que se dixo Diego Martinez Villareal, Vecino de esta Villa.
52. A los cincuenta y dos capítulos dixeron: que esta Villa tiene votado y prometido de guardar de más de las fiestas que se mandan guardar por la Santa Madre Yglesia, el dia de San Phelipe y Santiago por pestilencias, y el concejo solia correr la Vigilia Toros. En Vísperas y misa se ponen achas de Cera ante el Santísimo Sacramento, y en el dia se hace solemne procesion por el pueblo; y el dia de la Vincula de San Pedro está votado por pestilencia, y se guarda y se ponen ante el Santísimo Sacramento las hachas de cera del Concejo en su víspera y dia. El día de San Benito se guarda porque se quemaban el dicho dia diez molinos de aceite que el Concejo de esta Villa tiene, y ansí ponen las dichas hachas para su víspera y dia ante el Santísimo Sacramento, y ansimismo se guarda el dia de los Santos Abdon y Senen por pestilencia, que se votó porque andaba grandísima pestilencia en los niños, y ponen las hachas del Concejo como en las demás fiestas.
53. A los cincuenta y tres capítulos dixeron: que no ay Monasterio alguno de frailes, ni monjas, ni de beatas en esta Uilla.
54. A los cincuenta y quatro dixeron: que en esta Villa ay un Ospital, y no tiene renta alguna porque se sustenta de limosnas; Obras pias hay una que instituyó Juán Garcia y su muger, Vecinos de esta Villa, que mandó tres mil maravedis de renta cada año perpetuamente el dia de Navidad á pobres. Y otra que dexó Miguel Sanchez Vaquero, Vecino de esta Villa, de dos fanegas de harina que se dan cada año en limosna á los pobres perpetuamente. Otra que dexó Francisco Roldan, difunto, Vecino de esta Villa, para que los réditos de cierta hacienda que dexó, que vale hasta tres mil maravedis cada año de renta, casasen huérfanas ó vistiesen pobres. Otra que dexó Alonso Hernandez de Eredia, Clérigo de Pastrana, siendo cura en esta Villa, de diez mil maravedis de renta perpetuos para que un Capellan diga dos misas cada semana y sirva en el coro.
55. A los cincuenta y cinco dixeron: que esta Villa no es pasagera y ansí no tiene camino que se continúe ni venta ninguna.
56. A los cincuenta y seis dixeron: que en el término de esta Villa no ay ningun despoblado.
57. A los cincuenta y siete dixeron: que todo lo que hay que decir de esta Villa y sus términos lo tienen dicho ó declarado en los capítulos antes de éste, y otra cosa no viene á su noticia, más que el término de esta Villa está mui plantado de Olivares y viñas, y huertas, y tierras de labor, que tienen pocos yermos, y que no ay ferias ni mercados en esta Villa, y que los pueblos que ay en Contorno de ella son: Sayaton, que es del Duque de Pastrana, que tiene quarenta Vecinos poco más ó menos, que es anexo á Pastrana y de su jurisdiccion. Valde Concha es Villa de doscientos cincuenta Vecinos, que está una legua de Sayaton: es de D. Juan Calvete. Más arriba otro lugar que se dice Alhóndiga, ques del Obispo Xuarez como está dicho arriba, tiene doscientos Vecinos poco más ó menos. La Villa de Verninches, que es del Marqués de Auñon, que es de doscientos cincuenta vecinos. Ay otro pueblo más adelante que se dice Alocen, tiene doscientos vecinos, que es de Gaspar Hernandez de Parada, que lo compró del monasterio de Mon-salud, y que no saben las particularidades y notables cosas que en estos dichos pueblos hay más de lo que dicho y declarado tienen, y esto es lo que saben de este negocio.=Juan Merchante.=Juan Moreno Rufino.
Los Señores Alcaldes de esta Villa de Auñon, habiendo visto la dicha descrecion hecha por los nombrados en estas trece foxas, la mandaron imbiar ante la justicia donde manó é requisitoria con que fueron requeridos, para que en todo se cumpla lo que su magestad manda, y lo firmaron.=Francisco Lopez.=Francisco Lopez.= E yo Juan Fernandez, Escribano público en la Villa de Auñon, aprobado en Consejo Real de su magestad, fuí presente á lo que de suso de mí se hace mencion, por ende finis signo: en testimonio de verdad.=Juan Fernandez. =Escribano.=Sin derechos.