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En la Villa de Xadraque a veinte y tres dias de! mes de Diciembre del año del Señor de mil e quinientos e ochenta años, para, aberiguacion de lo contenido en la dicha Instruccion de Su Magestad e capitulos della, parescieron Bartolome Diez, e Pedro del Olmo, vecinos que dixeron ser del lugar de Matillas, jurisdicion desta villa de Xadraque, de edad que dixo ser el dicho Bartolome Diez, de hasta cinquenta años poco mas o menos, los quales habiendo sido preguntados por el tenor de lo contenido en la dicha Instruccion y capitulos della, vno a vno, lo que dixeron e declararon es lo siguiente en esta forma e manera:

1. Al primero capitulo dixeron: que son vecinos del dicho lugar de Matillas, el qual se ha llamado, y nombrado ansi, y no de otro modo.

2. A los dos capitulos dixeron: quel dicho pueblo es antiguo, e no nuebo.

3. A los tres capitulos dixeron: quel dicho lugar cae y esta en la juridicion de esta villa de Xadraque,

4. Al quarto capitulo dixeron quel dicho.lugar de Matillas esta incluso, e metido dentro de la juridicion del Reyno de Castilla.

5. Al quinto capitulo dixeron: que el dicho lugar de Matillas no esta en frontera de Reyno estraño, ni es camino ni paso para raya de Reyno, ni puerto, ni Aduana, donde se haian de cobrar algunos derechos, e que de la raya de Aragon al dicho pueblo puede haber como diez y ocho o veinte leguas poco mas o menos.

7. Al septimo capitulo dixeron: quel dicho lugar de Matillas es jurisdicion de la dicha villa de Xadraque, la qual y el dicho pueblo son y estan por del Iltmo. Señor Duque del Infantazgo.

8. Al octavo capitulo dixeron: quel dicho lugar no tiene voto en Cortes, e ques juridicion de la dicha villa de Xadraque, e que quando ay Juntas de Concejo y repartimentos, vienen a esta dicha villa de Xadraque como sujetos a ella en juridicion.

9. A los nueve capitulos dixeron: que el dicho pueblo de Matillas, quando los negocios, e pleitos que se ofrecen, e se apelan, e no van ante el Señor, van a la Chancilleria de Valladolid por caer en su distrito, desde la qual al dicho lugar de Matillas, podra haber como treinta e tres leguas, o poco mas o menos.

10. Al decimo capitulo dixeron: quel dicho lugar de Matillas es de la juridicion de Xadraque, y en ella esta incluso, e metido, e caxo.

11. A los once capitulos dixeron quel dicho pueblo de Matillas cae en el Obispado de Siguenza, a la qual desde, el dicho lugar ay tres, leguas poco mas o menos.

13. A los trece capitulos dixeron: que yendo desde el dicho lugar de Matillas hacia la parte donde el sol sale, ay vn lugar que llaman Villaseca, desde el qual dicho pueblo al de Matillas, ay media legua comun.

14. A los catorce capitulos dixeron: que yendo hacia la parte del medio dia desde el dicho lugar de Matillas, ay vn lugar que se llama Vaides, desde. el qual dicho lugar al dicho pueblo de Matillas ay una legua grande.

15. A los quince capitulos dixeron: que yendo desde dicho lugar de Matillas hacia la parte donde el Sol se pone, ay vn lugar que llaman Burjalaro, el qual esta del dicho lugar de Matillas media legua comun, y es el prirner lugar yendo aquella parte.

16. A los diez y seis capitulos dixeron: que yendo hacia la parte del Norte desde el dicho lugar de Matillas, se va a dar a vn lugar que se llama Castejon, desdel qual y es el primero al dicho lugar de Matillas, ay como media legua comun, e se va por camino derecho, excepto que tuerce un poquito hacia vn barranco.

17 . A los diez y siete capitulos dixeron: quel dicho pueblo de Matillas es algo calido, y su tierra es algo montuosa, y vn poco rasa, y es enferma, y apegada a las sierras del Rey de la Magestad como hasta seis o siete leguas desbiado a la parte donde el sol sale.

18. Y A los diez y ocho capitulos dixeron quel dicho pueblo de Matillas tiene leña medianamente, e que no ay en el, ni en su termino, ni montes, ninguna caza salbagina, excepto algunas liebres, o perdices, y estas pocas.

19. A los diez y nueve capitulos dixeron: que por acerca del dicho lugar de Matillas, como tres tiros de vallesta, pasa un rio que se llama Henares, e que no es muy caudaloso.

20. A los veinte capitulos dixeron: que no ay nada de lo contenido en el capitulo.

21. A los veinte y vn capitulos dixeron: lo que dicho tienen de suso.

22. A los veinte y dos capitulos dixeron: que en el dicho rio de Henares, ay un molino ques de los Andradas de Medina, e que ay dos puentes en el dicho rio, o tres, que se pasa por ellos, y son de madera.

23. A los veinte y tres capitulos dixeron: quel dicho lugar de Matillas es abundoso de agua de la del rio de Henares, e van a moler a Villaseca e Burjalaro.

24. A los veinte y quatro capitulos dixeron: que en el dicho pueblo solamente ay una dehesa de poco término.

26. A los veinte y seis capitulos dixeron: quel dicho lugar es tierra de labranza, e que tiene e cria algunos ganados maiores e menores.

28. A los veinte y ocho capitulos dixeron: que a quatro leguas del dicho lugar de MatiÍlas estan las salinas de la Olmeda, e de ellas se proveen de sal.

32. A los treinta y dos capítulos dixeron: que el dicho lugar de Matillas, esta fundado en alto y en asiento entre llano.

33. A los treinta y tres capitulos dixeron: que a poco sitio de esta villa de Xadraque, y en la juridicion del dicho pueblo, esta un castillo fuerte grande de cal e canto.

34. A los treinta e quatro capitulos dixeron: que el Alcaide de la fortaleza sobredicha le pone el Duque del Infantazgo.

35. A los treinta y cinco capitulos dixeron: que en el dicho lugar de Matillas se vsan los edificios de las casas de tapias de tierra e canto, e madera tosca de encina e roble, e alamos, e questos materiales no los ay cumplidamente en el pueblo.

39. A los treinta y nuebe capitulos dixeron: quel dicho pueblo de Matillas sera de vecindad de hasta doce o trece vecinos, e que antes de aora han oido decir que solamente era de vno o dos vecinos.

40. A los quarenta capitulos dixeron: quel dicho pueblo de Matillas, es todo el de gente labradores, e no hay en el Hidalgos.

42. A los quarenta y dos capitulos dixeron: quel dicho lugar de Matillas es lugar de gente pobre, e que solamente viven de su labranza, y no tiene otros tratos algunos, excepto algun poquito de ganado.

43. A los quarenta y tres capitulos dixeron quel dicho lugar de Matillas, en cada vn año nombra vn alcalde e vn Regidor, y es subgeto a la jurisdicion de Xadraque.

45. A los quarenta y cinco capitulos dixeron: quel dicho lugar puede tener de termino propio como hasta media legua o poco mas o menos, y no mas de vn quarto de legua.

47. A los quarenta e siete capitnlos dixeron: quel dicho lugar de Matillas es jurisdicion de esta dicha villa de Xadraque, que ella y el dicho pueblo son con su jurisdicion del Duque del Infantazgo.

48. A los quarenta y ocho capitulos dixeron: que en el dicho lugar de Matillas tan solamente ay vna Iglesia parroquial, ques su vocacion de nuestra Señora la Blanca.

52. A los cinquenta e dos capitulos dixeron: que en el dicho lugar de Matillas, ademas de las fiestas que la Iglesia manda guardar, tiene por voto de guardar, e guardan los dias de Señor Sant Sebastian, e San Fabian, e Santa Quinteria, e la Magdalena, e algunos dias de nuestra Señora, o a todos ellos, e a Santa Agueda, y estos tales dias, como dicho es, guardan en el dicho lugar de Matillas, por voto e devocion quel dicho lugar tiene.

55. A los cinquenta e cinco capitulos dixeron: quel dicho lugar cae acerquita de vn camino real y pasagero que va a Madrid, e Sigüenza, e Guadalajara, e tambien esta cerca la Venta de Gil Andrada, ques de los Andradas de Medinaceli.

51. A los cinquenta e siete capitulos dixeron: que de todo lo contenido en la dicha Instruccion e capitulos della, no saben otra cosa alguna para lo poder declarar, e que no lo firmaron por no saber escrivir, esto declararon y respondieron, e no otra cosa alguna de lo contenido en los capitulos de la dicha Instruccion, que les fueron leidos vno a vno, segun e como la dicha Instruccion lo manda e declara.