Joseph Beuys                     Düsseldorf-Oberkassel, 1 de octubre de 1972

                                          Drakeplatz 4

 

Carta abierta

al Ministerio de Investigación y Ciencia

A./a. del señor secretario de Estado Schnoor

Düsseldorf

Volklingerstr. 49

 

Asunto: Admisión en la Academia Nacional de Bellas Artes para el curso 1972/73

Referencia: Su carta del 29 de agosto de 1972

 

              Estimado señor secretario de Estado:

 

              He recibido con sorpresa su notificación sobre el modo en que el señor director Trier le ha informado de "mi intención" de admitir en mi clase a estudiantes que han sido rechazados por la Comisión de Admisión "como insuficientemente capacitados" porque se había pasado el plazo de

inscripción.

              A este respecto debo hacer constar que el señor Trier y yo estábamos de acuerdo en que tal rechazo de los solicitantes es incompatible con una resolución legal de la Academia Nacional de Bellas Artes en este sentido, según la cual la admisión o el rechazo de los solicitantes corresponde a los profesores competentes. (Véase también el art. 16/1 de la Constitución del land de Renania del Norte-Westfalia.) Después de todo, fue el señor Trier quien puso a mi disposición las

Direcciones que utilicé para admitir (antes de recibir su carta) a los estudiantes rechazados. Es por ello que no puedo entender el escrito enviado por él a estas mismas direcciones.

 

              Por otra parte, soy consciente desde hace años de que el método de selección (así como la aplicación del numerus clausus en general), según mi propia idea de la justicia, es claramente incompatible con los derechos garantizados en la Constitución a los jóvenes que desean estudiar. (Los artículos 6/1, 8/1,16/1 y 18/1 de la Constitución del land de Renania del Norte-Westfalia son bastante ilustrativos a este respecto, y completan lo dispuesto en el artículo 12/1 y otros artículos de la Ley Fundamental). En este sentido, tampoco han de pasarse por alto los artículos 1/3, 2/1, 3/3, 5/3 y 6/2 de la Ley Fundamental.

              Por consiguiente no estoy dispuesto en absoluto a hacer que

paguen precisamente los jóvenes perjudicados por la negligencia de los responsables en cuanto a la realización de los derechos fundamentales, la protección y promoción de los jóvenes, la cultura, el arte y la ciencia, y la libertad de elección de profesión. Sería demasiado injusto. La admisión en determinadas escuelas siguiendo criterios que no sean la disposición e inclinación de los jóvenes para esos estudios resulta totalmente inaceptable. Lo que no puede hacerse es vaciar de sentido los derechos fundamentales, entre los que figura el derecho a la libertad frente a cualquier intromisión del estado, es decir, la salvaguardia de los derechos de padres y docentes, así como el derecho a la formación, que según la Declaración de los Derechos Humanos no puede negarse a ninguna persona. Respetar y proteger estos derechos es tarea y obligación de cualquier poder público, porque están directamente relacionados con los derechos inalienables de la persona, como la dignidad y la igualdad ante la ley. Por otra parte, no cabe utilizar como excusa la falta de espacio, medios y profesorado (tan lamentable como irresponsable), mientras los fondos públicos, producto del trabajo de todos, sigan manejándose anteponiendo otros intereses a los de los jóvenes que determinarán el futuro.

               En cuanto al rebasamiento del límite de capacidad de las aulas, que usted considera injustificable, se trata sin lugar a dudas de una consecuencia de lo anterior, lo que ha de constar aquí -por los motivos citados- con toda claridad. No obstante, personalmente he comprobado que, pese a suponer para mí una carga adicional de trabajo, metodológicamente me resulta posible responder a las justas exigencias de mi elevado número de estudiantes. Sin olvidar mi responsabilidad personal respecto a los jóvenes que desean estudiar, me esfuerzo en la medida de mis posibilidades por atenuar los inconvenientes causados a muchos jóvenes por la violación señalada del principio de la igualad de oportunidades. Me alegraría mucho que usted, señor secretario de Estado, apoyase resueltamente mis esfuerzos en este sentido. Agradeciéndole de antemano su interés, le saluda atentamente,

 

               Joseph Beuys